TA CUN - 28783-(31-01-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 28783-(31-01-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
ASCENSO IOS'IIflD - Presupuestos / MUERTE EN OOMBATE. - Inexistencia /
MUERTE EN MISION DE SERVICIO (E)
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECC ION SEGUNDA SUBSECC ION UÇ%U Santa'fd de; Bogotá D.0 1 ENE 199?
ÍEPÜBtÁ o COLOMBIA 1 18t; eIia
Trib.maI Administri'w'0 de Cundinamarca
JOSE HERÑEY VICTORIA
:28783
CARMEN T.HERRERA
VASQUEZ
RECONOCIMIENTO
PRESTACIONES
: MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL
MAGISTRADO PONENTE
EXPEDIENTE NUMERO
DEMANDANTE
C0NTRCER IR DEMANDADA la demandante por int€ rmedicj d€ podeudc iLtd.Lia1 so1itit dc cti't nulidad y r -tabiocimjnto del i ¿rt.t culo G5 rJizi C. C.A.1 rtlasobre i iguin les: y Corpor , ación a C cLcr, ctp derecho con rda en i ¿kt te tenc se DECLARACIONES : lo.- Que se ha opercJo el fenómeno urrc1ic.o del silencío admíristrat.L-/o rativo respecto del recurc de reposición preser.ttducil 30 de d.iciwbr eEvped iert. No. 28703 de 1991, contra la Resolución No.8819 de Diciembre 4 de 1,991 emanada del Ministerio de Defensa Nacional. 2cm. Que es nula la Resolución No.8819 de
de 1991, contra la Resolución No.8819 de Diciembre 4 de 1,991 emanada del Ministerio de Defensa Nacional. 2cm. Que es nula la Resolución No.8819 de Diciembre 4 de 1191 proferida por el Ministerio de Defensa Nacional, mediante el cual se le reconoció y ordenó pagar ¡As prestaciones sociales a favor de los beneficiarios legales el Técnico Subjefe RIOOE3EFTO
CORTE RIVERA.
Que como consecuencia de la nulidad anterior y a titulo del restablecimiento del derecho se ordene ascender en forma PÓSILliBO l grado de Técnico Jefe al Seor RIGO8ERTO CORTES RIVERA. 4o.- Que como consecuencia de las anteriores declaraciones y también título de restablecimiento del derecho, se ordene al Ministerio de Defensa, Nacional reconocer y pagar a los beneficiarios legales todas las pr taciones 1 a que se refiere el Art.1.89 del decreto-Ley Na.1211 de 1990. 5o.- Que se ordene el cumplimiento de lo resuelto por el fallo dentro del tórmino sldo en el Cirt. 17 del C.C.. Mas peticiones , H. Nagistrado se fundamenten en ls siguientes HECHOSExpediente No.2U703 Lo. El Tcnico Subjefe RI6LhERíO CORTES RIVERA, pertenecía a la Fuerza Aérea Eolo biana y era Técnico del helicóptero de ei iiiima fuerza y poseiA el Código Militar No..717950. 2o.- El 9 de Diciembre de 199C', fue programado el avión arava No. i952 con la orden de vu10 No.
Técnico del helicóptero de ei iiiima fuerza y poseiA el Código Militar No..717950. 2o.- El 9 de Diciembre de 199C', fue programado el avión arava No. i952 con la orden de vu10 No. 1.160,1 con destino £1 Dorado, y en la decripcián de 1 mi. rión a cuupl i r dice textualmente "EFECTtJA VUELO DE ORDEN PUE3L.ICO 3. 3o.- Segrt la hoja de vuelo forma FAC 4201 r correspondiente a la aeronave arava y al vuelo programado en la orden t4c 11M3. aprecen do iti.rario híit definidos y Cumplido-- El Dorado Ilelgar con una hora de aterrizaje en CAATA la% 1.30(' , horas Luego Melgar - Grardo El Dorado, hbiendb depeqado de Mzlgar a la 16: 3•.) horas 1. 1,Cv4ndo tres: pasaJeru y 300 toqranios de peso, une de lo PaT¿4,ieros era el Tcn ico ub.j efe RIGOERTO CORTES RiVERA, y en la parte de OBSERVACIONES aparece ttual aten te "EFECTUA VUELO ORDEN PUDLICÜ" 1 legando d ta el Té cri i co Su, bjete R 1 L3OFJERrO CORTES RIVERA a la población de Granada (tieta) 4o.. -. El 11 de Di,ieiihre de 19O, fue programado e heiicptero No.4102 de 6rarida a tielgr cori la
RIVERA a la población de Granada (tieta) 4o.. -. El 11 de Di,ieiihre de 19O, fue programado e heiicptero No.4102 de 6rarida a tielgr cori la misión 37 (ORDEN PUELIEO) , figurando el Técnico Subjefe íio1:ertc Cortes Rivera en la orden de vuelo como Inpector, y en ésta orden do iUClü parece consí.gnadci en la prt:e de instrucciones textuales VUELO DE TRASLDO A MELGAR FiRA MANTENIMIENTO POR IMPACTOS" - Obviamente ciEped1ente No.23783 4 helicóptero debió cruzar 1 a ruta por donde se dearrol1abm lora comb4ts entre l ercito regular y la.a Fuerzas Armadas Revolucionarias d Colombia y durante los el hlicÓptero fue alcanzado por lasEr balas de las revolucionarios llegando acidentarse como consecuencia de los impactos mu.iecío en ft. -)r-ííiPt intntánea el actor dp este praceso o. En el Informativo dninit,'4tivo poi muerte Nc. -79 d icianbr 12 de 1990 s descr:Lben claramente par parte del Coronel HECTOR FAVIO VELASCO CHAVEZ, ComarcJante cJl Coçnanç.Jr) Aroo de Apoyø Táctico.. los heçhos -qu-a origen al deceso del actor , lo cal if c. r.00 ír,uerte en
DESARROtJ.,RE)AS PARA EL 1AU1 -ENtMTENTO O
RESTALLEC 1 MiENTO DEL. ORDEN PLtL ¡ CO
deceso del actor , lo cal if c. r.00 ír,uerte en DESARROtJ.,RE)AS PARA EL 1AU1 -ENtMTENTO O RESTALLEC 1 MiENTO DEL. ORDEN PLtL ¡ CO En l inform..tivó No. 37O d Diciembre 26 de i99O e describe claramente por parte el Brigadier Generall, GUILLERMO ZUtdGA CABRERA, Comandarte del Comando de Apoyo rito, los hecho. que dieron origen al deceso del actor y o 111JERTE EN .. El 2 de Enero de 1991 el Pre•id.nte de la Repúb]. i. profiere el Decreto No. 27 mediante el cual se le confiere la condecoración deen e en arden público en póstumo a un personal de la Fuerza rea Colombiana, entre olios el actor de este proceso. 80.- El 20 de Mayo de 1991. la SePora esposa deltTxpednte Nt24378. actor 1 e hacc-2una pot±ción a i Ninitrc d Drfna Ncior,.1 re1€ttiorda c:on murt. dJ Técnico Sub.jefe , R1GOEtErT0 çoi rr kif c.
so i cita 05 ntv': tr&, cO%i que lo a s c. i.nd póstu -nt al orado de T!:;n ico Je El i d ebrro do 1991. e i Ciirdo do 1 Fuorz trea o1ombian profiere la orden adintrativa de per -sinrial No 1-004 donde d fas nvjde del pe-ron1 producida
El i d ebrro do 1991. e i Ciirdo do 1 Fuorz trea o1ombian profiere la orden adintrativa de per -sinrial No 1-004 donde d fas nvjde del pe-ron1 producida en r ti. tiicjkin 1 1 corí t r á rt Jose €lli rel j. ctoda el Fic Subjefe F:IGODERTO CORTES J.O. EL priÚdicc:' do Fuer riadaE; dedica una paLj:Lna a F\P.JETRUS I4ERf3ES donde ec:rihe ciar ente Eíttror su .'ida como héroes en encuentro con b.andoiero de-, 1 aa autodenomindFRC . " y r o i cciuria a l Té :nico bjeie RIc3o)3EFTo CORTES RIVERA. 11.o.-El 4 de diczembr d€ 191. el Ministro lo De -fon 4:iorid >pisi la mcd ante 1a cul e orcJeti puo de pstacionei szc3ciale ,:r> a lo r. (iciari.o. lc]idel actor de este proceso
J. El 30 de Diciembre de 991, la zti-4scri,tiA en calidad de podrada ,pccial de lo-s frienol -ps y de la cposa del actor 1.ntrpone recurso do reposición
contra la Rcolución indicda con el objeto de aqotar ] via quberrzat.iva. I fecha el Ministro de Defensa no haEpedic?nt No287E 6 deatdo el recurso interpueto contra la
contra la Rcolución indicda con el objeto de aqotar ] via quberrzat.iva. I fecha el Ministro de Defensa no haEpedic?nt No287E 6 deatdo el recurso interpueto contra la Reoluciór No. 3819 de 1991. 14o.-La uprsttte y lus iíienors túJos del actor mí e han conferido poder en legal -Corma para incoar la ac;ción que hoy propono o ante esta H. Corporación. 15o.. La se interpone dc'rtrçi del5&1cdO en la ley, esto es dentro de los cuatro (4)(Reses 7aubiaiquien tes al momento de quedar agotada el iisnr:.io admir;istiati'.o neqativc. FUNDAMENTOS DE DERECHO DE LAS PRErENS 1 ONES Los actoa odministrativo que se ¿1emardan violan en forma indiro:ts lc Art. / 58 y 121 de la Conti.tuç:ión Nacional. Decreto ley 1211 de 1 99O. CONTESTAC ¡QN DE LA DEMANDA L a apoderada de la entidad prentó su escrito de contestación a folios 51 a 54..
ALEGATOS DE CONCLUSICIN¡pd1nLt to..2j7O3
El apoderédo de t entidad su al&ec3ato de conclusión a folios 77 a 7E. La apoderada de la demandante los proni:i a folios 82 a 8t.
Prc.: urdora Pri,üçra Jtnl i ci.a 1 rindió cor:ept ia desfavorable a folio a 38.
CONSIDERACIONES :
82 a 8t.
Prc.: urdora Pri,üçra Jtnl i ci.a 1 rindió cor:ept ia desfavorable a folio a 38.
CONSIDERACIONES : e Proporle en esta aeíania la nulidad do 1 a reoluçión No. 819 del 4 de diciebre d 1991, e>pedida por el Subsecretario del Miniiterio de Defensa Nacional la cual le rcc:uric,ç-ió a los beneficiar ios de]. SubOficial Ttcnio Pígoberto cortés Rivera el vlor do 1 a prestciore económicase a usadas por , su 1:eso, ya que tal providencia consid'r que el fai leci,m,i.entu no de'iino Ofl combate O camo consecuencia &i la acción i#1
nctniqo, pues de haber sida esta u ítuac.ión en G SS 's términos ha debido pi oducirse un ascenso póst.uíio al grado inmediatamente siguiente y de coriuien te, otroshan debido or los valores de ]as presttcioiie - ecoriáin.ica por recoricer los hechos de la demanda n los que se encuentran debidamente rpaldado cora base en 10 documentos de lo folios 18 y 19 del e>pediente se estima que el accidente ocurrió como conecuerc:ia deE<pdiente No 28783 la acción del si se tiene en cuenta que el helicópt;erci había s.ufridn averías, el día anterior cundo deombar-caba tropas en el lugar dol operativo militar. Que dichas vería bian ser reparadas
la acción del si se tiene en cuenta que el helicópt;erci había s.ufridn averías, el día anterior cundo deombar-caba tropas en el lugar dol operativo militar. Que dichas vería bian ser reparadas siendo necusario t.rai adar el vehcuLo a la sede rniiitar de Nelqar, en cuyo trnito se produjo el percance en que falleció el seor Cortés Rivera3' bien es cierto la providencia ac:uada nada indica sobre las razones para no haber acogido el criterio expuesto por los Comandantes del. Comando (éreo de povo Técnico visible a folios 1i3 y 19, lo cierto es que determina que - .el deceso del citado suboficial (sic) ocurrió en misión el servicio y no ornci allí fqura' / 4Tstirna la Sala que aun ante esta ausencia de razonamiento o motivación para expedir la resolución acusada (iunquEz ya exista el artecederjto del con cep{:c del. Comandan te General de tas F&rzas Militar-es sobre el decreto por ci que se honraba Ja memoria de los fal iccidos) le asistió raxón a la adm.in.istrac lón para haber conideraiio que no se dieron los preupuetns del artculoi8? del decreto ley 1211 de 1.990, ya que con el relato que hacen loa infurrnativcs administrativos en especial el seundc,, i muerte no ocurrió durante el operativo militar o como consecuencia de él pues si bien es cierto la nave reul tó averiada en tal operativo en él flLi participó el de cuj us si no que siendo necesario
i muerte no ocurrió durante el operativo militar o como consecuencia de él pues si bien es cierto la nave reul tó averiada en tal operativo en él flLi participó el de cuj us si no que siendo necesario repararla por los da?os aufridos. el accidente sobrevino en el proceso de traslado de la nave.>Lxped¡en te U.237a.3 9 lo analizada, la 3a1a llega a la ctc1uçión que el wb-oiicial Cortés Fivera no participó directamente en las operac:iones militares en que se ave-rió la nave y menos que potese hecho haya perecido, si no que por razones de su funciones y muy probablementeante una imprudencia de ql. enes ordenaron el traslado del vehiculo sobrevino el accidente qu€ le - cc,tó la muerte al funcionario, la que no n.:esariamento hay que ubicar dentro de las condiciones de hecho a que se refiere el articulo I8t de la norma en cita.)J el estatuto dci articulo 1, líl 9 del dei:reto L.L 1. itima la Sala que 1 a protección que el concede se refiere concretamente al dece3o oc:urrido por acciones de combate sea que LA muerte ocurra en él o Como consecuencia de él En el caso que se anal si bien es \:iurto destinaron la nave para un operativo militar. mientras él ocurrió no :brevino la muerte del causan te ni GLL muerte elcut rió como rtscuenci de ee operativo.>Ai lo estimó la entidad apartándose de pasa de io comentarios emit.ido en sentido contrario por el Cotn.ndo Aéreo de
la muerte del causan te ni GLL muerte elcut rió como rtscuenci de ee operativo.>Ai lo estimó la entidad apartándose de pasa de io comentarios emit.ido en sentido contrario por el Cotn.ndo Aéreo de Apoyo 1ceico, y que la Sala ha de corroborar como ajustada a derecho esa apreciación por lo ya analizado. Aunque resu 1. te dura la apreciación, fue la nave la que intervino en el operativo y no el de cuj u 1/ Porlo epueto el Tribunal Ñdrsitrativo de Cuñdinaínarca Seción Segunda Subsección administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley,;o7e. i) E A L L A Nigane 1'i Súplivaii de la d&nda. GOP 1 ESE NOT 1 FI OUESE, COtitiN 1 QUESE Y C::IJt1PLsSE En firme pruvidtnrit i:hiv 1 ç;td.int.i (Aprobado en Sión No.