TA CUN - 26899-(27-05-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 26899-(27-05-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
CARRERA ADMIÑITATIVA - Desvinu1aci6fl / INSUBSISTENCIA Facultad discrecional
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE C.JNDINAMARCA'
SECC ION SESIJNDA SUBSECCiON "Cfl itPUL1CA DE COLOMBIA ge1atoía Tribuna'IJÑ'Q Santafé de Bogota D ' C ,2 ? MAYO 1994
Magistrado Ponente : JOSE HERNEY VICTORIA Expediénte Número : 26899
Déiandante .: RAUL SONZALEZ CAON
Controvarja : Inubsistencia Drnandda : UHIMATW El demandante por intermedio de apoderado judicial solicita de esta Corporación acción deH nulidad y restablcimiento del derecho de conformidad con el art.. 85 del C.C.A.para lo cual relata lo siguiente.
-. LA DESIGNACION DE LAS PARTES Y SUS
REPRESENTANTES.
DEMANPANTEÍ RAUL GONZALEZ CAON, Mayor de edad, de esta vecindad de profesión administrador pública, con rsxdenc.La en la carrera 16 A No., 64 A 2 de esta cxudad, identificado con cédula de ciudadanía No.17.003.286 de BogotÁ, quien obra en su propia nombre y representado por la suscrita apoderada. "DEfiNDADO: Es el INSTITUTO DE HIDROLOGIA, P1TEOROLO13IA Y ADECUACION DE TIERRAS , FIItIAT, establecimiento pbIxco de orden ftaC` liona V adscrita al MinisterÍa de Agricultura. Su representahte legal esExpediente no. 26399 » el Dicior Grieral cirqo que ejerce actualmente el
establecimiento pbIxco de orden ftaC` liona V adscrita al MinisterÍa de Agricultura. Su representahte legal esExpediente no. 26399 » el Dicior Grieral cirqo que ejerce actualmente el
Doctor CARLOS AUGUSTO PERILLA CEFEDA
LO QUE SE PIDE: Hp Peticiones principales 2.11. Que se deciar que es nula le Resolución No 005187 del 21 de di LifflL:rO de 1990 por la cual el, Director General del 1 NGT ] TUT ..»3 WI H 1DROL.061 A • ME:TE0RUL0G lA Y ADEC:UAC; ION DE HINAT declaró insubsisteñte el nombramiento de RAUL GONZÍLEZ CnUN en el carcjo. do jefe de División cld:Oc 20407 grado 10 de le División de Desarrollo Organizacional -»Suhdirección Administrativa Financiara de la entidad demandada
2.1,2 Que corno consecuencia de la dareción precedente se restablezca su derecha ordenando le reincorporación del demandante a. le entidad en cargo de igual asimilar categoría el de Jefe División 2040 Grado 10
2.1.3 Que se ordene el pago do 'Lodos 3 os salarios prestaciones sociales vacaciones, primas de—vacaciones y prestaciones extraleqe]»er» corno quinquenio o boniticecióri q:uinquenal han iticaciones anuales por servicios prstadosq prima, de, servicios, :bonificación de Junio, bóni'fiac:iÓn de diciembre demás a que haya lugar desde la época del —irregular retiro del serviola hasta la de la efectividad le
anuales por servicios prstadosq prima, de, servicios, :bonificación de Junio, bóni'fiac:iÓn de diciembre demás a que haya lugar desde la época del —irregular retiro del serviola hasta la de la efectividad le sentencia que acoja las pretensiones de la =mandaE<pediánte no.. 26899 3 coma si no hubiese Solución 4 continuidad en el ejercicjlp del cargo. 2.2. Peticiones %ubediariat. 2..2.i., Que ,declare que lReo1ución No.005187 del 21 de diciembre de 1990 por la cual el Director General del INSTITUTO DE H OOGI, METEOROLOI3IA Y DECtJÇC1QN DE YIE -RRAS'+41PIAYtí declaró insubsisteflte el nombramiento de R4UL GONZALEZ CWJN en el cargo de Jefe de División código 2040 - grado 10 de la Divisiónde Dewrrol.o Organizaca.onaI SbdireccLón Administrativa y Financiera de la entidad demandada debió compLarnentarse con otra providencia mediante la, cual se hubiera nombrado al demandante en un cargo de Jefe de SecciónC6djgo 20, grado 09 de la entidad, a en su equivalente en el Estado, canfime a la nomenclaturill.vigen,te en la fecha de la efectividad de la sentencia, 2.2.2. Como consetencia de la declaración precedente se ordene la reincorporación del demandante a un cargo de la administración publica xual a similar al de Jefe de Sección, Código O75, grado 09. en el cual fue inscrito mediante la Resolución No. 1807 del lo., de febrero de 1985 del
del demandante a un cargo de la administración publica xual a similar al de Jefe de Sección, Código O75, grado 09. en el cual fue inscrito mediante la Resolución No. 1807 del lo., de febrero de 1985 del Departamento Administrativo del Servtc.io Civil 2.2..3. que se ordene el pego de todos los salarios, prestaciones sociales, vacaciones, primas de vaca.ors y prestaciones extralegales como quinquenio o bonificación quinquenal, bonificaciones anuales por Servicios prestdós, primas de servicio, bonificación de Júnis, bonificación de diciembre y49 ped len t no 2899 q. demás a ciue haya lugar desde. la éptScá del irregular eLLIO hsta a U la rcLvioai L 1 sentencialqyu, acoja las pretsnione,s de la damanoa como ei no hubiese solución de continuidad en el ejercicio del carg,, 2,24 Que para e:.!. caso ,de que al T1OmO;ti de producirse la sentencia que dé reciba positivo a las peticiones TdallaT demandan mi mandante hubiere cumOlído los 155 ahos de edad y los .20 áRos da servicio continuo o discontinuo entidades pub 1 a.CSS computando el tiempo durante el cual fue retirado .i.ieqalírirte del servicio público- , pido que en subsidio de la reincorporación del demandante a que se refieren las peticiones precedentes se le reconozca y ordene pagar le pensión de Jubilación con el salario que corresponda para tal !poca! conforme a la ley, para lo cual al Huunal tomara las providencias del caso segun las r,orm:.;
reconozca y ordene pagar le pensión de Jubilación con el salario que corresponda para tal !poca! conforme a la ley, para lo cual al Huunal tomara las providencias del caso segun las r,orm:.; en la épóca de ía sentencia, además de los reconocimientos a que se refieren las peticiones anteriores concordantes. 1 2 .2.. 5 Subsidiariamente temblón sol 1 que par el evento de que se haya reglamentado e], númeral 1 del articulo segundo de la ley £,0 del 25 do diciembre da 1990, en la Apoca de le sentencia, reconozcan los derechos quo le corresponden retiro del servicio a que hubiera lugarmediante compensación pecuniaria, en el evento de que no hubiere efectiidd de 10 sentencia, sin perjuicio lbs, demce derechas tu le ccii repcidn c.n or e a la pesente demanda., l í oEl actot É13 administrador públço ccwforme a la ley 05 16 de enero de 1.991, egr&ado de la Euela $uperorde Administración Pública C34P, grduádo en C40ncías FoLt3.cala / Admiñistrativas en el o de 1966 tomo cunta en el Dipoma queotra en - la página 7 de la Hoja de vida adiunta, epecislizado en. 1.a co le Natitmale D Administratwn ENA de la República Francesa, en el ao da I9Ó7 (paçj.8 da la hQja de Vida) curBó Direcçión en AdninietraLin "'Pública en la Escuela Nacional de Admintrac1ón rublic do Altlá de
ao da I9Ó7 (paçj.8 da la hQja de Vida) curBó Direcçión en AdninietraLin "'Pública en la Escuela Nacional de Admintrac1ón rublic do Altlá de Heparesg en Madrid Epaa en el 10 de 1.968 según consta en la página 4 da Ta Hoja de Vida adjunta. 3.2. Desde al cja28 de enero de. 1.969 el demandante inreó portoncurso a evicio público coma asesor de Socio Cçonomia If--1 en la oficina de Planeac.ión del Irtcora, røo cohet i la página 011 de la Hoja de vida dl demndantel cual se adjunta. 3.3. Durante más d. veinte (20) axos se deempeíó como empleado pI4b1io habiendo erid' varios cargo dentro de la •Escala de la Administración Ptb1ic.a, como los-sigui entes
- En el Inetituo Colombiano dela Reforma Agraria:
Aeaor de Socioeconbmia Planeación Ase' sor, de ociocÓnocia 13 C Planeción ewr , de Socioecoriomía 14 A fl: la 0ici.r,a de era la Oficina de 13 A en laO1i.c.tna dedQl 24 cJe iarzb de 198S, (pina 5i de la Hoja de Vida del demandante) S... Mi mancJnte llenó todos lo requ3.%xtos ai.gidos por la ley pavó acceder al vargo d e1e de Sectión metUant ncrso n elgula fue calificd €n d ient nc. 268C?9 6 P? oqramacitn Eopófflic
ai.gidos por la ley pavó acceder al vargo d e1e de Sectión metUant ncrso n elgula fue calificd €n d ient nc. 268C?9 6 P? oqramacitn Eopófflic Sbcjoecunoioa 14 C en fkl Of irin d€ .r.Progri4flC±ón EcopBica Aeráar d' cenbmi L4 . en la Oficina, de P;oramacjón £conóiia -- Técn±to .e larearón VI. 28 en la Oficina F•'rogrción ÉconómicaAbisterita de Subqaricia V 32 en la 3ubgrenc. Pr&fsiortal speciáI iza urLchc, hjtq ei Ze ro de,.1t. t4berncia En .1 Intituto de HidrologLa MeteQrolQg$a
Adecuación de Tiórras HIMAT: Rewlución No.1t07 15 irrea al F4Lmt como pro ionál especializado Sig 3O1()-rdo O de la Sevin Otpnización y Iapeción, cargo n ei cu p» sionó !L d' ;to de 191, (pág ínas 2') y 24 de',la Hoja,, d 4'id del 4emaniante ane4a) Jaf e' de la Sección d rocØdimientos d cina 4a OrçarU2ciSn y Prdad imtet%tas, prj.rnero comø encargado mediante lRsoluin No.176 tlel 9 de agosto de 1902 )p49ina 34 oib La Hoja de Vida); y Zugo mediante
OrçarU2ciSn y Prdad imtet%tas, prj.rnero comø encargado mediante lRsoluin No.176 tlel 9 de agosto de 1902 )p49ina 34 oib La Hoja de Vida); y Zugo mediante la Resolución No.. 367 del 14 e febrero de 183. página 46 e la. Hala devida adiunt) hasta pr%ociÓñ;priedad uedjatt: la-Resolución No.813'Expedienté flO; 26899 la lista, de elegibles con la Resolución No. 000769 dei 22 de marzo de 1983 (página 48 y 49. de la hoja de vida del actor-)y pra su escalafonamiento en la carrera admínistrativa , por. lo cual mediante la Resolución No. 180 del 1. de febrero de 1985 del Departadento administrativo del Servicio Civil (página 71 y 72 de la Hoja de Vida del demandante ) fue inscrito fl; el cargo décarrera le fe de Sección, Código 2075; Grado 09 de la Sección de Organización y procedimerto de la of icna de Planeación del Irst.tuto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adec&ación de Tierras , la cual desapareció de l actual organización el H.i.mat y cuyas funciones asumió la División de Desai-rolIo Organizacional. 3.6El29dernarzo de 1,9B5 (páginas 106 de la Hoja de Vida adjunta) se calificaron los servicios del demandante por su superior el doctor JAIME PADILLA REYES, Jefe de 1a Oficiná de Planeación del Himat , en la entidad con un resultado biensatisfactorio y con la sigu1eçte recomendación
del demandante por su superior el doctor JAIME PADILLA REYES, Jefe de 1a Oficiná de Planeación del Himat , en la entidad con un resultado biensatisfactorio y con la sigu1eçte recomendación escrita por el superior inmediato Puede ser promovido o ascendido? .81 A qué cargo? • JEFE DE DIVISION Idéntica recomendación se hizo ;.én calificaciones efectuadas. e1,26 26 de diciembre de 1985, yel 09-26-6 (página 94 y 107 de la Hoja de Vida). Por, Resolución No.02554 del 18. de diciembre de 1995 (pagina 80 de la Hoja de Vida) fue encargadg de las funciones de Jefede la Oficina de Planeación durante el termino de vacaciones dl titular. - Por resolución No. 015 del 3 de enero de 1986 fi-teExpedienté no.. 2689 - - - • Jefe de División era entonces de carrera administrativa. 3-.9 Las f-uiciones del c-argc de Jefe de encargádode llas ftncions de rá Oficina de Contro Operativo (pgi.na 4 e la Hoja de vida adJunta 3.7 Mediante la Fesoución No 1354 del 1 de Julio ç 1986 (adjunta) se incorporaron lo empleados Publi.cos déi Himat a la nueva Planta d Personal aprobada por el Decrtb 1784 de 1986 en l çual se irpøró al demidante al carga de Jefe d la Divisxtn d desarra1lt Orgajizaciona1 dependient de la Of ic3na 4,1, Ptareación ó&tgo 2040 1. Vale l pena anotar que dentro de la plnta de cargas de l
la Divisxtn d desarra1lt Orgajizaciona1 dependient de la Of ic3na 4,1, Ptareación ó&tgo 2040 1. Vale l pena anotar que dentro de la plnta de cargas de l Oficina :de Plar,e.ciór cónforme a la estructur implantada por Da&eto 10 de 1985 éi la cua desapareció la Sección de Organización y Procedimientos no figuró l cargo del -Jefe respectiv y en su lugar -al tÍaberse formado la División d Desarrollo Organizacfoñal se estableció el respectiva Cargo de Jefe deDivisión, al cual fue incorporado el actor; : es decir, utilizando el lenguaje de lo administradores y del Servicio Civil, hubo una reclasificación del cargó de Jefe de Sección como de Jefe de División para las func4.ones que desempeaba el actor, dentro de la misma Uinea de mando y organj.zac-xón jerárquica de la Oficina de Planeación. 3.8 El,: actor se posesionó el 16 de Julio de 1986 al cargo de Jefe de División 2040 grado 1 conforme a la inc-poración efectuada por la Resolución ^,' que se refiere el numeral anterior. (página 97 de la hoja d er vida del actor). £1 cargo deD1iión de Desarroil 0rganizacinal son .eeñcalmente las,, mismas qué. estaban asignadas al - - qción de Organización y Pror iál-•ésapareció del a nueva 'planta de persc9a1, como'
-yo v'ident Ta Resluçión. No 0115 dl 4de agot9 de lc?86; págxna ii.5 a 116, adjuntas. Lo requiie pr ccadr al cargo
de persc9a1, como'
-yo v'ident Ta Resluçión. No 0115 dl 4de agot9 de lc?86; págxna ii.5 a 116, adjuntas. Lo requiie pr ccadr al cargo Jet d diyiióV 4óDéarrollo Organicional son 11 respecto apiitud,. prqfeiopaL Gradó Universitario en Adminjtración blica Admtnitración de Empresas, o tngenria Industrial sádeffiás de 4 aPios de eMpariencxa relacionada, Ui3ita que tamén e eg3.an par acceder, al antiguo ø.de Jefé de ión: defrgfíizaci6n y Procedimientos resolLc:1nes 960 del 22 de mayo de 1985 pagst77 y 178 y i4alut3n i,I3de1 4 de agosto de A986 p ifa; 1 .1.16. 'ruçturá del,.Himat Se conten rÇ 1$ tcujc 1 y 9 del acuerdo 66 del 4 de JÚLit de3.979; la Sección de Organzación y Prçiediøntos en es acuerdo estaba regulada en las páginas 10 y 11, art,u1a 50,.y 'ft reemplazada pr la rqanizatiór del uercc4o 152 dei 8 noviembre de l98, norma que a su vz _,fuq reemplazada por el Acuerde 138 de 1984 elevado al DrtD Nacional No 10 del 2 de enero de 1985, en el cual se transfo(mó la Sección \de Organización y Procedimientos en la División de Desarrollo Organizaca.onal como atrás se -di-rigió,
10 del 2 de enero de 1985, en el cual se transfo(mó la Sección \de Organización y Procedimientos en la División de Desarrollo Organizaca.onal como atrás se -di-rigió, dminitrativo ds SerVicio Civil rogándole " se sir.ia ordanar la atuaLL2aci0n de mi escalafón en la Carrera Administrativa" y adjuntándo la documentación El 8 de Junio d seor Dire •iB 7 e1 . 4enandante del,Expei.enté ro. 261399 ., 10 riecearia para el fecto , dando entonces que el cargo 'd.Jf e' dé División 'al cualhabia sida -' incorpordoYcom'dije, aoMarmé 'al art. 3a. decreto 2400 de 1B era "empleo de carrera 'administrativa. (cpiá .,adjunta) 3.. Por. -Resolucióny No. 2151 del 19 de Julio de 1990 fueran distribuidos los cargos de la' nueva planta de personal babi&rdo continuado mi mandante en el mismq cargo d Jefe de División de Desarrolla Organi:acional, —conforme -,a la nueva Planta de Personal adaptada por el Dcreto No.1349 de 1990 (copia adjunta) .12 Mediante el oficio No.013307 del 26 de diciembre de 1.990 se comunicó el 27 de diciembre de 199,0 (páginá 122 'de la Hoja de' vida del actor) a mi mandante que su n 11 ombramiento de Jefe de División había sido dec1ardo insubsistente mediantíR, la Resolución. Na.005187 del 21 dé ':diciembre de 1990.
mi mandante que su n 11 ombramiento de Jefe de División había sido dec1ardo insubsistente mediantíR, la Resolución. Na.005187 del 21 dé ':diciembre de 1990. Previamente, de< modo verbal y por tanto de difícil prueba dada la prohibición del articulo 199 del C.P'.C, el director recién posesionado había manifestado á mi mandante que par no hber presentado su renuncia del cargo que ejercía como Jefe de División,, no era merecedor, de su cari'fjanza y que por tanto iba -a removerlo del cargó. .13. Mi mandante interpuso el Recurso de Reposición contra la providencia mediante la cual se le retiró del servicio habiendo recibida una lacónica respuesta en un icío firmado por el Director' según el cual ti se in.forna, qué contra este acto administrativo , no es prpcedente recurso alguno porExpediente no. 26899 11. vía gubernativa". (Oficio No.000173 del 11 de enero de 1991 -adjuntos -) En dicho oficio setace un. observación general, sobre los emp!ecis de carreta administrativa que demuestran que el Director de la entidadnbconsideró realmente la condición jurídica ni las circunstancias personales del demandantes quién conforme a la ley vigente fue inscrito :en la carrera administrativa como Jefe de Sección ,y pidió oportunamente su ascenso en dicho esc1afóna1 cargo de-Jefe de División. 3.14v El actual, Director, del Himat estaba reisnteinente pcsesianado con el c?mbxo de gobierno racioral en el período i990-1994 y lo que
en dicho esc1afóna1 cargo de-Jefe de División. 3.14v El actual, Director, del Himat estaba reisnteinente pcsesianado con el c?mbxo de gobierno racioral en el período i990-1994 y lo que hizo fue una "barrida" (para usar la denominación que el lenguaje :común da a este tipo de actuaciones administrativas) de funcionarios en su mayor[ia liberales y admás de Jefes de División que no eran de su interés político, como el doctor José Joaquín Miranda González, Jef e dé la División de Pequea Irrigación (retirado del .,servicio mediante la resolución 515 dé). 21 de. diciembre de 1990), el doctor Camito - Saretzki Molano (Resolución No. 5184 del 21 de diciembre de 1990) ,Jefe dé la División de Valorización y Miguel Aragón Administración enero de 1991) sancionada por Recursos Propios, el doctor José Navarro, Jefe de la División de de Pér'soñal (Resolución 101 del 22 de y el demandante, circunstancia ésta el H Consejo de Estado el cual la estima injurídica y perniciosa para una correcta administración de píersolnal. Como ya dije, conforme al Manual entidad demandada - Resolución ,funcionesExpediente no.. 26899 12 151.5 dei 4 de agosto ,de 1986 (adjunta) pags 115 y 116los requisitos çorrespçndientes al cargo de Jefe de División de DesarroIto Organizacional, que los llenaba mi mandadte, son
- Grado Universitario en Administración: Pública,
116los requisitos çorrespçndientes al cargo de Jefe de División de DesarroIto Organizacional, que los llenaba mi mandadte, son - Grado Universitario en Administración: Pública, ,Administración de Empresas o Ingenieri.a Industrial y - 4 ao de experiedcia relac'ionada. El demandante fue reemplazado por una persona que no cumple los requisitos citados por cuanto no acredita ni la profesión n. la eperiencia reqteridos Entendanas que e]. suçesOr dfi l demandante, el seor Pedro Jaime.:.Rosas, tiene la rofes.tór de abogado y no ,acredita' siquer eTspeciali.zación en las breas pro1esionles dichas atrás 3.16. Los hechos expuestos han causado un agravio injustificado y el consiguiente daPo económico al actor quien despu'és de 21 aos de srvicios abnegados< al Estado se ha visto precisado a retirarse del servicio, con la pérdida del salario para sostener a su familia y la pensión de Jubilación o de vejez..
NORMAS VIOLADAS : Americana de Tos derechos Humanos Ley 16 de 1972, Art. 5. (derecho a la integridad personal), ;artícu lo..numeraL 1a.. (derecho a ser oído, Art. -17 (protección a la famili), art 25
(derecho aa protección judicial)..13 -La constitución Política de la República de Colombia, Articulo 20, Art. 16, Art. 1.7, Art. 20, Art. 30, .. '4rt 45,»t. 5.; TituloIII. art. 30. PLabicito. iiernbre1. de 1937..
Colombia, Articulo 20, Art. 16, Art. 1.7, Art. 20, Art. 30, .. '4rt 45,»t. 5.; TituloIII. art. 30. PLabicito. iiernbre1. de 1937.. -Decrt 490 de 1968 ar 3o. Decreto 1950 de 1973 art. 1; Título 5o., artLcul 103 v, 108;art. '199 en concordancia con el 204 y demás complementarios.
Jurispr: udencia del Consejo de Estado en material laboral oobre los derechos de los empleados en
carrera administrativa, La jurisprudetici.a del Lonstjb de Estado sobredespidos con carácter de "barrida'. -El Decreto Extraordinario No.01 de 1984 60 de 1990 .0 O II 6 1 D E R A C 1 0 N E 6 : Como ha tenido oportunidad de manifestar en forma reiterada la jurisprudenci la carrera administrativa se accede mediante oposición o concurso y para un cargo epec L f &co. En ci caso en examen, se tiene qué dl actor fue incorporado la carrera administrativa cuando desepeba el cargo de Jefe de sección, Código 2075, Grado 09 de la Sección de Organización .y Procedimientos de la Oficina do Planeación del Instituto Col obiano de Hidrología y Meteorologíay Adecuación de tierras (HIMAT) , comoExpedinteno 26899 1 consta en la providençia de fólios 61 y 62 déi cuaderna printipal. Más ocurre que mediante resolución No.136 dci Ii. de Julio de 1934, el seíot
consta en la providençia de fólios 61 y 62 déi cuaderna printipal. Más ocurre que mediante resolución No.136 dci Ii. de Julio de 1934, el seíot eorlez CaFkin fue nombrado para d empegar el cargo de Jofe duj la 1)iviin de Desarrollo Organizacional, del que tomó poezón el rJi.a 16 de Julio de 1986 e iicorporado a la nueva planta de personal mediarte la resolut...ión No. 1 51de1 19 d Julio de 1990 1 cii la misma Divisiónde Desarrollo Ornizaciorl Mediante rasoluciór, No. 5187 l 21 de Diciembre de 1990, fue declarado insubsistente el nombramiento anterior / qu cfltituyø al ,acto demandado. De acuerdo con el panorama administrativo, e tiene que -e): actor fue removido de un ,cargo distintael d que había sido incorporado c arrerá adrniriatratíva y -sii que se hya døiostradci que haba actualizado su situación de escalafonamiento a1 de Je -le de División, como pudo habe - ocurrida si con anterioridad á la expedición d la Ley 61 de 1987, ese carqo aun lo era Quiere decir lo an-trbr, que la facultad discrecional de remoLiófi so €'jercio en debid forma por la administración pues no estando incorporado ado -ri car rera idmitr.ti'a pma dicho carqo, su remoción era pi occdeta en la forms t..owo se realizó, ya que era el prucødinuento adecuado a la naturaleza de la
por la administración pues no estando incorporado ado -ri car rera idmitr.ti'a pma dicho carqo, su remoción era pi occdeta en la forms t..owo se realizó, ya que era el prucødinuento adecuado a la naturaleza de la relación laboral estnte en ese momento. El aW administrativo se adecuó 'a la nat.uralet de la vinculaciónque tená el actor, sin que fuera necesario motivar lo o adoptar cualquier otro mecanismo que supusiera una tormali,dad epecittc precisamtante por no disponerlo slyun.t norma, sinokpadieñte no. 26899, 15 que es la formalidad que establece el art. 107 del Decreto 19 e 197 aplicable al funcionario por haber estadc vinculado a un - organismo de la Rama Ejecutiva — del poder ptblió. En cuanto a que la, violación de las normas citada por la apoderada se produjeron par la circunstanci4 de haber sido escalfpnado el seor González Caon como Jefe de Sección, y que por tanto su remoción requerxa d un procedimiento adecuado a esta circunstancia laboral, la Sala es del parecer que el cargo tampoco está llamado a prosperar. En efecto, habiéndose el actor separado dél cargo de Jefe de Sección de Qrganización. y Procedimientos para asumir la Jefatura de la División de Desarroil.oOrganizaclbhal, ese solo hecho tiene un efecto desvinculan te de las funciones propias del cargo en que estaba escalafonado pues ya no pocha ser Un funcionario sujeta a avaluaciones periodicas y siendo otra sus funciones, cualquier situación de
de Desarroil.oOrganizaclbhal, ese solo hecho tiene un efecto desvinculan te de las funciones propias del cargo en que estaba escalafonado pues ya no pocha ser Un funcionario sujeta a avaluaciones periodicas y siendo otra sus funciones, cualquier situación de carácter, disciplinario estaría en relación directa con esas nuevas funciones y no con las del cargo de Jefe de Sección. Por tanto, mal puede aducirse violación de normas de prbtección a la carrera cuando el actor estaba ejerciendo un cargo en el que no estaba`,esclafordo y para el que no pod seguirse el procedimiento de separación establecido en los artcUlos 239
Y.240 del deçreto 1950 de 173 y 3o. de la ley 61 de 1987. Como por la época que desmpePaba el actor el cargo de jefe de D4.visión surgió a la vida .juridica la Ley 41 de 1987, segun la cual si un funcionario desu remoiór c$e esta circunetaqcia laboral, y que por ta rito. Sección, propedimiento sdecuado a la foriulidad que abtce el art. 107 del Decreta l50 de 197, aplicbZa al furc.onario por haber , etad virculado - un ganiamo de la Rama E)ecutiva del podar pubil.cQ cuanta 'a , que la \ jolaCión de las norrna pderada sé, produjeron par la haber sido esc -alafonado el i.etor Lr citadas por, la circuntanca d GqnzCaÇon: CQÇDO JetØ.de a e del parecer
pderada sé, produjeron par la haber sido esc -alafonado el i.etor Lr citadas por, la circuntanca d GqnzCaÇon: CQÇDO JetØ.de a e del parecer que el ctarnpcto Ostá, 11 ido proeperar. En efecto, hatiéndoe I actor separado del cargo de Uet oí de Seci-óii de Oryaniación y Procedimientos para aufnir la Jefau1r de la Oivixón de Desarrollo Orqanizacanal, ese solo hecho tiene un efecto desyinciilante 'de lae fur%ciorbes propias del cargo en que estaba escojafonado pues ya no podía ier un tuncaQnariu sujøto a evaluaLloues pe i.odicas / siendo otra sus funciones, cualquier ttac..ón de carácter disciplinaria estaría Én relación directa con ca nueVas funciones y no con las del cargo de Jefe de Sección Par tanto, mal puede aducxise vwlaciórk de normas de -protección a la carror cuando' el actor estaba ejerciendo un cargg en el que no estaba nucalatonado y para el que no podía seguir -se e1 procediminta de eparación estableidp en losartículos 29y 240 4e1 decreto 1/50 de 197 y .. de. la ley 61 Como por l éper; que npeaba el actor el cag jefe de visLón surgió- a la vid jurídic a. la Ley ¿i de 157 9 segun 1a cual ei un fLncIrIarW dE.16 strativa tomaba posesión de un cargo que er titular sin haber cumplido el distinto de
la Ley ¿i de 157 9 segun 1a cual ei un fLncIrIarW dE.16 strativa tomaba posesión de un cargo que er titular sin haber cumplido el distinto de admiztrati\a, al punc, que tomó esión de car,gO. proçeo de psrdera. 1u derechos de carrera, $e tiene 4ue pata el ator este SUpuesto e dio i se ti%e en cuenta que mdiante :resolución Ñó.. 11 del 19 de lo de 1990, fti inrorporao a la nueva planta de personal-er el car9ç de l Jefe de l Disjr d 1»iarrbUe rgaizac.ona1, al que e pr oovió (çue 4iø .cendLó) pr razón de venir demá4p'4et1ampo ar4 efecto; de ba itcrporc,ión constiiautt rIlteva ti4n Ftier-4de 1ntérior,je,.tíen que, aun deempeando el cargo de Jefe de Div.aión, tampoco Ec3jicitó l comiióri deempearlo, .i. se tiene en cuenta que pera ro perder los d€re.hoi del. ecaI.fón n e encntrab çoø Jefe de Sección, 61 e 1,987. U y apttado 5E3UfldO, posibi1itba eMtgafltade L.bil¡dad en el. cargo de carrera, con mayor, razón cuarsdo estahab hecho de%apareçwel de Jefa de Divisn como ta Es cierto, tomo se acredita a ftiiq 152 y 1s3
de carrera, con mayor, razón cuarsdo estahab hecho de%apareçwel de Jefa de Divisn como ta Es cierto, tomo se acredita a ftiiq 152 y 1s3 que el acttr sojiciLó i.na actdli.ac1& de u situaciór) dr c:arr,r4 adrninis$rrati e junio de 1 987 al argo de e!e de Divxón peó $10 e tnG notia del resu1tdQ de la petición, ni que para es actu1tl.izaciÓ e haya produ4o alçjun concura de méritos,en que hutxera parttpado e actor y qué repaldara la nueva ubicación par1 pedida. Se ha hecho enciór$, aunque en forma genric, una posible desviación, de pQder pues cuando eEpdiente.,no. 261399 17 pidió eI:.to 4cusad.a fue otro tn4s de Ufl4 "barrida" gener4l ei l entidad ya que Iw persona ribrad€t no reunía cargo 1 bien estos hechos, rió turon demotradÓs en forma p1en, lø hubieran sidci esas cjríunst..inc1s no conitituyrt un. desv cór de pt,der ya ques.i los retiros comprenden mis de un funci.'naric) con esa actitud se buca y obtiene una, mejora en el servicio publico, esasí fírialidades garant1zn la legalidad de los actos, mientras nose demuestre lo contrario. Y si 16 que se produjo fue el nombramiento de uiia persona que no reunia requisitos para el ejercicio del cargo, cuando mas -es-estar-3'.a ante una conducta
los actos, mientras nose demuestre lo contrario. Y si 16 que se produjo fue el nombramiento de uiia persona que no reunia requisitos para el ejercicio del cargo, cuando mas -es-estar-3'.a ante una conducta adffiinitrativa suceptible de ;r irvestigda dicip1inariamente, mas no que afecto la legalidad del acto de retoç:iórt preci4afflent por la indpendencia de una y ótra actuación. Las motivaciones anteriores, sirve, de con igu1ente para no acceder a las peticiones prncpales ' subsidiaria que ve ban prupus 4o, y& que no se demoatró 14 11ea1idad del acto de insubistercia del cargo de Je -I-e de la I).ivisiár, de Dearro110 Organizacional y oieiikjs el de reíociÓn implícita que ie: cre existió para el Ur Jefe de Sección. Por lo expuesto, el Tribunal dminitratiÇo de Cundinamarca Sección segunda Subseción I#CIO adrnxnitrando iu.t.ei a, en nombre de la Republic de Colombia y porautor -¡dad de 1a. ley,no. 26899 18
F A L LA
NIEGNSE LAS SUPLICAS DE LA 1)EP1NDA CUPIESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE En firme esta prpvidenci archívese el, expediente. aprobado en Sesión No,