TA CUN - 34382-(08-04-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 34382-(08-04-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
GantaUi de Bogotá DC veintitrés novecientos noventa y cuatro de marzo de de. mil
DERECHO DE PETICION / ORDENES DE PAGO
TV ~MAL ADMTNISTPATIVfl DF ND[NAMAP(?
SICCJ()N SEGUNDA ÇftECCTON B 1 H\( 1 3TR!dX)
PONENTE DOCTOR FI LEHON JTHFN]Z
AC.CION,: TYLiLA No.. 34382
PETICIONARIA .: ItT NiNiXi Liíf4WUi\
DEMADAf. Htt.t3 1 11 TIPABANtO
fflPt4ANDO MAIIIA , identificado con la o. de o. No.2.293..577 dc 1pina1 (Tol Ima ) en nombre propio ejercita la acción de tutelo contra ej. t4TNf'TERIO DE TRANSPORTE y solicite lo
LM PITTCION1
Solicito el petente, e través de esta acción, le tutelado el. derecho de petición por cuanto, el Ministerio de Trarorte no ha resuelto en forma. expreso el recurso de reposición de fecha C de enero de 1994, recurso interpueat mtra la Resolución No. 6995 del 24 de diciembre de 1993 por medio de la cual se le reconoció una indemnización como consecuencia de la supresión del. Instituto Nacional de 'frrito y Transporte; así mismo, solicito a esta Corporación la tutela del derecho al trabajo. WS ItECHOS Al folio34 del expediente expone loe siguientes:EXPEDIENTE Nro. 34382 2 11 LEn el afio 1.974 del lo, de septiembre ingresé a prestar mis servicios al Instituto Colombiano de Contrucciones Escolares.
Al folio34 del expediente expone loe siguientes:EXPEDIENTE Nro. 34382 2 11 LEn el afio 1.974 del lo, de septiembre ingresé a prestar mis servicios al Instituto Colombiano de Contrucciones Escolares. 2.En el Decreto 77 de 1987 y 503 de 1988 el Instituto Colombiano de Construcciones Escolares fue suprimido. 3Como consecuencia de la reestructuración anterior, fui incorporado a la planta de personal del INTRA con resolución No2180 del 29 de noviembre de 1989, habiendo sido incorporado en grado 601()-03. 4-Mediante el Decreto 2171 de]. 92 se ordenó la liquidación del INTRA. 5.Ei Decreto mensionado (Sic) ordenó que los funcionarios de carrera serian indemnizados, teniendo en cuenta para tales efectos el tiempo de servicio prestado no solamente al INTRA, sino al Instituto de Construcciones Escolares ICCE. 6.Como mi cargo fue suprimido se me reconoció indemnización por la suma total de $6l7.60666, corre spondiente al tiempo de servicio del INTRA, es decir, no se tuvo en cuenta el tiempo servido al ICCE. El día 6 de enero/94 interpuse recurso de reposición contra la Resolución 6995 del 24 de dic./93, el cual no ha sido notificado existiendo el silencio administrativo ya que han trancurrido 2 mesesEl desconocimiento del tiempo d i IC: me ha traído como consecuencia tma mi patrimonio que me impiden atender mis necesidades y las de mi familia, ya que en la actualidad me encuentro sin trabajo sin recursos para subsistir.XLIlWT Ñr. 34,
me ha traído como consecuencia tma mi patrimonio que me impiden atender mis necesidades y las de mi familia, ya que en la actualidad me encuentro sin trabajo sin recursos para subsistir.XLIlWT Ñr. 34, La acción de Lutala es procedente ccm el fin de evitar un perjuicio irreparable como es el de no contar mi familia ni el suscrito COfl recursos económicos a que tengo derecho; no cuento con recursos para contratar un abogado y así mismo la demora que lleva la tramitación del porceo que puede ser superior, a tres años, en circunstancias que me ocasionarían dahos irreparables Como la Nación a través del hoy Ministerio de Transporte se hizo cargo de los derechos y obligaciones a c.acgo del INTRA, dirijo la acción de tutela contra el Ministerio de Transporte. DE LOS DERECHOS VIOLADOS Considera el peticionario como derechos vulnerados, el derecho de petición,en razón a que el Nlinsiterio de Transporte no le ha decidido el recurso de reposición que interpuso contra la Resolución No.06995 expedida por la Directora Liquidadora del instituto Nacional de Transporte y Transito; y el derecho al trabajo, pero sin indicar el por, qué de la vulneración de este derecho. ACERVO PROBATORIO Con el escrito de tutela el peticionario allega los documentos que obran a folios 1 a 33 del expediente, entre J:s cuales se encuentra fotocopia de la Resolución No.06995 por medio de la cual la Directora Liquidadora del instituto Nacional de Transporte y Transito , liquida y ordena ci pago de una indemnización por supresión del cargo, al petic:i orlar h
cuales se encuentra fotocopia de la Resolución No.06995 por medio de la cual la Directora Liquidadora del instituto Nacional de Transporte y Transito , liquida y ordena ci pago de una indemnización por supresión del cargo, al petic:i orlar h (folios 7 a 9 ); futocopia de la Resolución No.07906 de diciembre 30 de 1,993 en virtud de la cual se autoriza el pagoç prxprnimm Nro. 34.382 8 F.ALI1A LONEDER la tutela del DERE(HO DE PETICION solicitada por HERNANDO MAHECHA , con o. de c No. 2293.577 del Eepinal (Tolima), por la omisión del Ministerio de Transporte de reroiver el recurso de reposición interpuesto por el accionarite contra la Reioiuci6n No..06995 del 24 da diciembre de 1993, expedida por la Directora Liquidadora del Tnatituto
Nacional del Traneporte. 2..- ORDENAR Al. MINISTERIO DE TRANSPORTE, que por intermedio de la correspondiente dependencia ,en el trndnc de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir da la notificación del presente fallo DECIDA el recurso de reposición referido en el numeral anterior. Solici tesela al Ministerio de Transporte que^ comunique al Tribunal, oportunamente el cumplimiento que se le da en este mandato judicial
3. NEGAR la tutela del derecho al trabajo, por, lo expuesto en la parte motiva deesta providencia WOTIFiUTE •ai peticionario al Ministro de Ttanaporte , al Director de Tranporte Terrestre Automotor ' i i'idivecfc'r de Racuroe Humanos del citado Ministerio, por
expuesto en la parte motiva deesta providencia WOTIFiUTE •ai peticionario al Ministro de Ttanaporte , al Director de Tranporte Terrestre Automotor ' i i'idivecfc'r de Racuroe Humanos del citado Ministerio, por el medio más ágil y eficazguientre a la H. eventuai reviián. COPIF.EE,NOTIFIQUES1 Y CUMP1ASE Aprobado según COmO consta en Acta 024 de la fecha