TA CUN - 28510-(23-11-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 28510-(23-11-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
RETIRO VOLUNTAROI CON BONIFICAQION /EMPLEADO DE CARRERA /EXCEPClON DE INCÓÑSTtTUCIONALIDA
TRIBUNAL ADtI INI SÍRAT 1 VO DE CUND 1NAMARC
ECC 1 OÑ SEGUNDA
SUB-SECCIOÑ ID,.
Santdfé de Bogotá D C vejntiLres (23' de no,trnbte de(ni 1 :.novecientos noventa y cinco (195)
MAGISTRADA PÜNN1C DFA NARZA DEL CARIIEN 3ARRIN (ERON
REF.. ExpedienteNro.. 2B.51.0, ACTOS f'4ACIQNALE DEMANDANTE BEATRIZ ÓRL)2 bIMAS DEMANDADA . LA4ACIUN - MIN111rERIO bE HacIENDA ( Lf<LD11O
PUBLICO.
EATRZ CRUZ , DI MAS, identificada 10n la. t..C.. Nro.. 41.465.78.3 de Bogotá>.printerrnedio de apoderado .Judi( --xal y en ejercicio de la acciófi de nu]idd y rsfabiecirniento del. -derecho nsagrada en el art. E5 ciel C.C.A. en dai1a preserada 1 2 de Marzo' de 1992 dentro del término de caducidad, so1ci1a a. es-ta' Corporc.ión se hagan 1 iquiente deç1arLions / tondert a) Declarar la nuIidRd de 1.a relución Nro. (9O7 del d: 'novimbre de 1991, del 1ipisterio de Hacienda y Crédito Publico en cuanto aceptó el r&iro Compensado de la actr n el
d: 'novimbre de 1991, del 1ipisterio de Hacienda y Crédito Publico en cuanto aceptó el r&iro Compensado de la actr n el c argo de Profeiona1 Univeritario que deempefaba b) Que en COflbEÇUCflC14 ,erordena su reintegro al cargó que oLUpab a otro de igual o uppr..br ctegQra ásí corno el pago de todos los sueldos ,con sus respectivos aumntoí primas,, bifaione ¡ prestaciones dejados de recibir desde cuando el rtxró del servicio y hasta cuando se opere su reintegro, sin a1ucin de continuidad.. Como peticiones subsidiaria para el hipotético caso de no aceptarse pretensiorieç princiç1es, sdlicita: a) La declaración de nulidad de la Re1ución Na. (J0493 del IB de febrero de 1992 del Ministr de Hacienda y crédito Publico, por medio de la c1se reiolvi6 el réc.ur36 de reposiión contra laliquidación de bonificación. o indemnización, b) Ordenar al Ministerio Mí --Hacienda y Crédito Público la reliquidación de la bonificación y/o ineinnizat:ión que se le reconoció tomando en cLinta la prima de ser-vicios y la bonificación por servicias pretados; y c) Se condene a la Nación apagarle a la actora 14 diferencia resultante entre la suma cancelada y la realmente debida con la inclusión de los elementos integrantes dé la remuneración, de conformidad con el literal cY.di art. 4o.de Decreto 2100 de ll. En l demandase ¿itan er gíhtesis los siguientes HCF1OS
inclusión de los elementos integrantes dé la remuneración, de conformidad con el literal cY.di art. 4o.de Decreto 2100 de ll. En l demandase ¿itan er gíhtesis los siguientes HCF1OS
1. La actora ingresó al servicio de la Nación como empleada publica en el cargo de REVISOR ,DE DOCUMENTOS en WI Nzniteriu déV Haçxenda y Crédito Publico, p&tpano 'con ,,el tiempo diferentes 2 Mediante Resolución No 1Q9 del l € de sptiembr' de 175 dei. Departamento Administrativo del Servico Civil, fue lnsLr ita en el sca1afón de la Carrer&. Admxnistrativ en el cargo de
REVISOR DEDOCUMENTOS.
3. Por Resoluciones 1\troe. 001 y 3,360 d agostó de 1991 fue ubicada incorporada como Profsiona1 Univeritario 020 06 de la Dirección de ApoyoFiscal n la Divin de Fica1ización de i Oficina Reiona1 APiQ ic4I de ØØgt, regectivamerte
(f1s.:y 6 )£fl nC que e accier ¿ dicho 0525 de f3 de,noviembre de 1991 a pi.arb (f1..y 3 ). mato réicti'?o; ¶. F: 14 de no,íembre d€ 1' 1 f en la d a, no fue no hacerlo le dec:lkraba , pera dtch ;retíro vuntar.,tiVib prein,dt, prque de • tnubiitent:e y rrnglón llegar el oficio de 8 de ibeüido la adrninirtración, le. Wz
, pera dtch ;retíro vuntar.,tiVib prein,dt, prque de • tnubiitent:e y rrnglón llegar el oficio de 8 de ibeüido la adrninirtración, le. Wz reinitiéhdQle una di.ciegibre,d' 1 ?91 del. 23 de novi;inbre de 1991 jiud prentada entr otros 6. tiedante R' Oitcitn No. 0498 la wli del 18 de febrrb dé 4.. Per rec1ución No.. 043di 28 d& octubrde 1991 dci M1r1trQ de Hacienda (11. 1 a 14 ) se íác4opte5 un pian c olertivo de etitc, cpnctD pi'a la Dretiófl ti nVj1 CIP ,ipoyo Fc1, jnva.tardo a prtsr a todos 10 frtonar de la Regianal Bugotá CLAal IÑO Lle rrn1L1ó it acta el ort.o ltqui&aclón pro', irnal de l€ niiicac.ion - t1.2 a 4 tuncionrio, •pqr, 14. cf:ora. , .;prtir' 4 4.IC. icinbrede 1991, a.tp cøhta 1 qi interpts el'recurp de repián para que rue reiiuidara -1 boní f icaL1n cn 1u1ór ' ttdoi lijís raetore a1ariale conforme a] 1ter1 c5 del a&'tiulj 4n« drl Decreto 2100 de 1991, el qu fu? datd por re hu.ión Nro. 49
raetore a1ariale conforme a] 1ter1 c5 del a&'tiulj 4n« drl Decreto 2100 de 1991, el qu fu? datd por re hu.ión Nro. 49 Como ncirmas violadas, la deniand-t cita el arta 2Y ,3, 125 y 215 de la Coittiturión fl itinal; o d1 Iecri -a ic de 19I; del Decreto Í042 de 1978 y l -%j d 1 art. 4u.. del Oecrto .100 de 0-ta6 27 ' 46 dpI. l)ecrea 2406 de 1.968 / Dec:reto 1950 de 1973. á) En cuanto , loi hech, -.que i actora ngre'ó a preiar su ci 26 de na de 19b en r'l cargo de Cajero Pvic fç1icj 59
L. parte actora en ec:rit(3 de Y de diibre de 192,vi adtçionó La dmánI en 1u tnio ah . le 3 LbJu.icioNo.2€351(" 4
Documentos; b) Que €1 último cargo deempeado fue el de Profesional Uruvesitario 020-06 de la Dirección de Apoya Fizpal, que fue retirada el lo. de diciembre di 1991 ,i c) Que por haber laborado j&a de 20 aRas,la attora tiene drecho a que la Nación le reconozca y pague un mee. de salario por cada ari de servicios que éceda de los 20, secjún ci articulo 4dei Decreto 2100 dé 1911. Como normas violadas, cita 01 articulo 2 ; 48 9 jZ y 125 de
por cada ari de servicios que éceda de los 20, secjún ci articulo 4dei Decreto 2100 dé 1911. Como normas violadas, cita 01 articulo 2 ; 48 9 jZ y 125 de la Constitución Naciana1 el 2I0 ibidem ; el art. 27 y 46 del Dcreto2400 de 1968, 110 y 111 del 1950 d 197 y art. 20. del Decreto 1660 de 1991. Admitida y notificada la demanda al Ministro' dé Hacienda y Crédito Publico designó apoderdo quien contestó la demanda y en el alegato de conclusión solícita se deniauen los pedimentos de la actoras ante el convencimiento de la administración profirió sus actor de acuerdo a las normas legales y cortitucionales vigentes. El Procurador 8o en lo Judicial de eátá Corporjóri, en su Concepto Nro. 132 del. 29 de septíembre próximo pasado, se remite a la decisión adoptada en sentencia del 12 de may6 del ao en curso, en el e>pédiente Nro. 2.807 Actor Esperanza Castebianco Pardo, con ponencia del Dr. Antoíiio José Arcir.iegas, eh el cual se decidió un caso similar alque se ccw€rovierte en este proceso. Surtido el trámite de rigor y como no se observa causal de nulidad que invalide lo actuado, se resuelve sobre el fondo de la presente 1 itis, mediante las siguientes,la o idad de lo Jujci 'No .2351, C O N 5 £ D:E E A CT 0 N 11 i.. Se can t.roverten en este prciceo la l:ry1idad
presente 1 itis, mediante las siguientes,la o idad de lo Jujci 'No .2351, C O N 5 £ D:E E A CT 0 N 11 i.. Se can t.roverten en este prciceo la l:ry1idad Reo1ucione (4937 di1 2 de nov'¡em .bru de 191 y OO49. del lt de febrero de 199 -,, d' L4etra de l40d yCrédito ub1ic:u, por mo de la cua1e por 1a pri'r aceptó i retiro compensado de la oc.tura en el crga de Prfesibn.t Univeri.tiric 02O06 de 1 Dirección de A,'o F"icl c1 f3,_ <. tá y por La segunda resolvió el recurso de repostc.ión contri 1 a 1 iqui r4i ión de la bonificación que, no incluyó 'b.ck. Ins f c t o r tib a 1 ariie devc-ng.a4it-ys por 1 attor con orme al plan culct ivo de t"tirci romçnsadt 1uptdo por Pi uLnrrir n a c ional en derroilo d Decreto 1660 de 19 2a Pretende la actora uedec]arad actos reePÇdo3, se 3e te%iblezca n dé-rucho, de cUetdo con 14s pretensíone foad ati ttu en la demanda inicial como en la adición, por, cuanta quet a .. Se encontraba i.rtcrLt en el, ec:ala13n de la Carrera Administrativa; yb) . Su retiro de la función públIca, no fue volur'itariu
la adición, por, cuanta quet a .. Se encontraba i.rtcrLt en el, ec:ala13n de la Carrera Administrativa; yb) . Su retiro de la función públIca, no fue volur'itariu ino cciorda. porqu i no ise aoqí.a a dicho plan de rtro ompenado con bohifica(tioñ se le decÁarb Por los do:umert que conforma.n la hojo de vid4A de la actura, e deduce que e vintuló al ente demandado nedírrie reso1uciór Nro. 420:3 .del 25 de Mayo de 171. corno Supernumeraria de la DIrección tnór1 de irnpuetos Naci#onales de Bpgtjtá fi-. Luego fue (Jeqinada pf -qvionaimen't corno feviora de Documentos 11 1-17 ( f 1 , 27 3 ), hab:indoeie inscr. Lo en el escalafón de la Carrera (-i€i ni,traiivaSegú lil F\e1CtuCón Oro. 15 de 6 de octubre cJe 197 en el cary. de REVI0R DE DOCUrIEN1OS . TV-Juicio Nc.28514) 14 del Mini.terta f1S. 24 244 ) del cual e potcn(' COMO se Observa-al f11io 234 abidern. o5ter1ormnte ocupó i.as CarOsí, endo el ultimo el d Prufjcn1 UrUviitr CJja 20 grado 06 de La Dirección General de Apoyo Fiscal d1 Ministerio de Hacienda y crdito Fútil ico dignada mediante siu4...ión Nro.
endo el ultimo el d Prufjcn1 UrUviitr CJja 20 grado 06 de La Dirección General de Apoyo Fiscal d1 Ministerio de Hacienda y crdito Fútil ico dignada mediante siu4...ión Nro. 336n de agosto de 1991 T1. ' y 6 p.) y cual fue incmpoiadd en La reetr't' turación ¿Drgfl1C efrctuada por 1 DeretQ 464 de 191, y aunque enL ctu.ci.ón no obra e1 Áltz to dniíni-itrativo de actualización en 1 Cartera dmin tratjv del rareo del que fue aceptada su renuncia medj.ante honIficción la. (dmtritrat..iOn le dá este -carictr en la ReIucion que:SkicÍ..eti.ina, firma:ión suf íci"11te Para, qu e). Tribunal le reconozca est9 fuero. 4a. El 2B ijf
octuhr de 191 mediónt.. Relui(Sn t•fro 4% del tlir.i%tro de tcienda y Ciediti Publir, adoptó un p.an lirti'o tiP rettr c»ompenado para la 1rLe..jón General de Apoyo Fc11 et qçndo en u numigral u el p'j' de nd nr3LL Lór y bon;tficaç:iotY para los empiedo o fnitnari con derch, 1.119 carrera . f lw 12 a14 ). 5a. En desarrol Ici de la anterior el 6 de nuviembre de 1992 f1. 2 ) invitó la actora nedinte el comunicado de de n im&we de199i f1 2) a al pian
5a. En desarrol Ici de la anterior el 6 de nuviembre de 1992 f1. 2 ) invitó la actora nedinte el comunicado de de n im&we de199i f1 2) a al pian de., retiro ccmpeno, ío que éta aceptó pirtrtd 41 efac.to Formato £31 Nro. 2.3 de 19 de nov..funbre de 1911 (fi €). Fu ai r€ce que el t1itro de Nc.ienda con furdamen tc. en Ieetd 160 y 2100 de l99, epidLó LA Rolucián acusada en la cual en el tercera de considerandos prec&a tue ti icho ?funcionr flCUeII tran riambr.%dos en la Dirección Genrl de Apao rirai fégiona1. 3oç4ot. del. Mtrii trro de Hacietu.l y Crtii.to Pb1. i cn y etr, afflpardo por dercho de Carrer AdininisIrativa" 71 a cionando en el nucneral 75 . la actora. 7a. L. R4'oluciiÓn 4emandda, fue epod.ida bajo la vigencia- &1 Decreto Lev 1660 de 1991 y antes de la deXarator&a d iixequibi.U.dad r1ec1.rada por la Coreen entkrc1a de 1 deJLti:Lo N. 2S1O ,agosto de 1992 lía. Por anr que Irmo el acto ¿cuadcb tUVO CZ'WO fmdffiert,o 1 ci t»3ra DLrto 166) de 1991 y por reglía , rer49.1 l.r %entrc
,agosto de 1992 lía. Por anr que Irmo el acto ¿cuadcb tUVO CZ'WO fmdffiert,o 1 ci t»3ra DLrto 166) de 1991 y por reglía , rer49.1 l.r %entrc de in exequihil 1. datd ti.r€ ef ec tos haci.a el futuro deduce que 1 uc:tp expe:1td.. u 'iiyenc:ia. preiurnen 1eq1e hasta tJrtQ e tU torien ante t srii. Llór? y n nu1Ks por ella, uartdo ÓrupP uebe que ic4fr un 1 'da iw ü vc lados du mil idad en fos térmírios del artículo .84. C10.1 CÓdi de la nteri 9Ós - lo auteriQr onvierte prei,ar que ttÓdint la L.' 4e 191.que ttat.,!kió ruvs causa ,lws ái2, rtiro, • del 1 - i r iteV'c ta çon i din -ic ón €l rt - tr u voiuntari, can bonifjc<c.Ón sin iiclu.r en +j io pj in ritu n r a r er~aadupn it ri iva, cOnh,Ln qu . re 5kDecreto. 10 de 1991 La sprudencia ttenc.io.; administratiVa, h hfinidu la cavrer dnitdt,.t imc un ..s tan d. dni,n.itrac.u5n de eronal, que t.re por oLj u ortr 1.
hfinidu la cavrer dnitdt,.t imc un ..s tan d. dni,n.itrac.u5n de eronal, que t.re por oLj u ortr 1. cf ieriia de 14 ... dm.í.tra&iói y ofrL?r a -LOEciudatr,os ig4aldad CJ3 O)or tUn,odew, para acceder . 1%:) .rqos Üb icos con qar,nt a de estabi-1 1d wn susEpli mpr y ubr ci 'term, nadn rqu ii - iy c. LÇe. piLF, 1 íid el C,? s c(ndi r con forme i las not' inas que Uni qc)b 1 per'amenc. a que sólo puedeser - qbrantada mdiar elaurur •:c: i. - de 1 :ausales
de rtjro stablecida en 25 de 1 C' tt.tu tón Nc ,on1 y en los 2.1Ck6 de i 3 y 1r;4, ki 1973.
11 a. De suerte que, como 1 ,1 t& cue:t: :i çpr el acto dm&trat.'o nedi:nt el cua1 se le 4.tzeptó, s4u si ,kLl tuci drt.'ro /o1untri.:) del ierv.tcio; '- dr;t.ro d€ 1 a optr tun tdd • prct:sa1 hic notar que el Decretri ihó) de 1991 hab.a idt; deciaradau ir or tituci.ana]. e .tmperio.. pri 1 Sala cw: lü 'r
- prct:sa1 hic notar que el Decretri ihó) de 1991 hab.a idt; deciaradau ir or tituci.ana]. e .tmperio.. pri 1 Sala cw: lü 'r que 15 rtma •in ,oc:ads . obre fuero de etabi 1 -dÇJ del Petsovial,•Jui.ciq:No.25iO ircrito en airra minitrati.va el cua1 A la actor - (OfitU lo r ecoiøce en Iow LcM1dr uda de La Reoiución No. 4907 di1 2 de n tbmbre dØ 11(f1421) 4 e violo en fcirm otriibl no álo'Lo dereto% reçulan ja arrr iru.tratv del per smal ¿ ~ívi 1 . .del. arden roi dl Pdr , Publico 'tncuJado a e1L sino el rt. 125 de l Carta Potjc cuandci prev que el personaL irer3.tc' n carr?r puede serv1c.o tontorn a dichos ot r1enamie,t,
12. Con cuent con 1 a pret ion qu•. se •han rei.trafJo en el CUtQ de e juta prcidnç:a rnperioso declarar la nulidad de la Feol.t iri cisndc 1 pretni}ort€ desnd poro orderu&n a la entidad dernandida,; qut d lo 4€bido 'laac -tor,a por can cpto d esta prov: ienci.a, d con t lo quI le lo nc1ó puf - coriceptu de boircacaón egun l4
'laac -tor,a por can cpto d esta prov: ienci.a, d con t lo quI le lo nc1ó puf - coriceptu de boircacaón egun l4 Uquidaion vible a] fo1ic 4 del eede y tudr lo -ju€ hya recibido del tesoro publico o de cntidde en que tLny parte prínc..i.pal ci Estado durrtc el .ímo lapso ,de :on formidad con el art.. 128. de la Car -I-a Política. como quíera que en el proievt. lo unco qüé ap ar-ece. acreditado e,% que la acinnantó e%taUa c r1 en el de REVISOR DE DO CUMNTOS lV-i, el .retntgro ae o denar a un carqo I.yurl o i.n.1.Ar.:a €e, Todo lo tterwr p hijrdo el cr irio jurá.3prudenrial' que rctntenrit ha . pu€to er H. Coriejo de E€io en pro'td:i de 4 'y de ptiefflbr d 1 177 en io xpedirtt€ Nro I4 y 737(T, pc:t.ivamerite de l Scc.ii Sequnda. A lo anterior sp a gre'a , que no 'hitir ponnci.ntnto lgunu frente z lara pr-4teit uio nes er, h Por petíc iepti, e pr ea de 4ui en apdeP él < a la ectora,1 prperr las. petici.ones pripcpØlt. Puc 1;-J e pl Trttunai Adi.niitrati cJe
Por petíc iepti, e pr ea de 4ui en apdeP él < a la ectora,1 prperr las. petici.ones pripcpØlt. Puc 1;-J e pl Trttunai Adi.niitrati cJe Cundirc, 6CtCION EGtJNDA, ub -$i O, aaiitrndn i44%ticia en noinbrc de la República de Cocimbi polor la , Ley ,la ,Ly,Juicio.. bNo 28510 A L LA lo. Declárase la nulidad de La Resolución Nro. 04987 de). 20 de noviembre de 1991 del Ministro de Hacienda y Crédito Pública, en cuanto aceptó la solicitud de retiro voluntario çk1 servicio con bonificación de BEATRIZ CRUZ DIMAS, ider,Uficadcon la C.C. Nr.41 .465.783 de Eogotá como Profesional Universitaria 3020-06 de la Dirección Regional de Apoyo Fisc:al.Régioni Bogotá. 2o.. Como consecuencia de la anterior decaración de nulidad, la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro del término previsto en el art. 176 del C.CA., rocedér a reintegrar a BEATRIZ CRUZ DIMAS, al, cargo de REVISOR DE DOCUMENTOS VI -14 o a otro de carrera administrativa de igual o superior categoría, lo mismo que a pagr1e todos los sueldos, primas, bonificaciones, vacaciones y demás emolumentosidejados de percibir desde el lc de diciembre de 991 hasta cuando sea reintegrada s sin solución de continuidad. 3o. El Flinisterío de Hacienda y Crédito Pb1ico, descontará
percibir desde el lc de diciembre de 991 hasta cuando sea reintegrada s sin solución de continuidad. 3o. El Flinisterío de Hacienda y Crédito Pb1ico, descontará a la actora, In que,hubiere Perci bido del erario público o de empresas donde tenga parte principal el Estado por, los misros conceptos y durante el mimo término,' en atencion a la prohibición del art. 128 de la Carta Litica; nésJ1 como la bonific::ac:ión por retiro compensado. Cópiese comuníquese, notifíquese y consúltese para ante ci.