TA CUN - 25000233600020200004400-(30-10-2020)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 25000233600020200004400-(30-10-2020)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
ORALIDAD
Bogotá D.C., treinta (30) de octubre de dos mil veinte (2020)
MAGISTRADO PONENTE: FRANKLIN PÉREZ CAMARGO Expediente: 2500023360002020-00044-00
Demandante: Unión Temporal Medipol 16
Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Policía
Nacional – Dirección de Sanidad
Asunto: Requiere entidad
Medio de control: Controversias Contractuales
Revisado el expediente, el Despacho observa que:
- El 6 de febrero de 20 20, la Unión Temporal Medipol 16 , mediante apoderado judicial, presentó demanda de controversias contractuales en contra de la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional – Dirección de
Sanidad.
- Mediante auto del 14 de febrero de 2020, el Despacho admitió la demanda y ordenó las notificaciones correspondientes . Dicha providencia fue notificada el 20 de febrero de 2020 mediante anotación en estado.
- Según constancia secretarial:
AL DESPACHO LUEGO DE LA CONTABILIZACIÓN DE LOS TÉRMINO S DE LA SIGUIENTE FORMA: EL TÉRMINO DE 25 DÍAS DE CONFORMIDAD CON EL INCISO 4 DEL ART 199 DE LA LEY 1437 MODIF. ART 612 DEL CGP
INICIÍ EL 06/03/2020 HASTA EL 13/03/2020 (6 DÍAS) TENIENDO EN
CUENTA LA EMERGENCIA SANITARIA DE COVID -19 LOS TÉRMINOS SE
INICIÍ EL 06/03/2020 HASTA EL 13/03/2020 (6 DÍAS) TENIENDO EN
CUENTA LA EMERGENCIA SANITARIA DE COVID -19 LOS TÉRMINOS SE
ENCONTRARON SUSPENDIDOS DESDE EL 16/03/2020 HASTA EL
30/06/2020 CONFORME A LAS DISPOSICIONES DEL CSJ LOS MISMOS
SE REACTIVARON EL 01/07/2020 Y EL VENCIMIENTO DE DICHO TÉRMINO SE CUMPLIÓ EL 28/07/2020 (19 DÍAS) (ÚLTIMA NOTIFICACIÓN EN EL FL 43 A LA AGENCIA) POR OT RA PARTE, EL TÉRMINO DE TRASLADO DE LA DEMANDA POR 30 DÍAS SEGÚN EL ART 172 DE LA LEY 1437 DE 2011 INICIÓ EL 29/07/2020 Y SE CUMPLIÓ EL 10/09/2020, FINALMENRE EL TÉRMINO DE LA REFOR,A DE LA DEMANDA INICIÓ EL
11/09/2020 Y FINALIZÓ EL 24//09/2020 . EXPEDIENTE CON
RESOUESTA DE DEMANDA EL DÍA 10 -09-2020, CON ADJUNTO DE
CONSTANCIA DE ENVÍO DE LA CONTESTACIÓN POR PARTE DE LA DEMANDADA A LA PARTE DEMANDANTE CORRIENDO TRASLADO DE EXCEPCIONES TENIENDO EN CUENTA LA LEY 806 DE 2020. SE FIJA EN LISTA TRASLADO DE EXCEPCIONES EL DÍA 16/10/2020 A LA PARTE, SIN
EMBARGO EL TRASLADO YA SE HABÍA SURTIDO POR PARTE DEL
DEMANDADO POR MEDIO DE CORREO ELECTRÓNICO CON 3
LISTA TRASLADO DE EXCEPCIONES EL DÍA 16/10/2020 A LA PARTE, SIN
EMBARGO EL TRASLADO YA SE HABÍA SURTIDO POR PARTE DEL
DEMANDADO POR MEDIO DE CORREO ELECTRÓNICO CON 3
CUADERNOS Y 1 CDS PARA PROVEER.Radicación: 25000233600020200004400
Demandante: Unión Temporal Medipol 16
Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional – Dirección de Sanidad Auto requiriendo
- Mediante correo electrónico enviado por la Secretaría de la Sección el 15 de octubre de la anualidad en curso se solicitó a la parte demandada “habilitar nuevamente el link para proceder nuevamente a descargar la contestación de la demanda y documentos rem itidos por ustedes en 10/09/2020, toda vez que aparece el siguiente aviso. De lo contrario, solicitamos su amable colaboración en enviar los archivos en pdf”
- A través de correo electrónico enviado el 15 de octubre del 2020, el apoderado de la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional –
Dirección de Sanidad refirió:
GEOVANNY ALBERTO FRANCO SANCHEZ, abogado en ejercicio identificado como aparece junto a mi firma, obrando en mi condición de apoderado especial de la Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional - Dirección de Sanidad en el proceso de la referencia y de acuerdo a la solicitud planteada por el despacho se procede a dar respuesta de fondo con lo requerido procediendo así a remitir el link mediante el cual se puede visualizar los archivos remitidos (expediente administrativo) el día 10 de septiembre de la presente anualidad con la respectiva contestación de demanda.
requerido procediendo así a remitir el link mediante el cual se puede visualizar los archivos remitidos (expediente administrativo) el día 10 de septiembre de la presente anualidad con la respectiva contestación de demanda.
https://correopoliciagovmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/raul_casasc_correo_policia_gov_co/Ep_ UKG7SDNtErQYwz4tg66gBBnpy-9Vj49g_uoqQUgsOiQ?e=WCVpkS
El link remitido a esta Corporación el 15 de octubre de 2020 hace referencia única y exclusivamente a los antecedentes administrativos, sin observarse en ningún documento de los allí referenciados la contestación de la demanda.
Por lo anterior, el Despacho
RESUELVE
PRIMERO: Requerir a la entidad demandada para que, en el término de 3 días, contados a partir de la notificación del presente auto, habilite el link enviado el 10 de septiembre de 2020 con los códigos de acceso correspondientes para generar la apertura del vínculo.Radicación: 25000233600020200004400
Demandante: Unión Temporal Medipol 16
Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional – Dirección de Sanidad Auto requiriendo
SEGUNDO: Por Secretaría de la Sección Tercera NOTIFICAR esta decisión: a) A las partes, a los correos electrónicos: dalandete@cosmitet.com,
vgomez@valorjuridico.com; notificaciones.bogota@mindefensa.gov.co, disan.asjur-judicial@policia.gov.co; raul.casasc@correo.policia.gov.co;
vgomez@valorjuridico.com; notificaciones.bogota@mindefensa.gov.co, disan.asjur-judicial@policia.gov.co; raul.casasc@correo.policia.gov.co; disan.asjur-judicial@policia.gov.co; disan.asjur-tuj@policia.gov.co; geovanny.franco1269@correo.policia.gov.co; vivianj.bserrato@correo.policia .gov.co; b) Al representante del Ministerio Público, a los siguientes correos electrónicos: monicaivon@hotmail.es y miescalante@procuraduria.gov.co. Lo anterior, de conformidad a las direcciones electrónicas que reposan en el plenario.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FRANKLIN PÉREZ CAMARGO
Magistrado
LMRQ