TA CUN - 2571-(21-04-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 2571-(21-04-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
tJ1 corr tiQ a.jj ye de za1,1 nOsÓLsntos ..tn$a 7 sola .íttdo pOX24rt€S 1QÍL Ab1O (iAJJ1A Y. •)ro(Cu .kCtQS .PrUZ,Cipa]O1 zIiiu 'isiig icr ndez o4rgu. A/R 32.. 1 }1 apo4urao del a3tur Vtii ilEsrndnc&es kodrfues,.n ejarcioto de .L atii e pluiaJuri 1O7dn que oonsra el art. 67 d1 uiiCita de;ie rbunulse Iagan 1a a1iu i ente u o 1ro 1 me son i I03 ltni Uticrod Pude 440 oektiazbrei 3) do 1.10 y ')&!& dú u() -4,4t>j-ti 4.6kio 1.97, ner1O4 d! ].i 1cId :Lirira1 i s bierno, cato per t1e ctoa e rítne el Oar de Prof 00to ie. Í'eoto de 1,01íCia 3'1 y ..t declara iaubtsi4tQnte a3 Dr. Yit.Uó Jierwfnde odr(ue Qn el rei.ciondo cro, d Miant. d« "la iOi'etiLría de Cobirio de Bogota Ounc oon ecenCi de iu ateriur dCloz'ÁCi6fl e orne ai 8øx lclve or 3ogot4 ».L.. ieiç ;.grr U ir. V.O.0110 al 4atao cargo de'quee orne ai 8øx lclve or 3ogot4 ».L.. ieiç ;.grr U ir. V.O.0110 al 4atao cargo de'que4 a1rte removido o a otro úo 3uperior ategoX'fs - ue1. do, óit;pon1er10 iiulÉient, que el i,itrito Supecial ¿e bc.gotd co1.r4 p;r al actor o a j u íeil wUa reCI108 Dpeøsnte la to— C.0 IviiLU3 IjLb, Í)O ri O.LOVQki Ósds
- Ut (dc e recibir t31. Tesoro j)jstritt por CtL4 (6 lc; que ht.S': f(C 1 u'r a 6t3tt dea.nds ;qU 11,u1 elite i. dor :tu tudne 1s •otus 1..»ate sigxioux4ss e Uer&ri1que i8tido no1i014u de <Iontíjwuiki<i esa U erv.j.jg tic. i,. u13.o ¡1enndet% poi. t4 ¡'tt te'?34t S Jft$fl4 j4iCji., Ge d :1Upto t el Dtititp'ii peçiu]. 44 octd døntrø siij1, p1eto ei 01 art. i21 t111É ø31w tjGfl £i»,ft 1Un(EI .qt prtwnte $00 ' sa.. u çtoctz Í4 1ere !oMbr44o rh aroor 1 cíIriO evCct ce PQIie. 4 hi oresr1a de Go—
.qt prtwnte $00 ' sa.. u çtoctz Í4 1ere !oMbr44o rh aroor 1 cíIriO evCct ce PQIie. 4 hi oresr1a de Go— tI'rItO c1zL d.e 1oS, ic q dwaemp!tó G1nte i &tci 1.6 t .97 et uv tu# re. iao t 1ts -eciu rø t attti'u L4O14UJø cir&;J Pr g. cllcf ó la euretara 4 Gós tf rirt ci1 e buiotá pfrt«~£& a k no 54 de 1,969 de]. Otionjo (11 4, ),en u1,0~`tu4 tncTdovaáQ t t i4ck ~_1ete d te oitadø, . tit. 2 as'tir 41. la ci
ti n l.97 preterido 1 3V tJC14 cÁe nt.f 3. O 1e u ; Ot?rnç, 3 V'v1o, Otrr')8 S iii Plante 4 i trf. (b.t.inc .ie1 5-1 1r1to0. øttre e1loi jç tu' irsi'et tt oIjoXi 3 ¡ . -o o n9.outsajA 4]. c. a4 eoveto e. çifirU' el. No. O7' te t&o aotuge 16 de 1.97e
por el cual ea Jec1r6 euteite ¿. mt m4a1Lte.
a4 eoveto e. çifirU' el. No. O7' te t&o aotuge 16 de 1.97e
por el cual ea Jec1r6 euteite ¿. mt m4a1Lte. Tof aÓtoó dinøtiitiv ; cxjuicia4uc oz YQl,t4eiG$ de y dexe, fkterofl prXfi4OØ o' la trción iittI en n aaO 4éá$jí cldt de it. s etribocim.e da . 1a iutoridatt qas lo tet4'•( .tuioiø Xo, 571) Coao los decretos dmandaoe han lesionado dezsekes de ai. aang.ante, pretiue eo ci6n uu nulidad &d•. ms del retableoiuiiento 401 derecho, en los trmios del art. 67 del C.CJ.' QCIC QLD4S CCCiTO DE L V1QLO1J Cita vorno dinpostciones vto1ads las sigutenteíz arta.. 2t16 9 tI, 267 197 9 atribuci6n 3• de la Oontituet6Iaeiona1, 139 uarulen 19 y 3 9 y 16, numeral 10 del Decreto-19y 313 de 1.968 y el ouerdo 54. de 1.969 ( Oic1ebre 9) del COnoeo del Distrito ispcia1 de í3ogotá, en eus arta, lw y 29. 1 sobre el COYrnepto de la violaoi4n de las nterioea U.impc>1@ioneiq l sefor apoderado disourre aipIiaxrente. Concepto 1del Ministerio pd.blico
COYrnepto de la violaoi4n de las nterioea U.impc>1@ioneiq l sefor apoderado disourre aipIiaxrente. Concepto 1del Ministerio pd.blico El kmiur 2Q di 1 Corpuzaçi&. al emitir su ooc&te (i rondo concept1t !vrab1trtte r 1a peticiones de Dice el fiscal en un aparte cie su conceptos 1, 1 CIonecio Distrit1 de Bogot, por icu.rd. J 54 dci 9 de dici. uibre de 1.969, estleoi6 la ?lanta d.c øral 4.1 Distrito peoial para la vigencia Iisca1Qe 1.970 ( art. 1), y a la vez ciapueo que ( art. 32)1 " LaComisi6n do la .es del Concejo, el Alcalde Mayor g e1 Personero, el Cotr&ler, el Tesorero iitritdes, incorporardn con lecha i9 de enero (te 1,97( los fkíncíon¿:Iríos qu6 cictualmente preatsi .ery.w ciu e. 0ue reápectivs dependerxcis, dentro de los cargos estiiIecidos en 1& planta de peruonal que. se a4opta por tite "Dentro del c1tao ¡cuerdo, y con el RtbtO de 0 SUAFKP (tAaS
02Pt1)kCTUE , se halla iu1uído en la 71.iinta da erona1 el óaro de Yreféete 339 que , al tenar da lo dis, puesto por el aríoulo tran8vrito,ç.ue(k6 ínuorpoaiAo ¿Cid• el
erona1 el óaro de Yreféete 339 que , al tenar da lo dis, puesto por el aríoulo tran8vrito,ç.ue(k6 ínuorpoaiAo ¿Cid• el 1 1e exÁcrO de 1.97U.( Juicio Po, P311) Mef.an loe £1 enl4.s ot.tsd pra ó?ss y rnzipimtr ou'zgoe, 1 corfer t.1 creta 177 di J4' tictso eoi Lavo aoi& del. ittCcul.0 Lj tit it Gonstttucz3rt ~jM»j py , que no pudo tr .tt;ao como no'i perranente por Is Ley 141 ue y4 LL (4,(3
que Hr (.idOjtE) Ct)a leyes loe »s.. tu iiIV J3 Cc1 mv ¿1 14oi&3.o 121 j. i e •vi1re e W16tm .1 20 de U1iQ di oldob3idLt o etft4 ø1' )3tri!" • E f que &prúb,,,tu lr. ro:a c Uw.uua1 en t TLeb;ctto ¿1 la de djiroril ds 1.35571 rt . r1;i v1e 1.8156 1.947, f tod 10 rra& i; o t&'tn'j4tt de 1.66 con rec:t er&tc-er permanente .n'roduu1ftae kaflta Fl Aag1ati'vo ide 1.947, in11ve,ndaron eoudu.- como el Deorrajo 1627 fie dj6 fanultadan a lo. Goborflrn4o.
g1ati'vo ide 1.947, in11ve,ndaron eoudu.- como el Deorrajo 1627 fie dj6 fanultadan a lo. Goborflrn4o. 4J y C18j iiL flQ iiJfl en la Conøticid, o1x'o •uzø pudo vie.ti us). 2iebta9110 0 to rbtuitSn y bs}.xiir ra ataaultid rvat1v uu... O2t.0 coie lu ptL:3l. xtOu10 197 40 i(5L k'Lj,. 1 ¿2 • roci.euo ól 11t!e Lver (1(3 orut, (JO xoís, en Le j ) i 1( - ; e c 2.-v '1 01 a/trtt4$4ØØp 4e La pot.&%ad de øupriii.r o&11rçt cono 1 que jrofs el actor t tollo R4rfli1ez,.. L - p1 Li d 1 dti dbefl promperare, .&$ Lo &i..ieit ). LI1. uei i. ibun3. ". • cwtati4 ploMeada es rediio. a sar si .1 LloaLde ¿a )ootd tesis .eospeteis para iurifr la. Prstacttwas,a si eSta ea ma atribucida del C0aee3o. ».. 01 utiód. 197 de la Coastitáoi6a IsOtasal que 'sos atribuatunsa de los Canoe,jae, que .jsre.rds set oras a
si eSta ea ma atribucida del C0aee3o. ».. 01 utiód. 197 de la Coastitáoi6a IsOtasal que 'sos atribuatunsa de los Canoe,jae, que .jsre.rds set oras a 3.a leyi l) por ae4io de uouerdos, lo oanveaiente5 ( Juicio No. 2571) para la adminiatrci6n del dtitritó; 22las contribuciones 7 gastos locales; 3t%) Determinar la estructura de la administra.- oidn municipal, las funciones de las diferentes dependeicias j las escalas de remuneraoidn correspondientes a las distintas categorías de empleos ". El Concejo de Bogot& por medio del Acuerde No. 54 de 1.969 ejercitó su atribucida constitucional, a.ulaló la planta de personal para el Distrito y fijd la reinuneraoidn para las distintas oategorías de empleados en la vigencia fiscal de 1.970. En este acto del Conoe• se puede ver que determiné 6 prefectos para el servicio de la adainiatraoi6n. Sin snibargo, .1. 30 de septiembre de 1.970 9 el Alcalde diota el Decrete nda.ro 8M "por el cual as suprimen y se orean unos cargos, se establece el funcionamiento de una dependencia y a4 dictan otras disposiciones en la Secretaria de Gobierno", y despues de algunaw consideraciones en que relata actos pretéritos de la Ádministraoidn, decreta suprimir las cinco prefecturas de poliofa y la prefectura de control urbanístico dependientes de le Secretaria de Gobierno,que funcionan en la actualidad con
pues de algunaw consideraciones en que relata actos pretéritos de la Ádministraoidn, decreta suprimir las cinco prefecturas de poliofa y la prefectura de control urbanístico dependientes de le Secretaria de Gobierno,que funcionan en la actualidad con 103 siguientes cargos : 6 prefecturas de policía; 6 secretario., etc.- Ea decir, aefialc para la Secretaría de Gobierno una nueva planta de personal distinta a la que había fijado el Concejo, validados para ello de " sus facultades y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 16 del Decreto 1.7 3133 de 1.968. Y con fundamento en este Decreto d.o]ar6 iaubeistentes lee nombramientos de loa 6 prefectos y da sus searstarjes. Pese a que el Decreto 872 fu4 dictado .1 1.6 de octubre, dispone que la inaubsiitenoia tiene efectos retroactivos al 30 4.e septiembre anterior. También .1 ordinal 3 del articulo 13 del Decreto 3133 de 1.968 dí a]. Concejo como lo baos el articulo 197 de la Cena-( Juicio No. 2571) tituoi& , la stxibuoiin ds)eteziWisr la estructura de la Ádai-. ni.treoidn 14.trital, 1e funol.ons de las diszeut•a dependen-014s y 1«0 escalas de resun.raatdu oorreapondtsn;se a las dtst1-. tas cet.orjas de empleos ,eto. Fi i)erto 31.33 de 1.968 fuá dictado en uso de las faculta. des •xtraudinttries ooni.ridaa por el articulo 13 4. la Ley 3
tas cet.orjas de empleos ,eto. Fi i)erto 31.33 de 1.968 fuá dictado en uso de las faculta. des •xtraudinttries ooni.ridaa por el articulo 13 4. la Ley 3 de 1.968 , y cis,ider&nt10 que el. artou10 199 de la Constitu..- aidn Nuoioial ordena que la ciudad de ~otét es oranice coso un Distrito Eeoia1. , sin au3eotón al r4iien aunioipal ordinario. El e engraso delegó su el jeoutivo su atribución de bkoer las leyes y 10 r'evistid en su articulo U. ( no en el lY) 4a la facultad de "tefor'ar la organtaoi4n adaL isrtiva del. Listri-. tO liapeoial de iogot4 para edeouarla a los requerimientos bdsioos de su desarrollo. En estaa oondioiones, pr.va leo , J 4ridioalente, e]. articulo 197 de la Constitución Nacional en cuanto de si Concejo de modo oosioreto la atrIbuel6n de ordenar por sodio de acuerdos lo oonveniente para la adaini3tru<>ídri de] di. irrito y det.rtr1r su estruotura , las funciones de las diferentes dejendsncia y las escalas de reruneraoi6n oorreepondintea e las distintas categorisa de empleos. Esto es precisamente lo que biso el. Cono.3o por dio de su Acuerdo 1. 54 de 1.969 9 legislando para le vigencia fiscal de 1.9709 E lgualmente lo hiso el 4'loalds por medio de los Deere..
su Acuerdo 1. 54 de 1.969 9 legislando para le vigencia fiscal de 1.9709 E lgualmente lo hiso el 4'loalds por medio de los Deere.. toá 600 y 872 de 1.970 9 suprimiendo .epleos,ox'ssndo cargos y fi.- jaMo remuneraciones. Podía e] Áloalde por medio da L'.orstos derogar o modificar el Acuerdo de]. Concejo ? lo poctia hacerlo, pues al Acuerdo es una norma de j.rarquia superior, que asbLai acatar e] Alcalde, ouapUndo1s y haci6Mols auspUr, mas w&noa derogarla 0 "¡ti-- 7 m ( Juicio No. 257].) carla. El articulo 184 del Cdigo 4. xégiaen Politice y Municipal esflala las atribuciones de loe Alcaldes , y entre ellas está la de Cumplir y bacér cuÉplir la Constituoi6n, leyes, ordenan.aó acuerdos y decretos que eøtdn en vigor 11. De manera que e]. Al— calde debía cumplir .l Acuerdo No. 54 de 1.9691, su vigor durante el aiio de 1.970. Toda la iniciativa que tenía sobre esta misma materia era la de presentar un proyecte de Acuerdo al Concejo para que asta entidad de jerarquía superior a la suya, lo derogara o lo sodifiosra, si es que lo encontraba inoonvenient•. Dispone a]. articulo 65 del C.O.A. que " los actos de las autoridades , funcionarios o personas administrativa del orden municipal eern anulables adonde, por violaoi6n do Los a— cuerdos de loe Concejos 0,
Dispone a]. articulo 65 del C.O.A. que " los actos de las autoridades , funcionarios o personas administrativa del orden municipal eern anulables adonde, por violaoi6n do Los a— cuerdos de loe Concejos 0, En consecuencia, estos Decretos 800 de septiembre 30 y 872 de octubre 16 4. 1.9709 dictado por .1. Alcalde de Bogotá, adolecen del vicio de la ilegalidad , porque son violatorios del A.-.- cuerdo No. 54 de 1.969,y por esta rasdn deben ser anuladoej co.- - mo, adesde, se ejeroit6 la aooi6n de plena jurisdiooidn, por ser lesivo de un derecho particular, ( el de loe empleados a ocupar los cargos fijados en la planta de personal y a recibir las a— signaciones correspondientes mientras el Concejo no la modificara , os impone la consecuente orden 15 restablecer al empleado en el derecho que 1e fuá conculcado, as acuerdo con lo previsto 'en el articulo 67 del C.C.Á. Por lo expuesto, el Tribunal Contencioso Administrativo do undinamaroa, administrando justicia en nombre de la Repdblica ¿e Colombia y por autoridad de la ley, de acuerdo con su fiscal,8 ( Juicio $0. 2571) I$IIQ... .o14rttee la nulidad 4. loe -Decretos 800 7 872 4 1.9 70 9 4. la AloeldLa de Bo#jot, en c&snto por talas so..
tos a suprimieron unoa oargos se orearon otros y 49 declararon insubsistente loe nombrumicatos de varios .nplssdo.,.ntre ellos a], Di. Vitelio Herund.e en su cargo de Prefecto, de la ¡Se— oreuwla de Gobierno. OU$20... 2ura rsstblecer 4a si derecho el Dr. Vitelio Isrn4nd.c ieraudss,ordaiie al álcalde de »010tg baoez'l un nosbraetento en el sieso oarje de que fue il.cZiient resovido, o en otro di i8uai o superior oat.gorta y sueldo, o que actualmente sea equivalente. WQEO'- J1 IJt.itrito Lopecíal de Bogotd debe pagar si 3)r. Vi.. tollo Rern~ex Bersuciez, o a quien sus derechos repz cinte , loe sueldos, Primas bonificacionea y denda ssiijnaciones que hubiere dejado ae recibir del. Tesoro, de Bootd por causa de la insubsiatencia de su empleo decretada por el Jloelds,desds .l l.2 de octubre de 1.970 hasta cuando fuere reincorporado afeo. tivesente, descontando lo que hubiere recibido 4.1 tseoxo pdblt.. co en cualquier otro empleo. 9U9..'ara todos 1ce electos laborales as declara que no ha habido solución de continuidad en el tiempo en que el 1r. ¡ernnúss ha estado y .etd cente,salvo ue en ente ti~ po haya e5e»Øo otros caros pdbiicoa. ¡A enttasd obligada si ~o diotard las providencias
1r. ¡ernnúss ha estado y .etd cente,salvo ue en ente ti~ po haya e5e»Øo otros caros pdbiicoa. ¡A enttasd obligada si ~o diotard las providencias conducentes e cueplir esta sentencia dentro del tdrai-. no de 30 tfae previsto en el art. 123 del C.(.. Odpie.e, notifiques., publique.. y ocasditese. (Aprobado en la sesida del dia cJ1 2\\de 1.976,40ta9 - ( juicio lo. 2571)
- Á1VAW COM1T WNÁ IUGUEL ÁTONZQ CÁ )JIÁ&3 Y.
OLIEA POM}O 1E CASTRO 8Ua&NL iioirris P19 Ck1EYEkRX
ÁI1BL1TQ MORZIO GOMÁZ jillu MW401 (íUM3ÍIZO AÇUILflO RUE DitÁ2Á SILVA .AMNJ aroo Lilio C&lie b. 8eoretario.