TA CUN - 25000233600020200006300-(05-03-2021)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 25000233600020200006300-(05-03-2021)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN B
Bogotá D.C., cinco (05) de marzo de dos mil veintiuno (2021)
Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 – 00
Demandante: Unión Temporal RGV 2017
Demandado: Unidad Nacional de Protección - UNP Medio de control: Controversia contractual
Instancia: Primera
Sistema: Oralidad
Para realizar estudio se encuentra a conocimiento de la Sala de Decisión la conciliación extrajudicial celebrada el 12 de febrero de 2020 ante la Procuraduría 136 Judicial II para Asuntos Administrativos, adscrita a esta Corporación, entre la Unión Temporal RGV 2017 y la Unidad Nacional de Protección - UNP dentro del proceso de la referencia de acuerdo con las siguientes:
I. ANTECEDENTES
1. Del medio de control de controversia contractual y de las pretensiones
Mediante escrito presentado mediante apoderado, la Unión Temporal RGV 2017 incoó solicitud de conciliación extrajudicial contra la Unidad Nacional de Protección - UNP (ff. 1-4 cuaderno principal):
Concretó las pretensiones en la forma que pasa a señalarse:Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
Convocante: Unión Temporal RGV 2017
Convocado: Unidad Nacional de Protección - UNP
Conciliación Judicial Auto
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II. PRETENSIONES
Convocante: Unión Temporal RGV 2017
Convocado: Unidad Nacional de Protección - UNP
Conciliación Judicial Auto
2
II. PRETENSIONES
PRIMERO: Solicito a la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa CITAR a Audiencia de Concil iación Extrajudicial en Derecho a la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN – UNP, Unidad Administrativa Especial del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio autónomo, adscrita al Ministerio del Interior, la cual hace parte del sector Administrativo de Interior y tiene carácter de Organismo Nacional de Seguridad, creada mediante el Decreto 4065 del 31 de octubre de 2011, identificad con el NIT No. 900.475.780 -1, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, repre sentada legalmente por el Dr. PABLO ELÍAS GONZÁLEZ MONGUÍ, igualmente mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Bogotá, en su calidad de Director o, quien haga sus veces, para obtener el reconocimiento y pago de las facturas, causadas por la prestación de servicios de arrendamiento de vehículos convencionales para ser utilizados como medidas de protección de la población objeto del Programa de Protección de la Unidad Nacional de Protección a nivel nacional, durante el período comprendido ent re el 01 de noviembre de 2018 al 31 de diciembre de 2001, por valor total de $2.111.089.625, los cuales se encuentran representados en las siguientes facturas de venta que fueron expedidas en el marco de los
contratos 580 y 581 de 2017:
CONTRATO 580-2017
FV No.
de $2.111.089.625, los cuales se encuentran representados en las siguientes facturas de venta que fueron expedidas en el marco de los contratos 580 y 581 de 2017:
CONTRATO 580-2017
FV No. Valor Fecha Descripción Saldo 35 $464.120.161 07/12/2018 Alquiler de vehículos convencionales del 1 de noviembre al 14 de noviembre de 2018 $180.632.636
TOTAL $180.632.636
CONTRATO 581-2017
FV No. Valor Fecha Descripción Saldo 36 $409.382.931 07/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 de noviembre al 14 de noviembre de 2018 $180.632.636 39 $928.681.582 28/12/2018 Alquiler de vehículos convencional $928.681.582Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
Convocante: Unión Temporal RGV 2017
Convocado: Unidad Nacional de Protección - UNP
Conciliación Judicial Auto
3 es del 1 5 de noviembre al 30 de noviembre de 2018 40 $999.785.784 28/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2018 $999.785.784
TOTAL $1.930.456.989
SEGUNDA: Solicito a la Procuraduría Delegada para la Conciliación
convencional es del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2018 $999.785.784
TOTAL $1.930.456.989
SEGUNDA: Solicito a la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa cita a Audiencia de Conciliación Extra judicial de Derecho a la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN – UNP, Unidad Administrativa Especial del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio autónomo, adscrita al Ministerio del Interior, la cual hace parte d el Sector Administrativo del Interior y tiene carácter de Organismo Nacional de Seguridad, creada mediante el Decreto 4065 del 31 de octubre de 2011, identificada con el NIT No. 900.475.780-1, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, representada legalmente por el Dr. PABLO ELÍAS GONZÁLEZ MONGUÍ, igualmente mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Bogotá, en su calidad de director, quien haga sus veces, para que se reconozca dentro de la liquidación de los contratos 580 y 581 de 2017 que la UNP adeuda a la UT RGV2017 el valor total de “2.111.089.625, representado en las siguientes facturas que fueron causadas por la prestación de servicios de arrendamiento de vehículos convencionales para ser utilizados como medidas de protección de l a población objeto del Programa de Protección de la Unidad Nacional de Protección a nivel nacional, durante el período comprendido entre el 01 de noviembre de 2018 al 31 de diciembre de
2018
CONTRATO 580-2017
FV No. Valor Fecha Descripción Saldo
Unidad Nacional de Protección a nivel nacional, durante el período comprendido entre el 01 de noviembre de 2018 al 31 de diciembre de 2018
CONTRATO 580-2017
FV No. Valor Fecha Descripción Saldo 35 $464.120.161 07/12/2018 Alquiler de vehículos convencionales del 1 de noviembre al 14 de noviembre de 2018 $180.632.636 TOTAL $180.632.636Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
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Convocado: Unidad Nacional de Protección - UNP
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CONTRATO 581-2017
FV No. Valor Fecha Descripción Saldo 36 $409.382.931 07/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 de noviembre al 14 de noviembre de 2018 $180.632.636 39 $928.681.582 28/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 5 de noviembre al 30 de noviembre de 2018 $928.681.582 40 $999.785.784 28/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2018 $999.785.784
TOTAL $1.930.456.989
2. Hechos
Con fundamento en las pretensiones se invocaron los siguientes hechos que a continuación se relacionan: …
diciembre de 2018 $999.785.784
TOTAL $1.930.456.989
2. Hechos
Con fundamento en las pretensiones se invocaron los siguientes hechos que a continuación se relacionan: …
3. Que siendo imprescindible la obtención de bienes requeridos para implementar medida de protección, la UNP adelantó un procedimiento público de selección para contratar una empresa que le suministrara los vehículos de acuerdo con las necesidades de movilidad a nivel nacional de los diferentes benef iciarios, para lo cual inició el proceso de selección abreviada PSA-UNP-021-2017.
4. Mediante la Resolución No. 547 del 05 de junio de 2017 se ordenó la apertura del proceso de selección abreviada PSA -UNP-021-2017, la cual tuvo como fecha de cierre el día 27 de junio de 2017.Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
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5. Que, como consecuencia del debate y análisis de las ofertas, evaluaciones y observaciones, se recomendó al ordenador del gasto adjudicar el grupo 1 y 2 de la UNIÓN TEMPORAL RGV 2017, conformada por las empresas ROYAL RENT CORP SAS, identificada con el NIT No. 900.663.398-5; GARRIMOTOR LTDA, identificada con el NIT No. 860.511 -561-3 y JC VENTOR RENTAL CAR SAS,
conformada por las empresas ROYAL RENT CORP SAS, identificada con el NIT No. 900.663.398-5; GARRIMOTOR LTDA, identificada con el NIT No. 860.511 -561-3 y JC VENTOR RENTAL CAR SAS, identificada con el NIT 900.703017-7, por un valor de $10.190.036.276 para el grupo 1y $10.190.036.276 para el grupo 2.
6.Que teniendo en cuenta lo anterior se suscribieron los contratos Nos. 580 y 581 del 04 de agosto de 2017, cuyo objeto consistió en
CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS
CONVENCIONALES PARA SER UTILIZADOS COMO MEDIDAS DE
PROTECCIÓN DE LA OBLACIÓN OBJETO D EL PROGRAMA DE
PROTECCIÓN DE LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN A
NIVEL NACIONAL, DE CONFORMIDAD CON LAS CONDICIONES Y
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDA POR LA ENTIDAD.
7. Que, con el fin de atender los esquemas de protección a cargo de la UNP, se esta bleció en la cláusula segunda la contratación de 155 vehículos aproximadamente tanto para el contrato 580 como el 581.
8. Que, se pactó en la cláusula cuarta como plazo para la ejecución del contrato 580 y 581, su inicio a partir del perfeccionamiento, legalización del contrato y suscripción del acta de inicio y hasta el 08 de agosto de 2018.
9. Que el valor de los contratos 580 y 581 se estipularon en la cláusula
novena así:
- Para el contrato No. 580 de 2017, por la suma de $10.190.036.276,
de agosto de 2018.
9. Que el valor de los contratos 580 y 581 se estipularon en la cláusula
novena así:
- Para el contrato No. 580 de 2017, por la suma de $10.190.036.276, incluido IVA y demás costos directos e indirectos que haya lugar, y conforme a la propuesta presentada. De este valor la suma de $3.050.000.000 correspondía a la vigencia 2017 y $7.140.036.276 a la vigencia 2018.
- Para el contrato No. 581 de 2017, por la suma de $10.190.036.276, incluido IVA y demás costo directos e indirectos que haya lugar, y conforme a la propuesta presentada. De este valor la suma de $3.050.000.000 correspondía a la vigencia 2017 y $7.140.036.276 a la vigencia de 2018.
10. Que el día 20 de diciemb re de 2017 se suscribió el otros si No. 1 al contrato No. 580 de 2017 celebrado entre la UNP y la UT RGV 2017, por medio de la cual las partes modificaron la cláusula novena en le sentido de adicionar su valor en la suma de $561.000.000, para la vigencia 2017, dadas las necesidades del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencial de protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho programa. En ese sentido el valor total del contrato quedó en la suma de $10.751.036.276. Dicha adición tuvo sustento en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 27717
beneficiarios de dicho programa. En ese sentido el valor total del contrato quedó en la suma de $10.751.036.276. Dicha adición tuvo sustento en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 27717 de 28 de abril de 2017, rubro presupuestal A -2-0-4-10-1
ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES.Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
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11. Que el día 25 de julio de 2018, se suscribió el otro si No. 2 al contrato No. 580 de 2017 celebrado entre la UNP y la UT RGV 2017, por medio del cual las partes modificaron la cláusula cuarta en el sentido de prorrogar el plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de
2018.
12. Que el día 12 de octubre de 2018, se suscribió el otro si No. 3 al contrato No. 580 de 2017 celebrado entre la UNP y la ut rgv 2017, por medio del cual las partes modificaron la cláusula novena, en el sentido de adicionar el valor en la suma de $200.000.000, teniendo en cuenta que los recursos del mismo se encontraban próximos a agotarse y dadas las necesidades del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencia de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho
dadas las necesidades del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencia de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho programa. En ese sentido el valor total del contrato quedó en la suma de $10.951.036.276. Dicha adición tuvo sustento en los Certificados de Disponibilidad presupuestal No. 1618 del 3 de enero de 2018, rubro presupuesto A-2-0-4-10-1 ARRENDAMIENTOS.
13. Que el día 18 de octubre de 2018, se suscribió el otro si No. 4 al Contrato No. 580 de 2017 celebrado entre la UNP y UT RGV 2017, por medio de la cual las partes modificaron la cláusula novena, en el sentido de adicionar su valor la suma de $79.247.329, dadas las necesidades del programa de protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencial de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho programa. En ese sentido el valor del contrato quedó en la suma de $11.680.283.605. Dicha adición tuvo sustento en los certificados de disponibilidad presupuestal No. 1618 de 3 de enero de 2018, rubro
presupuesto A-23-0-4-10-1 ARRENDAMIENTOS.
14. Que el día 24 de noviembre de 2017 se suscribió el otro si No. 1 al Contrato No. 581 de 2017 celebrado entre la UNP y la RGV 2017, por
14. Que el día 24 de noviembre de 2017 se suscribió el otro si No. 1 al Contrato No. 581 de 2017 celebrado entre la UNP y la RGV 2017, por medio de la cual las partes modificaron la cláusula novena en el sentido de adicionar su valor en la suma de $204.134.000, para la vigencia 2017, dadas las necesidades del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismo en la prestación del servicio público esencial de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho programa. en ese sentido el valor total del contrato quedó en la suma de $10.394.170.276. Dicha adición tuvo sustento en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 27717 del 28 de abril de 2017, rubro presupuestal A -2-0-4-10-1
ARRENDAMIENTOS DE BIENES MUEBLES.
15. Que el día 20 de diciembre de 2017, se suscribió el otro si No. 2 al Contrato No. 581 de 2017 celebrado entre la UNP y la UT RGV 2017, por medio del cual las partes modificaron la cláusula novena en el sentido de adicionar su valor en la suma de $561.000.000, para la vigencia 2017 dadas las necesidades del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencial de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de losRadicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
esencial de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de losRadicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
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7 beneficiarios de dicho programa. En ese sentido el valor total del contrato quedó en la suma de $10.955.107.276. Dicha adición tuvo sustento en los Certificados de Disponibilidad presupuestal No. 27717 del 28 de abril de 2017, rubro presupuestal A -2-0-4-10-1
ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES y A-5-1-1-2-0-6 de
ARRENDAMIENTOS.
16. Que el día 106 de febrero de 2018, se suscribió el otro si No. 3 al Contrato No. 581 de 2017 celebrado entre la UNP y la UT RGV 2017, por medio del cual las partes modificaron la cláusula cuarta en el sentido de prorrogar el plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2018 y la cláusula novena, en el sentido de adicionar su valor en la suma de $2.443.537.578, teniendo en cuenta que los recur sos del mismo se encontraban próximos a agotarse y dadas las necesidades del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencial de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vi da, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho programa. En ese
del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencial de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vi da, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho programa. En ese sentido el valor total del contrato quedó en la suma de $13.398.707.854. Dicha adición tuvo sustento en los Certificados de Disponibilidad presupuestal No, 1518 de l 2 de enero de 2018, rubro presupuesto A-5-1-I-2-06 ARRENDAMIENTOS.
17. Que el día 22 de octubre de 2018, se suscribió el otro si No. 4 al Contrato No. 581 de 2017 celebrado entre la UNP y la UT RGV 2017, por medio del cual las partes modificaron la clá usula novena, en el sentido de adicionar su valor en la suma de $59.027.127, dadas las necesidades del programa de Protección y con el fin de evitar traumatismos en la prestación del servicio público esencial de la protección y en aras de proteger los derechos fundamentales a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de los beneficiarios de dicho programa. En ese sentido el valor total del contrato quedó en la suma de $13.457.734.981, Dicha adición tuvo sustento en los Certificados de Disponibilidad presupuestal No. 1518 del 2 de enero de 2018, rubro
presupuesto A-2-0-4-10-1 ARRENDAMIENTOS BIENES MUEBLES.
18. Que si bien los contratos 580 y 581 de 2017, finalizaron su plazo de ejecución el 31 de diciembre de 2018, es de señalar que el día 14
18. Que si bien los contratos 580 y 581 de 2017, finalizaron su plazo de ejecución el 31 de diciembre de 2018, es de señalar que el día 14 de noviembre de 2018 debido a la nueva adjudicación efectuada por la UNP bajo la Resolución No. 1615 de 2018, el director de la UNP en reunión sostenida el 15 de noviembre de 2018, solicitó a la UT RGV2017 establecer acuerdos de colaboración empresarial con los nuevos adjudicatarios, lo anterior con el fin de no afectar la operación en los días subsiguientes a la transición. En tal sentido la UT RGV 2017 garantizó, en beneficio del programa de protección, no retirar los vehículos que se encontraban operando dentro del contrato 580 y 581 de 2017 y continuar prestando los servicios de arrendamiento de vehículos convencionales.
19. Que con el fin de soportar esta solicitud por parte del Director de la UNP, se radicaron entre otras las comunicaciones EXT 1800132827 de fecha 19 de diciembre de 2018; por medio del cual se solicitaba a la UNP establecer un esquema de facturación de los vehículos que en la actualidad se encontraban prestando el servicio de arrendamiento a pesar que los contratos 580, 581 y 820 habíanRadicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
Convocante: Unión Temporal RGV 2017
Convocado: Unidad Nacional de Protección - UNP
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8 cumplido su vigencia; comunicación EXT 19-00020674 del 22 de febrero de 2019, por medio de la cual se solicitaba la devolución de los
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8 cumplido su vigencia; comunicación EXT 19-00020674 del 22 de febrero de 2019, por medio de la cual se solicitaba la devolución de los vehículos convencionales que aún continuaban prestando el servicio de arrendamiento sin perjuicio que los contratos 580, 581 y 820 habían finalizado, requiriendo además un espacio para definir el proceso de liquidación de estos contratos que incluyera el costo de los servicios adicionales prestados a la UNP; comunicación EXT 19 -00023851 de 28 de febrero de 2019; correo electrónico a diana.cortes@unp.gov.co de fecha 18 y 19 de febrero de 2019; correo electrónico dirigido a nelly.scalante@unp.gov.co por medio de las cuales se informaba que la UT RGV 2019 continuaba prestando el servicio de arrendamiento de vehículos convencionales por petición expresa del director de la UNP; comunicación EXT 18-00119671 de fecha 22 de noviembre de 2018 por medio de la cual se solicitaba la intervención de la UNP para la devolución de 71 vehículos que estaban asignados a los contrato 580,581 y 820 toda vez que dichos contrato habían cumplido su vigencia.
20. Teniendo en cuenta lo anterior y dentro del marco del contrato de arrendamiento para vehículos convencionales No. 580 y 581 de 2017 suscrito entre la UNP y la UT RGV 2017, los diferentes otrosíes que con posterioridad fueron debidamente suscritos por las partes y la petición especial efectuada por el Director de la UNP el 15 de noviembre de 2018 en las instalaciones de la UNP, en el sentido de no suspender el servicio de arrendamiento de vehículos hasta tanto no se
con posterioridad fueron debidamente suscritos por las partes y la petición especial efectuada por el Director de la UNP el 15 de noviembre de 2018 en las instalaciones de la UNP, en el sentido de no suspender el servicio de arrendamiento de vehículos hasta tanto no se culminara el proceso de empalme con los nuevos adjudicatarios y una vez se agotaron los procesos de conciliación, verificación y aprobación por parte del grupo de Automotores de la UNP y aprobación del área financiera de la UNP, con autorización de los funcionarios de estas áreas se expidieron las siguientes facturas de venta:
CONTRATO 580-2017
FV No. Valor Fecha Descripción Saldo 35 $464.120.161 07/12/2018 Alquiler de vehículos convencionales del 1 de noviembre al 14 de noviembre de 2018 $180.632.636
TOTAL $180.632.636
CONTRATO 581-2017
FV No. Valor Fecha Descripción Saldo 36 $409.382.931 07/12/2018 Alquiler de vehículos convencional $180.632.636Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
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9 es del 1 de noviembre al 14 de noviembre de 2018 39 $928.681.582 28/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 5 de noviembre al 30 de noviembre de 2018
noviembre al 14 de noviembre de 2018 39 $928.681.582 28/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 5 de noviembre al 30 de noviembre de 2018 $928.681.582 40 $999.785.784 28/12/2018 Alquiler de vehículos convencional es del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2018 $999.785.784
TOTAL $1.930.456.989
21. Que agotado el proceso de validación y verificación de la prestación del servicio de arredramiento de vehículos convencionales con los funcionarios de la UNP p ertenecientes al Grupo de automotores y con autorización del área financiera se radicaron las
facturas anteriormente señaladas así:
- La factura de venta No. 35 de 07 de diciembre de 2018 se radicó ante la UNP el 10 de diciembre de 2018. • La factura de vent a No. 36 de fecha 07 de diciembre de 2018 se radicó ante la UNP el 10 de diciembre de 2018. • La factura de venta No. 39 de fecha 28 de diciembre de 2018 se radicó ante la UNP el día 15 de diciembre de 2019 y • La factura de venta No. 40 de fecha 28 de diciemb re de 2018 se radicó ante la UNP el día 15 de enero de 2019
Dichas facturas fueron plenamente aceptadas por la Entidad convocada dado que las mismas no fueron devueltas y a la fecha no han sido debidamente canceladas.
22. Que el contrato No. 580 y 581 celebrados el 04 de agosto de 2017,
Dichas facturas fueron plenamente aceptadas por la Entidad convocada dado que las mismas no fueron devueltas y a la fecha no han sido debidamente canceladas.
22. Que el contrato No. 580 y 581 celebrados el 04 de agosto de 2017, cuyo objeto consistió en CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO DE
VEHÍCULOS CONVENCIONALES PARA SER UTILIZADOS COMO
MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN OBJETO DEL
PROGRAMA DE PROTECCIÓN DE LA UNIDAD NACIONAL DE
PROTECCIÓN A NIVEL NACIONAL, DE CONFORMIDAD CON LAS CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS POR LA ENTIDAD, a la fecha no se ha liquidado.Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
Convocante: Unión Temporal RGV 2017
Convocado: Unidad Nacional de Protección - UNP
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3. Del acuerdo de conciliación
La Unidad Nacional de Protección UNP presentó acuerdo conciliatorio en los siguientes términos:
Seguidamente, se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada, UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN UNP, quien manifestó: El Comité nuevamente se reunió y se sometió el caso a estudio, en el cual se determinó que en efecto los servicios prestados por el hoy convocante UNIÓN TEMPORAL RGV 2017, fueron recibidos a total satisfacción por parte de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, teniendo en cuenta que los mismos gozan de la respectiva aprobación por parte de la supervisión técnico operativa como jurídica.
recibidos a total satisfacción por parte de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, teniendo en cuenta que los mismos gozan de la respectiva aprobación por parte de la supervisión técnico operativa como jurídica.
De igual forma, pese a que se encontró que los recursos de los contratos 580 y 581 finalizaron el día 14 de noviembre de 2018, la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN en aras de garantizar el derecho fundamental de la vida a su población objeto de protección, recibió a entera satisfacción los servicios prestados por el convocante a corte 31 de diciembre de 2018, motivo por el cual el Comité decide CONCILIAR las sumas establecidas como pretensiones en la conciliación, procediendo a efectua r su pago 30 días siguientes a la aprobación judicial de la conciliación, teniendo en cuenta en todo caso las disponibilidades presupuestales que se asignen por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y a su vez, el correspondiente el derecho de turno.
El Procurador interroga al apoderado para que informe si para declarar la urgencia manifiesta a la que hizo referencia la entidad expidió actos administrativos, tal y como se informó en la sesión anterior de esta audiencia, y en caso afirmativo aportar copia de los mismos. A lo cual manifestó:
Una vez verificada la anterior ficha, se pudo evidenciar que por error involuntario se estableció una posible urgencia manifiesta, a lo cual me permito manifestar NO goza de veracidad, motivo por el cual la presente ficha, acta de conciliación y los documentos requeridos por el despacho NO se aportan en la presente diligencia.
Si bien es cierto, se puede establecer que el certificado del Comité de
permito manifestar NO goza de veracidad, motivo por el cual la presente ficha, acta de conciliación y los documentos requeridos por el despacho NO se aportan en la presente diligencia.
Si bien es cierto, se puede establecer que el certificado del Comité de Conciliación, no hace expresa alusión a la fecha del pago, t ambién lo es que mediante el poder conferido por parte de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, se me otorgan facultades para conciliar, y así mismo para contestar y en uso de esas facultades otorgadas, me permito reiterar lo manifestado anteriormente, en el sentido de precisar que la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN procederá a efectuar el pago dentro de los 30 días siguientes a la aprobación judicial de la conciliación, sujeto en todo caso a la apropiación de la disponibilidad presupuestal y al derecho de turno.Radicado: 25 – 000 – 23 – 36 – 000 – 2020 – 00063 - 00
Convocante: Unión Temporal RGV 2017
Convocado: Unidad Nacional de Protección - UNP
Conciliación Judicial Auto
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Anexo los siguientes documentos: certificación expedida por la Secretaria Técnica del Comité de Conciliación en un (1) folio, acta de reunión del Comité de Conciliación No. 152 de fecha 30 de enero de 2020 en catorce (14) folios por ambas caras y finalmente, ficha técnica de presentación del caso para estudio del Comité de Conciliación de la UNP en tres (3) folios.
Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, UNIÓN TEMPORAL RGV 2017, para que manifieste su
de presentación del caso para estudio del Comité de Conciliación de la UNP en tres (3) folios.
Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, UNIÓN TEMPORAL RGV 2017, para que manifieste su posición frente a lo expuesto por la parte convocada: De manera muy respetuosa, solicito a este Procurador Judicial avalar la propuesta de conciliación presentada por la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, toda vez que revisada el Acta de reunión de fecha 30 de enero de 2020, los fundamentos de defensa esgrimidos allí así como la recomendación emanada por parte de quien conforma el Comité de Conciliación, se ajustan tanto a las pretensiones de esta convocante, como a los antecedentes contractuales que dieron lugar a la presentación de la conciliación por parte de la UNIÓN TEMPORAL RGV 2017. Finalmente aclaro que los vehículos estaban destinados al servicio de protección de líderes sociales.
Me permito dejar algunas claridades frente a lo expresado por parte, tanto de la UNIDAD NACIONAL en su ficha técnica, como igualmente lo señaló el señor Procurador, en el sentido de aclarar que existe por parte de esta convocante una preocupación referida al tema de los servicios prestados, sin respaldo presupuestal y aclarando que los mismos fueron hechos cumplidos y que de alguna manera los mismos se prestaron sin constreñimiento alguno por parte de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, al respecto y como he sido reiterativa el contrato en efecto tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 y has ta donde tuvimos conocimiento había disponibilidad presupuestal, toda vez que las facturas, en efecto fueron aceptadas y
el contrato en efecto tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 y has ta donde tuvimos conocimiento había disponibilidad presupuestal, toda vez que las facturas, en efecto fueron aceptadas y recibidas por parte del área financiera y de la Secretaría General de la UNIDAD. Luego entendíamos de buena fe, la existencia de esos recursos para la prestación de los servicios.
Por otra parte, si bien es cierto en estricto sentido NO fuimos constreñidos a la prestación del servicio, también lo es que para la entidad que represento era claro que existía un deber legal y constitucional de no suspender los servicios, en
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