TA CUN - 28714-(15-09-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 28714-(15-09-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
PLAN DE RETIRO COMPENSADO —Liquidaci6n de la bonificaci6n(E)Z...—
RETIRO VOLUNTARIO CON BOÑICACION
ADMINISTRATIVO J:F.. (:::iJlI:)
SECCION SEGUNDA
SUBEECCION MAGISTRADO PONENTE Dr. ANTONIO 3(:)EEE: ARCINIEGAS ::Etri t.t f5 de Bogotá :.C., Septiembre Quince ve mil novecientos noventa '1 cinco (•Çi. .it,.ii:C;.i:J No. 28701AUTORIDADES MINISTERIO ): RETIRO VOLUNTARIO :[r(;..< ...E:(::íf•. CASTILLO GUTIERREZ silELER CASTILLO GUTIERREZ. ni a . t: c ancdorado fi e jeacicio 00 it acci6n de nulidad sestablecimianho un! derecho, presentó demanda t c:c::r las orIol.....iorli:&:. PETICIONES "A. PRETENSIONES PRINCIPALEIS, Lo, So declaro la rlt.I1iccz do la Rcl.:Ii. 001cM No. 4981 de! 2:5 co Nc:i.omiaro' c:}o 1.991, exLE€c:1da jracar el Ministerio de Hacienda y Crédito Fub1r c:o en cuanto aceptó e FI.......r.i Compensado de! cargo r:t..tti oj:!mLE'n1 ba E........ ::(!.:F CASTILLO OUTIEFREZ .....O1çC: :::F:::jr.. Es:: CNL UNIVERSITARIO :102.0
20. L:c:rc consecuencia ce lo anterior •y O
OUTIEFREZ .....O1çC: :::F:::jr.. Es:: CNL UNIVERSITARIO :102.0
20. L:c:rc consecuencia ce lo anterior •y O t...t:..ij.ci de Restablecimiento de i:)E?1c:F-(D, ce ordene a idi Nacián g 3.-t..st.er:L.) CiE: Hanienda y Crédito F'Lbia.c..o a Reintegrar aLIFEER Uf::' 3 i.L..L..Li i:,.i .11.rd"i::.L r...L cargo C13O venía U€sernc-atiancIci en dicho ITt.i.rl:.l1t.Er'r:Li::. c:li:: PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020 — 05 cli la ua.rec:c: ..on do icaio Fiscai ( I.),.A..F .. ), en La ciudad de ica(Dta C.i a otro c:iij igual ca te gorí a y remuneración. íarnb.ic.•r i'I t:Lt.t..3ltD CÍE:? Restablecimiento del se c::cr:r,c:€c'ic' ¿ç la Nación, Ministerio rl.ct.c?r:.3.1:) c:}o' Hacienda .'J Cr-eiir.it.o Público. a 11€c::orlcic:er o(cjor a ELIECER CASTILLO BUTIERREZ, Lcac:Ícaci los sue ldos c::can sus respectivos aumentos las prestaciones sociales ChAo c 1€i rub iesen causados desde 28 i::;1.:' Noviembre de 1.991 hasta la fecha OFi que_i I 1.1 O
las prestaciones sociales ChAo c 1€i rub iesen causados desde 28 i::;1.:' Noviembre de 1.991 hasta la fecha OFi que_i I 1.1 O reintegrado, Cromo carc:h:i.c?r todas a:icr l.L as primas/ bcar .. 1 ri c1r c:. a. onc.€':. dejadas me nercibir desde la c. a. fr. ¿rici 0 fecha.J..No. 28714 4o. Sn declare que no ha existido solución de continuidad en el servicio aia Nación por el actor1 para todos los efectos .tecaJ.es, desde el 26 de Noviembre de 1.991 hasta la fecha en que fuere reintegrado (a) [a Sentencia respectiva debe dársele cumplimiento dentro del término prevista en el artículo 176 del C.C.A.
S. PRETENSIONES SUBSIDIARIAS.
En el hipotético caso de no aceptarse 'as Pretensiones Principal ; de ja oresente demanda solicita se hagan las siguientes Declaraciones Y Condenas: lo. :3e declare la nulidad de La Kesoi ución No. 00493 de¡ 18 de Febrero de 1.992 expedida per el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la cual se resolvió el Recurso de Reposición interpuesto por ELiCER CASTILLO GIJTIEPREZ contra .a liquidación de ja bonificación vio indemnizaciones pagadas mi. mandante. 2o. Ordenar a la Nación. Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a reliquidar la bonificación vio indemnización reconocida ', papada a E.LIECER CASTILLO
2o. Ordenar a la Nación. Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a reliquidar la bonificación vio indemnización reconocida ', papada a E.LIECER CASTILLO GUTIERFEZ canten ida en la liquidación Provisional hecha y que se anexa al presente oroceso y a que se refiere la Rescl uc±ór No. 00493 de 1.992 del Ministerio de Hacienda y Crédito Pbl ico tomando en cuenta la Prima de Servicios y la Bonif.icacic5r, oor Servicios Prestados.
30. Se condene a la Nación, a oagar a favor de ELIECER CASTILLO GUTIÉRREZ. la diferencia resultante ante la suma reconocida y Pagada por Bonificación y/o indemnización y la que corresponde de acuerdo con todos Los elementos integrantes ce la Remuneración, tales como Prima de Servicios Prestacos y la Bonificación de Servicios, como Larnb.ién un mes de sal ario porc:ada ao de Servicios que exceda oc los veinte (20) aPÇos, conforme al Literal c) del artículo Decreto 2100 de 1 .991 •.
Con relación 1 las principales: a) Pido la Nuijoad de la Resolución 04987 de 28 de Noviembre de 1991. del ministerio de Hacienda y Crédito Púb i ce b) solicita sea reintegrado e] actor al cargo de Profesional Universitario 3020-05, en la dirección General de Apoya Fiscal (D.A..F. ) o a otro de igual o superior categarla y remuneración en Santafi de Bogotá. c) Las demás pretensiones Principales contenidas en :a demanda,
de Apoya Fiscal (D.A..F. ) o a otro de igual o superior categarla y remuneración en Santafi de Bogotá. c) Las demás pretensiones Principales contenidas en :a demanda, En lo tocante a las subsidiarias..No. 287.1.4 a) Pijo la nulidad de la liquidación hecha a mi poderdante de la indemnización y oonjfjcacjón por retiro OLLC SE? anexó ¿ la demanda. ci 901 ,cito se ordene a la Nacion Ministerio de Hacienda y Crédito F:bl .1. co a papar e. favor de mi ooderdante un mes de salario por cada an de servicios pite exceda de los 20 aAosm conforme al literal c) dl artículo 4o. del Decreto 2100 de 1991. demanda. c::) Las demás subsidiarias contenidas en la Estas peticiones se apoyaron en los siguientes HECHOS "lo. El seor (a) ELIECER CASTILLO GUTIERREZ mi mandante, ingresó a orestar sus servicios personales a la Nación Ministerio de Hacienda y crédito Público en el cargo de OFICINISTA el 1. de Junio de 160. 2o. El ser)r (a) ELIECER CASTILLO GLITIERREZ, ocupó diferentes cargos en el Ministerio de Hacienda y
Crédito Pttbli: c,, ::f;L:). El sePur (a) ELIECER CASTILLO GUTIERREZ
fuá inscrito en la Carrera Administrativa por medio de la Resolución No. 606 del 27 de Julio de 1972 expedida por el Departamentc Administrativo del Servicio Civil en ci cargo de
fuá inscrito en la Carrera Administrativa por medio de la Resolución No. 606 del 27 de Julio de 1972 expedida por el Departamentc Administrativo del Servicio Civil en ci cargo de AUDITOR 11 1-24 en el Ministerio de Hacienda y Crédito Pública, nor naber llenado los renuisitas previstos en la Ley. 4o. Por Resolución No. 3360 de Agosto de 1.991 fuá :incorpdradc (a) mi mandante en el cargo de PROFESIONAL... UNIVERSITARIO código 3020 grado 05 de la Dirección de Apoyo Fiscal (D.A..F.) 5c:. Por Resolución No. 001 de Agosto de 1.991. fue ubicado ELIECER CASTILLO GUTIERREZ en la División de Fiscalización de la Oficina Regional de Apoyo Fiscal (D.A.F.) de: Eloctot. El seor ELIECER CASTILLO GUTIERREZ tomó posesión del cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020-05 de la Dirección General de Apoyo Fiscal (D.A..F) ci 27 de Agosto de 1,91. con una asignación básica de $175.700. más un incremento de antigüedad de $26. 207.00 7o For Resolución No. 04532 del 28 de octubre de 1.951. El Ministerio de Hacienda y Credito Público, se adoptó una Plan Colectivo de Retiro Compensado para La Dirección General de Apoyo Fiscal (D A. F. ) y seJ..No 28714 :invitó a Darticipar en el mismo a los Funcionarios de la mencionada Dirección Regional de Bogotá. So. Por escrito 04030 dei £3 ;e Noviembre de 1951 de la Dirección General de Apoyo Fiscal (D..A.F.) y
:invitó a Darticipar en el mismo a los Funcionarios de la mencionada Dirección Regional de Bogotá. So. Por escrito 04030 dei £3 ;e Noviembre de 1951 de la Dirección General de Apoyo Fiscal (D..A.F.) y dirigido a ELIECER CASTILLO GUTIERREZ se le invitó a acogerse al Plan Colectivo de Retiro Compensados So. El Seor (a) EL.IECER CASTILLO GUTIERREZ el 14 de Noviembre de 1991. llenó el formato BI sobre su Retiro del cargo que besernpEaba pero dicho retiro no fu voluntario, sino presionado çjbjo a las circunstancias del momento no fue el fruto de la voluntad libre de retirarse al servicio de] Estado, como se demostrará con las pruebas pertinentes. lOo. A mi poderdantE' se le presentó una Liquidación Provisional de la bonificación del Plan de Retiro Compensado. 1:Lo, Por Resolución No. 04987 del 28 Noviembre de 1.99.1. Pian de Retiro Compensado proferida por Ministerio de Hacienda y Cr&dito Público se aceptó solicitud presentada por varios empleados, entre ellos seor (al ELIEC;ER CASTILLO GUTIERREZ a oart.ir di io diciembre de 1.991, se ordenó la liquidación y enl pago de oon i fi cac::i ores respectivas, acta qi.tre fuá comunicado a poderdante ci 2.9 del mismo mes. i%o. El seor (a) E:LIE:.ER CASTILLO GUTIERREZ mediante escrito presentado el 26 de Diciembre de 1.991 ante
poderdante ci 2.9 del mismo mes. i%o. El seor (a) E:LIE:.ER CASTILLO GUTIERREZ mediante escrito presentado el 26 de Diciembre de 1.991 ante el Ministerio oc Hacienda y Crédito Público, interouso el Recurso de Reposición citado. haciendo caer en cuenta que al .liauiciarse ja bonificación, no se tuvieron en cuenta la doceava parte de la Prima de Servicios Prestados y pidió se ori.'ced icra rel iou.3.darse tomando en cuenta tales factores salariales. ordenándose ci pacic; de las diferencias no canceladas y ar.iemsq no se le reconocieron un mes dEi':aiario por cada ao de Servicios oue exceda de los veinte (20) aos que en su caso son (31. ) treinta y uno conforme el literal c del articulo 4o. del Decreto 2100 de 1.991. 13o. El Ministerio de Hacienda y Crédito Pitblicc dictó la Resolución No. C0493 del .1.8 de Febrero de 1.992 mor medio de la cual no accedió a los Recursos interpuestos y con-firmó en tcdas y en cada una de sus partos s Liou.dacicnes necnas.. 14o. Al producirse el retiro del s&ior 9a) EL..1ECER CASTILLO GUTIERREZ del Ministerio de Hacienda y Creci.ito Público se encontraba trabajando en .a ciudad de Bogotá. Distrito Capital. en el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020-05 en la Dirección de Apoyo Fiscal en Carrera Administrativa.''J. No. 28714 1.- El demandante ingresó a orestar sus
Bogotá. Distrito Capital. en el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020-05 en la Dirección de Apoyo Fiscal en Carrera Administrativa.''J. No. 28714 1.- El demandante ingresó a orestar sus servicios ¿a la Nación. el 7 de Mayo me 1960. 2..- E1 último carpo desemoeado por el actor tue el de Frcfesional Universitario 3020-05 de la Dirección General r:ie Apoyo Fiscal (D..A.F. ) por Resolución 336u de 1991 ÓF?1 Ministerio de Hacienda. 3..- El demandante fue retirado del e r vi ci. o oticiai a partir del i. de Diciembre de 1991. 4..- De acuerdo con io anterior el actor trabajó a la Nación por más de 20 aios. esto es. durante 31 C)S.. 7 meses.. De ¿acuerdo con lo anterior mi mandante tiene derecho a aue la Nación le reconozca y pague un mes de salario por cada ario de servicios que exceda CDC los ..K) anosm según el articulo 4o., del Decreto 2100 de 1991,' En la demanda corregida se indicaron como normas violadas y concepto de violación como se lee en los folios 43 a 46 y 68 a 74 de lo cual se transcribe jo siguiente: Con relación a las pretensiones principales: Estimo quebrantado el articulo 25 de la Constitución, como lo afirmo en La demanda como también ci 215 ibídem porque con el Decreto 1660 de 1991 no solo se desproteae al trabajo numano sino además., se acaba con la estabilidad en el empleo ce que trata la última norma mencionada. Por el acto
el Decreto 1660 de 1991 no solo se desproteae al trabajo numano sino además., se acaba con la estabilidad en el empleo ce que trata la última norma mencionada. Por el acto enjuiciado., la administración ouebrantó ci articulo 2.7 del Decreto 2400 de 1968. 110 y .1.11 cel Decreto 1950 de 1973. DLCCS tales normas exigen, para que se orociuzca el retiro voluntario, que éste sea libre, que sea la manifestacic.n inequivoca, esporitnea y libre del empleado., de separarse cid servicio oficial, y ello no ocurrió en el caso oresente pues el actor fue objeto de presión, coacción por sus superiores, para que se retirara del cargo, se le insinuó su retiro c:ompenado, amenazándolo que si no se acogía al pian oc retiro compensado. seria declarado insubsistente su nombramiento a ciartir del 29 de Noviembre de 1991 como se dice en la Resolución 04532 de! 28 de Octubre de 1991 del Ministerio ce Hacienda.- ...De tal manera que por este aspecto, la Resolución 04.987 de 1991 cel ministerio de Hacienda. acto demandado, es inconstitucional.- Ahora, el acto demandado también es inconstitucional poraue desconoció los ciereL:hos adquiridos por el actor de Ja carrera adin:.n:Lstrat:iva, pues al aceptarse el retiro "voluntario" compensado, con base en el Decreto 1660 de 19915 seJ \lO.. 28714 desconoció el artículo 125 de la Carta., que dice: "El retiro se hará por calificación no satisfactoria en el desempec) del
compensado, con base en el Decreto 1660 de 19915 seJ \lO.. 28714 desconoció el artículo 125 de la Carta., que dice: "El retiro se hará por calificación no satisfactoria en el desempec) del emleo; porviolación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en la Constitución o la ley".- En el caso presente., el ministerio de Hacienda quebrantó el articulo 46 del Decreto 2400 de 1968, porque el actor se encontraba en carrera administrativa cuando fue separado de la administrac::.iór, y quienes gozan de la carrera tienen derecno a permanecer en e] cargo mientras nc:) sea calificadc:) insatisfactoriamente en ci ciesempeo de sus funciones, el Decreto 1660 de 1991 hace ineficaz la carrera administrativa oorque estableció dos causales nuevas de retiro del servicio oficial, ar oara los amparados por la carrera administrativa declaratoria de .insubsistenc.ia mediante indemnización y retiro voluntario compensado mediante bonificación, pero como se dijo atrás, en el caso de autos. tal voluntariedad no existió,--- For tanto, el acto citado esta afectado de nulidad, por aubrantar la Constitución y la ley.- También se violó e! artículo 48 de la Carta que establece que la seciuridao social es un servicio público de carácter obl.ic3atoric que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, porque al ser retirado el actor del servicio oficial la Caja Nacional, de Previsión no lo siguió atendiendo en aquel las prestaciones que presta a su ati liadps, Además., se violaron los. artículos 53 y 125 de la
actor del servicio oficial la Caja Nacional, de Previsión no lo siguió atendiendo en aquel las prestaciones que presta a su ati liadps, Además., se violaron los. artículos 53 y 125 de la Constitución porque no se respetaron los principios mínimos fundamentales oc que tratan tales normas sobre estabilidad en el empleo, garantía a la seguridad social y derecho a se retirado unic:arnente oor calificación insatisfactoria en al desempePc, del empleo, por violación del régimen disciplinario y demás causales previstas en la Const.itucion y las leyesm porque cuando fue retirado ci actor por el plan de retiro compensado, se hizo como única oportunidad para ello y en el mes de marzo de 1992. hubo otro plan de retiro con el cual se seoararon de la Nación más de 2.500 funcionarios a nivel nacional y con estos olanes de retiro nunca se buscó la reducción del gasto público ;Jorque los empleados retirados fueron reemlazadc.s por otras personas con asignación siariales suoeri.c:res a las de los reemplazados.,-- La dirección de Apoyo Fiscal fue creada con el fin de trasladar a ella los empleados que iban a ser retirados de la administración y cara ella se hizo uso del Decreto 166() de t951 • que fue declarado inexequiple por la H. CorteConstitucional.- orte Constitucional.- Los empleados ubicados en tal dependencia u oficina no se les asignó función especifica, en contra del articulo 122 de la Carta, porque no se les dió las funciones que debían desarrollar mientras permanecieron allí y, portanto. or tanto. se fomentó el ocio, como fácilmente se puede
articulo 122 de la Carta, porque no se les dió las funciones que debían desarrollar mientras permanecieron allí y, portanto. or tanto. se fomentó el ocio, como fácilmente se puede comprobar.- Como el retiro dE?l actor tuvo lugar cuando todavía no había sido declarado .inaxequible el Decreto 1660 de 1991, por la Corte Constitucional y por ello podría sostenerse que debe aplicarse en ci caso presente, propongo La excepción de inconstitucionalidad del mismo, porquebrantar or auebrantarla Carta como io sostiene [a H.. 1 Corte en la sentencia del 13 dE.? Agosto de 1992, es decir, se deje de aplicar. y coma con al acto demandado se birló ci artículo 46J.No. 28714 c:el Decreto 2400 de 1989 pido se acceda a las pretensiones principal.- En cuanto a las pretensiones subsidiarias, estimo violados: El artículo 42 del Decreto 1042 de 19785 que indica los factores del salario, entre los cuales están las primas de servicio ', la bonificación por servicios prestados. También se quebrantó el artículo 45 del Decreto 1042 de 1978 que reglamenta la bonificación oor servicios prestados que se paga al empleado que cumpla un ao continuo de servicios en una misma entidad. También se violó el articulo 45 del Decreto 1045 de 1978 que establece aue la or-ima de servicio y la bonificación por servicios prestados son factores de salario para liquidar cesantía y pensiones.. el articulo 4 del mismo Decreto expresa que tal orima y bonifizacián es factor del salario para liquidar otras
or-ima de servicio y la bonificación por servicios prestados son factores de salario para liquidar cesantía y pensiones.. el articulo 4 del mismo Decreto expresa que tal orima y bonifizacián es factor del salario para liquidar otras prestaciones. - También se violaron los artículos 19 del Decreto 160 y 17 del Decreto 2100 de 1991. que indica qué se entiende Dc:r salario básico para liquidar la indemnización y bcn.i -ficación que estableciendo que es salario básico, la asignación básica mensual que devengue el empleado al momento cal retiro, más implementos salariales por antigüedad, la prima técnica, los gastos de representación y demás factores. que perciba mensualmente el funcionario, como retribución de serv..c:ios, a excepción de los viáticos .y las horas extras. La prima de servicio como la bonificación por servicios prestados, se va causando por el factor de tiempo e implica retribución de servicios.- Por otra parte, los articules 19 del Decreto 1.660 y 17 del 21.00 de 1991, tan solo excluyen para liquidar la indemnización la bonificación a aue se refieren los mismos, los viáticos y las horas extras, lo cual qt.iipre decir que los otros elementos del salario, como son la prima de servicios ' la bonificación por servicios prestados, deben tomarse en cuenta al liquidarse la indemnización y la bonificación que se impetra en :t1 demanda, por lo cual solicito se acceda a las pretensiones subsidiarias en caso de no prosperar las principales.. La entidad demandada contestó e impugnó la demanda oportunamente, como se lee en los folios 83 a 85. Las partes alegaron de conclusión para
solicito se acceda a las pretensiones subsidiarias en caso de no prosperar las principales.. La entidad demandada contestó e impugnó la demanda oportunamente, como se lee en los folios 83 a 85. Las partes alegaron de conclusión para reafirmar sus r3lanteamiEntcs corno se lee en :Lc; folios 172 173 y 174 ¿ 175. ...a Agencia del Ministerio Público conceptuó favoranlemente cara las pretensiones de la demanda, como se ice en .s folios 208 a 2.1.4 Cumplido el trámite ce ley sin que se observe causal de nulidad procesal, se decide mediante las siguientes.No. 28714 C O N 5 1 D E R A E 1 0 N E S Se trata de decidir sobre la legalidad? controvertida en la demanda como se ha relacionado, de los siguientes actos acusados impugnados en las pretensiones principales y subsidiarias ai RESOLUCION NUMERO 04987 1)E. 1.9.-- (28 NOV.. 1991) .Et MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.-- en uso de las facultades conferidas ocr los Decretos 1660 2100 y 1679 de 1991 y de conform.iciad con la Resolución No. 04532 de 1991 y c:oNsIDERANDo lo. Que rnecU.ar,te Resolución No. 04532 del 28 de octubre de 1991 se cursó invitación e los funcionarios de ja dirección General de Aoc:yo fiscal Rec.iona]. Bogotá para cCoOE?rSP al Plan Colectiva de Retira Compensado de Naturaleza Mixto.- 2o. Que estando dentro del plazo seeiedo en el
de ja dirección General de Aoc:yo fiscal Rec.iona]. Bogotá para cCoOE?rSP al Plan Colectiva de Retira Compensado de Naturaleza Mixto.- 2o. Que estando dentro del plazo seeiedo en el numeral 4o. cei articula lo. de Ja resolución mencionada, cada uno de lcjS funcionarios que se relacionan en la parte resolutiva del prI'sE:•nte acto administrativo presentaron solicitud de F.-'t..i rc: Voluntario acogiéndose al Plan referido.- 30. cferido3o. Que dichos •funcionarios se encuentran nombrados en la. Dirección General de Apoya Fiscal Regional Bogotá del Ministerio de Hacienda y Crédito Pública, y están amparadas por derpchns de Carrera Administrativa.- 4o. Que de conforiic1ad con lo expuesto y estando dentro del plazo establecido por el numeral So. del artículo lo. de la Resolución 04532 de 1991.... RESUELVE ARTICULO lo.- Aceptar a oar....ir riel lo. de Diciembre de 199.1. la solicitud de Retiro Voluntario del servicio, presentada por los siguientes funcionarios oc la Dirección General de Apoyo Fiscal Regional Bogotá del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
NO'1T-RE Y CARGO CEDLJL...A
65-- CASTILLO GUTIERREZ ELIECER 680500
PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020-05
RESOI..UC ION
CARRERA
ADMINISTRATIVA Y
FECHA 12449 73-1.2-1.8 ARTICULO 2o.-- Ordenar la liquidación j el mago de las bonificaciones respectivas, conforme a lo orevist.o por el
CARRERA
ADMINISTRATIVA Y
FECHA 12449 73-1.2-1.8 ARTICULO 2o.-- Ordenar la liquidación j el mago de las bonificaciones respectivas, conforme a lo orevist.o por el numeral 7o. del articulo lo, de la Resolución 04532 del 28 de octubre de 1991 RESOJ...IJC ION NUMERO 00493 DE 19. (18 FE}3. 1992) -3..No. 28714 • EL SUBDIRECTOR GENERAL.- en uso de las facultades conferioas por resolución No. 4673 dei lo. de Noviembre de 1991, y CONSIDERANDO: Que por resolución No. 04532 del 28 de Octubre de 1.991 se adoptó un pian colectivo de retiro cczmnensado (Je Naturaleza mixta para la Dirección General de Apoyo !-:Leci y se invitó a participar en o.L mismo a los funcit.ncrios de la Regional Bogotá de la mencionada Dirección.- Que por resoluciones Nos. 04986 y 0487 del 2.8 de Nnviembre de 199. aceotaron las solicitudes de retiro voluntario del servicio a partir del lo. de diciembre de 1.9% y se ordenó la liquidación y el pago de l bonificaciones resoectivas entre otros, a los siguientes funcionariosQ'ip mediante acto de liquidación autorizada por este despacho y de conformidad con lo establecido en los Artículos 5o.. 12 14 ', 19 del decreto 1660 de 1.991 y 17 del decreto 21.00 de 1.991 se efectuó el paoc; de las bonificaciones y/o .indomni zaciones a las oersonas antes mencionadas. Que mediante recursos de reposición interpuestos
decreto 21.00 de 1.991 se efectuó el paoc; de las bonificaciones y/o .indomni zaciones a las oersonas antes mencionadas. Que mediante recursos de reposición interpuestos contra el acto de licLl.ic:iación citado los exfuncionarios mencionados solicitan el reconocimiento y paco de las diforonc:ias en las 1 .ipu:idacionos argumentando que no se tuvieron en cuenta las doceavas partes de la prima de servicios bonific::ac:iun por servicios, prima de navidad y prima do vacaciones. ae:L como el pago adicional de un mes de salario por cada aRa de servicios que exceda de :Los veinte aos citando como fundamentos de derecho el Artículo 42 del decreto 19421787 el Articulo 45 del decreto .1045/78 el decreto 1660/91, Ci literal c del Artículo 4o. del decreto 2.00/91 , concepto No. 7242 del 16--09-91 ULIe sobre el particular emitió el oirector di Departamento Administrativo del Servicio Civil.- Que revisadas las liquidaciones que dieron origen a las bonificaciones v/o indemnizaciones se pudo comprobar que estas se ajustan a derecho por cuanto se elaboraron de conformidad con lo establecido en los Articulas 12, .14 ' .1.9 del decreto 1660/91 y .17 dei decreto 2100/91, que establecen para los efectos previstos en osos decretos como salario básico los factores que mensualmente percibe el funcionario como retribución oor sus servicios.- que según concepto No. 8950 di 14 de Noviembre de .1. .99.1. el Jefe de la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo
percibe el funcionario como retribución oor sus servicios.- que según concepto No. 8950 di 14 de Noviembre de .1. .99.1. el Jefe de la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo del Servicio Civil manifiesta que la prima de navidad y la Prima de vacaciones no son computables para efectos de liquidar la indemnización o bonificación por concepto de declaratoria de .insubsistencia o retiro voluntario, por cuanto son presta-.iones sociales. La prima do servicios al igual que la bonificación por servicios prestados, no obstante ser factores de salario, estos se cancelan oer-i óc13..(:amente y la norma es clara al expresaruFac:t.ores ciuo perciba mensualmente ci funcionario!I por lo tanto no podrán tenerse en cuenta para etec:tos de la liquidación de la indemnización o bonificación.-RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- No a los recursos interpuestos y confirmar en todas y cada una de sus partes las liquidaciones de las bonificaciones y/o indemnizaciones pagadas a los siguientes exfi.incionarios. por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.2371 1; como antecedentes de estos actos. se t. i F)e Al demandante se le .invjiç : an COlectivo e r:.tjo c.orlpeIJadI).. con IE, ;:,i..ic.:j61 o. ad:L rçe C.cnç:j.€r1 t.em'.:.r:e como IE?SU 1 t.Gdc: de u 1 i ' -it•.n4:t isla personal,
C.cnç:j.€r1 t.em'.:.r:e como IE?SU 1 t.Gdc: de u 1 i ' -it•.n4:t isla personal, ¿:1 rtl].? VQ.L).trnie C.L). i OOI)t .i:.ç:a.o c.rr)m.çR ttrec. Lf.&d il áueacaenza
de a cilcitud de rozxri. ,. vidunT...:1-] ..i i: ;f: ••:I ..i::.\.•J fIe, .j rjt -?rLl. carta: ' t:., t€ :ie Í:.:ir.ic:t.:., .. floJi.embrce - 3 e ínr C ASTILLO1 ERRE?. E!.. 1 CE .. Di rc r.. á Einer .L i. - eoLo:.l CUY; E;rL o'+ ••: ME st ima d o ¿L:: C ._3011:J cri f)p:.rF:.rr 060 Je) 27 ou? 1191 - .,Tin lsteriu de Hacienna y Crédi to Público h ampreino :: k uanluc-In 4557 .u:; .:.E: r;E• octubre de 1191, por me. .to je la cus , se snvita a 1 :s ..in rc,, ;r:L':: di la Di rc - c.:i 5n ¿ i. ••• P):'C :j
me. .to je la cus , se snvita a 1 :s ..in rc,, ;r:L':: di la Di rc - c.:i 5n ¿ i. ••• P):'C :j :e FC)U.)t./:c M ¿::cJqr5e ¿: Ufl in L.)ie::rv) en).pr o iiin cnnsistp tn una ' nICA ÇI:.(j'...... 'i; J.Lcc, para tc)ac.F. los funrlDnarlosdT E ... C;tIru. \'C.)1r1t.a.'-.j; W. , :L -; reeiu;r Tu una brrj f. c:ci Ór. eoi. :)..:ç:. •..(,.. ve:iryie .idicionaj p e ra . cr funazonarano c•E Carrera v'.tn rr •'ç .......i:it:r.! para lase mpicanus .:: fanzinnarios d€:: , 1.1.r:: -r.,.5 noinbr€tm:jprtro y ren:.c.ió;-, calculado sobre los s igui e ,t, s y j .. un . sin sefacilitar su c:;ec:.i si ii i,j':e,' mi. t anexarle una l.cju ic:c:ián prc.v:i. i.on 1 .. .1 c .e'ri-?r CO Onr?C 'I c:Lct.[ y rnont:r: i::;E la rni f:jc c:(',n .:Lte le CrE resrJç -n,it. urswst
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su ;:iç:i maptiruier . le W ... s.t(nM ,:tç com o FtJN1 O DE CONTACTO e l '.trt . Cflr lo G.1N;iliE. L.FcJN;n c::or . en ust r?-icual civa.er- . nt.r -rot:r itti que !reic.& apor -e su si t.uaca n RDI :rIexc; flfl ) . ' lnrmarD :......c. J: 1 jj DE R Ri: .. El cual 0ebE (• :L 1 a iien c: rL r oer "In y en trç] : r oa su F..JNTO D: iJr: c. Partir r Q.IM 13 de rlov arnbrp de 9.i y rist.a el día de nzviemara cc? 1191, Le ruego analizar con j_:.:ft_ atf :n c:a cmtérminos ' conDicionos ck']jan y 2legar 9n forma Vc;1ufltFv 1 e indiciduni .L ...............na tiva mitis c:r:nver ier te pRra SUSS intereses. - Reciba un r:.ord i.€ti 1 :.icc: - W~1 .- Íf.(Ç 1 .... NAPAMOS MF ;::iNF .. Directora (35:)erM.j Dirección Ger:: c:k 'i .. ......1.1. J. No. 28714 :l demandante aceptando esta invitación colocó en manuscrito su nombre, cauia, cargo desemoeFado y
:l demandante aceptando esta invitación colocó en manuscrito su nombre, cauia, cargo desemoeFado y su firma en el formato respectivo que expresaba"manifiesto a usted mi deseo de retirarme voluntariamente del servicio, acogiéndome" a dicho plan "y estoy dispuesto a recibir la bonificación seaiada en la mism^ como se desprende del documento del folio 26 as!: "FORMATO Bi Número :1.7. --Fecha 14 Nov/91 -- CODIGO 04-30.- Santafé de Bogotá D.C.. Doctor RUDOLF HOMMES RODRIGLJEZ Ministerio de Hacienda y Crédito Público.- At.n. Dr. GRACIELA PALACIOS ME1RESSONE..- director General Apoya fiscal Ciudad.- RE:F: SOLICITUD DE RETIRO VOLUNTARIO COMPENSADO: Yo. ELIECER CASTILLO GUT1E:RREz identificado con cd.tla de ciudadanía No. 6080500 expedida en Cali funcionario de la Dirección General de Apoyo Fiscal de ese Ministerio. actualmente en el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 3020 orado 05 manifiesto a usted mi deseo de retirarme vo.ii..ntariamente del servicio acogiéndome al PLAN COLECTIVO DE RETIRO COMPENSADO consagrado en el Decreto 1660 de 1991 y cstahiec.ido para la Dirección General de Apoyo Fiscal mediante Resolución No. 04532 del 28 de octubre de 1991 y estoy oispueso a recibir la bonificación s&'1alada en la misma.- Atentamente .•- (Fdo)-- CASTILLO GUTIERREZ. ELIECER.- funcionario C.C. No. 6080500 de CALI.- (Fdo. ) . -. HERNANDO
misma.- Atentamente .•- (Fdo)-- CASTILLO GUTIERREZ. ELIECER.- funcionario C.C. No. 6080500 de CALI.- (Fdo. ) . -. HERNANDO ALFONSO GUACÇANEME ROJAS.-- Punto de Contacto.- C.C. No. 17088929 de BOGOTA.-" Se infiere que el demandante después de estu