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TA CUN - 26680-(21-09-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 26680-(21-09-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

INSUESISTENCIA - Facultad discrecional /

DESVIACION DE PODER - Prueba

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECC ION SEGUNDA

SUBSECC ION D de

SANTAFE DE BOGOTA D C -, de mi noveciento noventa y cinco.

U1 MAGISTRADO : Dr. FILEMON JIMENEZ OCHOA o, PROCESO No. : 26.680

ACTOR

: JORGE ENRIQUE ESPARRAGOZA

HERNANDEZ

DEMANDADO

NACION CONTRALORIA GENERAL DE

LA REPUBLICA CONTROVERSIA: 1 NSUBS 1 STENC lA

JORGE ENRIQUE ESPARRAGOZA HERNANDEZ, ..doi,tii dc:, crin i C N!;. i. i 7 i BLqO t. .)Ot ifiOd .i ': do pcJ rado • ::io ¿ic: 1 u::Lrión rir' nul .dad clol

'br ox:: h':.' • ci i._ i ni CUN.iTF..flí .1 Ñ ETNERAL DL: ..ñ

E:riJ}:L ii::, iti:1: .tii rJt: ic:, i)1.ortt.o

LA DEMANDA:

-formula :1

PRETENSIONES:

no 1 rs.

i i. ri 1 Cori i.rc 1 or bOrOrX 1 do 1 RpÚb Ii. c • mod i. to 1 c.:wa 1 doc. 1 aró iriubsitcritr o) nümbrcMíiiento dc mi aandan

bOrOrX 1 do 1 RpÚb Ii. c • mod i. to 1 c.:wa 1 doc. 1 aró iriubsitcritr o) nümbrcMíiiento dc mi aandan

como Jc•:fr 4:lo 3k::c:i.Ón N.i vc. 1. Ej t .tv' tirado do ). 3rcc..ii dc.. F y f'ciic.t.t,c. c1 [)eaFr:J. 1i:: dk 1. CDnt.ra ). or a (o'.ira 1 dL 1 a Rcptb1,.i. ::. 2 Uu:' C?n c:or?L:L.ui?n 'b•!c :t ai-o t..0 el o1or •i OFdE E:NF i ((,JE E:;fÑFRAiDzç HERNN»E: t FO aOr le iI 1.00J rado 1 mi. h)cargo :ck? prouj o a'.. dov :t ii co J. ac, i Ón do 1 s o rv i r: .i o of : c: a ]. o a otro cJe i.iva 1 o Up:?r .'cir ca toqo Ii...a y remunora c. ion izn 1;á c: iudad do 3oQot ' - : i. cicc:la.rc? q,_u:•. I''J'in por- (J'PROCESO NQ 26.680 la Oficina Pagadora correspondiente, debera pa:: 1 te ç r JORGE ENRIQUE E'PARRAi3l.)Z( FtFN(NDE 1 quien suu derechos represente, el valor de los

por- (J'PROCESO NQ 26.680 la Oficina Pagadora correspondiente, debera pa:: 1 te ç r JORGE ENRIQUE E'PARRAi3l.)Z( FtFN(NDE 1 quien suu derechos represente, el valor de los Su0 ldos, primas, aumentan, L:n ii .t tt: ' :::.i.'JRE3 y demás emolumentos dejados de per 'i. b ir partir de la fecha n que dispuso el ret;i r ;i'i servicio :)f.i.(.j.1 de i'si, g:ic1i't, _.i'tj€j sea legalmente r(•?:irs Ei't i" d :, 4 .. Çiç': además se "Ji.zponga qIe no ha existido solución de ton t. :i riu idac'J ..n la pr'eitac:i Ón de 1 o. serviciosdk.: i'.i. puderdante duranate el tiempo -fl que permanezca suparado cJJ. servicio c:'fir.i.;Al 5anteriores declaraciones se W; :h:L'i. dar cumplimáento c'i los ttr'fri1i1:,, esbablecidom ::'n el ar tículo 176 del [)e:t'c:'to 01 de "i:. La Parte Actora fundamentai't.eri en 1oi siguientes siguáentos H E C H 0 5 1 t1i mandantc., .. (:F(: ENRIQUE E:(Ffç.38Z HERNANDEZ, prestó saus servicios e la Cc.n tre 1 'ir e General de la Fpú b 1 i. ce a partir del :10 de marzo de

HERNANDEZ, prestó saus servicios e la Cc.n tre 1 'ir e General de la Fpú b 1 i. ce a partir del :10 de marzo de 1965, hasta ol io de '):tLft)r'e de 1790. feche en 1 cual se le c:omun . L( la declaratoria de insubsisiencia de su El último sueldo mensual básico devengado por mi representado fue de %2 i) iií' 't 3.

Mi mandante se caracterizó por : ;u eficiencia y responsabilidad en el cumplimiento de las funcionws 1 . ' FIl m'r,eJ en LE Hu fue enc::: c:'edc

Disciplinariamente. El autor venía dcctipP ende el cargo de Jefe de la Seceiñn 'lE (Lii.i:er .e Financiera Nivel E.:jr:ut..i've GrecJc.' 8 de le Centi'elrr'ie (3er.rei de 1 e F',púb1i.rLe bajo las órdenes del Jefe de le Di.vi.•3ián selor (t.ti 11. cruir Rubio Cie 1:incic:' En el fflEh le septiembre de 19() el seMor R..bi.C' impartió el actor la orden para aLtperv:ier el trabajo adelantado por la eim.i. i.Ón asignada en el FONDO DR 1 • e acargo de 3.a Doctora Gloria r:.te it a 'val el 7.- El demandante observó que el iePf)r Rubio había ordenado a dicha func:i.onvia elaborar un documento para 3.a firme del Contralor General de l-PROCESO Ng 26 680 3

'val el 7.- El demandante observó que el iePf)r Rubio había ordenado a dicha func:i.onvia elaborar un documento para 3.a firme del Contralor General de l-PROCESO Ng 26 680 3 ii.ca en e]. que ;e con .qanron bervac ione-i con.it.prite en la repet,: E:;ón de la s, y f e t t ia d ai4 por la C;ontra 3 oria en aFo anteriore a pesar' t que et;t a is ya se habían co rr-q ido fri v , i -1, t d €~ lo anterior , ola actor nri a a ritda 1 t.A1-1:;ior'iar'i a incltui.r en el Ja forme BC) 1 amer, tO 1 Ç) 3. oai qUi1' F C) ctbir'n atio o e'raírier'ado y que le hiciera nttar al eer Ri.tb j. k:) q..0o 1 adcic; e r 'A 11 i.ir'::der s e j, 1 l Í a por cuai 1 to comprometí ari Cor,i..ralor.La y en en:lal al eior Contralor f?r era). a de la R'úb lic'.:a o, i. rot:u3la arva,J al t.arido 1 a orden del (:fartdan te le uir,ifectá al sec:'r Fb:.c que t-¡ c) ac.i. a el J.ri fre en la forma aol .i. ci,. ada por &te te lo ':ua 1 el al. ;,11

ac.i. a el J.ri fre en la forma aol .i. ci,. ada por &te te lo ':ua 1 el al. ;,11 Rubi. o anur'i c. ló a 1 a Doc: tora arva,. al y a]. demandan te que sol i. ci. tar ia la d : 1. arac.i. ói, de :i naubx i. a tni c a de ambos 9 la Dt::tora Car''aj . 1 f J.III ifflOI t o YdCtó e], :i ri'for me de marr'as no sin antes poner en cor',oc: i.m lento de di. rect J.vo de l a en t iclad la I)r.P.giiófl qi..te hab.{ a au'f r ido de par' t.e' do 1 seor Rubio 1,) Poco di ac des ps.ts Rubio p Id í.Ó al actor que por 1 os hechei: re 1 atados'f,irur'a una c:ar .. a c] c.? tra". 1 ad c) cJe 1 funcionar i. a. meo': i.onada aioc:ua 3. se nec.iá el :KL: tt:'r' por r.'cir:: i dc•rar que se 1 r'at. ¿A 11 de una r'e'/an •:: ha" it - F'':,r t.c)d(s la'a i'ierhç:': rt.c'r'.i'rna nyl, d:La ' d. Os.': tubr'e do .&99() med 1 an te Fc?sc 1. u:: 1 Ç\J,,) O 1. 3E3)

Os.': tubr'e do .&99() med 1 an te Fc?sc 1. u:: 1 Ç\J,,) O 1. 3E3) .:pet'J ida por' e 1 Con t ra 1 nr enera 1 do la Rnptb 1:1 ca fue dec, 1 arado i.rub'a i,s ten te o 1 nambr'amí.nn to del actor en el carno que o filí La Re o 1 uc: j.Ór) acusada flO t.t..cvO c'l t'_ueraervic.io ptb3 .1 sino quc: fUO ox'dida como represalia por 1 os hc?::hos a 't',es re la tacs E u que so conf :Lnura el ' i r :1 ci de les', 1 a: ióni y abuso C.] e odnr'. (fis. 11/1.2 o) NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE VIOLACION En el libelo ci. ta el demandante 1 as si.nu lentes: De la Por, a tí tuc: iór , Po 11 t. i ca a t. a , 1 '' y 2 en con c:ordan c: la con 1 os arta 119 y .1.21. dr?]. Decretc, Ex traurd marlo 9. ;r de .1.976 fi /17 cxp) Sr ç:.)ic, ,t..:is'Íaot:cr :iattic:r,t.c o). I'et:i.ti:t.ci dr Ja r?f::r'c'ai Ór'i rIel c:'r:eptci 'Jo 'ioIat':iÓn a i c:t.tal á referencia. en 1 as

c:'r:eptci 'Jo 'ioIat':iÓn a i c:t.tal á referencia. en 1 as cM',s :L d.rac :i onesPROCESO Ng 26.680 4 EL PROCESO A ENTIDAD DEMANDADA Se icianda a la NAC ION -CONTRAlOR lA GENERAL. QE LA REPUEtL 1 CA So nota. -f :i :á or•nna irncn te el auto de la i trirJa a la irfe de 1 a Of.i. ':jrj Jur5d ira de 1 a Entidad ( fol . 20 vi in qticn UsO con tOt.( 1 a dofitancia

B. ALEGATOS DE LAS PARTES: L,a parte ac:tota al aJ.eyar - de Con e: 1 u iÓn rail fi. có todo lo xpctt: el at:.;pi. t:c do rorna vini adas y c:orsccptc: de vi.t:lac:ión --;o lic:! tar:10 por ú 1 tuno ar:eder a 1 ¶iÚp 1. . de 1 ci e man da por ct::'rsirierar - que ostii clttsost:i -ada 1 a ciesviac.:i Órs u e y

[it? Lnt?ri ve;-: que 1,a retnoción cJe 1 actor no fue por , rv 1 c:i o si no como r resa 1:1 a

por ha be rse (:.€? el alorara kfl cik:)c:utfsen tt: i.nexac tc - r Lrs 1 adara a la etnpi eada que tambir se rtçjc5 o 1 aborar lo. ( f ,. 71/72

(:.€? el alorara kfl cik:)c:utfsen tt: i.nexac tc - r Lrs 1 adara a la etnpi eada que tambir se rtçjc5 o 1 aborar lo. ( f ,. 71/72 La Entidad diandada por ..ii toreci:o de apoderado pr esentó al eqatos de con e: iu; ión ( f 1. - a 70 ú— v) ) ; donde sos tiene que la ln.tbistc?n CIa tic] seor Esarraqo z a FIernánde: so produ-Jo con ba-€ en la fa ru 1 t.ad d i.srr cc:! oua 1 que 10 r (o ira 1 o Oenor a) de 1 a Repi:tb ii ca , tic acu.eF do nn i. os [t,U1Os 123. y 127 riel. j_) j_ 7%7/7 €i art.. 60 numeral 5 de la CN. de 19P6 a faro) tac( ci:ist. rec: 1 oua 1 que 1 e c:uteurq so 1 as ti i.spo it.: iones , con 1ic,an la noción del bn serv 3 &:: i.n, y só 1 o rc:umo 1 Imi (e 1. t.:s o sp 1 osdos que estcn en Carrera A:imiri isLuativa o qoc:cr dE? fuer -o laboral amparado por la ley rr, c::t:nst•? c:'.ie- ç:. t ;u1 rin tstar ci at::tor dtsj.ni':1:rai:iva ni. :3snJ)\rxdc) pt:r cLra facrc lcjs1 U

rr, c::t:nst•? c:'.ie- ç:. t ;u1 rin tstar ci at::tor dtsj.ni':1:rai:iva ni. :3snJ)\rxdc) pt:r cLra facrc lcjs1 U i olal:urani. cus to pod 1 a ser dcc. 1 aradcs 5s,! bs 1 s ten te c:nmo se hI oPROCESO NQ 26.680 5 en razón del buen servicio público. El ¿. t:: tt:,r pretendo erigir tti declaratoria de :inubi &t.en c a ;rto consecuenc ia La de presunta represalia emprendida en 't contra por el eor GUILLERMO RUBIO GAL. 1. NDD Jefe de la División de Auditoría Financiera, afirmación que carece derespaldo e reapaltic" probatorio. duk:€? quo al respecto t?s preciso recordar que, COifio quer1c establecido en el art. 123 del D. r3y/76 • la facultad discrecional reside ttn1c:ainer'te en cabeza del nominador, ador que en esta entidad es al Contralor General de la República; que ni el eaor GUILLERMO RU lo GAL. INDO • la Secretaria General ni n lcjuna de sus ekJi)a 1 ternee tiene esa función legal. Con relación a que la parte autora afirma que el a:'tc't ea a p id i.ó por causas a .1 nae al buen servicio: me considera que para la prosperidad de ente cargo ea necesario que ea demuestre en forma plena • lo cual no hace al actor, cual fue 1 móvil que tuvo el nominador para remover al empleado y q te aparezca que ente as contrario a los princip ios que forman el

para la prosperidad de ente cargo ea necesario que ea demuestre en forma plena • lo cual no hace al actor, cual fue 1 móvil que tuvo el nominador para remover al empleado y q te aparezca que ente as contrario a los princip ios que forman el ejercicio da 1 poder nominador. Y por ello, 'as necesario entrar en el aspecto subi eti.vo 'e.ico lóq i.c:o al estudio de las fines Perseguidos por el respectivo agente para determinar si. ellos se Mustan o no al espíritu da la Ley" como bien le expresó el H Enunejo i€• Estado en sentencia de septiembre 13 de 1968,en que es ponente el r - HERNAN[0 OOME z ME:i lA De acuerdo con lo tsx jitaste "y no apar"ec:. ir:''ie demoat r ati"' ninguna de los vicios imputados en la demanda a la raso 1 u':; i,órt acusada, a e't a permanece amparada por la presunción da 1ayati.cJac1. , 'f1a •a70 exp. En art concepto, LA PROCURADORA :;EF''T 1 MA Ef".I LO JUDICIAL 3. uss'qci da ana Ii. ;:'a' que la afacu 1 tad discrecional dei nominador para remover a un funcionario sin fuero de estabilidad dad ea entiende utilizada en la finalidad 'Jal buen servicio; que esta facultad es indapet ,d mita de la función diec:i. pi si nana y que no eric:uenat.ra en al presente s:aeo irregularidades quePROCESO NQ 26.680 6 permitanc.:or ':1 u .i. r que i: '1.1 ic•se presentó~viación de

no eric:uenat.ra en al presente s:aeo irregularidades quePROCESO NQ 26.680 6 permitanc.:or ':1 u .i. r que i: '1.1 ic•se presentó~viación de poder, conneptúa. que se J:[:t:ri r(iir las súplicas:i. ( f 1 s 75176 t:x p .. El Tribunal e; competente para el conocimiento del proceso por aia.ór de la naturaleza. de la acción la cuantía y el lugar de la prestación del servicio,. Tramitado corno está el prncodimiento sin que se observe irregularidad cte pueda configurar causa) rio nulidad pre.,a 3. e entra a dictar la sentencia. CONSIDERACIONES de trata de wxaminar a la i': dol ataque que so formula en la demanda y del acervo probatorio militante en el proceso eJ. la Rasoluci6n No 3E$0 do octubre 5 de 1990, expedida pt:'r ¡a l:rt tra loria General de la República, por medio de la cual se declaró la :irubsietencia del nombramiento de JORGE: ENRIQUE E3P(RRíoOzA HERNANOEZ del cargo de Jefe de Sección Nivel Ejecutivo Grado 8 de la Sor:c.jórt de Auditoria Financiera Internacional y Proyectos de Desarrolla de la Contralor la General de la República; se ajusta o no a Se pretende que se anula 1a Resolución acusada y corno consecuencia so declaro que el seí'ior JORGE ENRIQUE:: EF'tRR'Af3O7( HERNANDEZ, tiene derecho a mor reintegrado al

Se pretende que se anula 1a Resolución acusada y corno consecuencia so declaro que el seí'ior JORGE ENRIQUE:: EF'tRR'Af3O7( HERNANDEZ, tiene derecho a mor reintegrado al mismo Largo que tenía c::uari(.Jo se produjo 9i.t desvinculación del

servicio oficial o a otro .jí igual o Huperiar categoría y remuneración en la ciudad do Bogotá; y que so condone a la Nación - Contraloría general de la Repúblicaal pago del calor de los sueldos, pr itnas aumentos, beni fi cic1ones vacaciones ' t:leme emolumentos dejados de percibir a partí r deJa fecha en que sc•:: dispuso el retire del sorv 1 c.io oficial. riel actor hasta cuando sea legalmente reintegrado. La parte actora en esencia ataca el arLe impU9r'iafio a la lu zPROCESO NP 26680 7 de dos, c'ÇO!3 Abuíso o devi.icián 'lo poder' y Vio 1 ac: ión de norrias super lores En re1ac:ic:.n Al.pr'.irier' c:arcjr: .ircJica el lib lIsta en e3. con copto de vio 1 ac ián de la domanda que el acto ac:usdo fue e>pod .i.dcj ccn des:vi a de poder porque 1 a fac:u 1 ta di. sr. rer:lona J. de 1 i.bre r emoción está dada al nominador' par a que 1 a ui 1 1 1 ce por r a; ones dr buen sorv 1': :i.cft t:ú 1 .1 c:c

que 1 a ui 1 1 1 ce por r a; ones dr buen sorv 1': :i.cft t:ú 1 .1 c:c ç.)oí:ur'ando sal: i.s.cer' un i.rt i:rós prth 1 i.co que en e .1 eJ orc.i. cJe rip ci 1 cha 'f .0 1 tad no pt.eden m: 3. 1 t.ar' m otl\'os. cJe t:ermlriart tos tic' oculto que no U e a'ing.n un las normas que 3ob.i. t nao r5 ta '::1 ac,e dr: -A t. tos Que por' e11 o Lan khs 1 ten t.: .í a no puede er lcj 1 'se en aun sí aí le ci j. S, f para .:u:endei' 1 (s rea rs inct,,l ves que lo -í .11 A y c? r - c) 1 -1 f1v el. admi.n .i.strati.vc ) porque do er un pretexto para eCU 1 tar' les ver rl ador os mot. :cvos subr'ep tic...1, sr adve.......1 r'ó ci 'i t'Jan u :i a con la it equívoc.:a fina). idad del precepto recto r' y que si con

rr'c'ado pc'r'3 ul c::ius al empi (J C) e). acto ado lec:erá de desvi.ac:i.ón y abusc:. de poder Que ers el caso sub rxáífllne el acto 'fue OX peri ido r'n base ¿•fl

ado lec:erá de desvi.ac:i.ón y abusc:. de poder Que ers el caso sub rxáífllne el acto 'fue OX peri ido r'n base ¿•fl tnti.vos no cons icjr clo's en c 1 • pero no con la final i.dad del buen gil erv 1 c lo p0 1 1 co :1 no r': en propús 1 tos ter c.i.c:los 'i arbitrarios que en . 1. proseo te even 1.:o 1 ac:t,o no se di ctó por r a:: enes del bue n serv 1 c: Lo pites el ¿u: tti r a pesar c:a t,a 1€. >gadc curío rete of 1. u iei te y r r nsab 3. e '1u e no habi a ido san c: iijnatio rl :1 su 1 pl i...iar lamen le fue desv i o cu 1 arle coamc' r» f.) F - ---i L-".Y (.)puc1'Aa a que se e labor'av'a un c:ument.o lo oxar t.o y se t:r'as 1 adaara a una 'fr.u'.c.l (in ar:ca quc.' ial met te timh j - t a o). ahor'sr ta 1 cloct.tmen te AdUL: o qur' es :Lt'icjuciablo que o 1 re..ir e tic::'! rtc:ci, enan te obodec:i c5 a esos hc.e:hoa por cuan t.o as i. .10 comun J. có a la 1-) c) tora Í'r'y;,j al y si propio denaridant.e su superior' inmediato

a esos hc.e:hoa por cuan t.o as i. .10 comun J. có a la 1-) c) tora Í'r'y;,j al y si propio denaridant.e su superior' inmediato ,[rt¡Al .i ca que si bien el ac:ls.r no es t.aba osca 1 afonado en Car'rer u) lo

1 l ci 1 fac;ui talio a la Adal.inistt'ac:::i,ór pr'a clec.:lar'ar' Ja 1 ti st .'. bs 1 s 1: e .i. a como rpresa 1 j, ---a por su c:onduc: ta d i.na y val c.rosa tic:' opc:nt'r'sc: a una c;'r'cien ¿rb.i. ir ar':ia c:orfte la impar litio pot' su superior el seor' Fuhio l'ransc:ri, be apa....tes de 1asPROCESO NQ 26.680 8 sentencias dictadas por el Consejo de Estado una en el e:<peJi€?I"ite 357 con Ponencia del Dr. ALVARO 1. ECOMPTE LUNA de]. 23 de julio de 1990 y otra, dictada Ofl Ol expediente No. 30801 cur; Por en el a çjc la Doctora Clara Forero de Castro. (lls. 14 a 1.7 exp, Estimando qt.c el acto fue proferido con desviación de pcctev el 1 i,te 1 j.çta expresa que es vi nial nr'i.o de los artículos 1.19 123 dci. Decreto 937176 y de los artículos 17 y 26 de la C. N., este último porque el accionante fue desvinculado de la

123 dci. Decreto 937176 y de los artículos 17 y 26 de la C. N., este último porque el accionante fue desvinculado de la Contraloría sin que la entidad adelantara el debido p i Ç e e o disciplinario. Corno pruebas obran en el proceso las siguientes: el oti. r;.:in de fecha 28 de septiembre de 1990 (fi. 2 exp ) de la Doctora GLORIA STEI.LA CARVAJAL. dirigido al Dr. . GUILLERMO RUBIO en donde le manifiesta que hace entrega del documento red a c: id qún sus órdenes pero que no lo comparte puesto que el Forido de Desarrollo Rural, Integrado 'Fondo DR 1 ' ha diadc, todo 00 plan de fortalecimiento institucional; el oficio de fec ha septiembre 23 do 1990 dirigido por la misma funcionaria al Contralor General en uno de c:uyc.i:; párrafos le indica que e] Dr Rubio le ha ordenado producir un oficio para la firma del Contralor en el que aparezcan las deficiencias oper ak'.:4 vas cJe). DPI hanta las pasadas auditorias, lo cual en criterio de ella es contrario a 1a realidad que la actitud del superior con 1: r 1. e la voluntad de la Doctora Ca va jal y la coloca en situaciones de deslealtad con la profesión y traición a la Con fra lorla por lo que so lici, La se le traslade a otra dopendencia fis. 3/4 exp ) ; el oficio de fecha septiembre 9/90 que la misma Dra Carvajal diríyió al Jefe de O fi.c: na de Er', 1ro 1 Interno de la Contraloría donde 1" manifiesta que le

9/90 que la misma Dra Carvajal diríyió al Jefe de O fi.c: na de Er', 1ro 1 Interno de la Contraloría donde 1" manifiesta que le adjunta copia de los oficios acabados de aludir, er los cuales hace mar it tsLac :4 onee bajo presiones y que no deber, pasarse a la firma del Contralor por carecer de exactitud; que su .1:4 e i 'La una investigación para el Dr . Rubio quien lo hit ordenado producir un documento para la firma del Contralor,PROCESO NQ 26.680 9 cn 1 yay jo a la ve.i ':;'Jn el fin de c:aUi3ar un peri ui rio <,11. ri ( fi 5 exp ) ; el o i rio de ts ept.ieínbre 20/90 di i' inicio al I)or de Acimin i.strarión de Por onal de la Cit.raio.ía. man :i. f stndo 1 e que ¿idi un ta ro pias do ). os nf i. r:ios antes meri rio ados en 1 os c:ua 1 es hace man 1. festac:iones baj o pres A oresy que no deben p rsea 1 a firma ciol 5 enr' Contralor • por' ca r ecer' de exac:ti tud , mi.so le sol J. cita u r, t. as 1 arlo por c:r:ontrase en si toan ór rio con'tr o t miento de sus'frri anos profesional es por parte del. Dr. (311 L,LERMO RUBIO GALINDO ( fi 6 exp - ) y el memorando No. .1.09 de 'fecha octubre por mod io del cual ras 1. arlan a la Dra Carvajal para quL?

GALINDO ( fi 6 exp - ) y el memorando No. .1.09 de 'fecha octubre por mod io del cual ras 1. arlan a la Dra Carvajal para quL? rol aboro en 1¿'.i Audi. t.oría Et,pr'r,a a los Estados Financieros rio CECORA y loE.den que haqa entreqa del trabajo desarrollado en el Fondo DRI, a Ja Dra Mir'eya de Falia ('fi 7 osp. Se re ni. h i. ó e 1 tos timon ir) cje GL.OR 1 A S"ÍEI.LA CARVAJ At. E) JA Z qu con 1 aboró depend i. enrio do J a Di rocc ión de Aud .1. tor' ia Finan c: i era rio la Contréaloria . Depone que fue as &çnada como J Ofe de Comisión de Auditoria ante el Fondo DRI para ciresarr el 3. ar' at.di tOF'Á a de los a10s 1900 ; .3.999 tanto de la En t .dad como do los pr'ovect.r::'s que estaba ciosarrol 1 ando que esta Aoci 1 turia la .in.ir:tó a 'f irles de ..i ni .io o com.ien.us de .;yosto de 1.990 que durana'Lo la u1 ]. ti ma semana de septiembre el Di ror,:tor de Aud j, tor' ia E inaniiora (.3 (A ir 3. 1 ermo Rubio te lot ón i, cainen te lo sol i 1 tó proparara una com n ui c::anión a a pa, la firma del Con ti 'a br" ci ti' i.q ida al PreSide,') te o detallara las ob or'vac iones rio DI. r'ec:ción por dos afios ats

Con ti 'a br" ci ti' i.q ida al PreSide,') te o detallara las ob or'vac iones rio DI. r'ec:ción por dos afios ats 1 as En ti riarics ej et:::utor'as do dicho (le la F?pb lira en la que 1 1 tas efE: toadas poi'' to dr:' 1 Fc3ndo Fondo DR 1 COifiO rio F:'Jr djc) o :t citada Dv' Rub i.c pí'osi.onó y iirq ió la 'n troqa do :i,nfu'r mi':.' que la declarante crin un poc::c.' do ur'c'ci:i, a se puso a los doC'Amori tos y preparó un borrador para que lo ros" .i sar su superior quien lo ci :i j o que estaba muy incompleto a doc: 1 ar'ant:o sofia la que le ex presó que eso l:rabai o era tm.0 atr asacici que no era fl)',,,kv' vor'ax a 1 o que E" E super i or 105 1 5'L ó para que o 1 t.r abaj oso en i:recjav'a el viernes siquten te; que ante estas ci. r'cunst.ann:iaa ella tomó Ja doc,i,siór, de 1 levar J.c o 1 in 'formo pero 1 m' 1 tn earnon te 3' a a com pa ó ui' of .i rio ci c:?fld oPROCESO NQ 26.680 10 lu ji:.ía :1ur el Contralor no debía firmar ese cioc:ur,eiito porque carona do veracidad.

lu ji:.ía :1ur el Contralor no debía firmar ese cioc:ur,eiito porque carona do veracidad. qic? c)lc)c.i.?I1':i(:) .::ti 1)v Rubio oimultáneamente ,ii:r'5 oficios para Control IrterflC:) y para Personal .irr.iicardc.' la Fprouiones de que había sido obj eto y anexando copia del oi ni o donde t.:ia verlas razones por las cuales no debía firmar el Contralor. Lee el primero de octubre de dicho aMo la llamó el Dr. Rubio a su Oficina para hablar sobre el pun te olla no asistió porq.te sabía las represalias que ej cer ia 005 1.1 curira Que 3 medio día de e-' luneK se presentó a la Oficina do.]. DR 1 el Dr. Espairagoza para preguntarlo que era lo que había pisado porque el Dr. . Rubio lo peche que preparara un oficio retirándola de la Comisión del Fondo DR 1; que ella le comentó o anteriormente dicho y que el actor lo expresó que OC) iba a firmar ningún ciii rio de traslado porque entendía las razones que daba ¡a declarante y además porque ella le comentó que quien la había comisionado era Humberto Pérez quien estaba en eso momento che Director Enc::arqadu y que c::omr. el Dr. •:5)artaÇJoza 00 era el que la había comisionado, no la pod la r et:i rar de allá. Luego indica que ciespue's de esos días el demandante y otro funcionarios lo comentaron lo que había generado esa situación;que el comentario era en o) sentido do que el

r et:i rar de allá. Luego indica que ciespue's de esos días el demandante y otro funcionarios lo comentaron lo que había generado esa situación;que el comentario era en o) sentido do que el Dc:c: l.or Esparragora fue .3fflfl....ac.lc:) que si no firmaba el. traslado lo despedían; qt.ro ni traslado de todas maneras so ofectún habiendo sido firmado el. oficio por otro funcionario que lo parece fue Humberto F'érez que rio ahí en adelante vinieron muchas ':oses que agitaron el ambiente.. Que después do ahaber sido tras ladada a CECORA allá la estuvo localizando el Jefe de Personal para decirle que necesitaba urgentemente hablar con ella, que en su oficina le indicó que había llegado la soli ci tud de iuubist.encia. para la declarante hecha por la Dirección de Auditoría Financiera Que el Jefe do Personal le dijo que como habían recibida elPROCESO Ng 26.680 .11 of ir::io suscrito por ella, iban a. detener la isu.bsi.stenc .3 ha ta tanto estudiar ar los, detall es dolo ocur rx:.lo Nar?a. que cua.ndo ti resó a 3. a Oi i cina de la Audi ter i.a. se peri te a un ambiente' cJe malestar enera. 1 porque a ra.i de Ledas ::a.s :.tunst.a.nas el Dr Rubio no estaba en f 1;y buen a pos i. ión

con o 1 Contralor por que estaba f Í , a. U. ¿wide el ao '/ no Len ía. tra.baj ':s que mes trae que aci i. ':iona 1 men te

buen a pos i. ión

con o 1 Contralor por que estaba f Í , a. U. ¿wide el ao '/ no Len ía. tra.baj ':s que mes trae que aci i. ':iona 1 men te an ecirnen tsr i. os ahí en l, --] o i e i na de Aud i. ter í a que i os mi. sirios Aud '. o es comon tabar que e i. Doc ter Espar ragesa la h a.fi: a. erriba.r rado a 1 respa 1 dar 3 a. , porque se sabía que e 1 De r.i hin era u§ )a rsora que no se le poci . a atiar neqa t i á do rturia. indo 1 e ya. que el que se nenara se tenía a las con a.e.:uon ci. as ; que sierrs el. Dc ter Rubio ten i. a. mu 1ea. y el ¿s: :)nes con la Seer otaria Genera. i l¿.-( Contra .1 cjrí a lo que le hacia nik Ay fei 1 sol .ieí. tar 1 as mnsubsi.stene i.a.s que la rna.yor is de las irsubs: st.onc.Jas proveo iso de Ja Sec:retar . í a que sabe que 1 a ir ¡su bsistencia del actor se produ.i e c:uar do e 13. a c .t:a.Lia tr as 1 adada. prov .i siena 3. men te al 1 DEM que e 1 la comen LÓ con el doniai idan 1:e y cm o tres am i.gos de ó 1 que 1 e parecí e ur,a i_ FOn :a. que por do 1 e tos t iqo lo

e 1 la comen LÓ con el doniai idan 1:e y cm o tres am i.gos de ó 1 que 1 e parecí e ur,a i_ FOn :a. que por do 1 e tos t iqo lo do.:: lavaran insubs Í.s1.en1:e' y la .::larar,te os tuvi:•ra t va:.a. ande 3 prenun ta rse 3 o sobre las ra.;ories qun:' aducía per..qiw o 3.

Con t: ra loe I) f :i.rma.ra el I1 foromc: man .1. i.esta que e). mi.síro se er í a a. 1.i c..1 ra.r:,i.ç,rmç muy A t i quas ten :. ende en cuenta. que pí::)i d .. en a. 1 s a.iO5 1/, y f37 0)515 ....a.0 iones que a sri O i;ta.t)a.fl ir roq içJss en su mayor par te por 1 as En Li. c:Iatius en os Las o .1 Fondo DR 1 como orqan i. asmo j ; quin la C.J s a y te' .i ntui a que la. firma. de un documen te como este' ala respuesta. inmediata del Ministro de Acjri c:u.l Lera c,:c.:.n su'f .tc:,i ortos bases par a c:lesvir triar lo allí La doc 3. aran te depone que si documon tu no fue fi rmacio por e :t Con tra.. J. ev que el Sub Contralor Jorqe Vivas a f ma. les de eso

La doc 3. aran te depone que si documon tu no fue fi rmacio por e :t Con tra.. J. ev que el Sub Contralor Jorqe Vivas a f ma. les de eso E:íO 1 o sol i e tó que 1 .1 ovar a sopor Los do todo lo que el la nicc:i a. en el of i. e i.ci donde 1ac J. a ver - 1 as ra yenes por 1 as cua :1PROCESO NQ 26.680 12 dob {.a firmar el Contralor y que ella llevó dichos ct.ee Dentro del t.e3t..ttt:n 1 o la Doctora carvajal reconoce suscricas por ella los documentas ht n es a falíos 2 a 6 del espediunte PARA RESOLVER SE CONSIDERA : Los actos administrativos gozan de la doble prerrogativa de la presunción de legalidad y de ser expedidos por razones cJe]. buen servicio pública. Estas presunciones pueden ser cJev1 rt.udas poro quien pretenda hacerla corre en su totalidad con la acarqa procesal de pr('br, y do una manera fehaciente, que el acto no Sr--, ajusta a la Ley o que fue expedido por motivos ajenos a 1---. noción del buen servicio. :c =Tos :'o cft?sprciIdo que cl demandante estaba prestando sum; servicios a la Contralaría desdeel 10 de marzo 'Jo 15 y queU •:.O hallaba desenpeando el empleo do 3eio de la Sección de Auditaría Financiera Nivel Ejecutivo Grado G de la División de Audiloría Financiera Internacional y Proyectos cJe Desarrolla de Ja Contralaría General de la República

Auditaría Financiera Nivel Ejecutivo Grado G de la División de Audiloría Financiera Internacional y Proyectos cJe Desarrolla de Ja Contralaría General de la República fue declarado insubsistente su nombramiento de este c.:;arqc por ied i. e de la Resolución No. 00330 del 5 de octubre de 1990 ( '.4 .2. cxp. No aparece prueba el a. qLLL ore se enuncia en la demanda que el accionante estuviera inscrito en Carrera Admini9trativa o que no;:ere de algún fuero que le diera estabilidad en ci empleo, por lo que debe le Çc:?I 1 rse que ocupaba un t::ayqo do libre nombramiento y remoción y que e) neioracIur, dentro do 05 warcos legales ped la • oc ejercicio de la facultad discrecional (JO libre nombramiento y remocáñnc1c'eir a rs.U::)ai.tc.Ii le el r:hrani.ent,i: c1c1 c.:arqt, que t:c:tabe cl dci,;..&r,dars t,: Analizando :ji.eic:tosancet.c;' la prueba rec.:audada • encuentra 10PROCESO NQ 26.680 13 Sala que si bien es cierta existe una proximidad en el tiempo entre 1 fecha en la cual el acc: icinant. e no presentó la solicitud de órden de Iras 1. ado de la Doctora Carvajal y la de ¡a ex pcd r: :iÓn del acto impugnado, ~te solo indicio no alcansa probar q.u:: haya 1i)i.dc) un nexo o relación de causalidad

¡a ex pcd r: :iÓn del acto impugnado, ~te solo indicio no alcansa probar q.u:: haya 1i)i.dc) un nexo o relación de causalidad t.re tal tehri y el acto de la i sobs :1 s ten e i a dul nombramiento del actor. El testimonio de la Í) etc:ra Carvajal solo da cuenta del hecho de que ante cius explicaciones, el demandante no efectuó la aol :. ci tud de sus traslado; pero c:Ie ahí en adelante, lo que ex presa • no lo depone porque haya tenido conocimiento directo de los hechos, sino por apreciaciones de tipo personal 1 subjetivo, y especialmente por razón de los comentarios que sc'i'a 1 a 'f%.eron hechos por los empleados de la Ofici na de Auditoria. La declarante, c.ju.í€.rt según sía 1 a la fEontr alcir í a en st.t Alegato de Conclusión tiene interés en las roso). tas del proceso pues. te' que ubtá adelantando en este Tribunal el. Proceso 27 15 6 por razón de i.nsubs is ten ci. a do su nombramiento, en ninguna parte de su testimonio ex pre'aa habertenido conocimiento directo de que el Dr. Rubio Director de Auditoría Financiera de la Entinad hubiera solicitado 1e ¡"subsistencia CIe 1 nernbr'amaion te del demandante a a 1 uún alto directivo de la Contraloría y cnerc:s al Contralor General. En modo alguno depone que le conste que la autoridad nominadora haya tenido conocimiento de los hechos narrados en su exposición jurada y mucho menos que en forma directa pueda

directivo de la Contraloría y cnerc:s al Contralor General. En modo alguno depone que le conste que la autoridad nominadora haya tenido conocimiento de los hechos narrados en su exposición jurada y mucho menos que en forma directa pueda testificar sobre los motivos o sobre la finalidad que el nominador tuvo al proferir la Resolución enjuiciada. En criterio de la Sala, el proceso no aporta la prueba con la cual, se pueda establecer la existencia de relación de causalidad ent.re el 1 ice he de no haber pedido e.1 demandante la solicitud de traslado cJe la Dra. Carvajal y el acto de la mucho menos la prueba que demuestre cua 1 ea í'Ue''c)0 los motivos qii,o llevaron al nominador a ex ped i. r el acto auusado, 0 que: e] Con ir a). nr al proferirlo hayaPROCESO NQ 26.680

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