TA CUN - 3250-(26-08-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 3250-(26-08-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
PEPUILICA DE COLOMIJA flciaforía j Tribuna) Adniinisf,Wivci /" de bogota, ILC 9elntie1ie de oet,1 4449 £HJ1 Lin ov ent4,Y nOV9C ten Magi.szedó Ponen Eed tønt bjHz &çee
1DR DRiO QWSK6 PiI$W4 t4o :32'
ALCALDE HTJt4ICIPAL DE 11 a1d• del t1unt.tp1ó cM Jexu14n, en eje t10 .ie facultadec que le cou1ez el ,rtic'ul 114 del Deoietu t e de r., A Ld. e/Ofl 1 Pmbóe4 concejo , 'Mutc uIcipel.' 'eepect1Va. to debate regl tsent (1.4'ry veinte.,(,Ø) io: fue' prmtdc del acióa dí1I..Le:' tó rjj 1e d1s eiat C'tO1Le tee cte febzt de 1 9 El di corron1tent. febzer Al do 1.a9 fue envla&ló -11 iai L& 1333 de 1.9861 pre5entó eiLo rte TrítuK»l Vara ue S&ta tporición decide eotn'e 1a ubjeclonee tor1u1adAe ,l 'ruye to ck Acuerdo ntmheto 004. dibl 28 de iebreo de dt:1 e, ncej Nu4lel. 1¼»' tedIo d1 ouel e ze el oiro k
ck Acuerdo ntmheto 004. dibl 28 de iebreo de dt:1 e, ncej Nu4lel. 1¼»' tedIo d1 ouel e ze el oiro k ¿tu.tii.a de Le yo rocrib ri unictI .le Jturs1or Cu ud irir4.ee idvierte' cJar curk i' lione eetts para dic'IemLr 1.99. al oiles .l alto ere im; Exp. N 3250) gut En la mieme foha < ¿ebÑt'o 2693. fue enviada t.omn1qaci& aecrá.ta por el eeor precidente del concejo auni&pei de Jerüeal6.n. tnformendu CÁUC,60a Corp rac ión daba >or eueuzTadae lee eeeioee or4i.ne. ie torre ondteDlee a]. mee de febrero El.Ua pritLeró Mr.o de 1993 fue objetado el 'ioctu dü acuerdo en enc16n Por el ejecutivo ict1. po considsiarlu ilegal 1ncon1eniente Para el 1nitip10 A d1che objctonee e6 lee dl.i el trámite de ley hab.4epdo ub.cai4n cornden L. do zteti en exmoni6 c6n ]o ev1eto por el rteuLo 113 aill. decreto l33/88 No oLetatc Lo anterior, el oejo muieil de Jtuean, hec'iendo caso ---Mííso de lee obJeilonee fcrmu1ada y iblicadae, en seelón realizada de
No oLetatc Lo anterior, el oejo muieil de Jtuean, hec'iendo caso ---Mííso de lee obJeilonee fcrmu1ada y iblicadae, en seelón realizada de malibra lrz,guLeu, tot Vela, UIJO.,_no habían sido rorrogede 1e eee1cee ordjn.riae, ni tanp000 habitn otdo citdo& de uwnera extraordinaria se relLnie!'n y en oIiclç de fe1ia wi.o 993, fue enviado nuØvente el Provecto de acuerdo tic. ]. de de la alcala cn etscritc en donde e comi lca quØ ae rehab4n las ObjecíoTACa .entadas deobc expueetos tdet' ee ha vLo1a4o .1 1,aritioulo,289 inciso tercero Loe fundannt son., del te Le (uiici» t que se retiore este utilo se Cumplir torj euec n ettric.ta lee itumas qie expidan loe nomenclatura, CIeeifiQeoi4n r eitn de eop1eoe, y sin gue se puedan orear a del ts rez
0n1.ipal obliaiulLes gua rn.tperen el mo))t fiido .n<>1 preewweatei inicialmente aprobado para de aervic.ius peser les, ea decir, que para eto. ejtoe no se pueden bacr, traslados ni adloionee atar aprobado el al presupuesto de fiscal de193 en cednte con fr er'Uri tad se. creare un nuevo cro, Por parte del
eto. ejtoe no se pueden bacr, traslados ni adloionee atar aprobado el al presupuesto de fiscal de193 en cednte con fr er'Uri tad se. creare un nuevo cro, Por parte del 1,5 uirncipal, actitud ésta que._ iontrarla la ttspi.ctu
leal tiivoc ada y 44ue considero causal.previas t&e siguientes 'Exp. No. 3250) ruflcierte para que el Tribunal deolare undadae lar objeciones preeentadaa. "3i el anterior cargo no fuero aufiolente, ve coieidera que no es poeibie para el alcalde de Jeruealén proceder a .sancionar el proyecto de acuerdo No. 001 de 1.93, toda vez que e1 artículo 79 del decreto 1343 de 1.986 er claro cuando expeea "Los concejos ea reimen d1itmente por derecho propio, Quatro veces al. aAo así: El primero (1o) de agosto. el .prtmero(1o.)'e noviewbr, el. primero (10 de. febrero yei primero (lo .)de mayo. Cada vez lar .erto1ke8'dUrefl treinta (34.) diasprorrogablee, a juicio del respectivo coboejo, por diez (10 diao mar Psi mlmo el articulo 80 'del Lniemo Mtatuto ptú: "También, ea reWirn extrsordinar lamente los coneejs t>_1r convocatoria del. Alcaide t,eeecttvo.. ". cóxt base en lo .nteritr y el, ea tiene en cuenta de uiia parte que el preeidente, del conejo 8tia16 mediante comunicación
convocatoria del. Alcaide t,eeecttvo.. ". cóxt base en lo .nteritr y el, ea tiene en cuenta de uiia parte que el preeidente, del conejo 8tia16 mediante comunicación escrita que era Corporación había dado por. terminadas las ser iones órdinr tas: irespondieritee. 1. mar de febrero y de qtre, l4o que tampøcoSe les cÓvoC6 a sesionas extraordinariaspara oonbcer del mismo, es Llau que el oficio del sefor presidente del t.oncejo municipal de Jerusalén en el ue se iufirmo :sobre <s1 rechazo de 1a 'objeeionós, decisión éeta torda icuando. el concejo niuniolpal no se encontraba'aeionando en los tétninor que la ley eatab4ece, llevan étad cirunsta-nolas a eetableoer que no -re ha dadO por, el concejo muziLJ.pal el trn4te de las ob cionasen forma legal y por lo tanto no está tl alcalde itp1 en la obligación de noionar el proyecto de acuerdó ue no 'soto por lo acS a&otado., sir también por lo sere1ado en el cargo ,primero, ea a toda5 lucee ilegal '. Al escrito pre•ntado po el Sefor. Alc1de Uniotptl de Jeruel6n, de utordad co el articulo 114 del Decreto 1333 de' 1986, es le dio el trámi té , 'Prev loto en el. articuLo. 1,21 ibidam, ..y, er oneecUencia,..'procede la 6ala a .rc so liret,Exp, NO. 3250)
de' 1986, es le dio el trámi té , 'Prev loto en el. articuLo. 1,21 ibidam, ..y, er oneecUencia,..'procede la 6ala a .rc so liret,Exp, NO. 3250) 1333 de 1.986 los Alcaldes Municipales puedn objetar loe proyectos de Acuerdo por motivoá, de inconveniencia o por ser contrarios e la Conetltuci&i, la ley o las ordenanzas Pero si formuladas lee ob3ecioflea el Concejo t1untcipl roonsidera e] proyecto y nuevamente lo aprueba se presenten las eigiientas situacionee, según se bayan formulado por inconveniencia o por inconstitucionalidad o ilegalidad. Le primera, el las objeciones se formularon por motivo» de inconveniencia, el Alcalde necesariamente tendréque sancionar el Acierdo, sin poder presentar, nuevas objeQioneí al proyecto; l& 'segunda, si las objeciones es formularon po motivos de inconstitucionalidad o ilegalidad, el. Alcalde remitirá el Proyetc de Acuerdo el Tribunal Administrativo correspondiente para que sea Corporacióndecida sobre iu validez. 2 - El Señor Alcalde Hunioipl de Jerusalén, mediante escrito del ].o. de marzo de éste año, formuló objeciones de ilegalidad 5 lnconv<iníen'ci^ el Proyecto de Acuerdo numero 001 de 1 993 del Concejo Municipal, Por medio del cual se cra el cargo de oterotarla aüxiliar de la personeria municipal .de. 3eruaal6n Cundinamarca". Idas objeciones por ilegalidad las suatentó seialando la
cual se cra el cargo de oterotarla aüxiliar de la personeria municipal .de. 3eruaal6n Cundinamarca". Idas objeciones por ilegalidad las suatentó seialando la violsoi6n de] inciso tercero del artículo 289 del Decreto 1333 de 1.988 3.- En primer lugar cabe señalar <aue en relación con el punt. relativo. la posibilidad de violsótón del inciso final dei artículo 29 del Decreto 1333 de 1.988 esta Tribunal se ha pronunciado en varias oportunidades en el eentido de oonsidear queesa infracción no es presenta con motivo de la simple creación de empleos por parte de loe Concejos Municipales, pues, en reali4ad,Io que se prohibe mediante esa norma es quase hagan traslados yivo rubro pr .1ae aei gil ac1ote £Q 108 de 10$ ct ,l al detnitkhr lee pl .tetleoei •creájón pib11iiad de 4uo lite obilgacionee evnóetce, que cnto fi do' en el sur jan para el, ufliçtX'tçiflQ »pØre ei 14 euueeto ifliOjliRdhflt pag o :. etció lieftt de 1 r 1 .monto K&p. Uo. 32O at,endr; el de las l eervio Hii1pz1ee AZD fl 00 enCUentz'n -auládón y, dic.Lone pag çie Ise obflgactoflee •Lo5 ~vt.cloe &Yaie diciunee preeupueetle pa
AZD fl 00 enCUentz'n -auládón y, dic.Lone pag çie Ise obflgactoflee •Lo5 ~vt.cloe &Yaie diciunee preeupueetle pa obllgacion.e ue 1 ZrJan por oriiiadoeen éa pueden crear loe croe t&cu1ta&Ioe )acer t eeupueetalee ubrr &L C~nlelft,de 1 ,% preetación de oorreeondtents ea .açleoe . t4edien't elPz'oyecto dO Acuerdo:. númro QO1 dég I Corxej mun icipal 4e 1ruea4u creó, eet.n el 1t4CUlo primero, el iargo de 6acretitr1 Auxiliar de 14u»lc1pl Y en e 'euticulo eeund f-ac-vi lt'ól,al , Alcalde t4tin1ç lpai para ue tdicl& denti ç del £reupueeto lluniclpal, el pttinentee. UJ çc,eJce Mut1palea a tnitát1va del Ale puedendetmuxtr las pl&nta 4 eup1ee on la os1bili4od de ) r.epecttYoa emplead,e pueda» eeear , a eerez 1onee ei l miemo bD 4 los oe, ~ o -00 Pgkcte~t,dar laNo. 3250; o en el presente caso el ConceJo.Hnipi de ieruealén autor izó a Aal4e Munijp.l para adicionar dertz'o del Petest HUAjctp&i, el respectivo rubro
o en el presente caso el ConceJo.Hnipi de ieruealén autor izó a Aal4e Munijp.l para adicionar dertz'o del Petest HUAjctp&i, el respectivo rubro para las asignaciones pez't.inentee.. la conoiueiór, es la d ue evidartemente el art.ulo oa4WAdo del A.uerdo impugflado que con ene esa autor izacl'n iniriie el ac 28 dei. decreto 13." "de, t. 966, pues, eegn nor. para no se p hacer, dicha adici8n prseupuéetl, 1 esa prohlbic16n, tanto, no solo es tiende al caso de que los altos realioe directauente el Conceç, Municipal "¡no Para evento de perml ta posiblildad de utridad lo haga, ocurre en el eaeo.de eitudlo en que se autoriza al. Alcalde Hutet'al para actuar en ase ientido En esta forma la 6ala llega a la oncIuión de que la bjec18n es •fundáda Y. por • nq n vlldos loe artLC2Ioa SeUndO y cUsrt :d61 prtecto de ojetdo, ui,--a Uste ü1tio citáitttm&mnte relacionado lo expuesto en ese artloulo segundo No ea anulartm los dá5 )'ttCUlOB, del Acuerdo, pues flu infrinijan l irt:íulo 289 rj creto 1363 de 1,986. La creación de .10 cargos,, conteiplda en el articulo pr'inero,, 1!or a lo ano t ado ante io uenta, es vi1-ida t en re la i con
irt:íulo 289 rj creto 1363 de 1,986. La creación de .10 cargos,, conteiplda en el articulo pr'inero,, 1!or a lo ano t ado ante io uenta, es vi1-ida t en re la i con Qu&ntonO se puede aducir violación de} citado artiulu 289 por zuantu tu guardan relación cn los trslados y adicioner, preeuest.ales ordenadas, pues, en su orden, facultan al Peener Htni..ipa.l para ,jue indapendienteaente nombre su 3ecr'etario y señala le,iencia del Á4uerdo. Ahora,. el Seor Alç1de en si escritu que presentA e 4sta Ccsrporación adujo, ac1e, la vielación del artículo 79 del Decreto 1333 i0es 1.86. Ín embaz o del rtenido esa por que OtrN loe dama.. artículosdel eecrito de objectonee i4rig1& el C3tcjo P1unl1pl fO1tQs 8 y 9), w0 4duo que 61 Mta1de nL lae iu8tent con bese en esa ODma. s(nifIc ue no Ce presentd la coinidenQie que objeci oflee øeitedø L$ttk •st,e .1. eszito de por éL &1tld UtUipaI de v el eiic.t 1 to pxeeetadø pov el r4eo ncinrio en el Tj,jbil »ra gu se des.. Ida -411 aobre la validez del Pro;eo de £rd, ptu, como pa se not6, en el prbero fi. sUba n. se nton la
r4eo ncinrio en el Tj,jbil »ra gu se des.. Ida -411 aobre la validez del Pro;eo de £rd, ptu, como pa se not6, en el prbero fi. sUba n. se nton la v101&jón del e.rticle 19 el' Decrot 1333 de 1 988. Y os claro que el Tiibunal AdtnletratLi al zeso3vr sobre lee obecjonee en el •vext,o de au'e el. Concejo las rechac. tiene qusUéitare.,, exj.rsar la i:'tconstituetonalXdd o ilog.lictad gediant. le t%nf'vntac1ón de la roae y ej. conopto de vif&i e'aos oís el erseritp de objeeionea. pues en é8toa cases el Tribunalki lo' tiene un -ontt'o1 eneral de 3. Y tancó puedo , seumiz s1',estudácir nué%pow. el Aleelde en el escritó praente4c. en el 'fribun En este oz -dn de ideas de la objeióri frmti1ada. 001 de 1 993 døl Conoej violatn del rticuLcs 79d6ld.ecxe en coneetuencI a, se sbstendi4 sobre su funde~ ntQ.
Por Lo expUesto, RL IMWML AII$IST&TXVb IM , (1D1$M4ARCA 1
IctON PRDRA, in$zdo ib1a 1 nonbz e de la República de '.,lobia y PO? autzded de la Ley, DecUranes fitidadas lee bjcionø Lorleuladas por el
IctON PRDRA, in$zdo ib1a 1 nonbz e de la República de '.,lobia y PO? autzded de la Ley, DecUranes fitidadas lee bjcionø Lorleuladas por el Señor Alcalde, t4un ,ipal de Jerumalén en cuanto a los éeuir l estudio o de Aouerdo, heró 1 ie uln Lo, I3 , de L986 y, de ez1t4r , pronunciansientjnzmero 88)
ØR1TO REYES VAGAS
Magistrado' 112 MARfINEZ QUITZX Mrii.trada Mm óa1vieoto do voto• &Exp. No. 3250) artículos 8eufldo y cuarto del Proyecto de: Acuerdo numero 001 de 1.993 del Concejo Municipal de J,rualén, "Por medió del cual ae crea e1 cargó de secretaria auxiliar, de la jereoner'ia rnuiipa1 de Jerusalén Cundinamaz,oa". 2o D.c 1ranee lntundadae las objóciQnee formuladae por el Señor Alcalde MunLoip81 de Jert.alén en cuanto ,á loe articnloe primero, terezo y aiito del Proyecto de Acuerdo' número 001 de. 1.993 del Conoejó Municipal de Jerusalén. 30 Couuntuese esta decisión a loe .eforee Pree&dente del Concejo, Alcalde y Pereonero de) Mnlcipto de Jerusalén. cOPIESE. NOT IQ(JESK, 'COIiLJNiQUE (Discutido y aprobado en saetAn reó Iludaen la , echá. Acta