TA CUN - 25023-(13-12-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 25023-(13-12-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMEIN'IO - Caducidad
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDI NAMARC
SECCION SEGUNDA
SUBSECCION B
SANTAFE DE BOGOTA D. C diciembre trece de mil novecientonoventa y tres.
MAGISTRADO : Dr. FILEMON JIMENEZ OCHOA
PROCESO No. 25023
ACTOR MARCO ANTONIO RIVERA CABALLERO
OTRO
DEMANDADO : NACION— POLICIA NACIONAL
CONTROVERSIA: SEPARACION DEL SERVICIO MARCO ANTONIO RIVERA CABALLERO..dent1f:J..c.00;c:n No. .: ,. 7i.. de Basa y AMADEO MEDINA MARTINEZ,adentilicado
la c; de c:: No 3 9c de Medina en ejercicio :i. Jo :f:c:...or çJ nulidad y restablecimiento d:L derecho, apoderado demandan ...I o. Noción -E 1 . c.:.i_ o. Nacionsí en suiiciau,::i lo c:.c!t:i.erE LA DEMANDA La actora formule Loo ....on Les PRETENSIONES =ue es nulo el acto c::o)ip . e o por ¡as sentencias c y segunda o 10cct.onc:1o. o c:ie feLhas . c:icc mayo 0 os 1989 de agosto ds 1989, preferidas por S.L .......)çrIoirIdEte de! ..............mcc .... de Po .1 1 010 Metropolitana oto y por el oor Diractor.•. :.:....oro
de agosto ds 1989, preferidas por S.L .......)çrIoirIdEte de! ..............mcc .... de Po .1 1 010 Metropolitana oto y por el oor Diractor.•. :.:....oro de la Fo i 1 C... o. Nacimnal, respe.....1 ,omc::n Lo oc o . oncro t:.amb 1 or o....... ceso :1 LiC ión No.7282 de! á de octubre do W89, mccc:i can te cE monformidad c::tc i):3c:4 anteriores sentencias, fserwi-- so!.: v -od is cn inrmA 0n 4;nhIitp (I—; marviminaocso ..iou MEDINA 1RTINEZ por hallarios res or1saoies de faltas constitutivas oc mala c:onduc:ta en una anómala inveszqac:ion disciplinaria inicia-Ja por el Comando de! Departanto de Policía Metropolitana F3oqcDtá Que como consecuencia de ¡a anterior us.c 1 aratr:.rla y para restablecer en su derecho a mis mandantes se ordene a la Nación L.'olomblarta • a traves de sus órganos, y de la !1recci5n General de la Pol ida Nacional, a. reintegrar a los seores. MARCO ANTONIO Ri:vE:RÑ CABALLERO Y AMADEO MEDÍJ'4Ñ MART l'•.k.Z al carga, de Agentes de la Policia Nacional o a otro os igual o superior categoría al que venían desempeñando recmnurerios y pagarlos ttodas y cada una cie laz sumas cie ci..near:: des anos cita
Agentes de la Policia Nacional o a otro os igual o superior categoría al que venían desempeñando recmnurerios y pagarlos ttodas y cada una cie laz sumas cie ci..near:: des anos cita percibir por concepto de salarios, i:::rirnas vac.ac:ic,ne . y demás seP,a.ladas en ).a .tev todo como consecuencia ce los nchos que dieron lugar a la presente acción. .:.,üue se dE=Iare igualmente ,para todas toe efectos legales y prsstaccnalcs que no na habido soluc:. :r os continuidad en los servicios Prestados por 1í.!-'C.,L AN CJ::lu RIVERA CABALLERO Y AMADEO MEDINA MAR íI NEZ a La Policia Nacinnaj.
4. Que a la sentencia que ponga fin al orcserits• proceso se le de CLtmD 1 irnicnto en los tcrmnos oc! art • 177 C'CL sn caso de que nos sea tavorable HECHOS !.Mis mandantes ingresaron a. la Frilicia I\j j NARCO ANTONIO RIVERA CABALLERO hace •aroroxirnadamente 7 aos ', ANADEO MEDINA NAk ..INE:Z nace aproximadamente a aios spgun se puntualiza en la hoja de servicios poi ic:iai.osPROCESO £10 .2b u23 i'_: `:, ~, . Duran te este período de 't:1efpr3ü tuvieron una. mt.a•f buena Conducta, tal como se acredita. en :Las correspondientes hojas de Vida. •....t-'ara los días 26 y s./ d e marzo de i8 9., . encontraban adscritos al Drepartamento de ullcia Hatr•opollLana
buena Conducta, tal como se acredita. en :Las correspondientes hojas de Vida. •....t-'ara los días 26 y s./ d e marzo de i8 9., . encontraban adscritos al Drepartamento de ullcia Hatr•opollLana r:ot::i o r a . 4.Par'a e.L Primero delos citadas días. S:ienoo aproximadamente las 18:30 horas ss•e• dirigieron a comprobar una información que habian recibido sobre un expendeüor•• de ha u c:o en el barrio Kenedy , efectuando la rentenc:.ión ne un ind1'.1duc , de nombre PEDRO f NTENOR F'INZON , quien despees y junto con SLI esposa las acusó falsamente de ex•Larsión a) i:i f .r_m ir• que Le habían exigido cien m:i.1 pesos t ulúo.uoii) para najari.o en libertad, alnc totalmente adverso a. la •verdad. 5.La cierto fue que mis mandantes lo dejaron retenida en :La Unidad Central cie Tránsito de la S1,: Ii. I~ presentar el informe des Ufytii •••; que se r'eCLteri;:t p y -t re quena a - S:i ! .i p resen cia en otro caso de Po:t icia, olvidan después el ln i or me . además porque el díasiguiente desde las 6 :UU horas °_.eni.an que presta."_ su servicio en la. Universidad Naciona dirigirse a la Unidad. r los rue ? mpa ::.ble .Esto'` riachos dieron origen a una
porque el díasiguiente desde las 6 :UU horas °_.eni.an que presta."_ su servicio en la. Universidad Naciona dirigirse a la Unidad. r los rue ? mpa ::.ble .Esto'` riachos dieron origen a una investigación disciplinaria que se adelantó por _:.i. Lom •.ndo de_~. Departamento de Policía metropolitana Bogotá. 7.De otro lado :la investigación tuvo lo=_ _siguientes errores: F•9.Indeb1da evaluación de las prL'.%_oaz arrimadas al proceso, además de que fueron iiegalmonte tr"asiadal]as de un informativo a otr o.Es inaudita que las diligencias adi=lantsdas por el Teniente GONZALO JAV1Er• GONZALE . NMNTILL.Ñ Y obra.nt.e<._ de folio 1 a2 !3 del informativo d_sclollanr io , Se hayan -.en .o., enPROCESO W25021, incluyeron ya desI:L..'es del de abril de 1€. sin corbaJ.sLc.I- (sic); es entiende ci ar.iuc.Lo ¡55 de¡ Decreto .L)ú me 1 dentro de los orincipias generales dci derecho pi-•.toric, pa!- tanto, çr tanto, esas pruebas debieran combaliaarse 01= de contrario, corno ocurro. serian nusie entienca cua el precitado art. 15. se refiero a 1CS diioenc:e.s oraciicadaa por otro funcionario, después da haberse or:naco la investágsción y no antes ya que se estarían p'-;ctca.noo diligencias sin motivo y facultad.
por otro funcionario, después da haberse or:naco la investágsción y no antes ya que se estarían p'-;ctca.noo diligencias sin motivo y facultad. S.Falla de.'. debido proceso. Los términos iañaiadcs normas proced imen tales son se sic imperativo curno iIent': Pues estas aan de orden público. as¡ las cosas el iesor!c.c.... mnt. de las mismas atenta contra loe principios de¡ oebido ...... En este caso C)SErVemC)S QUE el funcionario no perfeccionó las diligencias dentro de los oiez d.Las szpu2enten a su POSES1On tal como la ordena el art. 178 de! Decreto .i.......' de 19.Icjualmente se violó el art., 14 del mismo i:ec.tetc. OLtES Ci C;cinandante del Departamento oc Policía Metropolitana EDO profirió fallo derto 1i€ LOS 3 dias siguientes al ¡ec=c de las .1 iqenc:Las E inalment.e se violo ci art. .L' oe.i pIE:::Lta:c. Decreto por tanto el Director General de la Poicia Nacional no resolvió daTlnitivament.e e proceso dentro de las tú UIE siguientes ai recibo de las diligencias. De otra lava, es reprochable aue dentro de un GrncEE.Z disciplinario se de una grosera y flagrante viO1a.ión i de defensa; en el de la Policía Nacionei ,. se le da irmsiadn a irl inculpados para que oresenten alaoato de oecaroc.s sin lisaS haberles formulado pliego de ::arcoa pera así r:_;t....•1 r"
inculpados para que oresenten alaoato de oecaroc.s sin lisaS haberles formulado pliego de ::arcoa pera así r:_;t....•1 r" adivinos •, pues les ••• deTandersesin saber de que so UE 8.El Comandante del Denartamento :e Fcjjcwa Metropolitana Bogotá profirió Taalla oc orimeraFROC'ESÚ No .25023 la Policía ftacicr1ai la scDaraciónabsoluta del. servicjr activo de la Policía NacionaiL)e çfl : r.:{[) ANTONIO I:.Tv.: R CABALLERO Y AMADEO MEt)iNi4 MPR1 1NEZpor hallarlos rpc.n.blc-s violar los numerales 12 y 38 del artl.CL11c 1.1 CICJ. Decreto IOO 1989.
9. El 27 de mayo de 1989 los actores oresntan rec:uesos de reposición en contra de .a sentencia oc primera .1.nstn:: iO..Ei 7 de junio de 1989 el Comandante del Dcarzaen de Policía Metropolitana Bogotá, decide los recursos reposición y confirma en tarjas sus partes el isi.].a da orimer instancia !!.El 21 de junic. de 1989 mis oat.rocnaoos lnt.cr;:Dorsn recurso de apelación en contra oc las anteriores or::•denci sea ladas en los numerales 9 y 10 12.E1 25 de agosto de 1989 El Director &'sneral oc p-)ljcja Nacional profiere tallo d SeOLInCIa instancie med.iant el cual no accede atas planteamientos expuestas mor los Mq=e
12.E1 25 de agosto de 1989 El Director &'sneral oc p-)ljcja Nacional profiere tallo d SeOLInCIa instancie med.iant el cual no accede atas planteamientos expuestas mor los Mq=e en sus recursos de apelacon y separa en forma absoluta çie Policía Nacicna 1 a ].os Agentes MARCO ANTONIO RIVERA CA}ALi_ERO ANADEO MEDINA MART INE:Z per«vtclar los numeral e articulo 121 del Decreto 100 de 1589. .L%.El 6 de octubre de 1989 el Director Genera¡ ce Policía Nacional profiere la resolución No /28 • mcc iane de conformidad con las sentencias de ormera inatanci.a separa a los actores del servicio activo de la Pol :ca Nacional. 14.En el momento de ser separados del serv cio acziv rJc la Policía Nacional mis mandantes devengan un salario $.37450 mensuales básicos, moneda legal colombiana scoOn Dec.eto 050 de 1989: iOCESÚ N. NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE VIOLACION El demandante cori.icierii. cnma normas viciadas I3€' actos administrativos impugnados, los articulo de la Const.1.tuc.n Nacional: aiti.ç::u los 83, 16. 1.3i 138, t39..142 176 de3 t.::Ójk:u. - Contancicam Administrazi= art:Lc.uJ.c.s 19! 103. 121 numerales L.. y 38. 145, 178 1E34 y 190 del Decreto 1 En c.r cerio de la Sala, se cL(rncle s.L rsour.t c:c
178 1E34 y 190 del Decreto 1 En c.r cerio de la Sala, se cL(rncle s.L rsour.t c:c la par.s final del numeral. 4. osi art. 137 del C sob e exposición de¡ concepto de \'iclaclÓn EL PROCESO A ENT 1 DAD DEMANDADA demanda a la Nación Po:t icia Nacional Se notificó oeroralrnsrte el auto aumiscrin de la demanda al Director General as la Palicua Na.c:;;a.L (W110 vuelto del exeoíente) Nación Policía Nacicnal, por .ntsr:ne:cl :io de apc.deiaao contestó La dernand propone la amempci6n os caducidad de la acc.ion ¡folio 40
B.ALEGATOS DE LAS PARTES.F ROLE:SLJ No .25023
J alegato de conclusión ds la entidad demandada ooi-a al folios 57 a 6.: dci. expediente La Procuradora Judicial U ante el tribunal considera que et.td.i ado el asunto materia de la liz1s. no ao.recci quebrantados ci ordenamiento .,juridico al patrimonio púnilca :j 105 derechos ycararitjas TUndame.ntales.(foj2.o b) El Tribunal es competente para ci conocimiento de proceso por rezan de ie: naturaleza c:!a la acción la cuar1tia lugar de La prestación no :105 servicios, No se observa irregularidad que consttuya causa¡ de nulidad procesal y por ende procede entrardictar la correspondiente providencias CONSIDERACIONES En ci caso sub lites se ciemara la nuiided de .os actos
No se observa irregularidad que consttuya causa¡ de nulidad procesal y por ende procede entrardictar la correspondiente providencias CONSIDERACIONES En ci caso sub lites se ciemara la nuiided de .os actos administrativos de TrLas 5 de navo de 1989 por 1nccl de¡ cual el Comandante de Policía de 1-(oqotÉ 5cJ. icito a la L'irecz:.ón General de la Policía Nacional, la seoa.racion absoluta del servicio a i.OS actores y $5 de agosto de L'-' 9 mediante ci cual el Director benercl de la Policía Nacional resuelve el recurs) dc apelación en el sentido de confirmar jO dacdioo en is prnera instancia. Así mismo se pide la nulidad de iC resolución h:.. /c del b de octubre de 1989 por media de¡ cual el Director Generai. de la Policía dispuso seocrar en forma absoluta •iai servicio a los demandantes Que como consecuencia de lo anterior se ordene aFRUCESO Nw.25023 misrc grado y que se Paguen todos los sicidas dejados de devengar.
Para resolver se considera : El Director General dc la folici.a Nacional mediante )(OV1deflC1c del %.. de aacsto de 19E9 folios 12 a .1 dei cuaderno ¿ al resolver el recurso de apelacion int.eroi'esto ocr J.Cs seroros Marco Antonio Rivera Caha! !erc Y AMaDE0 f1EL:;Ii.
MART INEZ .confirmó la resuelta parel DemartamEntc de r:,..; =aa oe Bogata en primera instancia COMO cu.iminación d investigación disciplinaria adelantada contra los dema:an:es
MART INEZ .confirmó la resuelta parel DemartamEntc de r:,..; =aa oe Bogata en primera instancia COMO cu.iminación d investigación disciplinaria adelantada contra los dema:an:es mediante la cual se Les impuso La canción disciplinaria ce separación de la Foicia en •rorma. absoluta. Como puede constatarse al "folio 1.31 vuelto de expediente cuaderno .i falla de secunde instancia meciiante ci cual se agotó ci Procedimiento quoo ....ativo.1 fue notificado a los actores el día 20 de sapt iemt)ro de 1939 En el ces' sub lita j.DS demandantes ejercitan l acción de nulidad y restablecimiento ccl derecho ==narn los f.i los de primera y segunda instancia por medio de los cueles •:i desvinculó ocx servicio a loe, actores .dicnos actos contienen itra declaración de voluntad de la Administración susc.....bic de ser impugnada dentro del término establecido en el art. 13 del esta norma consagra 1c siguiente: 'ART,.13, CADUCIDAD DE LAS ACCIONES.-..Z nulidad podre ejercerseen cualciuier tiempo La de restablecimiento cci derecro ced'..u:ar• '.:•r :; t • •. :• s. •v) .ONDQrO PINEDA NEVARDO A. REYES ROD / IGUEZ :t'4 FE.::, :t 1:)Fç I:L.L.jS r\fTL:4Io Y. ti