TA CUN - 26247-(19-10-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 26247-(19-10-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
PLANTA DE PERSONAL -No reiiÓrporacj6n /Q?iCIO E COMUNICA-IW
ClON
TPIFLJNAL AMIMIST4ATTVc DE
3ccrnN SE6LJND IIAG 1 S1+ADA PONENTE ntfé ¶fti ogqtáID. C. , ydiéiz". nueve 19) nr..i.E?rto noventa y cinco PEE.. E<pedín& Nro, 2247.
ACIOS F4MCIONALE3
DEMANDANTE: LXISIA ESPERANZA FtJELt CLVT.1O
DEMANDADA L NACTON MINISTERIO DE: AÓRICULTIJRÇ,
t..Ir1A ESPEhANZA PE:UELA CtAVlJ0, idenifiad con la (. Nrç. 35 322.('l 1 de Fotiin, á través de mrdatrio Jutil .;i1 ' pn ejercicio de 1 &cctón d le nuiidd y r -€t:bicimirito del drec:ho ccifissagrarla en el Art. 65 del CC.A., en desyt'ac -td¿i el 6 de dic:.embre de 1994) -dentro, del término de cadu:id&d,' oLtr..it ct Corporac:ión, . hqan 1, a si.quientes is imt 1re. diarcinntu53 • ) Se cc:iare j nu1idd del cto d trtivo cc,nL'riido en i 0 ,13.o 05527 de], 8 de acjnta de l90 de l ief&ur. d Feçon1 del miriísterio íJeArícui t. ura. medjnic la Lui l
i 0 ,13.o 05527 de], 8 de acjnta de l90 de l ief&ur. d Feçon1 del miriísterio íJeArícui t. ura. medjnic la Lui l ctunicaron l no i:crporción 1a planta de sorl en c:cnrordr.ci con Icitsdecretá 1/7:3 y •:0566. de] 3 de 'awc3%In 6 deJuicio ro.26..247 3 agosto ambos de 1990 repct.iiaflntP; y b) Se condene al ente demandado a rirteyuar1a al crçju que oc: paba u a otro de igual o uporior categoría, como d. pagar 149 todos los Primas, bfi1icacÁone y demás umoiumen tos Bal ariales dejados d percibir' desde cuando fu eparada del servicio y hasta cuando se opere su reintgru, .1n solución dee Como Como wporte de 1 s anteriores preter ioni se ci Lan 10 .iguinte HECHOS "1 rur resolución No. 051 de facha 31 de kinert,7 de 199 q e v.incu.1Ó ni rnand»nte a 1 t1initéria ck Ayricultura en el cargo de Prufe.toiia]. Uh'ritario Código 3020 Grado 06 n la oficina de lanemientn dpi Sector Aqrcpuario." »
Mi.pt: rocindo permieció en el jprricit de carga con honestidad,recprtr.ah. 1 idac paci dad idonoidad asta 411 día de su i legal dsvi c:u..iac.tón
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Mi.pt: rocindo permieció en el jprricit de carga con honestidad,recprtr.ah. 1 idac paci dad idonoidad asta 411 día de su i legal dsvi c:u..iac.tón "3. El Pr idente de la Repbi¡ea en ejercicio de 1 a facultades que le confiere el Art. 120 nwneral 21 de la Contitución N:iorl , estabi ?cká la nueva planta d' perona1 del ftniteiio de Agricultcra por - medio del Decreto 172 del 28 de junio de 1990." '4. La admiritraciÓn al moffiento de nombrar la nueva planta de pr son al, se _,apartó de l necesidades Propias del ser icio y no conider -ó lo crgo que se €tb1c.ierori en fe¡, Detrót.o N. 1472 del 2`8 de Junio de 1990. aprovisionando los car -91-5 con peronafl di.tina de las que con tbn v J. F) cu 1 ad as a 11(istracicn, comunicando a ioi pI cdc, qu e4
J(ic:Lo Nro 26.24? 3 eiicontraban vinculado, que no habían siflcj incororadot a la nueva planta dé perona1, motivando falsailente el acto admin trativc de comunicación." "So. Por Oficio No.. 05527 de fecha 8 de agóst.o de 1990 emanado de la jefatura dé Personal del Mi.niterio d Agricultura se comunica a mi poderdante que no ha, tido fl,rnr porado la nueva Planta ie peronal del
emanado de la jefatura dé Personal del Mi.niterio d Agricultura se comunica a mi poderdante que no ha, tido fl,rnr porado la nueva Planta ie peronal del Ministerio, í se J.c requiere para qu presente en l cyfic±na de la Jatura de Perona1 el carné de identificación y un certificado de paz y salo con el alm•cón del Mínisterjø." La imarda invoca como ncirm4si vídladas los rtcu las 17 de la Contitucíón .Nciona1; 20 y del ecrcto )1. de 1984, e.pl i car,do el icjuient.ø c:orrept.o a) El art. 17 de la Carta Política, porque se déprptcyió u derecho al trabajo, dejando a un lado la chl'iqaci& de crear planen y projranas que de4arra1 len dicho mndata; 'y cuando para desvincularla ise expidiei un arto falsamente motivado, violando en sta forma los derec:ho del trabajador. ti) Los arts 2o y 36 del C C.A , pqrque los actos drnini.t ti.vo ,ii deben xpedit e dentro dç 1 jnarcn de l. 1egl tdad, • d.ir que trgari como crigen una acuda e4.i lón en el srvicio; y en la medida er •.que contengn una dociión de C-arác—tergeneral o particular -O etien a 'ru rte. a 1 at. nor m que los autoriza y a loa hecho4 que le sirvan de causa. Admitid la çjemand le rot.i ficó prsonalmtnite:ai Ministro
C-arác—tergeneral o particular -O etien a 'ru rte. a 1 at. nor m que los autoriza y a loa hecho4 que le sirvan de causa. Admitid la çjemand le rot.i ficó prsonalmtnite:ai Ministro de Agricultura, quien cii dicho acto dci.tgnÓ apódrado, que el -, escrito de folios 15 a 20 contestó en fiempo la dernnda 1 t1. icitó pruebas y alegó de conclusión oLcitndoué desetimen Las pretensioii i de la actora(f1 119 a 121 ).JuiCio Nro.26.47 4
A su turno la AJrcia del nister: io Público, eniu Concepto Nro. 52 del lo de Marzo cIel94, 5 e reiite a la decisión adnptadi por costa Sala en ser enci. de . de nuvÇembre du I993
Expediente Nro. 9026236, Actr Adalberto 3rugei Dan, contra la initna eiti.d 1, Pon nt.e
Dra. BUTANCUR RU;: • nerjocio en el e t? negaron la.s pret.erieos dei 1. ibelo Surtido el trtnite de rigor y corno no e ober•a ca usal de n ti. l idd que invalide lo c.tuado, se decide 1.- m e d ia n tt.:i . med:Lnte 1 as s ícJk.lierit:I, C O N 5 1 t) F A C 1 0 NE B la) Se controvierte en este proceso, la 1.ey1 idad del Of'icio Nro 05527 del e deagoto de 1990 expedido por la
C O N 5 1 t) F A C 1 0 NE B la) Se controvierte en este proceso, la 1.ey1 idad del Of'icio Nro 05527 del e deagoto de 1990 expedido por la JefaturA de Personal (E) del Mi.aiterio del TrbaJc3, por el cual se le comunicó a la actora que no fue incorporada a l a nueva p1nta de personal Conayrada en al Decreta, 1372 del 21 de junio de 3990. 2e0 Pretende puas 13 actora que declarada su nulidad nick le ret.ableca en SL( derecho, confcrme a las peticiones que fornu4a en la demanda.. • : 3(9). 3e ha etabletido con, 1o.dncwnentos de fu,libs .4, 23 a 2. del infarrnativo, que la trir pretó •u rvicios al ente demandado dde el 7 de febrero dú 199 al 7 de to de 1990, como Prof oiani Uçvíeri1:ario (ád ig(3 020. 3rado 06 de 1 is Oficina de Piar ami.ent.n del Sei:tor Aqropeçuaric# ; que no es baba inscrita en el escalafón de l acarrera , administrativa, igni.ficando entonces
duo er empleada pCibl'íc<N dl oil -in nacional de libre nombramiento y reoción del ñomínador 4o) El Prexdcnte de la Rephiica dirt: Dec -:ref.,-.i 1-37 -2 delJujib Nr(J..2624/ .28, de> Jwuo de 1990 ( f1s. 6 42), etaL1ciÓ .a Planta d
4o) El Prexdcnte de la Rephiica dirt: Dec -:ref.,-.i 1-37 -2 delJujib Nr(J..2624/ .28, de> Jwuo de 1990 ( f1s. 6 42), etaL1ciÓ .a Planta d Per%onal del Mntert de A9rci1€uta SO) De otro lado inednte1 Realución 4rc. O003 del 6 de agosto de 1990 el ministro do la planta de per ,nal creada por o 1 De rro -13 72 1 pernrtl allí e relaciona (fis. 53. a 64). y en la Cual fió se incluyó a la actora, adefilá5 de que re aparece la 0 i.c-iria de Pi atírieno del Sector Agropecuario donde laboraba. . o) .Precia entonces la Sala, determinar para efecto de la. it:uación que me lo ha planteado que la l'ución 0595 del cte aqosto €i. 1990 que ob. i,.ricorr>oct5 a la denndante al Miniter.io de Agricultura, es al acto admiriitrat.ivo que creó &.uia situación prticu1ar para todos qnel lo que como la actcna no lueror, vinc:ula'Jc7o) Y aunql..te en 1 - nueva. p1ant. . creada p e] Decreto 13 2. del 3 de agosto de: 19?O e ohera que na aparece la Oficina de Planeamiento del. sector Aropeuario, el cargo de Proteional 1Jnivertario que. la ar,tor.i deemp&,a no fue euprimitio en varii Diviiorie .afi ne como la de Iuurno.
Oficina de Planeamiento del. sector Aropeuario, el cargo de Proteional 1Jnivertario que. la ar,tor.i deemp&,a no fue euprimitio en varii Diviiorie .afi ne como la de Iuurno. C, u 1 t i va s de Ci'flu Curto, CiclosMediano y ia--o . -d BoJinoE• y especíes may ores, por citar sirk rnL-rgo, 1 a sala it,i.ma que la demandante, eitba nombrada un provisionai.idad lo qúe permite concluir que no tenia derecho de para ser incorporada a la nu'#a planta.. f3o) e tiene, que el ofici.o çuya i€jal Ldad se zuestir no fue ralrnent.f•? el acto q ue 1a devincu1 de 1x actividad laboral romo se int41 có 1 a Puoi uí.ón Piro. 0585 dci 6 do acjoto de 1990 qu no 1 incorporó enlos .:argc c:reados por el Decreto 13 ,72. del mimo ao. De uert.e qu , como la actora no demandó este a I:. y , como quiera. que la i uridi cciin con r ocjnjnj.st, t i rojid no le i Ido prnr, Lit , t L ar sobre aun tos que no lo han sido p L nteadui • porque pra o 1 lo necesario que se su lqa 1 idad mcd i. ir t'1 ¿cci¡Sr contunciosa rspectiva...s. ;'•, rtc dei kntrJØr rtyioi resul 1 dei. i9ar 1ii
contunciosa rspectiva...s. ;'•, rtc dei kntrJØr rtyioi resul 1 dei. i9ar 1ii Por lo E<pU€3to. riburt.i.. € Admtnitr&-tvo e C.ndinwr'-, LCCIQFI IJtÇ ub en INornbr de k pkila de ' st por autoridad d 1 C('rl ti,r'itn'o Cui':inbi , Dt Nl r:í,.-usc i AS PRETLNf UNES DE LA Cópt.; c.:ornuníqt' n.itf .i:1u y :Cmp1 -: Ej t-LU i(i rctj{vç i.l pein1. p,t:yi devcii.i:iá t1' 10 val '-'s roi&' çjndo pi? çti' tos. •., prøbio en jón; d.t la fh 'tjCtr Atta. Nro.