TA CUN - 33972-(01-03-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 33972-(01-03-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
tttv - Ji e.
SUPESION DEL CARGO / MODERNIZACION DEL ESTADO / PLANTA DE
PERSONAL - Reestructuración
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION SEGUNDA
SUBSECCION "B"
Santafé de Bogotá D.C. marzo primero (01) de mil novecientos noventa y seis (1996). A' lo
MAGISTRADO PONENTE DR. LUIS RAFAEL VERSARA QUINTE
REF PROCESO NQ 33.972
ACTOR HECTOR MURILLO
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Supresión del Carga. El sear HECTOR MURILLO, mediante apoderado judic:i.aJ, y en ejercicio de la Acción de Restablecimiento del Derecho, presentó demanda en esta Corporación el 11 de enero de 1994 contra el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD controversia que se resuelve en esta Providencia. SeFaia como P E T 1 C 1 0 N E 5 de la demanda las siguientes: "1Es n'.'Jo el artículo primero del Acuerdo # 13 do agosto 9 de 1993, expedido por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Salud aprobado por el Gobierno Na::iorial mediante Decreto # 1734 de septiembre 1 de 1993 por - medio del cual fue suprimido el cargo qt..io c)cupaba. el demandante en el lnst.i tota Nacional cm Salud y se le retiró del servicio, 2---- E c:onaoc:'a en cia en ca. lid -ad de res Lab 1 ecimier t.c: d•:' i. derecho orilern•:-3 usted al reintegro del demandante al
y se le retiró del servicio, 2---- E c:onaoc:'a en cia en ca. lid -ad de res Lab 1 ecimier t.c: d•:' i. derecho orilern•:-3 usted al reintegro del demandante al empleo que oc::upaba c:oando fue rel:irado del servi.r::i.0 o a otra de igual. o superior categoría y aun io en la misma ciudad y entidad donde prestó sus servicios por ál t.ima vez. Por la misma razón y calidad, corulene a la demandada. a pagar en favor del demandante una suma. de dinero equivalente a. los sueldos primas, bonif .i.cacione subsidios auxilios laborales vacaciones., prestaciones saLid es q cesantias incrementos sal ar 1..ales de]. car qe y todos los demás derechos 1 ahora. 1 es ¿ que tenqa derecho el act. nr 1 iquidada desde el momento del raU. ro hasta cuando efe ct i_vamen te sea reintegrado a su emp 1 cro ,1 -- Las can Li.dades 1:Ç. c:io.icia.z. da l c::endcana. devenq&tr:n intereses, y serán rea.j us tacisa conforme a lo nf' los artí c----los 17 7 y 178 de]. CCAEXPEDIENTE No. 33.972 5Para todos los efectos legales se considerará que no ha existido solución de continuidad en la prestación del servicio del actor. Son H E C H 0 9 principales de la demanda los siguientes: "1-- Mi poderdante presté sus servicios en ese Instituto desde e]. dila 11 de junio de 1990 hasta e]. 3 de septiembre de
servicio del actor. Son H E C H 0 9 principales de la demanda los siguientes: "1-- Mi poderdante presté sus servicios en ese Instituto desde e]. dila 11 de junio de 1990 hasta e]. 3 de septiembre de 1993, fecha en que le fue comunicado y se hizo efectivo su retiro por supresión del cargo. 2El último sueldo mensual que devengaba el actor fue de $86.225 ,00. 3La Asamblea Nacional Constituyente, mediante el artículo transitorio 20 de la carta de 1991, dispuso "El Gobierno nacional, durante el término de dieciocho meses y contados a partirde la entrada en vigencia de esta. Constitución y teniendo en cuenta la evaluación y recomendaciones de una comisión conformada por tres expertos en Administración Pública o Derecho Administrativo designados por el Consejo de Estado; tres miembros designados por el Gobierno Nacional y uno en representación de la Federación Colombiana de Municipios, suprimirá, fusionará o reestructurará las entidades de la rama ejecutiva, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales y las sociedades de economía mixta del orden nacional, con el fin de ponerlas en consonancia con los mandatos de la presente reforma constitucional y, en especial con la redistribución de competencias y recursos que ella establece". 4El Gobierno Nacional en ejercicio de las atribuciones a él conferidas por la Asamblea Nacional Constituyente en el precitado artículo transitorio 20 de la Constitución Política de 1991, expidió el Decreto #2186 de 1992 diciembre 30) por medio del cual reestructuró el Instituto Nacional de Salud.. El articulo 43 del mencionado Decreto
precitado artículo transitorio 20 de la Constitución Política de 1991, expidió el Decreto #2186 de 1992 diciembre 30) por medio del cual reestructuró el Instituto Nacional de Salud.. El articulo 43 del mencionado Decreto 2166 de 1992 dispone lo siguiente: "ARTICULO 43. Adecuación de la. Estructura Interna y de la Planta. de Personal. La Junta Directiva del Instituto procederá a determinar las modificaciones a la estructura interna y a la. planta de personal que sean necesarias de acuerdo con lo previsto en el presente decreto, o ao siquiente a la viqencia del mismo. "La planta de persona], que se adopte la cual ser-. global, entrará a regir para todos los efectos legales fiscales a partir de la publicación del correspondiente decreto" (subrayé el fragmento suspetuJ.i.dr por el Consejo de Estado, según seEXPEDIENTE No 33.972 md ica - adelan te) El plazo de los meses dentro del cual debió reestructurarse el instituto Nacional de Salud establecido por el art. transitorio 20 de I---x Constitución Política, venció el día 7 de enero de 1993 toda vez que tal plazo de 18 meses se inició a contar el día 7 dr? Julio de 1991 fecha en que entró a r'eqii'. La actual Constitución Política, de donde 'Fffl4 que el. acta de reestructuración de la planta de personal del Instituto t'..Isci.onl de Salud Acuerdo i i3 cte199:3.- expedido e<pedido por la Junta Directiva del Instituto Nacional
acta de reestructuración de la planta de personal del Instituto t'..Isci.onl de Salud Acuerdo i i3 cte199:3.- expedido e<pedido por la Junta Directiva del Instituto Nacional dr? Salud el día 9 do agosto de1993, e.pr'.c;iacft med . ante decreto # 1734 de septiembre 1 de 1993 con el cual se suprimió el cargo que ocupaba el actor, y se le retiró del servicio, es extemporáneo ya que fue proferido después del plazo indicado por e]. transitorio 20 de 1 Carta (ahuso de poder)Además fue proferida tal acuerda # .t:. contrariando la suspensión provisional del fragmento indicado en el hecho anterior decretada por e]. H. Consejo de Estado. -« En efecto • <l resolver sobre la suspensión provisional del Decreto if 2166 de 1$79 (die 1 ) solicitada en demanda ir nulidad instaurada por el suscrito en ejercicio do ac:::ián pública, el. Consejo rio Estado Sala de 1.0 Contencioso Administrativo, Sección Primera, med 'can te providencia de fcc:.hs diez de junio de 1993, debidamente ej ecutoriada resolvió: 2.o DECRETASE la suspensión provisional de los efectos del artículo 43 del Decreto 216 de 1992, en la oxpr esián `...dentro del a.o siguiente a la vigencia del mismo ' , contenida en su inciso primero' 7'-' La Tunta r,3.rectlVS y las demás autoridades del. [ns1: itut.c Nacional 1, de Salud ten ian conocimiento de que el H Consejo
primero' 7'-' La Tunta r,3.rectlVS y las demás autoridades del. [ns1: itut.c Nacional 1, de Salud ten ian conocimiento de que el H Consejo de Estado hsh.{a suspendido los efectos de). fragmento ya mencionado del articulo 43 del Decreto 21 de 1992, el cual fragmentado pretendía prolongar el plazo de 1.05 18 meses a que se refiere el artículo transitorio 20 de la. Constitución Po). tira toda vez: que la providencia que decretó la susodicha suspena i.ón provisional tiene fecha 10 de junio de 1993 en tanto L3LkO el Acuerda #13 expedido por la junta Directiva, del Instituto Nacional de Salud tiene fecha 9 de agosto de 1991 • y que el Instituto se hizo parte mediante apoderado dentro del proceso da nulidad contra el Decreto Lo 2166 de .1.992 ':100 cursa ante el Consejo de Estado ezpr-d ien te 2462, actor José Antonio Galán Gómez. flE.l demandante se hallaba escalafonacle en la Administrativa, de donde con el acto .:cic.:'dci se la violó SL( derecho consagrado Cli el artículo 8 de la Ley 27 de 1992 porcuanto no se le otorgó el derecho a optar libremente entre el reconocimiento y pago de una indomn i. za ci ón o la solicitud de reviri col aciónEXPEDIENTE No. 33972 rivoc:a. C0fl3 N O R M A 5 V 1 0 L A D A 5 las ságuienuert Lna1.:itu:.ion;3i Nacional. artículos i .2 25 113, 12 115, J5'.
rivoc:a. C0fl3 N O R M A 5 V 1 0 L A D A 5 las ságuienuert Lna1.:itu:.ion;3i Nacional. artículos i .2 25 113, 12 115, J5'. 109-14, 2.37 • 2:38. .74 y transitorio 20 Código Contenciosa Administrativo artículos 152. 154 ley 27 tiC. 1992 articulo 8 Decreto ley 2400 de 1968 ¿xi.....í.:uln 22 Decreto 1990 de 1973artsculos 211, 244
LA CONDUCTA DE LAS PARTES .: •• ••)••:S demandada erntvetó demanda ¿ ¶.. " .i. €:r d prFr' isJric , md 1. n te ei::r . to visible a —f 1i.o ¿? a 52 del esp.
L..ia Entidad $ixd ennI:..aL1a ailpgó sus Plegatas de Con c 1 us .1. ón ned i an escritas vj,ibJ.rs a Id1I.....1 :174 179 y la Procuradora Sptin ante la Corporación emitió nu concepto folio 100. SALA,La para decidir de fondo, por ser procedente hace 1
CONSIDERACIONES: El apoderado de IA parte actora a través du la acción instaurada, pretende de l.e nulidad del artículo IP del Ocuerdo Nq i. de agosto 9 de I99. pro terJ.do por el Instituto Nacional de Salud! mediante el cual se suprimió, entre otros, el largo o up.-cI.' .i el A:tk.3I ( u Cl'.ICo OrEF:ArIvo cori 4080, flvi1r3 09 dela Se:,.ó1
mediante el cual se suprimió, entre otros, el largo o up.-cI.' .i el A:tk.3I ( u Cl'.ICo OrEF:ArIvo cori 4080, flvi1r3 09 dela Se:,.ó1 Ç•e i:et.........'u; Senetales de .!.a Di..vi..a3.6r-i tth1u:1.hi SIF it 'i:' ! Ei al. mencionado lo 3 1.. . 1_i.I.p para que a titulo de re ...ab 1 oc .i n '. C.fl 1:o dHl Oerecho -- orjen9 1 rginlegra del :::í.çir 1)1. HURIULO ocupado, antes de Sur SuPrimi^ 0 • .I...,:. d5 igual 0 guperint,EXPEDIENTE No 33.172 Observa la SAln, que sobre estu nI.:in.- aiunto con i. •..
pretensiones, en cepc ionss y fu.id neii tc: :ione. de órden legal :€ distó providencia con fecha febrerw 22 c:Iu 1996, Proceso NP 9433962, f::tur r:oro ANTONIO 1.:AS(€UA trD]:?.( ftq ttr.3.do Ponente Dr.. C:.ñRL..OS AL FONSO PINZON PARRETO y pc.r ser materia subr ' la cual ya hubo pronunciamientg •;e transcriben algunas apar+ (jI' las consideraciones fpiç:.. su I:..('I5n en EI citadO ii lu. ic:; cuaIPS 1.- ...eneri como fundamento jurídica de la presente desiciáni
consideraciones fpiç:.. su I:..('I5n en EI citadO ii lu. ic:; cuaIPS 1.- ...eneri como fundamento jurídica de la presente desiciáni
1.siii.fiti.ts c1 libelista quual ic.íioit.c de preferirse el. acta acusado se incurriñ en las causales de anuianiún de los Petos¿dn!3..Io.str&.:i!OS cutnc: son% La V iol ación t).1.r:?ct di' la Ley '' Desviacion de I..:. r1f.l E. uDrgo por Violación Directa de la Ley, .t.o hsce consistir el repi-esentante del actor en B. del Rrticula timpritprie 20 rt 1 i. Constítución Política y; que la facultad de quprimir, fusionar yr eest.ru I:.L'; •tr entidades • s e dispuso c:cw 'los condicicues r:::3rfl_3 '' que el ejercicio est:.. t):. 1. i.ff( i. i.:acJc a u" tiempe de 30 meses además dubia soliritarse es4lunción . ':omí.u:l:ionus de una c'.mi......uSo TaumaMi 1 e9 en per t':u.. 'ii ndmin ist:.rst ).'S'! fob ..L a u br' Admtnistvativo dusignados por el Gunseja ':ts t.T:t14l ,.3 ti en miombros designadob por el !.(•.I:j r.i. l(• l'\i ...iri ':'ii repr9sentación dE la Federactio t.tc)fltbL.ra. ii
ti en miombros designadob por el !.(•.I:j r.i. l(• l'\i ...iri ':'ii repr9sentación dE la Federactio t.tc)fltbL.ra. ii '1 ,i' t 1 evpedirse .. Denr0a 216 6 de 1 1 92 y "J p o r rU to 1734 » septíwmbre 1. do L'9'79,aprobatorio I'(. : :i.3 de aunsta 1 je 1991, r .. t1'', Jt. r1I..Ii.J.fi.fj poi cgrecevdo i4'il..1I:1ti.i requisito, pur—. RIUu.pu s .Jti luE ftirtit»E r;'::te la til3..!I l:.sr! 3i1d? j:)r'Jfi I••!Ç)I•i re m oi aodos 'ir.' ':3t.3r1i V5c1CJfl.3 s5. msHma, qI_4.r la repstructuración se pc:d ja ejercer hasta cii / dr. enero ' 1993, pues 1 P 1910 inició 1 7 de jul in 1 1.99. fecha f•t1 que ortiúi. regir la acLual Constitutsoll Política; afirma sl5m43 • que tJsblenu.iu sido proferida 91. Decre to 2166 de 1992 el 30 de diciembre (Ji ese ato t.elli.eI(t.lc:i 'v:'OI It 1t.'l1 ' ...'.l'S 1 plazo JSr-5 i eet.;uL .Lirar t:::; .
t.elli.eI(t.lc:i 'v:'OI It 1t.'l1 ' ...'.l'S 1 plazo JSr-5 i eet.;uL .Lirar t:::; . el 7 rteneto de 1993, como la rRestructuración
i (.)iU '3 con posterioridad a fecha gt te' mencione¡-,. esto (? ¡legal; c:1E?rIri) que i e deicunuiieron les nerma: '::j'..'e tsqt.i.lari lo relativo a 1.. CarrHra administrativa, ''c de acuerde ~ lu (Jj .iI!rc1. t.'_'r [€1 Ley 77 de 1991 1 el. actor piid{ :t a~ tar la in'1rri.i.'cIón fijada pu' ,:iI t'I..ei it€:I c nuogerse a la revincul sr:.Lórl o c:Ierechry pr e t•r't....:1,j De bu establecer en primer .t.uq.sr 1 L..ptac: cH C_!5' .1 Decreto 2161 rli 30 de diciembre (jÇ.- 1991 5 i....•' eiili1.I.d')EXPEDIENTE No. 33.972 estando Mufra ç.:ft.i. teumine legal que e::tLJ. e .1 articuLo trensitario 20 de la Constituciónjii referide nurma disuueu qu=01 Gobierno durante el términude :j .i. ef:: ie c:hc% iae; contados a partir de la entrada en vigencia de esta .1 decreto impugnado fue publicado e1 31 de diciembre
referide nurma disuueu qu=01 Gobierno durante el términude :j .i. ef:: ie c:hc% iae; contados a partir de la entrada en vigencia de esta .1 decreto impugnado fue publicado e1 31 de diciembre de 1992, es dcc-..r, dentro dcl término sebalado pr a ella. Al momento-J e proceder a integrar la. nueva planta de personal dentro del ente demandado mediante el Dcci cto 1774 de septiembre lo de 1993 secyui ci cual aprueba el. Acuerda .1.3 dei. 9 de ego to de 1993 emanado de la 3 un t a Directiva, en el encabezamiento dE?). mismo 59 men c: ioi e "E]. Presidente de la República de ioioI:i, TH ej erei. c. o de las facultades que lo Lonfíero el artí rl........ 74 del Decreto Ley 104 de 1178..Y,ac:uedo c<pe1:!.r1e por la JunLa Directiva que también se ci con treije f ecu 1 lacia para tal fin, por e 1 Decreto 216 de articulo 7 numeral. 4. Se deduce entonces que t1.tÇL precisamente e].Decreto 2166 de 1992 el que pruLo(:i,.Ó a reestructurar 91 Iiisti.t.Ut...:) Nec. i oi al de Salud dentro dcl tOrmino legal para ello e ejercicio de las etr buL1.o'?a coilferileE; por ci. artículu transitorio r _1Nacional artículos 20 > 12 se estableció un programa ,ii suprosiún cl€' emplaus que dicen:
ejercicio de las etr buL1.o'?a coilferileE; por ci. artículu transitorio r _1Nacional artículos 20 > 12 se estableció un programa ,ii suprosiún cl€' emplaus que dicen: "ARTICULO 23 SUPREHION DE EMF:L.EU8 Dentro d?l términc , para llevar e. cabo el proceso de rees t y uc: 1:'.............ún del. inal:ifuLo a que se refiere este Decte.o, 1: auLoridaci c'mpc Len te suprimirá los cmp 1 erie o c rcioa vacantes y los deseinpe ed,.j: por emp 1. cs. pub 1 ....:05 cuando ellos no 1 ue r r:.Il neciosarios en la respectiva planta de personal C.C)ifl0 c:oiisccuerlei. &F' dicha decisión'' "A-tilula TE, PMORAM DE SUPRESION I)E. r_I..il:.L:..1:, supregión de emplang El cargas, Ifl i.i3 prenístua en el. articulo anterior, se ÇÍ,J3J1 0-, acuerda E .r1leUdO E0íI ci O! :)greme que aprur-?imc la a'.i.tni.......ied cempets"ie palo ojweutar las dcc:ia:'nos adapteiies dentro del. ao .....quicnt:c :.:cinl.10 a pavtiv i1:? 13 f'..... de publicación c:Iv.'1 pr eEente I)ec:ret':.' Teniendo i'fl cuenta ¡:n.r jol....e la. i.oa 1. i'ied del. Decreto,
de publicación c:Iv.'1 pr eEente I)ec:ret':.' Teniendo i'fl cuenta ¡:n.r jol....e la. i.oa 1. i'ied del. Decreto, 2Y66 de diciembre 30 ^2, • Consejo (.E: Estado ..... 5'? pranunejú mediante 1H sentencia de fEcha 5 de ,v ir' 1994, Unnmwjgru P,Mgnte Ducio;=~9 UI 4 1 I l Fnrí i u;. 7 •em pedientir 24i2 r tor J~ hin io Galán Gómpr 0911rria si:, .:i a: del caso acudir a E-II ten iendo en cuenta que 1.05 puntos aquí debatidos fueron debidamente debidampnte r: t'.c.li •u.cic.,E: :icr le niiie Ffl cuanto e que debla solicitarme la evaluación r ij'r,j er i oi ies de vi, e roni i si. ón formada por tresEXPEDIENTE No 33.972 expertos 9p Administración Publing c: I.'r:.!...... Administrativo designados por el Consejo de Es t .. tres iniaíibras designados por el. 1cJt.3.er iU Nacional y uno en
representación de la -ecit ....ación. Colornb:Lsna de Municipios, pero que lo que se eviden ci ó es que a 1 qonc. miembros em itiera n memorandos a m~ era a le abservaciones, es del caso analizar que de Acuerdo con la sentencia referida, se tiene que la Comisión conformada en debida rorma. 9mitir pnr parte de cada ui
miembros em itiera n memorandos a m~ era a le abservaciones, es del caso analizar que de Acuerdo con la sentencia referida, se tiene que la Comisión conformada en debida rorma. 9mitir pnr parte de cada ui ti-' sus miembros, el concepto solicitado, ndemás que e.0 c:eicet.'t.o iic c.J1)]......!l1e, cCJ(YCJ su !lcmli:rc .l.c indicrA debL.:ikfl rendit recomendaciones Las cuale5 p'...:d en a en la sentencia anoteda se dijo: L..1.t?qU di 2.5(fl€'F! 'l' los antecedentes administrativos del decreto .:us.do la 9al.4 c.ristat:a cloe de acuerda con las Uanstancias el Acta No .12 de las reuniones es de la Lumásián que obra. e. •f il .me 22:3 y 224 del anona No 2 1 e' 1.a rcuiu.ón del 21 de diciembre del 992 el gobiernu entrggó propues F.-5 relativas 5 V5 1 :45 entidades, entre ellas, al. Irii.it.u 1..o .rjrr1 de Salud. ( su vea, en 51. Acta No 12 que ubra - falios 207 a 222, consta 1 doctores Jaime Casi....o • Alcalde Mss c'r de Sant af: de Bngotá, Armando Montenegro, Director 110t 1 Dep s Lamen to Plac:.icrisJ. de Piane......ún , Jorge Larc:ia Consejero para le.
Bngotá, Armando Montenegro, Director 110t 1 Dep s Lamen to Plac:.icrisJ. de Piane......ún , Jorge Larc:ia Consejero para le.
Modernización del. Est.a: lo. y Héctor Cadena,'icetnin et.!c3 c:tr. lac:i..enda. ' Ct4iclitcj Públ ico , t.cu:taa ellos misI!lbrc:s c1ç- la. Comisión Asesora, dejaron ccnstiic_a suprei3 iJç sí..i F'1• • fgvorpbte en c:3l.eç:.j.c5n tcni t.':i:las las plesentadas. Por u parte, 1 os tres Consejeros de c: Ido in i.emL:'r 'as de 1.e. Cain.......)F) •ari.rIlf: 3 at en ':ll.'.€c' ir a it.. 1. do presentar iW'iu']! si 1:ueescritas sobre lag ti presentadaE, lo cual hj.r ....eren Sri relación ton el prc,ye 'r:ic:I de tr'íor tus del. Instituto Nac:iunaI. de ¶iaiucl que e5 el origen de . decreto demandado sri ente proc ...:1' tnc'd i :l:' 91 memorando de fecha 26 de diciembre 'Ir' 19$2 que alieroce e fi3t:'.os iO'i a 10' del. Anexo 2 Fcr Ni tanto, teniendo en cuenta qIJ€. el citado ínemc' retid o 1 c'r .ci. 1.a lc:ç. t.e de expedición del dwsrrti
tanto, teniendo en cuenta qIJ€. el citado ínemc' retid o 1 c'r .ci. 1.a lc:ç. t.e de expedición del dwsrrti deni enda;:l c: • la 1 a inn a luya qLIr t.ocics las. miembros lc la çctiní. inri expresar un su ua,ur:s:u1c t.fl rol se.:'. c:'ru cren 01 proyecto que dio 1 :eq Sr al dr creta cl'ensiudadcu puv li real rual no SO y :,.0 1. ' el Drticulo 20 it ansi. ter lo par e e te Ss)e':: l:e Aten a bien, en c:rtsiti:o a. que la. facultad cc.rlesqrelis d?Ft l articula transitorio 70 de .la lcDtuer_tr_rci.ón P01110:1 fi.) sEr utilizada iai fuera de les dii-iuchu menos,se' tiene que 19 misma sentencia afirma que I.a: Jcrn e Di rec t.:i.v.s el pr e ecter . expedir c:uidci 17 de 19' cl í:iiI:,i...:iriuo Nacional al spr:ibarlcu mediante c?l l)ecr tett 1714 :lri mismo so, ro .i ,uc:e.Irr ,i.ci en ninguna vi.c'i.ac.....irm de cine norma ertiler, ter • su er t.u.adi_t511 c,sLc.r'c: .:)15t5'j 4 derecho, eti:l.eiicj; , r:ii cuenta dicud? la: ,ic,jiii.: 1)1 r
derecho, eti:l.eiicj; , r:ii cuenta dicud? la: ,ic,jiii.: 1)1 r tienen estas furrucietie; de carácter sd':u.i.ni.;tt at.i va si tc rna :'e' ili_cil elt Ir (articulas 26 literal b) Decreto 1050: u^jEpA la ._1kM.. oped;ue eqrAsuoau a 3s Lnb . 1 , ( DusaPcni 1' BU MI D A) 66i L =¿O OH 9 t.:i !. ~ 0 1~ 33W c:p2_lqu,)u ani jem l a pn [ :; -ip MUMEN O>An4eAuqel i c't E1 A1Ü :[ ap soilw3no X scJDr5910yt1::.( sc.:Drir:3 •I...j Iiç • [ ap ) 'E) ç:;09 añippi e4uepnAu ..i anj c::'tfJiE.p ~ 4 1P la •..' Aaaalqe4sa c3d as M43 ,2 jap EPIN ap efoq el ueIcJcul::i enb C.::Ç!.4t.i3UliJC.Ij -CJl 11i':;F )
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n: ua e pr u3:t (Jo:) 1,owsyw lap 'e ..c ':: 'r'Ç''• A el e a4ualnbls o me 1 P J...i4 L.ip--- , : uplsaAdxa C[ ua T661 99T:' m:-LÁD&j Oinniliz i:p SO41aja sal ap leuolsl^ojd upFsmadsns 3p el 04U~l as l eynuapT^nAd e4sa c•p ef'.t;nTC:Jse.J 3:JeC'i e eleb VI e Mu3apuaz: 3&1cL ie 1.1 p rt. ,.':j s"4napaaaAd rç:'. ice 't w'i _c.ins o ....e uoisr'.j. .,e-'.ir,:'1 :r' .j'eej. ¿-p ee'4dcipe kiç' e'. ep sal E 04 U. .:_)çj:., ('Ç eldwns enb c::4uw....l;: un ep epeiq :ce crib owo:' arAapuejua ..:p aq anb CUIS ininisAara 1'i3 ?..Áe11 Qliflí''(? am~04 ap .rj e': ¡u essAdxa u,... :::ez 'r Ao4ne ap L.,..l)tr)I'3_i Om e'i:.i ' e.Jd 1916T aP MOT Oía=ag [ p hi .4 i.j:,I cp 0601 u~joG 1 p ( q 1 e. l' 1 j 9a ec 1 ' '4 .s ) ajuaurman
cp 0601 u~joG 1 p ( q 1 e. l' 1 j 9a ec 1 ' '4 .s ) ajuaurman ¡Ii .i(.j .i..4 iks 1 sa^a aalwp •3•••3 f)." •t \?..I :1 -31 '...l t: tip i31.0 £'•.S E.......' jennape ep =As4 el ':z ... 7"''.4....l'E' "E 1.12 lvUDIAEN muAalqop ' .4?) 01 v:3'tib e'1 Ie,L4 leuniadansa.....1•4FiF,)ii31 pi::' •t '1::je. ):.i ap ilÇ,1:'.e•'r TdU'e' o•:.ti(•il .u;:i_.cI Pun .1 .icpt iio:.. apand au 'sewsjw sel ep ut 2.idT'1 '.i t.çr el 2r:' p n4ajA Ua Ee'iJ'e4l1OpE S: • I:J ~eld C[ A V?U.J24 t 1 el .in:iepe DpEqs3 i ep saleiniawou 4 salcIA4enpu .y EesaAdwa 1 ep .4 :;0:) r q )::t"i 04 ep ec)A't :4:)E:i...IT p Enlasuan C.) se'4ui' Ç sel a nb e...4e(i L:ize'jc.l 4•'p c4uaSwelegas '[.i i3í•'ib o)E'l''32 .d Eq as upIneAndiolj
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e.c ap sn4ualweTDunumAd eope'..ie 're:.j ue 581"icl i nciadsmici oewe '''í:':e o:.:i:clwe; anb e. 2PT J0::: aleS el ' c;:3': ,.,eh .ÁCi TOP i e c_ed ep'e ue' ci el le'...in3Jn.Á:4 .1 ep pc:: i n1'E 4 el PMeS aP i11''D'eH 0.._.4._r_1$:( 'E P eA'C42J 'Cj 'e 'ej 112 c;ñe'jep 4 eepi ....uo: s3uo'r:1nqT .....4. sel Aamiara .... rPONI E 1 ua 525-2W 91 aP ~~= la 1661 ap aiqwaynyp e e4seM 91 1 dwe 'j CUOtICU DII ieTqc)) la enh e optqep lopoyal1 ,. P t.f e 2b y lE L qz SOInmyjAe%a[ ap e: ..ied .od 01 ....lo:T5ue_.l; (-I-:' olnn,IAe 12P I.19TJe10'L A 'eL elesp ip 25 ' eÇ%J la u 'eLj.SI.)2 aquoUT4Aací 2 ....leCi 'es<n: :':e.:'r 're.le o 1 ''ej. la eçJua.J$I.Es-L.i a3cq c.):: li 1122 01T4u3pt tJ:j
:':e.:'r 're.le o 1 ''ej. la eçJua.J$I.Es-L.i a3cq c.):: li 1122 01T4u3pt tJ:j Es ee..1 c:i ::''•) 1.10 i 1 'e T . .1 )1tfl'e,iC'ld 'e.Ç'CIIE';U,l oI.f:33'-Iu3 TU 0; .IÍ.D4U2 md :lI...i t'UL.i',4 un Ard 1 1........)'e_'tJl'L''L wiluannua as nu 1. en.. o'j u':,T OP =01 OPOjOag OP 17/ ' 9961 aP °N 3IN3I03dX3EXPEDIENTE No. 33.972 ::arr ei- '. admin i9trativa, Y9 que artaba 1,1,.Fi1 esu 3 lafun ade ietjUu1 iso 1 1.'. •j.5r No 6371 de diciembre i:1 de j?( (Folio Al e ec.tuars€' L. reestr uc turación den tr o del in . t t...t Lt, Nacional de Sal ud, cc e xpidió el Acuerdo No .!3 d e 190 1-, pr la Junta Direct:iva del ente arcinnado que lue a probada por el Decreto 1734 de 1993 , según 01 cual suprimió el cargo del •ac:tor, éstos fueran expedidos en forma legal , por los funcion ar ios competentes par a e tici ¡ sin ninguna restricción, r.cr 1.o que existe Lile!-¿.A facultad para suprimir un cargo de carrera cuando 1 a-a
forma legal , por los funcion ar ios competentes par a e tici ¡ sin ninguna restricción, r.cr 1.o que existe Lile!-¿.A facultad para suprimir un cargo de carrera cuando 1 a-a nec:ea.i.tiac!es lo aconsejen. Es ta facul tad no se en cu entra lim itada por el hecho de q'.ie los empleos que ae requieran suprimir sean de n ar r a ra , ' 't seg ún la af ivma e l H C onsejo (3 il Es tado en la repte nci R de l 32 de septiembre de W 9 0 , con Ponep L j .-.,~ del Dr Joaqu iii Barreta Ruiz , expediente No 75 1 Mabe l A.VCtIdaFI) Méndes , en donde se e-: presó 'n porte aictitna. de la U:OItit1.trtf5rl '.3 de la ley. s: prohibe al. Jefe del Estado la s uprusión da talqs emp leos pc;t e l. cJri de que qui e nes los ocupe n s e en cuentran tri scr i. en carrera ¿timi.n4.st ra iva'' Ea Wein que 1. •rees t r ucturación den tro do l a en lid :td dada se ef et tuó pur orden del Derrota 2166 dT 31) de dic iembre de i.992 • pero fue mediante el Deer o te 1731 de rep tiombre ..o ':le 1.99 que ce supr im io e l c ar çjn que d Qse mpeaaba el a ctor y mediante l a comuni cac ión di 1 dc's -p ti. embre de 19 (Folio .3 ) se J.c man i. f'a. 16 tal
d Qse mpeaaba el a ctor y mediante l a comuni cac ión di 1 dc's -p ti. embre de 19 (Folio .3 ) se J.c man i. f'a. 16 tal En Up ant9 I'.:•'.'..e re ig rsu cja al. d"s' :yriç?'.:...... snt.L' ti':' princi pios de ciiJtiii consti tuc i a nal , tal es Dere cho :1 Tr abajo y la P Etabi lidad cii ci. Empleo, e men i fgstar qu e l as autí cul aH cit ados ':0mb su puestamen te i'ifr :ciiqi.ci::.is Po 1ifni.tli la facultad discror icr:i que Ltc.rte el nom.tnam.lt:'r para suprimir el «imi.:tleo por moti..vos del serviesu pt".b ...L O . tu a. ii. c5ri que es la que se ev iden i: la en e l pr esente, ya que l a a'.:l mi. ri st r, iñn pr ila p.: i.dat:i de la prestación do un buen tt.r 1 3 u I.t3 1. 1. ce • es dec i r, debido a la roes t ecturat: i.''n de U4. r'nL i.mJ&j.I accionada ' par a la incide' i' ' 'i.c:.tn cl€:'i. Esta do e v i - ion la necesidad de suprimi r var ins cargas. L':mnt.i es bien sabida , debi do la. ob 1 tqación de lograr
v i - ion la necesidad de suprimi r var ins cargas. L':mnt.i es bien sabida , debi do la. ob 1 tqación de lograr IiIi.J verdadEra nf io:ia en l a .)t3s t.aí.::i.Ó ri del set .... pttbl.i t' y t'iiiuiuici cyii cuenta qU.? ci. Estado c::.- P•t burocra tiz an do , iitii 1: 'i .tticio '._in gran número de emp l ead as ;1iE.' 111' l:'eet. taba, so procedió a muqer n iz ar lo , a tr av de la sup res ión de muchas en t idades , lo ..i.io cren 11. ev aLio por st puc':;lmi va .L :imi. naco. án de vario s ': ar'.jus •, q u e red' ...tn:iaI:ta a su va en la. necesidad de prescind ir de eEXPEDIENTE No. 33.972 algunoi.:E: ::?'/ .. •: ::J? social debido a la maderni7ación 1. Estado uue •it&.. por ent3ma de cualquipp interse particulari::..'Lc, que j:)r:i_h3.h,:3. el general,e trató dp remediar tal situauiin unn 1. bonificaciones E) j(idernri.j.zçj.E:)r)€.i• por supresión del emp i€.': t..:ci.cj rad s en el Decreto 2166 de 1992. Estas bonificaciones o indemnizaciones por supresión del empleo no van en contra del Derecho al Trabajo, ni de la estabilidad laboral, on tan sala formas de
emp i€.': t..:ci.cj rad s en el Decreto 2166 de 1992. Estas bonificaciones o indemnizaciones por supresión del empleo no van en contra del Derecho al Trabajo, ni de la estabilidad laboral, on tan sala formas de regular el reti.r.3 de la administración sin que e:... indique una violación flagrante de la Protección que 'e le debe el Trabajo; afirmar lo contrario llevarla a. '.. razonamiento ¡lógica, eeqLin el cual nadie pOdi;i. 3. set removido de: su cargo y lOE; eflpi.ec1S serian de propiedad de las personas qi...e actualmente los clesempeHen ai. t.t..!.ac iói dc:,acle 1: c:da pu a EJe vista inadmisible. Por 'Ir:) ' f;.j.ja, ::oneider'a necesario te 'a:.::cón • 1. ar er que el. argumento de la estabilidad en el trabaja no significa en ti inq:t.n (flEMBCP tr:i la iriamov ii idad Hp las funcionariol, ya que existen causales par cuales S9 le pueden .....airer de la administracián > no 1:, :E ('1 "..11r1I r'F! limitadas :ri las consagradas por 1 CQUstitución FlEci.orl.al • ;:i: las que :c:'):;i.i.iatE.? 3.3. Et,'!) Lr , de las cuales se encuentitan actuaimentu1...;. sLtI}I?i i. i5f' del empleo. E:::::. de manilestar....i"u)er) Le por li Sala, que purEt,'!) Lr , de las cuales se encuentitan actuaimentu1...;. sLtI}I?i i. i5f' del empleo. E:::::. de manilestar....i"u)er) Le por li Sala, que purtrRtarse de facultadas muy especiales consagradas; en el ,,iirj Çr:kt'si, Lni-i.o 20 de 1.a Cnnstituuiún Poli tira, .::. un dando se autoriza para suprimir las Car'qos: y cotno de ello liquidar y pagar 1 correspondiente i.ndemn'c :.ar-jqip o bonificación, no per;: el derecho pr a ( erE ncia,t ya que el trámite pertinente en dichos casos ea el. 5 is: teme le 1 a : bonificaciones o 3 'idiii . :LC 1 alias
tal t:c')l(:) la regula el Dr: :' r e ka 2166 da 1...........i.c..i:t:ia 32 a ..:4 sicluyendQ por ende 1 aplicac5án do cualquier otra Permatividad, Se t. 1 el:: €111 1E} 1 ces 9!..I3 al actor SE? le pagó y rCOflO i. «3 la indumnizaci"n a que t.on:,a. EInr'ic lio _ar SOV 9.:J'J pública pErt:.Ereci'n Le.....s ,::er'rc EE]I.'u') .:.rrs'.a en la í(:'L3l ... W90-- d e septiewbre 24 de 1993 ( Folio 278 del Ca ecl e r 'no No 2
EE]I.'u') .:.rrs'.a en la í(:'L3l ... W90-- d e septiewbre 24 de 1993 ( Folio 278 del Ca ecl e r 'no No 2 da 0n cabal cumplimiento u lo dispuente vr' ek 32 a a del Decreto 2116 .1e .1.992 por le sum; Por ti t.1....,t.u1 La eti':.Uad accionad; 1 través de le rea'' c1i.cn referida. lo que hizo fue dar entrinti 2j ecuct.ót' a 1.i ordenado par la t')oriuiat Lvi U mencionado.EXPEDIENTE No. 33.972 Aunque el articulo 8 c€ la Ley
.. i • dispone .t posibilidad de optar entre la incfemr!1.:....iÓr a que hy a lugar o el derecha preferencial, dicha nc3rín.at:..LV:Ldad 'r r al)t:?ri_c:?r RJ . expedición de loe decretos aqui. mencionados y estudiados, y ademas por regular materia específica relativa al Instituto Nacional de Salud, prevalecen ante cualquier otra disposición. Eu observa así mismo que 59 trata clu' doe normas raa q'. . tienen la misma jerarquía pero con diferencia en e t:i Empu en cuanto • 5%! O>q)Cr .1 cF!r1 , p01' Id) tanto, Ja.... específica y posterior es t$ que se aplica al sun i rudice esto ea; Jo dispuesto por - el L)ecretc, 23 CJE:' 1792 1,Folio 100).
específica y posterior es t$ que se aplica al sun i rudice esto ea; Jo dispuesto por - el L)ecretc, 23 CJE:' 1792 1,Folio 100). No cs't'.i:e J.o ''a rnanifest,:o, considera la EL%b 5erciri • que el Decreto 2156 de 1992, al regular lo relativo al programa de Hupresiún de cargos ten so lo consagró la posibilidad de¡ pago de indemnizaciones o bunilicaciunas, en n