TA CUN - 268-(25-08-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 268-(25-08-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
e If
oil noveCI, RT -Termino para s11citud /ACCION DE LESIVIDAD tI—a A'IM1Vø - I!'WA F D.C.Agosto V.ittciJiC, (2i) cienta. vcat y cuatie padi.ntm No. &i.Ws0. POacn -I I MD Dera4.ts WIOG LA WV%ICA t1t4od 7 sstabl.ciiantó 4.1 Dsrd'to. Poc.s la 11 p.frir tili duotx'o 4. 1$. ssssi4n. iM.ia do »m el MICO DI LA Rl IUCA usvis 4e apoderado judiei.]. y SO dolida.. haptarm las .iutaotes pe$tcz 1.-. Qu. ..,o40 al acto a4'tt,'4.trstt. s.dio por el Rano. 4. la Rsp$blLca por sdio 0.1 casi le wacan.a16 a la socia.- dad C.3.. lICIO 00% Y CXLI UEIDA It dsrschos certtticodos do Ras1so Ti'jbutario, CIR?, pç. valor Os TRES NL LLONZI D050UWTOI DItCI$IEfl hL P11105 ($3'217.000e9) .5e
la di DOICI1IO5 YXNTItHI PIRCO CON SZT$1ITA Y 113
CINTAVOS (3221.70) 5 dinar'. staativo, gas 1. fUspan actregodeo trri4s 0.1. an.s t.teÑ -amarosl PriactpIt.., quien precintO ca.. intarasdiarii fiaaosim tal solicitud dSathuids can .1 No. 207 0.1 3 4. Ssptir de 1.05. - Que a titUla de rectaW.eeiaisnto dii dsrasis, 50 declare gua la asaladad C.X. IGNACIO ØCNZZ Y CIA. LIITADA está obligada a devolver .1 lineo de la apli.a .1 CsrtUido de l.s.bItso fributario CIT par en valer egulvslsot a ia NILLOSIRI DOSCIZITOS DICI$IZU 11. P11105 ($3' 217.000.) — 3 ras da 000CUNTOS VI1krli PISOS 001 RITRITA Y $118Naje upidtente No. 20$ CNTAV ($21.74) .$. leo intsreasssarrtantesdesdiol 19 di Dtatasbre d. 1.985 hS$t:02 du iii quia. efectOo la dsvelucids y la correocidn amelarla osrrespoadiente, en rasen di 1 diprocisatIn sanitaria calculada can base en Si indic, de precios al ecmsaidor para .1 almo periodo. Que subsidiarisaenta ee declare que la sociedad C#1. I~ cro ecNzz Y CIA. LIWITADA asti obligada devolver .1 lanco de la Rapóbilea Cartifioslee di .aobola. Tributario par
Que subsidiarisaenta ee declare que la sociedad C#1. I~ cro ecNzz Y CIA. LIWITADA asti obligada devolver .1 lanco de la Rapóbilea Cartifioslee di .aobola. Tributario par el ueyor valor 9js4o que Spsrissoa debidamente ecriditade dentro 6.1 proceso, ma los intirseos corrientes desde, it 19 4S Diciembre 6. 1.985 hasta áX dii en que e. •fiot6o la devolusi&i y 1 9«T~éa monetaria csrrispsndints en rssO. 4. 1a depreciscida aen.tsria ambulada con basa en .1 india, de pro~ sl consuelda, para •1 ata., periodo. Las hechos en que .1 actor fuadmusata Las pretsnsion.s de la dsn6., se resueen asti 1.- Que .1 Instituto Colombiano Agropecuaria -ICA.- abr16 la UMbos^ LP1-04-84 ICA III? P~ los sieStas da contratar, el saministro de qulpos de riego y motsbasbu, la aspi fue adj4taa4a a la firma C.I. IGNACIO G(KZ Y CIA, LIJIITADA. 2.- Qu. el 1$ de Yebrere di 3.985s. euscrtbt6 entre el Instituto Colombiano Agrepisuarte -YCAy 1 sociedad C.X • W- ~0 GCNZZ Y CIA. LDUTADA it rup.mtiva contrato distinguido con el No. 080-030-e5, por al cual dicha sociedad se .eupromóst6 a antregar en el ÁIamedn Nacional del ICA chi-
~0 GCNZZ Y CIA. LDUTADA it rup.mtiva contrato distinguido con el No. 080-030-e5, por al cual dicha sociedad se .eupromóst6 a antregar en el ÁIamedn Nacional del ICA chien ?lbMtat, KilO..tre 14 di la vta Rosquera, loe qsatpes, sotobesbas y ssirioS de. riego, con lascare. tsristiw y ssp.eitio.etaass cesisiguldas en la propuesta presentada al ICA en la orta del 25 de esptto.bz'i 451984, con relast6n a la LisitaciO. PObito. Internacional Ni. LPV-04.-84 ¿CA $IRYfoja so. 3 Ixpediente so. 268 3Que el valor del contrato saoes%di6 a la aun. de $21'664. 228.50 cocoda tigel colombiana, disarisinados de la alguisnt. manera: $19.712.938.99 correspondiente .1 valor 4e los equipos da riego, .otabombas y aecesortoy la suma da $1 '911.203.50 equIvalente sI 30% del valor do 1s equipos por concepto del I.V.A. 51 pisas se fijó en 90 dita cantados u partir da 1a facha dø recibo del anticipo respectivo. 4.- Que. a travSs del intermediario tinsncisro, co este caso, Banco Cafetero -Sucursal Principal-, la .oeiødad C.I. 1014do 00N52 Y CIA. LIMADA pi -sesnt6 al Banco 4. 1 R.pdblica le solicitud $0. 207 de 25 de BaptI.mbre de 1.985, $ efecdo 00N52 Y CIA. LIMADA pi -sesnt6 al Banco 4. 1 R.pdblica le solicitud $0. 207 de 25 de BaptI.mbre de 1.985, $ efecto da que esta entidad 3.e expidiera y entregara Certi ticedes de Recobolso Tributario -CER?-, por valor da $30217.224.05 equivalentes .1 20% de) valor agregado neo tofil. 5.- Que sin tenar en cuanta la circunstancia d que la citada solicitud fue presentad. fuux'a del t$risino de seis s.s.s .Ael.do en las normas vigentes para la $posa, el Banco de
1. RepÓblica mediante el sato cuya mlldad se solicite, resonoo16 a favor de la sociedad C.I. IG1IACXO CSZ Y CIA.
LIMITADA en franca contradioai6a con loe preneptm legales de que trata .1 Articulo 11, Litoral 4) del Dcreto 63$ 4. 1.988, aplicable por exprese asadato del Articulo 80. del Decreto 1538 de 1.984, ci derecho a Certificada. de Re~ bol so Tributario -CE)?- por valer d $31217.000.99 as la suma de M.76 en dinero afectivo, loe cuales 10 fueron entregados a la firma citada por conducto 43 tntarm.diarie financiera, .1 día 1$ 4. Dicicabri de 1.985. C&t6 ceso normas violadas: .1 Articulo 20 de la Constitución Política anterior; •l Articulo 11 4. 1 Ley 48 de 1.983; los
C&t6 ceso normas violadas: .1 Articulo 20 de la Constitución Política anterior; •l Articulo 11 4. 1 Ley 48 de 1.983; los Articules lo. 29., 30., 4., 7o. y so. 4.1 Decrete 1511 4 1.984; Articulo 11 LItera d) del Decreto $36 di 1.914; Articulo lo. del Decrete 1355 di 1.984 es armenia can •l Articulo lo. del Decreto 2841 di 1.988; y loe Articulas 54 7 5 del Decreto ley 01 do 1.984.Hoja No. 4 pedient. No. 26$ A ~Immién u haré una transcrjpct4n 4.1 osneepto de violo, Mía puesto que rSsJ.ssnts éste so Lrm~rlbe $ st rócumnto flOres. r.Løtiv.s ID. Csrt, salt "1Del C.rtiftido do esnb1io Tributario ClItT. "a) Gei .1 fin de prenr Ili exportaciones no tradicionales y legrar mal no solo un asysi Lo~ de divisas psra si país sino tssbl4i el fessnto a le produoctin sodosal, el logia lad.T colombiano .stsbIDd OIaO incentivo para. Quienes axportaan productos 1 distintos "do csf, no trine-. fN'nad, tndvmtrteIssnt., pctx'61. y sus derivados, banano., cueree cru~ do res y natales prseio.o." uná ex.ncidn tri-bu~ ocrist.nt. se que "la renta liquida grsvakl. pro.-
cueree cru~ do res y natales prseio.o." uná ex.ncidn tri-bu~ ocrist.nt. se que "la renta liquida grsvakl. pro.- dueto 4e las axpmrtseiones", no estebo sujóto mi lepuesto de renta. (articuI 1.20 ley E. de 1961). "b) Postsrioraset 7 CCfl tdnttea fIdelidad 1 dsorsto ley 444 de 1961 .ustttuyd •1 anterior, rdginan por .3 Usead. Certificado 4. Abono Tributario -CA?- (articulo 15) • que Iran docussntø. . al pcxtsdsr, ibr.qssut. neguciablos 7 aXietas de toda clase dø Japdestos que al. Sano. 4. 1. apdblIss entregarla si exportador "1 ±ztÓ 4e reintegrar les di. visas p&-ola int. de s.pertaiiones distintas del petr6l y sus 4srtdo., cusroá erado, de ros y café ... en cuantia equivalente, en Usnoda 3isl o.lssbiana • wi quinm por ciento (15%) 4.1 valer tetel lo1 reintegre", cirtifisados esto. que sortee "reelbidos a la por por las oficiase recaudadoras de Impuestos p~ al pago 4. lee tributes sobre le renta y oleatar1.., adssns 7 ventas, una ves cuepUdo el t&~, » siSal él debiernó, el cual. inialsimente seré do un (1.) sflo.., (artloi4i 160 tbidsm) "e) Vino luego 1 ley M de 13, ley narso de ezrcte esmente seré do un (1.) sflo.., (artloi4i 160 tbidsm) "e) Vino luego 1 ley M de 13, ley narso de ezrcte estortor, en cuyo sxtlóul lOb siSeli,, dentro de Las previulanos o pautes gposrnls que prteritort.te deben osomutar las ocress que expido si acbIarno se materia de 0-Hoja M. 5 zpsdioste No. 268 serete exterior, la do !pÑrn.v.r las 04»~1~0 4e bi.. ses y servicias, su 4tvareift.acie y astisular la in~ tris y las .stoÑs w~tivm n.cioes1es. "tu su articulo te.,, .14sin6 el Cet$tLssdo do Aboso Trtb' tsri .SCAT-, y arel al Cartitigado di PmbOl.O Tributario quesegin cát'áte søp. el 6eblørno 1s.iosal axp.dirL y ostzíazis al $snoo de le spUc4 e los exportadoros, "os isa CØII4IOLW prwvtftss es iota ley y os los 4.- ores .s la des~lones el que tal urti4á .ini un "iflatruniate 4. apoye tas exporte. cisosa" (artisulo 3o.), y que e travIs di 11 el. Sobi.rao pedri4asti1r Ial exportaSión.. isdLasto la d.v.iucila de suso. .ui,Ia~ a le totalidad • una prøporsiSa de
pedri4asti1r Ial exportaSión.. isdLasto la d.v.iucila de suso. .ui,Ia~ a le totalidad • una prøporsiSa de les impuesto. $dirocts, tasas 7 sostribuctones poadog por st eciertader" 7/• "rosovar, ere le base del valor expeetado, sqs.11as setiwidi~ que tiendan. .stIaol.r .1. votuesa Ss las .xpert.dios.s" (stiesio 4.. ) • 7 en .1 penlirafe prlasre de este srttóulo So. auterisl .1 Gobierna pera sel.1.ar los p~ di ródanoido 4.1 CtA?, "ssi ceso los lapunstes, t y ceatribuetas.s que pedas ser cansoladas ces 4100, y en el psrljrsfo segundo lo facultI para stsblpaer "los requisitas pare expedir, nigibir y negociar, 3.. Certificados de 8ssoboleo Tributario -CUTy el, tto de osducihd 4. 1.s "Pos' SItIáÓ 7 os relacIln oes la ttn.nctaeidn de bienes y servioLas óolosbiasws en ltattiat4.ss isternaciasates, la ley 40 4. 1.63, 1 as wtir4ó í~»# al Pando 4. Prenocila do Papen act .flCZXPOpara ttneaeiar le psr ttetp.stln do p?vse4erge sasiensies de bienes y servicios en licitei.nos intareacioasss, tasto pera las abiertas
Prenocila do Papen act .flCZXPOpara ttneaeiar le psr ttetp.stln do p?vse4erge sasiensies de bienes y servicios en licitei.nos intareacioasss, tasto pera las abiertas in el exterior cesio os: Colasbis ___ late litios en .1 cual poé tUbido •1 Gabiórna Necianal "a.r e 1., provaedór acn .1 Centifiosde de 1.sobla. Tributario -CETdvtrtiend .spr.ssos.is es par. stos 4 1. dispuesto, "el Gobierno llaqiosa] difisiri a qus os altí~ por bi--- 7 servicios iiaci.nslo. y, taatladoos de aasiedsdsp, oilaaHoja Re. e xp.ia.ts so. as a. canal_.v'.n Prm.dor.s neclensl.s". 4) $sdiast. .rt de stansl en desarrollo 4, isa pestes general.s saRsiades en la loy sirio de cimerele saterjor, 1 43 6.1153 antam ci-. lada, prÓsadi6 a r.gian.ntar .3. CIctiftcado 6. lumból.o Tributario 'alT.-. MI, en es .rtioulo 1.. 1 4.ftnici6 co-. e. 4oGsnt 1 portador, ltbresent nogocisbio que po-. dr ser utiUseda ara el pego 4e tapusatos, %M~ y contribueloses, ~a ves antr.gsdos p el linee deis Re.. pdb1lo&'
dr ser utiUseda ara el pego 4e tapusatos, %M~ y contribueloses, ~a ves antr.gsdos p el linee deis Re.. pdb1lo&' "1 su áP sulo 20. pr,s.ptuø ue alo. atpertesiose. i.$..l y .festl::t. resUaa4.a, el reintegro de ial divisas correspondisetas y le respectiva esUCitud fexisisent. prosentada por si enerta4or
erial~ 4n la .bllgiaiás sargo Mi lanco 4. 1. Rep4bUc. 4e aap.dir y átregar al ixportadar loo Cátift_dos 4. Riosbeiso Tributario". it .1 artIgo 3. al ss1L.16 la W.e sosa el lino. de 1$ Replica liçsldurIs .1 sanIe del w#1 articulo 40. estsbl.t6 quidase a. senaLdsran ixpirtadores psis •fa.tss del asnojaesdo oertittcsde y, en cuento a las ieqntst tos para espedirlo y entregarlo prasç15 as en articulo ¿lo. $ • ArtIeul 110. De lo. requisito.. $1 lanco de 1 3.p4b1.144 .xpsdiM y, int'sar ici CsrtUicsdss 4. RecsbCios tarta une vosee hayan m.pUdo les siguientes riquteitoli es buyen reintegrado .1 lino. di le .púbUca las divisas eo?rospondinten; 1) Que la Direoctin $sncrsl da
tarta une vosee hayan m.pUdo les siguientes riquteitoli es buyen reintegrado .1 lino. di le .púbUca las divisas eo?rospondinten; 1) Que la Direoctin $sncrsl da Adasale hija ...gad. si bss'tto dl flwiarta y Yaloros dii linao 4. 1 R.pdl1tca le sopla del trsul.arto lateo do ps?t.ids qe sas bpar'4aseLs eispidet ó) Que en CW'S. i..tigct4s adliniItittvn O PiS1 sigina
nada cae cas la autentiCidad o ]agsl4dad di la, respectivas ospertac¡cincel 4) Que la eoltitud do laIng. 6. 1. ~,- 910 m A a s erti.. fiesdos do Rs5s1o. ?vstsnio as osent. duntre do un PU» axiao 4. seta (0) sesee sentadOs e partIr 4e la te.- del r.iategr. 4. divisas. ?sregrafo 0. MIes 6.1 vosatailate del tsetna ..Reladp ansi 14tors1d),slz: de lo i$blia 4 podri prorrogar.- Hoja Ni. 7 Nzp.dtaat. No, 288 1. hØSt$ $» sdiicasl d iii. (e) =. A ti ti, si int.r.aÑ, 4sbaM priøsatar usa ..li.itiø Asbidisanti sustanisdi. "Para 3,0 0 . firma prsvlatis as asta artisulo
ti, si int.r.aÑ, 4sbaM priøsatar usa ..li.itiø Asbidisanti sustanisdi. "Para 3,0 0 . firma prsvlatis as asta artisulo .1 Nana. 4. 1. NapdW$. ps4 exigir, a.g4n s1 casoo les siias~ quIM~ odicionalasi pta airas o saritia. rfras4.dap1 1$ e.a 'trasiortsdsrs; ctsi.nta 4. .srqt$ p3.an&414 dii.. 44 'le.tituto llsitansi 4. Tras.- partó !tr, rafranüds par iutoridsi .dssn.r as la trast.x; faitura ÓSrmrSL.J sortttioa$in y factura 4.1 proe.4.r .aritiasi6n a.r. dirasatls 4.1 prov,sdsr y del dtiatsrie di lo . siáí aas.t.ncia 4. rasibe del lapIts4eyb. 45 lo SM 11 1 raiatr. 4, 1 CAMIlí d• Cernircio. W•ji r •di. ø a. attioul 23, ,.. 1 ¡SetitUto Coja,bl1aa. do Cansrsjo ctsriar y al Na.as di 1 Rsptblioa dtetar4n 1 asdidi. a4.ii.tr.tia.. Masiditas para al bu apti.iest flsi Cslfidi .4. Tributario prov..4. naciossis &),A aste.. r.s' di 'uu" 1pOr .1 volver' sobrO si
bu apti.iest flsi Cslfidi .4. Tributario prov..4. naciossis &),A aste.. r.s' di 'uu" 1pOr .1 volver' sobrO si pracspte del srticis3í11 di 1 ly 44,40 188$ a fin di i tablac.r con pies. cwt.0 arail as as verdadera y 6ltiaa ttiill dad. 1$ !14 tastufl'Ø. '" sntci4ta. (Cfr. Ni.-, torta di las Laye., Lq1sLss di 150$, 0s. 611, 677, ese, esi, ser, '700, 714, ir, 1as1.laent. puad. interine sin M~ dtt$cultad, la isbi. finalidad busosda p si legislador 4 1 adopeibi 1, 1. ism.s as asasato: Por pan., basar .capsdttv.s la. .zpsrts.ioau 4e bLa~ y servicios assia.ml.s ob Uit taeis tstsrssiola astala posibilidad no sela da qus Pre.xpo los finanC1$?a SinO tmm4a 3, di ue •1 .tvnø 1.. otorgar. .1 CUS?, y, por la otis, tnsent&uar, la prodioclin nacional da ase. bieses 7 1rvt.l.s.Hoja No. 8 Zzp.disnts No. 268 "De este manera entames., .1. articulo 11 dé la ley 48 4. 1983 dittjuø antro liQitaoi.n.s itarnsctamrn1sa abiertas
Zzp.disnts No. 268 "De este manera entames., .1. articulo 11 dé la ley 48 4. 1983 dittjuø antro liQitaoi.n.s itarnsctamrn1sa abiertas en .1 exterior y 1cltssionós i.at.rn.cionsIae . abtartas en Colombia. Para te priners ceasagra le sois posibilidad 4e flnsncisclóm y, pare las sagendes, ad..M de 2 financiae0n establece La del Csititi.ado de Reembolso 'Tributarío -CtT-. Zata distinct6n .badøc4 a qee ceSo en estas 41t1a.a no so produce r.a3asato wia .xportaclk, as «111. .11 para recta. de rsoonoeari. .lCzrr; do ahí q» se hable 4. '.xparaolonIs ntsrnss", 4w una. part., y, do le otra, a qne en las prietas, esto so ltá abiertas 1 extarjar, si pro,..dar tendría deresho si incentivo cantoras • las nraas sosrsl.s que regulan el. C.rtlfl.do da Reasbol.. Tributario, p~ as tratarla de u~ vozdadora .zpor-. taei6n. NA S I alano hay que resaltar cómo 1 ley eent.ls les bisn.a y los servicios nseional, , pero deja al. Gobierno la facultad nc solo de definir que as entiende par unoa y otros • sino taabn la 4. detemInar a cuAles proveedores 10 reconoce el CZRT, es decir, • los de bienes, a loe de
facultad nc solo de definir que as entiende par unoa y otros • sino taabn la 4. detemInar a cuAles proveedores 10 reconoce el CZRT, es decir, • los de bienes, a loe de serviciaS, o ambOs, 7, 1 d establecer lo. requisito, o cosdicisose pire tener d.reobo al incentive, "b) Ahora bien, co. base en lee,pautas .e.r4so estableolmo ca. la lay 48 4. 2983 y tas exctssnte la contenida ~,el artículo 119. arriba cementado, el Gobierno Nacional axpidi6 Ói decreto 1528 61 1984 por el cual ragu16 eiclueivat. el Certificado da ...b.l.á Tributarlo -CflTpara Loa proviederes de bienes nacionales favorecidos en licitaciones internaciosise abiertas en Coicabis. '»icbo decreto sst.bJ1ói4 en sus articulos lo., 20, so., .40,, 8. 7 90. lo stuisnta 11oJs No. Eients No. S$ "Articulo lø Les proyNdoree de bienes nuisnsl.s f.vore cides ces la .i&$dlcsóldn de contrate. resultante. 4e lici. tsCions intsrnsciensl.., abisrtao por los snttdid.s óf1siales, para adquirir b1s financiados en virtud di óáivenios susrites con. orgáiesos gub•rnsaentale. do cr4dito di otros pat.m o oes institucienes financieras intorncio nsj.. da sardotur pdb11640 al Certificado
venios susrites con. orgáiesos gub•rnsaentale. do cr4dito di otros pat.m o oes institucienes financieras intorncio nsj.. da sardotur pdb11640 al Certificado de R.enbo]..o Tributario en las osødteion~ y tdrsst. no. establecidos en i1 presento de.reto. "Artfi] 2e, Para lo. fsctou 4' sete diOrita se consid.- ran bienes nacional.. .qu.11ao .stsbleeide. en .1 articule lo. del decreto 1W 4. 1984 que, oegtf.Ø .3. Ç6d4o de Coserete, sean oolesbt.ne. y que mmiittstren bt nacieseles en los tira~. establecidos por ul presente articulo e ccn.ideraa4s, igualente • proveedores nacionales. 0 Arttculo 3o. La csrtUiaaciin, epe4ds por 1 entidad licitante sobre al valer agregado nasiónal acreditade itt la ofirta y diterainadi sen arreglo al articulo .ntsrtor, Junto con copia aut.ntiosda de] contrato pert.oCiossad, sentados por las pirsense a que si refieren los arti~ lo. y 20k. daMa dorec)io a 1 sxpedtslia del Cartifiosde 4. keeaboleo Tributario -CZRT., por paite de]. Pan.o di la Mo- ØI,lica. "ArtLct4s 49, El lanas 4. 1 #~1 1~ 114uidir4 41 mosto del Certificado de Reesbalio Tr'ibuntarto -CRT-, sabre el
ØI,lica. "ArtLct4s 49, El lanas 4. 1 #~1 1~ 114uidir4 41 mosto del Certificado de Reesbalio Tr'ibuntarto -CRT-, sabre el valor agrigade rasoisnal certificado .e.fa~ e le establocido en el articulo 8.. di] presente decreto. "Articulo 8.. Las dispestsiee generales sobre 1 Cert14icada de Rmbol.o Tributario -MM-a se aplicarda en las meterlas no reguladas en ente decreto, su cuanto no los esas "Articulo 9.. Les noross de este decreto se spltcsrdn en las lisitaciecee interneatenalee a que se ritiere el ir-ticulo le., y que se abran oes posterioridad e la., fecha di su exiedicid&'. 'e) De eeetførsided sen lo dispuesto en las nw~ 8.1 decreto 1511 4, 1904 arriba arttas, en amente oes 1se dslaliy4OdiiSlSydeldsirsteI3d de, 1904 ya sitado., pera toser derecho l Cow es prestas, que qui: lo .011citen onaplan can todos y 04 me de l» siguiesti requisitos:
01. Que es trato di prsv.4or.s de bienesHoja no. 10 $xp.dt.nt. No. 258 "2 Que seas prososdor.. 4s Moseo saeteas!.s se les ha7a sdtudj.aado un contrato en 141itaet6n internacional abierta en c.j.o.bin 0 3. Qud sea 1icttsei6i isstariisoiena.l haya sido abierta por
sdtudj.aado un contrato en 141itaet6n internacional abierta en c.j.o.bin 0 3. Qud sea 1icttsei6i isstariisoiena.l haya sido abierta por entidad oficial pera adquirir bienes fiinc$Jdos en virtud e conv.v4s suscrita. can .zpni.jiibernaaent.1.s de crdtto de otros p.iea$ o con tnstitueion.q financieras intrnaLa ise de car4oter. p4bitco; "A este respecto es apeMe obvio pensar que el objeto de le lieitacUn y del contrato adjudicado osa el de adquirir bienes muebles nacionsis., no bienes inmuebles, so primor lugar por 1e siena d.tinicUs 4a al decreto 1355 de 1054 y en segunde luar porque no puede haber licitaci6n internacional pare adquirir bine, inMuebles. Iguela.nti se necesario que dicha licitacidn tenga fissnctaci4n extorna de carácter pbli.o. Certifloaci6n expedida por la entidad licitante uobrs .1 valor agregado nacional ,y acreditado en la oferte, determinado conterm al articulo lo del desrsto 1355 4. 1.914; Mn rel.cLM sen seta oondic160 se fWidsuental tenar en out qu. •1 valor agregado neXionsi que servir4 de blas P~ liquidar el CRT os el de les bie~ muebloe nacimos.- les producidos o fabricados por el contratista y ~»letra~ directamente por, 61. De ahí entonces en que la sati.- -
P~ liquidar el CRT os el de les bie~ muebloe nacimos.- les producidos o fabricados por el contratista y ~»letra~ directamente por, 61. De ahí entonces en que la sati.- - dad øtiil licttosto os pueda limitar.e a expedir una simple cer ifieseida sobre el valor agregado oso tonal o~ - todo en la oferte por el contratista, sine que 9st6 en la obligac&dn de determinarlo contar~ s1 articulo lo del decreto 1355 de 1984.
5. Copia del contrato dsbidsaeXts p.rfscmtonido;
6. Solicitud pre.sntsda si lance 4e la lWpdbl os ds.tro di los seta (6) me~ migulostes canta~ a parttr 4. 1 tiche 4.1. perfiestisnto 4.1 respectivo contrato (artículo 11. 1itral 4), decreto 636 de l9$4'an amonte son el lo. del desisto 1518 4. 19840 y 51 4.1 decreto 222 4, 1 105).Hoja No. 13. ps&tents he. 268 a Po.» le t$ntØ de faltar uno de les zaquisitas ommermue .1 seat atleta o pro~~ dar fevoracide ea 1. Zlcita.i6n, no te~ dsracho al ?. !111.-cafl bü. ea toda 1.. intartae tiene que ceno en al. set. caso, e. eentrtto No. 85-fl0-I5 e.iMwads entr el Instituto Colesbianso Agropecuario tC.- y le Sociedad
!111.-cafl bü. ea toda 1.. intartae tiene que ceno en al. set. caso, e. eentrtto No. 85-fl0-I5 e.iMwads entr el Instituto Colesbianso Agropecuario tC.- y le Sociedad C.I IGNACIO 101 Y CIA. LIMADA tus firmado •l di. IR de febrero di 1565 o lo que u lo sieso Qued6 perfeccionedo en taU. feehi, al pluo para que la mencionada sociedad P!inSflti la sorPespcwtdiqnte solicitud 4. C!RY vencia a lo. sale (e) a.s.s Siguientes, esto .5, 1 18 do agesto 41 y, cene .11 fue presentada .1 28 de septt.bre de 105, tal pr.sestaeiOn fue matempordisa y por tanto el acto acusa o que accedl6 reconocerle 055? viold si 11te13. 4) 4.1 articulO 119. del decrete 28 de 1004 y sI Rs del óssrste 1510 del alamo aSe qm istableso dicho pliso, y de canteras' 20 4. 1 Conatitucida Politic, que 61 suterta a quien~ despel%.n fwtsicces pdbLicm pon, haen aquello que expresieats les estO piimitido. PSro adsais, .1 lito acusado vulmsne tabtOn les articuloa 11.. 4e la lay 4 di 108$, lo., 20., 3e,, da., lo. y Ro. del decrete 1830 4. 204 y lo. 4.1 decreto 1355 da 19R4 por lao siguientes racaneasRo. del decrete 1830 4. 204 y lo. 4.1 decreto 1355 da 19R4 por lao siguientes racaneas - "Ya a. ,i6 antes odio .o 6 lo$ requisitos xtgldoe por .1 ci addsoreto 2510. .1 4, 1 oertificaeidn que debe expedir 1 entidad tant, sobre .1 i.lr agregado m- ~todo en 1e aferta y que .1 feurseid. oea 1. Itiltactia a~ sod&ars la. eol.t8ttud 4. CSST. "Pero es s1u que pars epsdir dicho cwtitt.aoi4n, la entidad licitante dib. yinifloar 7 dejar tesols a de de que si unlar sór.gei. .aacianal o que lla se refiere ha sida salsuisdo sabre les btsa.Ø de enisem necioMA1' ant pa4isuds por tales "aquellos predioldo. en elfloja no 12 Zapidient. Mo. 285 MM lem cuáles al valer POS libres bordo de lem sstci»ias prisas y bienes internedios liportadee para le •Isboacidn 4e los bicis., objete de oontrstsci4s, ase igue o inferior 1 50% dii valor .x-fbrioa di l~ bienes trsindá øIrddÓ. (articulo le. dto 1385 di 1904), y no sobre el valor total del «átrato ,zi les servio toe en di involuerdóa, Significa 10 anterior. que le átldsd licitante debe datartrsindá øIrddÓ. (articulo le. dto 1385 di 1904), y no sobre el valor total del «átrato ,zi les servio toe en di involuerdóa, Significa 10 anterior. que le átldsd licitante debe datarunir priaws si 1.'o btenus cuyo suade jatro ha contratado eon bienes de eriges ~@~lo par. 1f aval ea preciso te.. sor en cuenta 1011 valer POS, libreø h« de los inso., teri.. prives y bienes intprsodi.. isportedis para la •labozeciM de aqu.3lo. que apsrec. en .1 respectivo re. gistro 4. ispertactln .p.dL4 por si Iason.x, 7 .1 comprueba que éste Al~ es igUalo inferior .1 $0% 4.1 pria (valor ex-fbrtes), y si ello -oí certificar el va2oi' agregado sietonsi sobra tales bianis, .xeluyendo ob vienente lo relacionado con ~té UD, suerte entonces que aomo la cirtificasi4. al 10 de julio di 1985 por .1 instituto Colombiano Agrepc. ctarie -lOA,.., se ¡tait a dejar constancia di que si valor total del agregado necienal del contrato lo. D99-.OSO-85 sorreepondient. a la Sociidsd ca. lOSAdO 0051 Y CIA. 1.111.- TADA, oes esa InatLtuoide si a la soma di $16,Oee120.2, paro sin senciosar si di as dotars14 de • acuerdo con lo dispuesto en el articulo lo. 4.1. decreto
TADA, oes esa InatLtuoide si a la soma di $16,Oee120.2, paro sin senciosar si di as dotars14 de • acuerdo con lo dispuesto en el articulo lo. 4.1. decreto 1383 tontes vecesMMIM~ O pues mads dios sobre si valor POS, ni cobre 11 valer sx4brioa, tal esrtifisscidst no Pode o di base al Meneo 4. 1 spdblics para preceder, come lo hizo,, a resusiOcor a le $.c.t.ded 0.1. XOSACIO 00512 Y CIA. LUIX?ADA Cartifiesdos de .ssb.lso Tributario -CII?- Iqulvalentes ml 20% 4e ma valor agregado nacional que no se acr.ditd plenent., y por ande se ispono La enul..16n 4e tal acto adeinistrotivo. 'la s1 siso en cto 1e entidad aslisitante ,.j.t6 foto-.Roja No. 13 Expediente go, 268 copia auténtica del contrato DG03O-85 celebrado entre el Instituto Colombiano Aircp.cuarte y la 3cdiadad M. 1011do G(MZZ Y CIA. LIXTADA, pero no la carta fsrtI del 25 di septiombró de 1904, 1 cual describe .1 objeto 4.1 contrato y ferus parte de hl. rata carta oferte tus aportada, sin nutentioar si 27 da noviembre do 1985 con la co.unicct4s que dirigiera el toSe 4.1 Departomento de Csrt•ra 4. 1t. EpretrnC.I. GflICZ Y CIA. LIMITADA <al Nsnoo di 1 RepG
ct4s que dirigiera el toSe 4.1 Departomento de Csrt•ra 4. 1t. EpretrnC.I. GflICZ Y CIA. LIMITADA <al Nsnoo di 1 RepG bites y $30 anexa~. Por ello, ad~ de que la solicitud. fue extasporinul, ella no renni a lo. requisito, que senda is ley c., la copia del ecntrsto dsbidasssts perfeccionado La aarha oferta ceotenfa 1 objete del contret y tus aportada tsrdiwnte y en ratoeopia memoi 11.. Adi.ttda la demanda, asta ~ contentada por lntere.diá da d.r4o por la sociedad C.I • NNACIO QOPI$Z Y CIA. LIMXT.A en ti.o y cpon1&doesa tas pretensiones di 1. liase. La demandada pres8nt6 soso exoepoi&, la de caducidaA, besada en .1 hacho de que el sote sdainLstrativo ág.ado por .1 lanco 4. la Rspdbltoa fue expedido por la atasm entidad pdblica .1 dis U de Diciembre de 1.955, en testo que la domanda ep~ se presant6 ente .1 Tribunal .1 di. 16 ¡5 DiciN,bpe de 1.987, es decir, poco ale de dos f1. despud. 4. aquella facha. Dentro de la actuscile es 0d6 un dictasen pericial, .1 oval fu. present~ y luego ee e4191t6 ev eoup1tsci4n, la cual fue r..liado por los peritos en ~rito qu obr. dentro del expedi.ats. Dentro del tdraino lógal se ebj.t6 por error grave
fu. present~ y luego ee e4191t6 ev eoup1tsci4n, la cual fue r..liado por los peritos en ~rito qu obr. dentro del expedi.ats. Dentro del tdraino lógal se ebj.t6 por error grave el, pris.r dictasen y 1 o lomo lanentaci6n, por parte 61 Apoderado de la Actora, par lo que se dispuso Uevar a cabo otro peritsgo con tatórvsnci4s, de do. audves Auxiliares da la Justicia, qani.e rindieran en informa en el cuaderno Ns. 3 41 expediento.Hoja No, 14 Ezp.dicat. leo. 268 Corrido 1 traslado pera atasr de ocaslusida, hioi.ren uso do tal derecho sabes partee, tastattM cada ~ de sus plantesatentos esbozados desde el iMóto de la sctuac6n. lic observando causal de solidad que puada invalidar en parte o ca todo 10 actuado, precedo la Sala a decidir, previas les siguientes COR$1DCIONE$ En est, proceso el lanco de la Repdblia ajsrsi6 te acalia consagrada en el Articulo 85 del C.C.A., ii de nulidad y restabla.. cisiønts del derecho seia la din. InnaiM adoptada ea el Doarete 2304 de 1.906, pera ..11•ttsr 11 nuUdad da su. preie soto sdoiMstrativo, adtsate si cual la riáonoc16 a la Sociadad 6.1. 0CN2 Y CIA. L1Z?ADA9 por conduCte da as intermediasoto sdoiMstrativo, adtsate si cual la riáonoc16 a la Sociadad 6.1. 0CN2 Y CIA. L1Z?ADA9 por conduCte da as intermediano financiare -lnco Cotsteró- al derecho a C.rtt ficad.. 4. Reembolso tributario ~-# ,por valer de 53'217.000.40 Ma IA ausa de 3221.18 ca dinro afectivo. Este acto 4e r.coasciaiente de derecho si CUY ea produjo da virtud de la solicitud distinguida oca .1 No. 2067 presentad. .1 26 de Septiembre de 1.987 con f1 to en el Dcrto 1513 de 1.94 y oca base en el contrato Noo n.a-.oso.s calibrado .1 18 da 'ebrero do 1.95 entra .1 Instituto Colombiana Agrapesusrio -!CA. y 1 Secisdod C.I, IGNACIO ~2 Y CIA. LUIXTADA. Ese contrato so colibr6 en desarrollo de te Lleltaeiia PGbUes 1»- te~~ No. LPI-04U84 CA $!RV, adjudicada $ la sancionada firme. De soda que mediante el sote iapugnsde por .1 lineo de la blios ea ejarcicio de la atribuciones asestadas del Arttaule 2e. 40 1 Ley 40 de 1.933 y deier lada, en el Decreto $35 4.Hoja Ro. 18 $zpedtente No. 268 de 1.984, sol como en lo. .e.nomi.o. contractuales derivados de asas aorno, expidió Cartitieaos de Reebelso Tributario
$zpedtente No. 268 de 1.984, sol como en lo. .e.nomi.o. contractuales derivados de asas aorno, expidió Cartitieaos de Reebelso Tributario -'aRT-. 1. Beciedad C. 1. IGIIACIO ØONEZ Y CIA, LI$!TAOA, por cuanto ooneider6 que éste ea Mafe benfte lazas de .s..sttsulo tributario si coaftwr.s una de las esdalidd.s prevista, en la citado Ly pera i - esum lalsato'do ,los si. Ciertessnti 1 Ley 4 de 1.08 previ6 La oenflguracin 6. Las siguientes situaciones pare efentos de los .stCaulas a 1a industria y laa saetares prodactivós nacionala: a.- La relativa 1 .xportsaidn 4e bienes o sarvicios; b.- Le relativa a la partioipacidn de psow.sdoras nsoi.slss de bienes y sisryl-. ojos en licitaciones internscionales abiertas en el estertor; e.- Le relativa a 1$ partictpsaik da proveedores de bienes y servicios nmaienalos os licitad oses istern.ciasa3..s abiertas so Colombia. Mora, con raspaste a 3.ss espórtaciomis da bienes y servicios ye la psrticipa.t6n de prevasdore. da bi oteo 7 servicios nacionales en ltoitscioaeó tntsrnastanales sbórt. en Colombia, a. .stablasi6 como .stSaalo el, deno.isdo Cirtitioado 4. RoesboIs.
nales en ltoitscioaeó tntsrnastanales sbórt. en Colombia, a. .stablasi6 como .stSaalo el, deno.isdo Cirtitioado 4. RoesboIs. Tributario -CU!-., que vino a reasplasar •1 Certificado 4. Abono Tributario .CAT., eltoinade par .1 Artisulo 20. do la Ley 48 de 1. 903. Y en el casó en eStadio el neo 6.1. s$bLtss ooasldsr8 que Ir rosulta~ pulme so roado a que se rsuniin los requisitos establesidos pare que 1 sasiedad desaMada es hiciere bonaficiari. Certificados dø kbo140 Tributario debido a en particip