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TA CUN - 34596-(07-02-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 34596-(07-02-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

SUPRESICC DE CARO3S - Efectos / 1UNClCIC DE DESVINWLCION flDE}!1NIZACION rO1 REtRO OX1PNSADO - Factores Santafé c12 BootáD.. C., 7fEB. 1997 [E?UBLIC DE 9;0LOMPil Relatorji .1O MAL 199l TribunalAdminifrajjyo ce Cundinamarca Magistrado Ponente JOSE HERÑEY VICTORIA E>pediente Numero 4596 :: 11ARIA ELVIA RONCANdO

SUPRESION DEL CARGO SUPEBANCAR lA '.

La demandante por i erinpdio de poderda Demandante Controversia Demandada TRIBUNAL ADMINSTRAT1VO DE CUNDINAMARCA SECCION SEGUNDA SUBSECCION "A .jLId.iLi]. ó1iita deesta Corporación accLó :d II nulidad > tb'ecirnientn del dreho de riinfrmidad r el art B5 dl C CA.. ' meliante ntna se reulva 3obre 1a 1guLentes. ECLARAC IqN INCIPALE decre del¶ • rffl " kP rÇel ;.Superirtendenle anLu 1.o () por 1& fpcorfóró nla nuv planta de -50 a gi dmrdgnt' scriLo n.-so-iución d. cpntinidad par sMria1es y prsacicsralo de m. el MOPOT PUE pruanezr p el searado d .0 fj cí 1. TFRFF fue ademas e dspora ciue no 1 -a :todosTos, pod?rdane

el MOPOT PUE pruanezr p el searado d .0 fj cí 1. TFRFF fue ademas e dspora ciue no 1 -a :todosTos, pod?rdane existidc7 efec.tq's 2. Lrante rvi cia

USI'RISIL

ExoediÉnte NoS. 3456 Carrera dministrtiva, ástablecida mediante él Decretc: 2372 del 30 d oyiémbre de 199 y la nulidad d. la resolución No. Z958 del da-noviembre d 1993 de laSuperinten.d.encia, porla cual ordena e1 reconocimiento dé una indemnización én.aplic4ción del Pian de retiro tmpensadc por la supresin de su carg-o cíe LJX. SERVICIOS GENERALES CODIGCj No 603505 adotda por ,ell d?cretd 37:L de]. 30 de noviembre de 1993 autorizdo ptr el art. 37 de la ley :35 de 1993.

SEGUNDA Que como c: nse-cuncia de la antr.ior declaración. e condene a 1-a Nación -w-1..idariamentc la surFRlNTnoENc'rA BANCARIA y T a CA SrSLJD reconoccr y a pagar a mi mandante todos 105 sueldos. aumentos, • bonficacione vacaciones - y demás emolumentos dejados. de rcihir desde el momento de su ¡lega separación del cargo que venia ozupá; -Yd(:> y hasta cuando se pro:eda A reinter r]o o reqbicIrla a

emolumentos dejados. de rcihir desde el momento de su ¡lega separación del cargo que venia ozupá; -Yd(:> y hasta cuando se pro:eda A reinter r]o o reqbicIrla a un carga de sim;i. 1. ar: 6n equ0a1ene categoría y remuneración. al que ocupaba como funci.nario inscrito en el eççai.fón de l Car-era , dnt-'tst1atva en Iz. Superintendencía Bancariá. PRIMERA ,.• Qué en Aún,def4ito pe i declara la NULIDAD le la rewlucicn No14310 dl 21 dlá Diqiembre Je 1993Superintndntia Bancaria por la'.-que se..ordána el. reconocimien.to:Y pago d la .indeinización con: ocasión de la supresión del cargo quevenid desempeardó como fünc ion ario de la Carreraadministrativa indemnización cuyo reconocimiento s ordenó por la resolución No3958.. de 1993. acto administrativo que también q5 materia de. •impugnación. así corno la reparación del dao ocasionado cdn al xpedicin de los citados actos administrativos. TERCERA El reÓnocimient.. de la prima. técnica ér fué .ga1mer) .i.61/91. • iiquidacióm dé. ia fidemnzación la cual también excluida de onformi.dad l decr-eto :, : limiento "a I pndr'cza dxerd a ls ai-t.. 176 y t77 de1C.Cd. SEGUNDA— Que como cdnecúencia de 1 anterior

excluida de onformi.dad l decr-eto :, : limiento "a I pndr'cza dxerd a ls ai-t.. 176 y t77 de1C.Cd. SEGUNDA— Que como cdnecúencia de 1 anterior declaración se condene solidariamente a 1 la SUPERINTEN!iENCIA BANCARIA a CAPRESUB. a reconocer y a pagar a mi poderdante a)EL FOMENTO AL AHORRO, una suma equivalente al 42 de la asignación básica énsual. , factor este integrante del salario mensual. recibido por mi.. representado y que fue legalménte excluido. el 1 iquidación. . h)• Intereses» moratr.ios¿desde..el 211 de Diciembre 1993. fecha el acto . administratio da liquidación d ela indemnización. hasta-. .cuandó e.. dicte sentenciaE>pedienteNo 34596 4 H E C 0 5 1..- Mi mandr;te presto sus servic:i.nsromo PffipleádO inçcritn en el eacalafón de la Cerrera Admtnistriva a-ni esa er.ntndnca seqin roluc1.ón No l65U127-92 del Oepartarnpnfu dminis.tativo del Servicio, iviU desde 01 29 ie Eero de 1981 hasta el Novjembr• de 993 Posteriormeñte ci 29 de enero Je 1992 1orisc:riben en e. esca].afán de Carrera Administrativa Eneciel de la Superintendencia E'an a a, reguílada por el iecreto 1034 da 191.

en e. esca].afán de Carrera Administrativa Eneciel de la Superintendencia E'an a a, reguílada por el iecreto 1034 da 191. 2..- Mediante Ofiçio, fechado(...-e1 30 dé Noviembre de s le çrçr..n ...ca q3..te ha., cesado en sus fu1ccne por sup.reeión de remo, en La planc da personal de dLha entidad, acorde Ln los Derr=tos 271 y 2372 de 1993 y la rsoiuc:ióm No3957 -c}e 1993 desconocindose por par..t cial qor uperir1tenuente BanLarlo el inv.¡Dlable profeercia1 qua terien los ei1p iedos d Carrera, a er rub ractos en ueto v4can.tes',equiva1ente o iinileres ci cia nueva plante de pers<:)nal o en io; e> s1enteetené1doe por queflos que tien€-n funLcireç. réhpcnsh 1 idades siti iares, i para c±uyo desempPo se exigen calidds anloae. D.20,46 de l9i9 -Seai6otra ationalia en el caso den'andtLté: El oeriritenden.c F3ncaro omitió nomora -10 n cuaiquera dB los cargos de la riue '01aj-ita., en los 2 vçartes a en 1o' O '.ot-_uPados por empleados proiisior,ales desde l9 Ibi1s. ta La facha de su retiro 1anbin deoví4ncJc i Carrera(..Ei<pedieñte No. 3459.6

proiisior,ales desde l9 Ibi1s. ta La facha de su retiro 1anbin deoví4ncJc i Carrera(..Ei<pedieñte No. 3459.6 administrativa gozan. de :'prlai •rsiecto de los. otros servidores públicos y de las personas arenas al servicio.civil, para ser ascendidos. 'a los empleos. de la categoria .inmec1iatamnt8 supriór. (Decreto 1950.. de 19731,,1 Art. 2221 -y en su lugar` inmediatamente después de retirarlo del cargó, e oonvocan los concursos por parte, de esa entidad, para .11enar las vacantes de'4os ernplo, en los que. no .pud oí reübicar mi póderante, . o s.rnpiemnte hacer . nombramientos provisionales los qte acinden hasta la fecha a 4!. cargos y . acord.P. con la relación sJmin.istrada por el Jefe e.Geátión -Humana de ..Maro .e1994, 'en oficio radicado No. ..4OiO5-2.-!¡el 2j de.-.Marzo de 1994. 4.- Su retiro dol ser,icio, de todas - formas se w. prodçce a Pesart del resultado satisfctcirio•• enau • calificaciones de servicio, las oue las qUe determinan' S.0 permanencia" y: '.garantizan su estabilidad Órí elempleo tontrariri'dose con ella la. esencia d la Carrera Administrativa consagrada en el Art 81 Decrete 24CO de 1968, Art. 2 Decreto 170 de 1988 y íi el Art., 125 de la Constitución Nacional.

esencia d la Carrera Administrativa consagrada en el Art 81 Decrete 24CO de 1968, Art. 2 Decreto 170 de 1988 y íi el Art., 125 de la Constitución Nacional. .Demostrada la. idoneidad, eficiencia' y el •cba'1 'cumplimiento de las funciones y deberes asignados mi representado, •con sus calificaciones de. servicios • satisfatórias., tamoca durante' e]... -tiempod La vinculación laboral a dicha entidad se le inicio ningun proceso disci.plinaio que meritar su refiro del servicio p,tb-lico, vio],ndose adems por la entidad nominadora, lopr-eçeptuádo del Art.'125,de-1a Como la .suprión r del. 'ieçnp1eo . que venía•E>pediE'n1e No. deinpando mi. marint, 'OóT It'FLIC SU RETIRO DE LA CARRERA AT)MINITRAilW4 Nl LA PERDIDA DLOS DERECHOS FNHERFNE5 A ELLA lácapde Con Aq,estipplado en el art. 7 de la - lüy.11'oe 1E37 y •i p'qrafQ dél Art... 7 - ,001 la t', 27 de 199t se iretnde eI-onc compensar le. su 1 retiro y najo el ampara de una 1ndPmn17iic-Lón, ¡o¡i-ivertirren renunciablesi Inos dereciasU adQulrjdos que eflcialmente 4ri1Unc.1h1C, 'rcrnc l "aspider,nchos de. est.bi1idci.,

dereciasU adQulrjdos que eflcialmente 4ri1Unc.1h1C, 'rcrnc l "aspider,nchos de. est.bi1idci., .permneicia y asçmsos ádii-idos pr 1crrera. 7 Fi mismo d.a JO d NemI -..re le 193 -fecho: en ue se t comunica sal demandante, ciue $ cesado en su funciones, e epi.cien láp rolu,.1oneç No 98 poila or l ival Tuj ordenaS.ald recOnocirietÓ de .1ncJmni.zac0n Pa k' spiÓn de cu crgo y 1.a resolución No.. 4:31.0 del 21 de Diciembre, próferida sin, tenercompétoccil pala ejivi pop el ti.re€.tc,r Administraria y financiero. por 1 cual te reconace v ordena el pago de. la misma en cuya liquidac:Lón no SE inri wó tomo Oátor EseriLlal del salario e] "FOMENTO .iL AHOFRO' quivlerc al 42 de asignación básicai x il que se, le venia pando mensualmente desd como un estimUiD Caja dE Previsión1 Bancaria su i -e.so a l .á Superintendencia al Ahorró spqr parte de CAPRESU}3. Sc,c,.ial sde iC Superintendencia Esta ffiutilación injusta de LOS palarios, dio comu.resuitadQ una liquLdaLón incoi.1pl.eta y Iesva Para cÓmprencr las razones por las cua].e

Sc,c,.ial sde iC Superintendencia Esta ffiutilación injusta de LOS palarios, dio comu.resuitadQ una liquLdaLón incoi.1pl.eta y Iesva Para cÓmprencr las razones por las cua].e Tastenamos quía no se hizouna liquvla i6n integr al y justa de 11 ind ni zaçión, es necesaria t ner o resen teExpediente No. a) El salario tcítalreconocido Icxs fL..tr'tci.cnarias de la BA(AFt1 tba inteqradn poi- ›a asignagión poi- › hca Que pajaba la SUPERINTENDENICIA Y un 42Y Adicional esa aiqnaión básica conbrmada por "H rrtirNTo AL AHoRRoin él Tpresenié CaVD la liquidációnr fueTecha solamenteteniendo en.duenta el salario bAsíA, mensual pagado por, la áWicodncí"MdOU ', dej ando pør juera e] fmnto al ht - o 421 de le asignapíóp básica, recunacido por el Acuer rin 003~ En-ro 29 d& 1997 de la Junta Directív4 de CAPRESUB. n él reglamentriagenesailde CAPFEU, conteu.da en ç] A-uerdo o3 e 1992, me.lconiemolol,4n , Arts. 25, - 26, 27 Zn' relativos a las vacaciones, seguro por muerte, T auxilie de c ésan .tias y jjr1ffia'- semestralas. eperle y persnne., que su 'iqudaciÓn s- !APA

26, 27 Zn' relativos a las vacaciones, seguro por muerte, T auxilie de c ésan .tias y jjr1ffia'- semestralas. eperle y persnne., que su 'iqudaciÓn s- !APA TIF4DQ EN CUATA LS FÇC'TOPE 3F1ALDtY3 POR LA NORMAS LEGALES Incluido ,el FOMENTO AL AHORRO. Por lo taita dchas. entidades están.violando directamente u çJorfrto reglamento al no incluir en la 11-nuldac.LÓn ci ala indomnizaciógk l fnmerjlo al Ahorro, m aun x estas pnsen 1e tFn -pup 11 acialda remunrción" adoptado antes Jde 192 por lá,Vuntá Directiva en Aus estatutos ecia.les. Y más aw, coteGiabigeb ún" 4ltí.10rágrafo final

que TRATANDO DE EMPLEADOS Et ACTWIDAD UÇLDO

INCE UIrA A SajMNAQUOBTÇ L !FEMi4TO fQ

ANTIGUELI?.I",gl ggSTOSIbÉ REFEENT-C1ON Y Er SUDW

Dg FQJIENTE4 ÑL A}QFRQ. (uLiryadó n%trc3 E por las ndrmas trsrita aflteP -.Lorrnnte.., 1t3 qu nos 11eva iir frøsamertequé er FOMt'flO,. L A1tQPkO debe O como tte de I s alarLotpediénte No. 34596 8 ineisual al pag&r.selo. rnrua1mente al empleado e

nos 11eva iir frøsamertequé er FOMt'flO,. L A1tQPkO debe O como tte de I s alarLotpediénte No. 34596 8 ineisual al pag&r.selo. rnrua1mente al empleado e incluirin en la liquidación--de susT prestaciones E.tonámi cas'. 9..- Con 1 producción' de las resoluciones acusadas No. 3957 3958 de Noviembre 30 de 1993 queda agotada la vía gubernativa por cuanto dichos actos .no contemplaron queT contra ellos procediera hincur recursc 1O.- Los actos administrativos impugnados en ésté proceso adolecen ce los vicios que la continuación se enumeran y quq. deban dar lunar a su anulación el is spnj Infracción. Directa de Nórmas Superiores. Viio de procedimiento en. su expedicón Falta de Cametencta ', Falsa Motivación porque hai o la forma de gulpresión dl cargo, se d:isfazó .el retire, de la Carrera y 131 pérdida de las Oerpchds inherentes-'a ella. NORMAS VIOLADAS Considera la actora que con la expedición. d los actos administrtivas se .iolaroh las siguientes normas Constitucionales r€. .3, 4. 6, 13 25 5,:54 i 10 11125j Ord.. 2 d .l Constitución NacLanal 2..) legales": Art 2 Ly 4 de 19921 Arta 21 P,,61187 ' Art 7,,L 27/92, Art. 40, 4& 48 dci I. 404 dá f968.y el Art

Art 2 Ly 4 de 19921 Arta 21 P,,61187 ' Art 7,,L 27/92, Art. 40, 4& 48 dci I. 404 dá f968.y el Art 222, 229 244,1 2461...dol O. 195O/73' . t• 21 D. 70'88, art. At Z 45 'j T) )4/91 j 4 y W - 2371/93 / art. 54 ) -e1 P& 1034V91;Art. 5Expt3ienteNo. .34596. LOrd. 7.. D; 9Of3.'i deuás' ^ riorinas tomp1 n&-rtaria.s d€ los Art% 4 i 41 r 48 73. ' del C la reso'(Sción por la çualse_- ..ti~econacía., y pago c$ ta a.n eflnizarión vi.c,1 l Arti. . orde -e]. c. 29 fos 207 -a2t3 gialícítando no açcederlas suplicas deládninda está drnarda ] 1a nu3iad de 97 y ::7: ainb-5 del 47,50. novie ibre e 993 y protErlctas`por la Suprnt- :larolucjbüs conclusión a -njriguri1'. N 1 rt. 42 del:'D.. art. 5déÍD. 23i/43 y lo t 2) art 2.1 23 dEjJ Acu9rcio No 663 ct -117 erxo de 1992 mediante el cual se . adopta el Reg Gneral de los serviccs y prestacjpres

CAPRE$rJB

lo t 2) art 2.1 23 dEjJ Acu9rcio No 663 ct -117 erxo de 1992 mediante el cual se . adopta el Reg Gneral de los serviccs y prestacjpres CAPRE$rJB cONTSTIoN D - L DEMANDA: a.eftId ¿eatddio ohte iá iL acióri a demanda foLo 4 a 7i e1 l. pedie 3ite , ALEG ATOS DE COÑCLUSIQÑ La entidad m e antda prsntó alato de den cia Bancaria, cón prima ra nc se incorporó alaaçroderada dandante pide Expediente No. 34596. 10 dmandante aja plata deT persçna1 y con la saunda -se ordena e] oroLJrn1ento de un indkmnización supr.eón Tidel Orgo de A40liar d "Servidlos. EéreraiÉs a. .1a demandante TMAHA ELVIA P ~ANCIO Como ct3naecuañcia di las Aeclartiones anteriores se ordne a la SUPERINTENDENCIA BNCAR.IA y a CFFL.SUL a reconocer -y,, pagar . t9dus los erl wentos d,Ados. da recibir basta, cuando se pi -odu.ce su reintegro.! D.ic1ta corno pe•ticiáh' subidiaria anulac ión de la rsolLtc1 No 41' ¿Si dcimhre de U991 proferida por Bancaria Iqmvl consecuencia de no haber ir1luidoel ri-c)r1oLLmiento d1 42 ¿ W rcnian€o As Ahor

dcimhre de U991 proferida por Bancaria Iqmvl consecuencia de no haber ir1luidoel ri-c)r1oLLmiento d1 42 ¿ W rcnian€o As Ahor prima iácg.íca, as F-1 reses ., moraToPlos excepción - t!e ironst. tucrtal ¡dad para no dar aiiçacxón al 4rtirulo 37 de la Ley 35 de 199 tos Ec1 tcjs 22371 1172 de 1993 aduciendo que de violan coitituciorLa1as.. indi.scLitibie-' normas En un Talí simiiar al. Sub 1ite -.esta misiia Sala se pronundió7pon ponencia del Magistrado WtLLIM IRALbO OIRALDO en el expedene No 3451 deandare •Leonor.Pe.rra d' Narvy., loe guientes términos:- 1.

L. Sala considera .-'itil antes de entrar al fondoe.l asuntos-i ella procede, hacer un breveE>ped.enteS4o. 34596 11. recuento d1 ;'praca dereestrtLcturación que se operó en la Superintendencia, as,i: €n primer término, tenemos que en el artículo 37 de La ley 35 del 5 de enero de 1993, publicada en e dxario oficial del 7 de enero del mismo afo (f. 6 cdna. .6) se fau1tó al gobierno par-a reestructurar la Super intenerIa Bancaria y establecer un plan de retira compensado, en el evento de que aquello implicara dasvinculain de empleados.

reestructurar la Super intenerIa Bancaria y establecer un plan de retira compensado, en el evento de que aquello implicara dasvinculain de empleados. En el øjerçicio de las facultades de los articulo 189 numeral 16 da la C N. y 7 de la ley 5 de 1993, el Presidente de la República expidió el decreto 2'S59, del 26 de noviembre cia 1993 por el cual se hizo la reestructuración. En el articulo 12 de tal decreto se precisó,,, que regira á partir da 1 fecha en que entrara a operar La planta de personal de la Superintendencia . (FIs7 a 38.cdno. 6). Dicha planta, en efecto, fue establecida en el decreto No 2372 del 30 de noviembre de 1993, en cuyo articulo lo.. se suprimieron varios cargos, entre ellos 24 de Auxiliar de Servicios Generales 605-05. Este decreto entró en vigencia a partir de, su publicación, ocurrida en el diario oficial de noviembre 30/93. (f. 40 cdna. 6). El plan de retiro compensado fue adaptado en virtud cia]. decreto No. 2371 del 30 de noviembre de 1993, publicado, para que fuera aplicab1e, en el diaria oficia-1 de esa,fecha (f. 39 cdna 6). E1 7 1Superintendente Bancario soportado,entre .c3-tros,. en la ley .37 y en los decreto 2339 > 2372, toTIos de 199 M, profirió la reo]uc.i.ón Mo 3957 noviembreO/'93, para incorporar .luros

2372, toTIos de 199 M, profirió la reo]uc.i.ón Mo 3957 noviembreO/'93, para incorporar .luros funcionarios ccrr noubr€s prppiosi éntre ]o c..0 no estaba la artor ala nueva pLanLa d pErson1, ¿( viqo desde el-1c.dádiembre 710. 1993. (11 43 .1.06. cabo. 11 El nino -30 dW novi'rnbre .de. 1993,. upentenderte bancariçTaliándosa de 1a rGo1Uór :95EL ordenó,

oqni<VbíoATOI±o ep la 1y T5 ¡ ecrla. 237i. ya coiocidQs, i Pecoiocirnento de un irdenwiizat i.Ón Ccmdnciuián de este repso'digmos 'que para counicar . a T actora su no incorporción .a la ,nueva 1 plaita d' perdona! ¡' de la Superntcdr c1, e produjo" el -Cadícado, '\fo 1062392-0 de.. 0/11,93 (f2)', y 'pa recoilocerle. .. la . indmnización . se pri1.ró Ja resolución No 496 di 21 de diciembre de 1993, rdtificada - peror,aimente el 2. (fis. i13 a 1J.6 vto) en v de las Oerional.cuy:,.3 çgc)s furn supr"igidbíl , AMBuIdala lib2lista. Dcrio regialentol"efioazdesde el To. dt adic.ieibre de 399

en v de las Oerional.cuy:,.3 çgc)s furn supr"igidbíl , AMBuIdala lib2lista. Dcrio regialentol"efioazdesde el To. dt adic.ieibre de 399 -tue -6ctiYicadIT dicto ds%ijado ci 16 de d1LPrnhra de A!93s (fis 89 112 cuadernó pr.rxc.paL ) En eJ. sublite, al qontestar la demandal Ja parta o rotQra erurca varias excapiánes, entre ellas la dé tducidad sin sstentar1as es decir, no' aporta eleírñtos de convicción ni siquiera para, que el Tri.bunal pudiera dec.rarlas probadas. de oficio. Por razones e método, 'la Safadiscurrirá,Expediente No. 34596 13 en principio., sobra las pretensiones principales, ara necarlas, previo pronunciamiento-, sobre la excepción de incostituclónal :Ldad y luego se ocupará de las subsidiarias. EXÇEPC ION DE INCONSTITUCIONALIDAD Considera la u Sala que n.procede la excepción de inconstitucionalidad frente al articulo 37 de la ley 35 de 1993 y los Decretos 2371 y 2372 de 1993, por las siguientel razones: Los decretos y la ley ante.s mencionados no han sido declarados inexqtdh1es y páru. lo tanto, se encuentran vigentes y amparados por Iá presunción de legalidad sin que se pueda naplcarlos., puesto que la libelista no demuestra. prima 'facies el q bantarnientoostensihe di la norma constitujonal

encuentran vigentes y amparados por Iá presunción de legalidad sin que se pueda naplcarlos., puesto que la libelista no demuestra. prima 'facies el q bantarnientoostensihe di la norma constitujonal obreel particular ha dicho elH. Conei de Estado en tentencia de Marzo 17 de 1995, expediente No. 5783, Actor NAPOLEON OJÁS CASTRO, Magistrado Ponente Dr. JAQUIN SARRETO RUIZ .en lo atinente a la excepción de inconstitucionalidadprpuesta.. la Corporación expresa que no es del caso darle aplicación en este asunto, pUES tal excepción es :de recibo rúnicamente en .aquellos eventos de ostenib1e y abrupta contradicción de la Corisitución que pudiera observarse sin rnayr dificultad y sin necasiad de -especulaciónes jurídicas mediante un Oiz ot'urso dialéctico, no es tal El caso del sub-lite, Tá Para que haya aplicación preferencial de la2'•. - -a '$: eciLnte NG. 349 nrma eort'L t aieta •.batt .DIÁIWl a s1tuaói1 -e\'., -Iormip difere taite stablefta por el eor, 'e eera CPA101P la eKCí2 ,pCi4t no se lxm$ sf,le4piica4ni iela iey., además de,. elIo, el'aso ebti.do qttee reguld p# el pr 9.eceptb cd titucon&i que, ce aØica de preferncxa.. - $AAflbE •1atíçijlo

además de,. elIo, el'aso ebti.do qttee reguld p# el pr 9.eceptb cd titucon&i que, ce aØica de preferncxa.. - $AAflbE •1atíçijlo

'RESóL4JONE Nos.

e VIENBRE• M. IL993

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çiifi.c:ar Miñistrio de lasup a erfltnde-c-ias Bnc riasy Vlores pfl l e<cI,tvç p' -opósic ar 1i ca rumØ menta lo d.s'jtj .etale.y.- -'_ En el ve,toe retiros de persa 1 cm6 cqj'çuank te la 'arodi.ficaciór qe testructur y fn9nes e fs ].nst-Ltuc$or. enc$oradas,.. l t3e4hr:nø Nacion1 qstablecerí ii yla de retCrc ompenado parits mp1e4os.t el cual comprenderá ndmnasbfictcnes por 1 1 nsicne dé La Q1tla es de la - -. .... . ........ •• - En rei.1 ' de la anterxr. atrlbttci.ófl - - - la corahia n artLdi1Q 199 r4ia$$ral. 16 d Ctitución poLi.har, profró el De(t 279 a i. 4 rn:--civ od.á trwztr y fund1ons d 1 Hiac.end y Créd.to F1ico ectuar la "detuacis icaaria para

a i. 4 rn:--civ od.á trwztr y fund1ons d 1 Hiac.end y Créd.to F1ico ectuar la "detuacis icaaria para quø de procirte •Noyikmbre rtab1eciá func,ióris de 6 49; La' sctA Supeite4 cia n1o . ría, - 1 a%: la viembe 11 1 e et27f' 1$esempefÇados ca.1idd retiro compensado por uprin de cargos cl@ carrera dinistratia. ya sean scalafonad os, eh periodo de prueba nombramiento 'prbvisonai con El decreto de nçiembre O de 193, etableçió la ra pl.nt.a d9 peronat del iite cc-iondo y cn su ,rticulo lo suprimió e la lanta &ntrior, creada mediante el Decreto 99 de 1992 24 cargos de Çu,i1ir de Serviciøs f5nerle9 Código' 6o5 GraJt O, que espreciarnete el último desempeado por la actór Así.-mísmo, a través de La ,resolución 3957 de Noiembr-e 30 de 199'3 (folio 27) e 1ncorperaron algunos fucionari s l. fluCva , planta de 'prsona1. Como consGc4,iiorteía de r. lo antericw 1 -¿ la resolución n 3958 dci 30 de no.'ipmbre d ordenó el reconocimiento de úna, inrzación a la

de 'prsona1. Como consGc4,iiorteía de r. lo antericw 1 -¿ la resolución n 3958 dci 30 de no.'ipmbre d ordenó el reconocimiento de úna, inrzación a la demandante, cuya cargo habi $tdasupr.mido.. teriendo ccmc base el a1a-ID promdo cuado dur.Ante el último o de servicios segun los factOres indicaog en el articule 69 l Decrein 237t de t3 Fta indemnizriones por suoreión d] plec, no -van n contra del dcrerhol trabejo, ni dela e la estbilidad la-boa1 Son &an sola form de regular el retiro de la administraór qué eto indique una violación de La proección que sa LE deh al t.rabjo Afirmar lo ontrai-io llevar'a a in razonamiento

ilógico, según ui nadie pbdr'ia removido de su cargo los empIoseríar-.de pr'.ipieoad d Las personas que açtualnanta los desempePan situación esta desde todo punta d ita inaceptable Ai lo h sotnido la corteLuego., ,las rél6ldeimnos aquí desarrolla de , unas Tacultades otargLa d la epiltc por la Carta fp - vOrq,cilipntal del ..trt-9s general de OtitEn'r una vriadçaeflEjcil , del pary1cias pub].cc demandadas son. al. Presidente Pl.í.tfc. en con 111 LfliCO fin en la prestación

OTROS CARGOS CONTRA EL ACTO ACUSADO

del pary1cias pub].cc demandadas son. al. Presidente Pl.í.tfc. en con 111 LfliCO fin en la prestación OTROS CARGOS CONTRA EL ACTO ACUSADO id..- VIOLACtOÑ DIRECTA DE NORMAS SUPEII0RES. La Sla porque las rÓlucione3 3957?' '/ 358 directo relación con las .ptestades la República para crear, usioar de 1993w tienéh del Presideite de suirimir lbs Expediert.e Nó.4596: Constitucional n sen €ncia di tS e novie'mbra de I94l dictada drtro elproceso D:13 cuándo dijo: E'l derechó a la etabilidad a la ¿Promocíón seguñ lo flr tta de losmolacs de carrera no motde que la administrac:ón por razones. de .inters oeseial laÉiaa a la propia elicaria de la funL.,..órt publ..ca, pÜédá suprimirideterminadasTrargol, pór cuanto5 ello pue?JE? sar necesario para que el Estado cumpla SUS cmet.idos Por con s ic u i en te, cuando existrv motivos del interés general que .i ustif iquen la supresión de caryos en una entidad çtblic es legtmo queel Estdc la 'hacia, ,sin que puedan—,ponéreie l'&s derechos çarr€ra de los funcionarios 'ya que esto deben ceder ante el int,ers general .. cdnsidera_qWer este cargo no está 1 lamadd a prosperar empl-' que demande la aiminitracón cent ral Y queElpedienti,lde :4996 17

funcionarios 'ya que esto deben ceder ante el int,ers general .. cdnsidera_qWer este cargo no está 1 lamadd a prosperar empl-' que demande la aiminitracón cent ral Y queElpedienti,lde :4996 17 le harv - jídc Crinstitwzón daEsjado en con Ponenia cridp por el artículo :189 de la 1'tio5al y corno lo airma al H. Ctnao ren tercidei 12 de septiembre de 1990, del Dr'.. JtJQUIN EiRRETO RUIZ., expe lenteWo 750, áltorg ISABEL iENDiJ MÉNDEZO n parté alguna de la Cpñslltuciún cdc la. Ley, se prÓhibe al Jefe de Estado la supresión' de tales nplecis por el hecha de que quienes los .cuen se epcuentren inscritos en carrera dmnistrati " 2o EXPEDICION IRREGULAR. Ette aCusación carece de fudaento por cuanto •lasupresióMdeIernpieo de l libelista y el reconocimiento de la 1r1drnnizacián acaecieron len.ejerdicio de las atribuciones que al Presidente cdd la. República y al Superintendente l3ancária leán confirieron la Cónstitucón Nacional y un conjunto normativo especiaL, expedido 'a partir de la le) 35 11 1991 entra ctrcs., por los' aetos ::59 2370y.2372, 2/2 ya cros De cara T parte, en 'l evento de' haber€ Presentado irr,egullripaúes en la r4otifcior1 d' la resoluciones 3957 y 3958, las mismas no afectan su

De cara T parte, en 'l evento de' haber€ Presentado irr,egullripaúes en la r4otifcior1 d' la resoluciones 3957 y 3958, las mismas no afectan su validez. legalidad 'es esta una actuaciónposterior a su expediciÓn. FALSAMOTIV4CION. Como se ha mani stado, cargo. d cm do por la actora Me up imido en laT Heva planta d personal, por el Decreto 272 de 1993 De igual mLd, ej Decet 2371 e 1993 frnte dicho evento tan solapp ccnsagró la posibilidad 'del Paga de una indernnizaci.ón.. ?a-a res.-or1$r Esta acucián se tiene tamhién, q-ert. Ic ccni..deçindode las resólucianespor la oitidd áLcloriada 1051 particulr rada anterior es del para 1 anLe citada— , $ e reti los a3t.iVQ de liléc~ho' Y de derecho quø l iMpiraron. L os',Lequud parten del cnniunto nrrnativa &pecal aent1onado an'el

acápite . mterir. E ste j.ikrgw tambi éin irundadi. Paras rentar et que. deir que la parte att nu drnctt qu_e. se le haya violado el der echo d(-,:Y prefren la que rrlama, por no haberla r1c.bradO en la Guprrr n , rtcijx 1ancaria en upr equtvalint.t en qtuz ella dpePaba, o eepl o W por otiat no

haberla r1c.bradO en la Guprrr n , rtcijx 1ancaria en upr equtvalint.t en qtuz ella dpePaba, o eepl o W por otiat no otrb v4cante r nu qui.io y turtiar&e. al haberdtiaigh4sdo en su trcrtta. en la ;carrera admii.tritiva E al-la` no precísa 1e persona Larqt) pudo haber arcddu por ( enr ejbr derivado de Uu xnsi ipctSh dmiritrat'a.. y lez litadb do pe-onal, ;fectØ øa qu derech carrera. ñviado, Corporación, ocpare la pretencre ubs..tdiar.ia que but art la nuUd1td di. l RtLtiior to. 4296 deL Zt de iembre ch 3, epedtd por el Director Ffrnaf'al id nistrt. io vFnanciero de Superintendencia bancaria, y La ir;Luión dar :ro la indemtt c3ón dl omnto al ahorro y de la prta tcita, •y:eL paod tet:.it Ot4riO M punto;, ., v0 que 1M actora tal acta viola Los s4guien€e ,artiCuloi: 120 de la ConstitucicSn1acionl; 42 del Decreto 1042 de 17$; del Dac.reto 371 -4w IWI y 21 2 2Z 'y 28 dl 4urdciJUnt#IDirectiva 0 003 de £992 de la "pide su 1np1%caciár por sr cotrr?.o

del Dac.reto 371 -4w IWI y 21 2 2Z 'y 28 dl 4urdciJUnt#IDirectiva 0 003 de £992 de la "pide su 1np1%caciár por sr cotrr?.o enJuicia par incomp&rci. E>pedientNo 34598 de CPRESLJB 3rta y 19 La Eal se pronunciará ,irUia.lmente, sbre la excepción de 'i.,nconstiti~cion~il ¡dad,. Lugo lo hará acerc de, las pretersioes subsidiarias p -a decir que no iS acoge por ia - razones — que adelante: ondra EXCEPCION DE INCONSTI TUC IONALIDAD FRENTE LA RESOLUCIIJN 426 DEL 21 DE DICiEMBRE DE 1983 e ' prospera pqr cuanto la resolución No 4296 es un a - to dmiriistrati'o amparado qG1 1, la ,presunción , do h-galidad y . nQ h sido ni.. supenodci ni dfl LO. acto por la iur1-drór LO t ea nçi.oso aornntr -tiv.a, por el quehrartamerto ed:re, d la .no - a. const1tuc:onal> que. rlo derns, tampoco demuestra e1. -a'ctir e ,n ci .1 ibel. INCOMPETENCIA Tai carqolo funda 'la demandante en el hecho .de haber s.L.dod E oedi la Fesc-luc..ón No 42 96 -por Ci [iirec:tor dminist.rativo y Finañcieró ce la

Tai carqolo funda 'la demandante en el hecho .de haber s.L.dod E oedi la Fesc-luc..ón No 42 96 -por Ci [iirec:tor dminist.rativo y Finañcieró ce la Superintendencia -_ Bancaria., y no pr uperintendcnte. Sbreel particular apreeciar -o en auts que la ir nrizac Ór1 le fLtc reiorio .id a 1-ah) ore.et.ras i) }o.ñifitaci5ri p erv,ciçs rE4Eados diere Nc. •, 4596 acciQnante or el « BacirÍo,. por cDn&UtQ d ela R-,s61uciórt Wo á9 05 'ya crcida e'ped.da n base 1a racultad que t tal furcionarip otr9ó articic 4a' del Dc ro, a N-Iio Zft

de 19w. ddctado., a vez,Conba, se en t.ribLLç,rç.jeal. Ffeidente d la mlica 1 C corf it .i:,el ¡.rttlo -de 1a Ley 1993.. En eercicicde dc-ha / con govó n lb N 1987o' 4941 • de de la Superin1eridenra, y I9 de 199. del Minzeio de H acienda, l rec1or Gneal drnjnit-aFivo y Firnç-iero iordpr el gasto., s o decir el pag de inrnnizacián, en eerc.co arnban, dea lacón

H acienda, l rec1or Gneal drnjnit-aFivo y Firnç-iero iordpr el gasto., s o decir el pag de inrnnizacián, en eerc.co arnban, dea lacón a que se refiere PI rticulo 4o. d€ l olucór 192 ya menL1ond En cdnto la irdemniación cUe€ionada en l. dema.nda deiifnitad por'' el .rticulo 6o. -del Decreto. 23/1 de 199 ha' ce ec.r qu debe r reconocida y paacia tenier :lo en çuent exclusivamente Ioiguientei factore' aLariales a Suc,1do bic..o deventiado aL rn.çmento de] .,'re h)uxilio de tranporte. C) (uxi3io ch. ¿li4nentaci ci) Prima dt rsiidd a carode la Sufiérintendencuía p)F, r í m de se' vic'io a 1cargbde Supirin tendencfa f) Frirn de vacdcL?nes ) Frm de artiçuedad mple le -t ur a del te..tO pretraríscrto permite cbnir rSlfl «LyDr sTrm.1 q'e luisCo€cUéntes son las p czi ceden las pr si cintas., de la •despactacia-a dvorabiement. 4596 factore1cie 1quidaLn de la Lnd?mn1zacLón prX O>Qamen son eto as1 los ex prea me nt sea&dcs en dicha norm& por'narira u-no cabi l ía Lnc1uszár d

4596 factore1cie 1quidaLn de la Lnd?mn1zacLón prX O>Qamen son eto as1 los ex prea me nt sea&dcs en dicha norm& por'narira u-no cabi l ía Lnc1uszár d otro ii dinterprtacón. - Va : ir.perCdc7S por actorapor concepto d prima ahorrd del .42k..,eIsdJ?o n ter lqiudacin ni. por indmniinre.roc±dapor lo técrucay fómentc al n ór 'e a'fettar. 1k 4!m:rltó 'de la actos enj uiciados 5 iri t.rcJ S1mpI y 11aflUfl?flte pquedicha. no

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