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TA CUN - 25000233600020180084400-(13-08-2020)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 25000233600020180084400-(13-08-2020)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Bogotá, D. C., trece (13) de agosto de dos mil veinte (2020)

MAGISTRADO PONENTE:

FRANKLIN PÉREZ CAMARGO Expediente: 25000233600020180084400

Demandante:

Demandado:

Asunto:

GRUPO AGROINDUSTRIAL HACIENDA LA

GLORIA S.A

NACION –RAMA JUDICIAL Y OTROS Asunto de trámite Medio de Control: REPARACIÓN DIRECTA Una vez revisado el expediente en su integridad, el Despacho encuentra que mediante escrito del 10 de junio de 2019, el apoderado de la Rama Judicial –Dirección Ejecutiva de Administración Judicial contestó la demanda, en la que presentó una objeción sobre el juramento estimatorio de la demanda. Así las cosas, se dispone que previo a llevar a cabo la audiencia inicial que trata el artículo 180 del CPACA, se dará tramite a la objeción formulada por el apoderado de la rama judicial y en dicho sentido se da rá aplicación al trámite previsto en el artículo 216 del CGP. Por lo anterior el despacho DISPONE PRIMERO: Se concede un término de cinco (5) días a partir de la notificación de la presente providencia para que el demandante aporte las pruebas o solicite las pruebas que considere pertinentes para justificar el juramento estimatorio de la demanda.

SEGUNDO: Vencido el término anterior, regrésese el expediente al despacho para proveer. solicite las pruebas que considere pertinentes para justificar el juramento estimatorio de la demanda.

SEGUNDO: Vencido el término anterior, regrésese el expediente al despacho para proveer.

TERCERO: Por Secretaria de la Sección Tercera NOTIFICAR esta decisión: a) A las partes, a los correos electrónicos: info@gqn-abogados.com;

oscar@jbanez.com.co; juridica.ant@agenciadetierras.gov.co; notificaciones.juridica@supernotariado.gov.co; dacevedc@deaj.ramajudicial.gov.co; deajnotif@deaj.ramajudicial.gov.co;2

Radicado: 25000233600020180084400

Demandante: Grupo Agroindustrial Hacienda la Gloria S.A Demandado: Nación-Rama Judicial y otros b) Al representante del Ministerio Público, al siguiente correo electrónico:

miescalante@procuraduria.gpv.co; . Lo anterior, de conformidad a las direcciones electrónicas que reposan en el plenario.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

FRANKLIN PÉREZ CAMARGO

Magistrado YM

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