TA CUN - 253073333001201900083-01-(08-02-2021)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 253073333001201900083-01-(08-02-2021)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
Lore, FS Yi> : Az ae a= 3SA y p:» 4E o REPUBLICA DE COLOMBIATRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCASECCION SEGUNDA - SUBSECCIONESISTEMA ORALBogotá D.C.. 0} 8 FEB, 2021AutoN? 36 17MAGISTRADA: DRA. PATRICIA VICTORIA MANJARRES BRAVOMECANISMO DE | NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHOCONTROL:REFERENCIA: 2530733330012019-00083-01DEMANDANTE: FREDY ALEXANDER ARIAS BAENADEMANDADO: NACIÓN-MINISTERIO DE DEFENSAEJERCITO NACIONALASUNTO: CORRE TRASLADO PARA ALEGARVista la constancia secretarial que antecede, de conformidad con lo previsto en elnumeral 4° del artículo 2471 del C.P.A.C.A. CORRASE traslado común a las partes,por el término de diez (10) días hábiles para que presenten alegatos de conclusión,vencido dicho término, al señor agente del Ministerio Público, por igual lapso, paraque rinda concepto de considerarlo pertinente.Se advierte que el escrito de alegatos de conclusión, así como los demásmemoriales dirigidos al proceso deberán remitirse únicamente al correormemorialessec02setadmcun@cendoj.ramajudicial.gov.co.OTIRÍQUESEY CÚMPLASE
—_— PATRICIAVICTIORIA MANJARRES BRAVOagistrada 1 "ARTÍCULO 247. TRAMITE DEL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIAS. El recurso de apelación contra lassentencias proferidas en primera instancia se tramitará de acuerdo con el siguiente procedimiento: .. 4, <Numeral modificadopor del artículo 623 de la Ley 1564 de 2012:> Admitido el recurso o vencido el término probatorio si a él hubiere lugar, elsuperior señalará fecha y hora para la audiencia de alegaciones y juzgamiento, que deberá llevarse a cabo en un término nomayor a veinte (20) días. Si el Magistrado Ponente considera innecesaria la celebración de audiencia ordenará,mediante auto que no admite recurso alguno, la presentación de los alegatos por escrito dentro de los diez (10) díassiguientes, caso en el cual dictará sentencia en el término de los veinte (20) días siguientes. Vencido el término que tienenlas partes para alegar, se surtirá traslado al Ministerio Público por el término de diez (10) días, sin retiro del expediente.”(Negrila fuera de texto original).