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TA CUN - 2500023410002019-00293-00-(11-04-2019)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 2500023410002019-00293-00-(11-04-2019)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2019

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JURISDICCIONAL

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN PRIMERA -SUBSECCIÓN “A”

Bogotá D.C., once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019) EXPEDIENTE: 2500023410002019-00293-00

MEDIO DE CONTROL: NULIDAD ELECTORAL

DEMANDANTE: ANDRÉS ESTEBAN FRANCO HERNÁNDEZ

DEMANDADO: MARIO JAVIER PACHECO GARCÍA - NACIÓN –

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

ASUNTO: ADMISIÓN DE DEMANDA

Magistrado Ponente: FELIPE ALIRIO SOLARTE MAYA Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: PRIMERO. ADMÍTASE, para tramitarse en única instancia, la demanda que en ejercicio del medio de control de nulidad electoral, interpuso el señor ANDRÉS

ESTEBAN FRANCO HERNÁNDEZ.

SEGUNDO. NOTIFÍQUESE personalmente al señor MARIO JAVIER PACHECO GARCÍA en la forma prevista en el numeral 1 del artículo 277 de la Ley 1437 de 2011. TERCERO. NOTIFÍQUESE personalmente al señor Ministro de Relaciones Exteriores en la forma dispuesta en el numeral 2 del artículo 277 de la Ley 1437 de 2011, para lo cual deberá tenerse en cuenta la dirección aportada en el memorial de la demanda.

1EXPEDIENTE: 2500023410002019-00293-00

ACCIÓN: NULIDAD ELECTORAL DEMANDANTE: ANDRÉS ESTEBAN FRANCO HERNÁNDEZ DEMANDADO: MARIO JAVIER PACHECO GARCÍA - NACIÓN – MINISTERIO DE RELACIONES

ACCIÓN: NULIDAD ELECTORAL DEMANDANTE: ANDRÉS ESTEBAN FRANCO HERNÁNDEZ DEMANDADO: MARIO JAVIER PACHECO GARCÍA - NACIÓN – MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES ASUNTO: ADMISIÓN DE DEMANDA Infórmese a la demandada y al señor Ministro de Relaciones Exteriores, que la demanda podrá ser contestada dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación personal del auto admisorio de la demanda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 279 de la ley 1437 de 2011.

CUARTO. NOTIFÍQUESE personalmente al Agente del Ministerio Público, según lo dispuesto en el artículo 199 de la ley 1437 de 2011.

QUINTO. NOTIFÍQUESE por estado al demandante. SEXTO. Previa coordinación con las autoridades respectivas, por secretaría infórmese a la comunidad la existencia del presente proceso en la forma prevista en el numeral 5 del artículo 277 de la ley 1437 de 2011, de lo cual se dejará constancia en el expediente. SÉPTIMO. NOTIFÍQUESE personalmente al director general o al representante delegado para recibir notificaciones de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en los términos del artículo 199 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FELIPE ALIRIO SOLARTE MAYA

Magistrado 2

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