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TA CUN - 26318-(01-10-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 26318-(01-10-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

A DE PERSONAL -Reestruóturáci6n /SUPRESION DE CAGOS 1 DE. CARRERA/

RECHOS DE PREFERENCIA

TRIBUNAL A['HLNISTRATLVO DE CUNDTNAKA1CA

ECCI0I SEGUNDA SLJBScc ION it 3antt de Boot, primrc' ( lo) M octubri njlnoveeIrit,os noventa y tree ( 1993).

MAG1STRA ) p DR - ALVARO IWiAtlOtJ (A STILLA

RE?. : Jutoló No 26.31'

ACTOS NACIONALES

DEMANDANTE iurs JOSE GOHEZ LARRO

Demandando INSTITUTO DE CREDITO.

TERRITORIAL.

Se decide en eeta pzovidenoia,.eL Jui cio adela xi por el eYior WIS JOSE GOMEZ !RR0TA, a través de ap ierd: ,y en ejerolcio de la aclón de reatab1ciiniento del der echo cngra en el art. 86 del .C.CA.,t,ndiente a OLtener de eet.a Corporciór la, declticin de nulidad de laReoiu,cióu 330 de 190 expedid por el Gerente Gs-neri1 del Ii t it ut,' de Crédito TerrLtórial Ór. la.oUal .e te retiró del v1.io o:' T4c:nLco Admni&trativ& 406 Grado 09 ; r çjue, en 1,3 ie ordena eii re inte jarc, i1 cgo quo ocuaFa o otro de iguI o c uper for eategoria, lo mli ue t.cdoe IOB eUe1doe pt'imas, bonlfi&otoue icreitientoe,.

otro de iguI o c uper for eategoria, lo mli ue t.cdoe IOB eUe1doe pt'imas, bonlfi&otoue icreitientoe,. 1tquidac1onee y do- -tnáiii actehalae a la eignac'ión baalua quer^ i~ibía al, rooinento de Qper&ree eu i,epazaci6n y ha8ta u3ndo sea iel.m.rite relntegrdo.

H E C R O 6

L dernndt expbnrt lote .1.guntee' "1 I1 demandante ne ofico litraba VincUlado al. eervLlo7uicI€' Nro. 26,828 del in,tJ tutú d' Cx-d,ito •TØrrJtoj'i2 400do ,1 dÑ 2$ do aJ J d. 2983 ¿w 2a o i udad de .&gotiLi. o~janto fue e. a1foido pn Adiuiniatrr wii.nte. 77 . • abr1 14 4e 1987 xdId ¿r 7 parta.oi'nto Aint?'t.tvo del $rs1'.ío C.i2. ,'? orgú d 1OI21(,(' P1.tL1 ' C' LJffc 406 . '-dr '9

3. NedL'an L Iev,i. ácn ni2m,.1 i'r 3305 &« .10990 p,r ei Gr2 et.e Qpjera1 c11 .t 1' Loto d. Cr.'di t TrJ to.rI .i el demadgvj fe fu . ¡'.it; f rad de!

I2 Ji flWPA p.1.sr;tt' de X.erI141.

TrJ to.rI .i el demadgvj fe fu . ¡'.it; f rad de! I2 Ji flWPA p.1.sr;tt' de X.erI141. • cM d4ho .Tnj ti tu 4Pax'a &l itxo c z -jtro d& uie'f, e .' .infer.íor a $ ¿12.030. y •pu' 3i t&t' e! pIe$ de ün1cs lel 5..E1 to •.cfrUn!st.-itIrQ ptu el i.'izi1 r,t.Ló de,.! nórvLLo ml d.ad.rnTe .i&fu p wódc IfleiidZ3tc? ofitz..li, M. 18. 4t?7 J' agrt 9. 1i9Ó. Taser4, &,(z.1 y iafóz'jr,p Urbena N72BL (oJBUtuj' apodeiitdo, Jor adeø4ø cM ccncemtz Ji d4tmi ea . .3 eorJto de Jeg.it de cono) uai4i ao1.üita døst voz'ab1 Zø •f nt ee de.? . aotar. • : ¡3 virtud d& eso !e 8øJe(;'jn .1.4 wnio tr.t,4 el wt.. 56 del Eocrc' 2$5! do .1992 , la Ager)c4a del Mini.t,i'i' P4bUco n emiri 4oncepts d2ØUflO.Juicio Nro. 26.318 3 Surtido el trámite de..z'.tgoz' y como no se observa causal de nulidad que invalide lo aótuido, se resuelve sobre el fondo de

emiri 4oncepts d2ØUflO.Juicio Nro. 26.318 3 Surtido el trámite de..z'.tgoz' y como no se observa causal de nulidad que invalide lo aótuido, se resuelve sobre el fondo de la presente litia, mediante las siguientes, CONSIDERA ClONES: El seto administrativo demandado, objeto de, este proceso lo constituye le Resolución No. 35 de 1990 del Gerente del Instituto de Vivienda de Inter6a Social y Reforma Urbana, en cuanto no incluyó el cá.rgo de Técnico Administre ti yo 4065 Grado 09 en la nueva Planta de Person1 y que el actor desempeflaba en esta ciduad lo que ocasionó su retiro de dicho Instituto. Solicite entonces gie: declarada su nulidad sé le restablezca en su derecho ordenando su re.Jntegz'o al oargo,así como el pago de salarios pzle$taoiones, de con foridad con las pretensiones que formula en la. çiømanda. El . Jn vr be a trváa de apoderado c~est4 la demanda en tiempo y formula la excepción de; Falta de Agotamiento de la vía gubernativa, con fundamento en que el artículo 48 del Decreto 2400 de 1958 en relación con los arta. 244 y 245 del Decreto 1950 de 1973, establecen un procedimiento espacial para el ceso particular de . eupreaión de cargos de carrera desempeflados por empleados inscritos en el escalafón, Sea QU8 la supresión del cargo se haya llevado a cabo " por reorganización de una dependencia o tras4do de funciones de una entidad a otra o por cualquier otra causa , procedimiento

desempeflados por empleados inscritos en el escalafón, Sea QU8 la supresión del cargo se haya llevado a cabo " por reorganización de una dependencia o tras4do de funciones de una entidad a otra o por cualquier otra causa , procedimiento Que consiste en que si el funcionario, en el evento que se examina, "considera que debió ser reinco"porado al servicio en la nueva Planta. de Personal por , un dexeoho preferencial a ello, debe di rl gi rae al Consejo SUper.i or del » Servic.i o Civil enJuiÓio Nro. 26.328 4 solicitud de que se le reconozca su derecho, y este consejo "decidirá sobre la petición , previa audi.enóia en que se oirá un delegado del organismo y al peticionario Q a su rpresentante . La so2io.itud agrega, deberá presentarse por escrito dentro de los treinta (30) días elguientes al da la supresión, creación, vacancia o reincorporación. Lé audiencia deberá practicares y la deoisin deberá tomarse dentro de los ocho (8) días siguientes al de la petición; yfinailza el planteamiento de la exoepojon afirmando que este pr'cedi.mien'to Indicado prevalece al del agotamiento de la vía gubernativa al tenor del inciso 2o. 4él artículo lo. del C.C.AI y avale su argu.ment.ación en jurisprudencia del consejo de Estado en su sentencia del 24 de mayo de 1984 ( Anales Nros. 481 y 482 pág.986, fI. 40). Formulada la exoepción entiempo conforme al art. 284 del

C. C.A. > se examina y decide previos los siguientes aspectos:

pág.986, fI. 40). Formulada la exoepción entiempo conforme al art. 284 del

C. C.A. > se examina y decide previos los siguientes aspectos: La demanda impugne dlrøctam.nte la Resolución No. 3305 de 6 de agosto de 2990 Por la cual se incorporan unos Ínoionarioe a la Piante da Personal del Instituto de Crédito Territorial, dictado por el Gerente General ( .fls. 21 a 20), Y en .2 cual se incorpore a la Planta de Personal del Instituto aprobada por el Gobierno Nacional mediante J.kereto 1774 de agosto 3 de 2990 y que ob.dsoí& a su vea, a la nueva estructura interna del Instituto también aprobada por el Gobierno mediante el Decreto 1499 de 11 de julio de 1990.

Se tiene que, el acto adajfl,istrativo demandado por ser un acto condición y de naturaleza especial por cuanto al tenor de su artículo lo.,ordena: "Incorporar " a una serie especifica y subjetiva de funcionarios a ií Planta de Personal del Ni val Central, de con formi dad con el Decreto 2774 del 3 de agosto de 190,permite establecer que por su propia naturaleza1. Juic'io Nro. 26 .316 y en eJrci,io d& podøi púbJJo n, goa de recureos en la vía tive y por lo rni no føg2.erecid 1goL a .enco de la ví4 a pes.ir de ser un -atd subjetivo y gue al no inoorpo.r4w al actor en le nueva P1aat de Person8l considera el lesionis auj entre ellos, los dcwehos y

ví4 a pes.ir de ser un -atd subjetivo y gue al no inoorpo.r4w al actor en le nueva P1aat de Person8l considera el lesionis auj entre ellos, los dcwehos y garw2tíaC delá la CU41 estd inczto conformed la 77 del 14 de abril iM 1987 en el cazo çle Técnici 4dmin1strativo, códo 406 ,Qido 09 e;.i t2 .u'.sui DPfls.tcÇn de Cr4dito adaurít a la S'bge.. Jnancleia por JWglh2 amIento ea 'Rso2twón No. 464.8

del 16 le octubre de Z85, po:' ¿o cual, ae rcp.i e, no ju1err d agotamiento de 1 gubernat.iva ' Si ¿apeo tu lai.teddQ r el odri dó del ente de.ajdidc e44 la eir-'joj .iistieado'ea ei rQ d2zenfc espe ii ofl C8fl.1 o ea .1 os art ¿.. 8 del for,t 2400 de .963 ' 244 y :S dei ~ ,-oto 1950 de 19"3 .ca1n o'os petos de la 4.tlJ.i. t- çj' eZe0 el pro..eo Jurid.xcione.L 1. JIth) S cl &? de a221que no ext1eado la exgeacia del tamiento de la vía gubezativ al .io teriz los recursos P eitos wt2a

Ivib actea &2 tin las actua4oneø

&? de a221que no ext1eado la exgeacia del tamiento de la vía gubezativ al .io teriz los recursos P eitos wt2a

Ivib actea &2 tin las actua4oneø adninzstra.ivas u.1e cÓí .Z art. 50 dei C.iI., - conlleve que no p.oper la óa falta de aoi znt.o de la v-la gb1a.?a, )U.c l) 15 la Sa'a se proa 2itOflCC8 e fondo Jø liVis. j'eL2 p5n de lo & 4aforaint1v' ha proLad gu ol ectn se vinculó i instituto de rddito Territorial

por inbr.az,Íento en el cargo Lstxat:tvo - 5i2O 05 d i ScciÓn de4roJiiv. yMlc.rofílIll 4 l -Div iÓn di Rines y Se vi s aezita .. 1 bc.i 4l2fÁLstrLiva,, mediazite O 1 UO2 un 42 ¡el 3 ¿le ¿ U. .t u do# 1963, erjo del cua2 tomó posesión Acta o LIs. y 4 ho de vida ). 20i usnts !u in'rporado a la'.Plaiita de Fezzoz'al Nivel1 Juioio Nro. 26.318 6 Central mediante Resolución No. 1550 dei 18 de abril de 1984 en el cargo de Técn.tco Administrativo 4065-07 de la División de Créditos adscrita a la Subgszencia Financiera, cargo del

Central mediante Resolución No. 1550 dei 18 de abril de 1984 en el cargo de Técn.tco Administrativo 4065-07 de la División de Créditos adscrita a la Subgszencia Financiera, cargo del cual tomó posesión de acuerdo al Acta No. 117 ( fis. .29 y. 20 Lb.). Luego fue removido al cargo de Técnico Administrativo 4065-09 de la miama División sejún Resol ucion 4618 de 1985, tomando posesión por acta Ho. 109 ( fis. 43 y 19 Ib. ),cargo en el cual fue inscrito en el ésoalafón de la Carrera Adminit.rativa mediante Resolución No. 767 del 14 de abril de 1987 expedida por .1 Secretario General del Depertmme.n te Administrativo del Servicio Civil (fi. 94 hoja de vida ). Según Rao1ución No. 3305 del 6 de agosto de 1990 del Gerente General "Por la cual se Incorporan anos funcionarios a la Planta de Personal del Instituto de crédito TerritorialNivel central , que .es el. acto dewandado, en au artículo primero no fue incorporado al actor en dicha Planta ( fis. 11 a 20). La dainanda .Lnpugna la Reaciucián 3305 antes citada, por violación de normas superiores, Indicando los artículos 17 y 62 de la Constitución Nacional vigente al momento de su presentación, en re1oión con las artículos 26, 2-8,40 y 48 del Decreto y 2400. de .Z988 y art frulos 105, 180, 239 y244 del Decreto 1950 de 2973; expresando como concepto de la violación, lo siguiente: "Considero QUC el acto administrativo acusado vio 16

Decreto y 2400. de .Z988 y art frulos 105, 180, 239 y244 del Decreto 1950 de 2973; expresando como concepto de la violación, lo siguiente: "Considero QUC el acto administrativo acusado vio 16 las normas antes indicadas por cuanto con él se desconoció 8.1 derecho del demandante de permanecer en su cargo en razón de estar e8ca-lafOflado en la carrera adwinist1ativa. Re sabido que lasnormas que protegen el derecho alJUICIO Nro. 26.318 empleado de loe funcion .LoS piibiious estable,&n que es tt ;iezien iereoho a pezancer en aua aarjoe siempre y cuiinao eb6erva buena conducta, nor¿na3 que no se tuV2O e» ó-uenta por parto de la Adn,.tstrwi6n cieinitndscüt . 1 separai del cgo al demandan t,. T,tzab.Lén, teinp que e2 ¿ih.tP mcueadono expresa loe motivos que le dieron or1gea eitndo obligada la expreeúj1os 0/.1 1 acta con fwdaraento en ge el dOLiJdW te se Jiediba inscrito y escalaÍQnado en la carrete AcioJijiatpativu. En conaecuwicla, el ao•. aoueauc viole el derecho al tb&10 'coai'rado en el &ticu2o 17 de La Ju'ta y las normas de etrt2'a cÁtóde suc tienen poz objeto ga'i7t1r &e c.trrecbo. .4s.t mis.o el acto ocuasdo

las normas de etrt2'a cÁtóde suc tienen poz objeto ga'i7t1r &e c.trrecbo. .4s.t mis.o el acto ocuasdo o.ut;z vilcíon de la no~ de e Car;a que en el cx't7iu10 62 dsjne gu7 el nominador no puede ejercer Id facultad..4j,e retira.r del cervicioa los .twial criarlos sino, dentro de 1airo normas que se xpidw reglaiiientoria de 065 Íad, léut cuales ,non 1a unuoa que h8 citado de loa icreto 2400 d 1968 y 15O de 17&. Por -falta 1e a&tvaoión1 el acto b óJentr8 viciado por e.pcdlciÓp irreguler. El apoderado del ente deidado alegó cono! u8iOTi Sf2 dJ2QO lo BeLe Que el Instituto de !z dito Teltoria1, hop inurbe , &e II a cabo. a tra óe de todos loe procedimieiitoa legales. indicando que por Decreto 1499 de 11 de julio de 1990, expedido por el Gobierno Naoion1. aprobó 0.2 Acuerdo yo, 19 de i 1Juicio Nro 26.318 Junta Directiva del Inat!tuto de CréditoTerri tonal, Por med.z o del cual se' esta bleci6 Bu estructura interna y se deterrnie.n las funciones de sus dependencias , y oio consecuec.f a de lo anterior, el Gobierno ?J&cional por Decreto l74 de 19c,O , aprobó la nueva PLwta de Personal oofltø.ida

estructura interna y se deterrnie.n las funciones de sus dependencias , y oio consecuec.f a de lo anterior, el Gobierno ?J&cional por Decreto l74 de 19c,O , aprobó la nueva PLwta de Personal oofltø.ida en el Acuerdo No 20 de 1990, ue suprimió 4lgtaos caigo,

tanto de Garrera Adin1rt1va cono de llbz'e nombraj.nto yresoci5nv u, el artículo 25 1 literal o) del Decreto 24001e 1968 prevee ea estOa casoiy la cesación de uncines; gie sri trat.ndoa de ernpieado i& arei a, la ly o sajri al derecho preferencial de SQur.R.do al artículo 244 del Decreto 1950 de 1973, cuando ae iupriine un cargo; poza que esti sometido al procedimiento efaiado en el rticulo 245 del miw c1creta 1950 de 1973, :4posteror a la no z'eincorpaoión dada las cjr~s que ae5ala la ley, insistiendo en que no as agotá la vía gubernativa " ( fI. 39) A pesar deQUe el actor en su dernnda, jw 01 ta ñinguno de loe actos ad,rin1sttivoa relativos a la Planta de Persoa1 anteriores o Conco,01 tantos a la Resolución 3305 de 1989, del Ijistituo de éd.ito Tertitorí.al , ni allegó ninguna prueba tendi e t a dernist ar qué empleados nombrados ea la nueva planta de POP4.CC, de qu trata la citada Rao1uoión no

1989, del Ijistituo de éd.ito Tertitorí.al , ni allegó ninguna prueba tendi e t a dernist ar qué empleados nombrados ea la nueva planta de POP4.CC, de qu trata la citada Rao1uoión no furan da carrera igual o slm.Ua.r -al gue de Jaban; o que alguno de ellos eatulia n pezíado de -prueba o en P1 cvi si onalidad, o en úl timas, cxi st eri . cante de uno igual o similarpara dr,ostre.r, la legalidad del acto acusado y desvirtuar su presunción cle legaLidad Ahora bis»: dentro de los cargos forrnuladoe contra dicho aoto,por legaLzdad,aa! comc de la ra6n de violación planteados en Jadeinanda,se procede &. un .xasien breve dentro'JU ICIO Nro. 26318 Li 1 1írn.ts de Ja fun4j6n• del juez adminitrat.i VQ por t.ra tarde d une ju.rl udiooión rojaaa. Loe •rtiuj 48 deiDeoreto 2400 de 1.968 y 244 y 245 r)t,rro 1P50c, L973, qu establecen loe derechos de prfem,ncte

para los carrera que por alguna çiuntano4a se evuprjen loe oirfC)B írio dóssnpeIan, prev al derecho 4 que 4^tos sean nQmbrdoa en cargos euLvlexte dt' la nueva plante de pe.rsonal O ea ice st en t es u se reen en Ja entÍdaI a le aval se tra1aaen las urdo con jas normo gua regulan la aattrta, el empleado

la nueva plante de pe.rsonal O ea ice st en t es u se reen en Ja entÍdaI a le aval se tra1aaen las urdo con jas normo gua regulan la aattrta, el empleado eso ' fonadQ en carrera edmin Letra tiva o> puede encontrar ante dos 'i tuoines en 10 caoa de ep1'e45itafe1 cargo,

  1. A áer aojbrado -en puestos euív2er2te la nueva

d en 7 istentee ( arV. 48-inc.3 Lcrótc 2400 de 198fl a er pombracf o en Otto emplea de carrera que cflO8flfZ e t'j t oupe.k por un .aple8do pro.ÁsioiiaJ inuti, 4o ¿y 44 i'eoreto 1950 de 1973 ), beu de fJoic? 6 a po i 612 de rre dentro de loe -1e (8) meses aigaientee fuere .e ido oZio C2'gC con funciones •fgna1 O aiiui.1aze, tøndr d6rec1w i 'ør nmr'do, &(n neastmd de esentarse a ciuso, 3iJflpz'e y rrnuna los 4'qUi$itos eigidos para da3ev&Q ( Art. 48 Tro. finsj D200 ,e 1968), el primer caso s al ibiiento e OÍciQ-, el e.pleado. n.tfost4!r si saepte y t 4-0 cato nega entezwJEr6 ue reriLznc'ia a? e.r,,pleo, Crier&-- (.srf.o Tr tad15a .L4TR L1S A?TARZ

entezwJEr6 ue reriLznc'ia a? e.r,,pleo, Crier&-- (.srf.o Tr tad15a .L4TR L1S A?TARZ A1W!NIS7ATTVO L4BOR.4L " R,dr5giie 0u1 to ¡?di torea, San tsf de Joté. 9Y);.i mi'ir ..e.f el eírpieado

eleva 18 elicitud»de ¿.1 nomLrador hace ene lO dIs pera ve o ejiencio,se en ól al •oa1air,n do le cr&tc 2046 M'2969 J. Jo ao.SILIone el su Otre001 101 tud jr e ,.ner -deredho a tos y que la cie vtIro sr2a tie nc Jn.tb.ç'tm L'Lrgoa ai4liares Mnt lis tsonai sa Que no se da ( rt 48 D. 2400 fi,llo 1,92 (bi,in wbJen ohi e.! oficio aeptIembr de. 1990 del 41ren 1

1

lo nnuavo nombratento y ii -entidad p1oct'.1e anornbrt1o. ( a 3o. fl.cr øto 204t» 89) En este e',ento,si ezJ3p1ado 4iadO &y.' cargo k 44c,Lo de Ja e__4Jt, el W26 p .&óti den tr di jos30 días presidn, a la 'i,Íc3i aa4'inai de) Serv4,ió CJv!J paro c oatuaie si cajap l. con diønc en le

W26 p .&óti den tr di jos30 días presidn, a la 'i,Íc3i aa4'inai de) Serv4,ió CJv!J paro c oatuaie si cajap l. con diønc en le Ud 01r4 t4ntO ¿iJ ie4u co~ al delejado d1 an.z y dec.1dIr-O en 1' .ÁLas eicir'mJo Jø oednis a) j)irei ot del i).pert3ftJ.J1to del Sci pa t . -4 sla& adopte )o1w4Óh: eaptwiai en .25 Orí~ í- ( 0i'a c.!tda p4g. 279art 7oüeQretF 2046,9Y. si nzpiirnido. eist'a noa,inadora, , 2ntere$ada podr $Jfltt$ di de Ii L 3UfldO ' se ,ree1 • un rgø iaa.l aZ•O 4d O1'RO2 e.0 1 1,o,1b1lidi? de que ,-.se n &ntx-e un tWJd euiied o ep ¿a reCepthi'a de í;ci .61'aiLedada3d a qt4 Qp1ctO al cugo en !j ieo!$11 1 dId e rnop bMdo .. dritro d aei (6) mees la 3UP2'dJ /J1J del e2Pp2O. tfn nvøeidd de reune . ii $ tos ¿e ca.?'gQ ea cií't' QUe .øfl ja de vides del l escrito J: 17. do agosto de ÍPO dirigulo al.

reune . ii $ tos ¿e ca.?'gQ ea cií't' QUe .øfl ja de vides del l escrito J: 17. do agosto de ÍPO dirigulo al. jst .f t& de Cr6dl to:Terzi formulando el etefo c1 £crota 1774 rIel 3 de egasto. de 1 Uffiø.: va.. si dere'hi as p.t &tb..z isJ 2, Jete oijo adeia d sol id tar 1., ent.'ea de coplaJt íi ø Wt'ø. 26.328 11 Intito-d.trjjdq al 8cto'eprendo1e oucwo a2 rero de repr'eició ue : prcee øafo.a,e a 1cs x't•fau1 49 y 50 di Cdi.jo Ccnt8ncJrev Adrnini.tztí in Que øacri t' a1gun po,teri ,r n..I ai.e dlQho fwlo,ua.rLo del Incridz tal

ní ante .Me dewjs del &rttsaiento Ad,inietrativo del Se'v'l,io Ciuli o 50 ce jiséjo upeiw T)enrro del prc'eao Jurd.i.wusJ distró el a.ror ua de )&, sitt .ionee f.íctíoa c'n loa artícul 48 deI t--to 2400 de .1988 ni 239 y 244 dtl Decreto 1950 de 1973 citados ccw Ingid ei deada 1 es decir.ao deo.,tr6 .2 eneL de oar,s niite en la nueva

1950 de 1973 citados ccw Ingid ei deada 1 es decir.ao deo.,tr6 .2 eneL de oar,s niite en la nueva planta de I>er20nal del inti tito. n;quet lo -r a'go$ isi Jaree OC'UPciÓ$ P03' Ør$Óna3 que HO køt tii ¿.rafl lfl.,c'ri tO i la Carrera 4dintratíva o se ¡tb'e xid ea forc,a pro sjonaJ. a fin d qhtrner ha. one! rCdlet de lee norm't ci ¿&ae.lo çrie ha tnc!uo4do en fc.ü iiiiedlab1e la no re-eç.ridacj de ls rgos 1 2)egelidac! edi1do l aoto a sdo en la oemtnda 2.l4íéndoae a 11 .onoi ieión de ue dentro de este canoepo la reiluoíÓn aouade mantiene cu vinci # a] no hberse desv. rtuado au preiw 1 dii de lea)idd. como Jo sotuvo eet r$uSco1ón enan c<901,1 el qp aqií ae cuetJon. adeJarjt.,do contra Ja miama anUdad ROMF1UA DEL CARfrÍN A W RETIr Z)ORL4. en Hten4: -ia del 3 de en vurai ; con ponencia de ía dto2'a H41fA

B'TANCCfR EUTZ..

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Por jo •xpiestoe2 Tribunal ew Jo Conteneloso .Admfnietrativo d Cwiiinnarca, SEGT0N SEGUNVA. $ub'Seccjón A. adsinistrando jusj.,ia en nombre de la Rep)blica de Colombia y Po.. , autoridad de l Lty,FAL L A L!ENI!?GANSE L4 PRETZNSXONIE DF LA DEPI4NI)A comtwtquese, notzf!us y iCJtQri8d8 ttLi pzo.r.dJoie ,ar&iJves 1 Aprobado on e 1& feoJ3,8eaan Acta ML mTouro -Immc;NrRrns A;

RUZZ - D4RSIC.TO C4

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