TA CUN - 25000233600020170146700-(01-09-2020)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 25000233600020170146700-(01-09-2020)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Magistrado Ponente: Franklin Pérez Camargo Bogotá, 1 de septiembre de 2020
Radicación: 250002336000 2017 0146700
Demandante: Constructora Herreña Froncepa – Sucursal Colombia
Demandado: Secetaría Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud Llamado en garantía: Seguros del Estado
Medio de control de controversias contractuales
Revisado el expediente se advierte que mediante memorial radicado el 31 de agosto de 2020, en el que la jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud solicitó aplazar la audiencia debido a los ajustes administrativos y financieros de la entidad algunos procesos no cuentan con apoderado judicial.
En consecuencia, se reprogramará la audiencia que se tenía prevista para el proximo 2 de septiembre a las 3:00 de la tarde, po lo que el despacho
DISPONE:
PRIMERO: FIJAR el martes 15 de septiembre del 2020, hora 3:00 pm para continuar con la AUDIENCIA INICIAL atendiendo los lineamientos previstos por el artículo 13 del Decreto 806 de 2020.
El despacho informa que la audiencia se realizará por la aplicación teams y bajo los parámetros establecidos en el artículo 7 del Decreto 806 de 2020, igualmente se anexa el protocolo que se seguirá en la audiencia bajo los parámetros establecidos por el C onsejo Superior de la Judicatura – Seccional Bogotá establecido en el artículo 9 del Acuerdo CSJCUA20-55 del 11 de junio de 2020.
audiencia bajo los parámetros establecidos por el C onsejo Superior de la Judicatura – Seccional Bogotá establecido en el artículo 9 del Acuerdo CSJCUA20-55 del 11 de junio de 2020. La no comparecencia de quienes están obligados dará lugar a la sanción que establece el numeral 4° del artículo 180 del CPACA.SEGUNDO: Notificar a las partes a los siguientes correos electrónicos: jforero232@hotmail.com, jmuñoz@fronpeca.com, notificacionesjudiciales@saludcapital.gov.co, juridico@segurosdelestado.com, uribeyecheverriabogados@gmail.com, administracion@lopesanfronpeca.com, cbernalmolina10@gmail.com, pnandarm@hotmail.com, y a la procuradora judicial delegada ante el despacho.
TERCERO: Contra el presente auto no procede ningún recurso, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 180 del
CPACA.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FRANKLIN PÉREZ CAMARGO
Magistrado