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TA CUN - 3402-(02-09-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 3402-(02-09-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

VIVIENDA DE INTERES SOCIAL - Financiación específica

TRIMJNAL A1I1I8TRATIVO DE CMrMAX~

-cCIcMS PRDSUASanta Fé de Bogotá, D.C., Septiembre do. (2) de mil novecientos noventa y Expediente No. 3402

Magistrada Ponente: DM. OLGA IMES NAVMMra BAJO

Demandante: GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA observaciones.

El Gobernador del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultsd que le confiere el Numeral 10 del Artículo 305 de la Constitución Política en concordancia con el Articulo 118 y s.s. del Decreto 1333 4. 1.986, reetti6 e esta Corporaci6n el Acuerdo No. 074 del 13 de Noviembre de 1.992 expedido por .1 Concejo Municipal de Girardot "Por el cual se trasladan unos recursos del Presupuesto General del Municipio de 1.992, para darle funcionamiento al Fondo de Vivienda di Interés Social y Reforma Urbana de Girardot (F0(qVIDA)", pera que re decida sobre su validez. El acto impugnado en BU parte pertinente ea del siguiente teflor: "ACUERDO No. 074 DE 1.992" (13 NOV. 1992)

"POR EL CUAL SE TRASLADAN UNOS RECURSOS DEL PRESUPUESTO GENERAL

DEI. MUNICIPIO DE 1.992, PARA DARLE FUNCIONAMIENTO AL FONDO DE

VIVIENDA DE IWERES SOCIAL Y REFORMA URBANA DE GIRARDOT

(FONVIDA). "EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIRARDOT en uso de sus facultades legales y en espacial

VIVIENDA DE IWERES SOCIAL Y REFORMA URBANA DE GIRARDOT

(FONVIDA). "EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIRARDOT en uso de sus facultades legales y en espacial las conferidas por el Acuerdo 052 de 1.987, Ley 61 de 1.936, Ley 9 de 1.989, LeyHoja No. 2 Expediente No. 3402 3 de 1.993., Ley 44 de 1.990 y la Ley 49 de 1.990". "A C U E R D A ,ARTICULO lo. En el Acuerdo 039 Decreto 082 de Diciembre de 1991, tercera parte Inversiones Capitulo 111 Programa 27, Articulo 347 Vivienda de Interés Social (5%) Ley 3 de 1.991, se destinan para FOI4VIDA Cincuenta y un Millones Quinientos Cuarenta y Nueve Mil Pesos (351'549.000.00) y el programa 28, Articule 348 Vivienda Social «trato bajo (10% predial unificado) Ley 44 de 1.990 se destinen para FOMYIDA, Treinta Millones ($SO'OOO.00O. oo). La Secretaria de Hacienda mediante certificación seifala la disponibilidad de tales recursos "ARTIcULO 20, Autorizase realizar el Traslado ami: DE

TERCERA PARTE

INVERStOPES

CAPITULO III

OTROS RECURSOS PROG.. ART. 27 347 VIVIENDA DE INTERES SOCIAL (5%) $8 1350.120.00

Ley 3 de 1.991 A:

SEGUNDA PARTE

PRESUPUESTO DE GASTOS

CAPITULO III

PROG.. ART. 27 347 VIVIENDA DE INTERES SOCIAL (5%) $8 1350.120.00

Ley 3 de 1.991 A:

SEGUNDA PARTE

PRESUPUESTO DE GASTOS

CAPITULO III

SECRETARIA DE HACIENDA

TRANSFERENCIAS 0.

ART.

93.3 FONDO MUNICIPAL DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA

URBANA DE GIRABDOT $81350.120.00

Queda para Inversión del PROG. 27 ART. 341 VIVIENDA BE INTERES SOCIAL 431198.889.O0 de los $51'549.009O0. "ARTICULO 30. Realizase 1 Transferencia al FONDO MUNICIPAL DE

VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y RETORMA !JTMNA DE

GIRARDOT, pare su funcionamiento asi:Hoja No. 3 Epedii'ate no. 3402

CASTOS PRSO?4AL $ GASTOS bFIC;!A

OOKPRA M81,ES. s. $3' 850.120.90 $ 800.060 ,00

$4'OØOOo

T O T At. 30' 350.120.00

Cano normas violadas ee anotaron el ArtIculo Se, de la Lev 61 de 1.936 y el ArtIculo 21 de la Ley 03 de 1.991. El óonceptó de violación se expÑí6.fl,l0S4tfUiEr4tes treinos: "EL Acto .4dn.tetrettVo objeto de Impugnación efect un traslado de la partida sorrespondiente 3. 5% de vivienda de Xiflsz4n Ppcial 00 la vtgercia

"EL Acto .4dn.tetrettVo objeto de Impugnación efect un traslado de la partida sorrespondiente 3. 5% de vivienda de Xiflsz4n Ppcial 00 la vtgercia tiecaL de 1992, para gtoe de funcionaeiento del Fondo MwdcipJ. ¿e Vivienda de int.r4s social y r.foraürbsne. "El Artículo, So, de laLey 61 d 1936, preceptúa "Los concejos municipales ojodrAn ccntracredt.. tez' las partidas d.sttn,ds perá edificaciones. oeres, y los tesoreros audiLoip1.s tienen la obligact6n de hacer la reserve efectiva de los fondos preaupueetales y en el presupuesto de la, •ig4•nt. vigncia figurera 1"a> partida no gastada y la que coDrespoflde en ase a6o". (Subrayado propio). "La .Lty .03 de .1991, mediante :1 cual s crea el site5s )1441~1 de Vivienda de interés social, ssftalaen el értIculo21: ""El btrimonio y los recur'sas:de los Fondos de Vivienda de tnt.i4 Social y Reforma Urbana esterkoønstituldos por: . "a) Al asnos .1 einco por cj.pto (5%) de los in grsoe corrientes municij7s]es, previstos n el articulo 1. de t Ley Si de 1936"". "De las nteriores nóxøs de' co~ qu., es Prohibido , loe cabildos cambtw el dstino 4 los diarticulo 1. de t Ley Si de 1936"". "De las nteriores nóxøs de' co~ qu., es Prohibido , loe cabildos cambtw el dstino 4 los dineros que corresponde editicacion.. obreras, reeón por la cual el concejo de Gir'axdot al tras la-hoja o. 4 Expediente No. 3402 dar 1 partí da del 5% dá vivienda obrera: para atendØr los gastos de funcionamientos del mismo fondo, está dndó una destinación diferente a lo dineros que por ley n6 pueden contraoradttsrse comO son loe destinado a atender loe necesidad.. de vivienda de itero social, incurriendo en esta forma en la prdiibici6 qu. en este sentido consagro la Lay 51/36, ademas de que ocetttuye ma obligación do`los muniótpios opropiar dichos dineros deptro del ,resupueeto de cada vigencia fíacal. "Cabe señalar qe loe jór,ernodoreé negarAn su eprobmci6n a los presupuestos que no den cjaiplimientp e lo previsto en la ley 81/36 artfculos lo. y 4e" A la solicitud se le di6 el trAm&te lej) correepondient y, en conscuencie, procede la Sala a resolver,, previas loe' sigui entes c on 1 D & R A CÍ 0$ 3 : Corresponde a la Sale decidir sobre le validez del Acuerdo No. 074 del 13 de Noviembre de 1.992 proferido por el ~cejo Municipal do Girerdot, cóntorme a. la solicitud :formulads por el se-,

Corresponde a la Sale decidir sobre le validez del Acuerdo No. 074 del 13 de Noviembre de 1.992 proferido por el ~cejo Municipal do Girerdot, cóntorme a. la solicitud :formulads por el se-, flor Gobernador del Departsmesto de Las Lyeó61 de IJ$ y03 do 1.991 dessrreU.an un alt. ftnd.1 I.ade cual as la de pLdw por la aesUuailc do d.etiMda a las class fvarsaids. pera øllo .stsb1046 la igssoia do que los po'asissStcs $.ips1.s si destine 1si niaine si 4e les ia:= corriostas asioLpalee para l rIMMIMleátio do viviseda. 4., intsr4s social.Hoja NO. Ex,edientr No. 3402 Razona lo anterior el deber de que tal prt1óe no tenga destino diferente que .1 de la finenciaci8n de loe programes aludidos, a tal pwto que ai li partida así apropiada en el presupuesto municipal no se invierte durante la respectiva vigencia fiscal, no tienen las entidades territoriales autonomía pare definir el dost1nc de tal partida, pues el mismo se acoge e la voluntad del Lagislauor do que debe figurar en el presupuesto del aIÇo junto v 3.t qxte corresponde a Le dicho año. i erteri'r el C.ocejo Iur'ictpel de Girerdot el destinar c-t r cettje ,que la Ley para el funcionamiento del Fondo Municipal de Viviede de interés Social y Reforma Urbana de Girardot deeconoci6 el contenido da la Ley 61 de 1.936, pues

c-t r cettje ,que la Ley para el funcionamiento del Fondo Municipal de Viviede de interés Social y Reforma Urbana de Girardot deeconoci6 el contenido da la Ley 61 de 1.936, pues tales dineros solsnente tenían como destino la construoci6n da vivienda obrwrs. Por ello, se clarr la litied ául cuerd o. 07$ del 13 de Noviembre do 1.992 del Concejo Municipal de irarIot. Por lo expuesto, el TRIBUNAL AINISTA?IVO DE CUNDIPAMARCA, S!ÇCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la Repú- blica y por autoridad de le Ley, ?ALi.A: 1.- Declárase la nulidad del Acuerdo ¡o. 074 del 13 de Noviembre de 1.992 expedido por el. Concejo Municipal de Girardot, "'or el cual se traladaran unos recursos del Presupuesto Cuneral di Municipio da 1.992, para darle funcIonamiento al Fondo de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana de Gtrerdot (1'ONVIDA)". 2.- Coeniniquesa esta decía i6n al señor Gobernador del Departamento, al señor Alcalde, al Presidente del Concejo y al Personero del Municipio de Cirardot.Hoj tío. 6 CJ1inte

No. 3402 cop1TE, NoyrFrcEs, cMrju Y MPgASE. (Discutic10 y road t zI6n de la eca. Acta N3. 90 )s

REPTBPPTfl U!F VAWOS BFPTRU XARTI!IEZ QUNTZ agiLreda

(Discutic10 y road t zI6n de la eca. Acta N3. 90 )s

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OLGA ¡jES AVAIFT. r^ T» WIIU 4U1kW5 PDSILLA Magjtrada Magistrado ala~ zY CA%IUR ta&1 Lv&i

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