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TA CUN - 3527-(23-09-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 3527-(23-09-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

CONCEJO MUNICIPAL - Reglamentó

TRHMJNAL ADMINISTRATIVO LE CUND1N(MÍR

SECCION PRIMERA F..Df3S.Nci.051 • Santafé de ~otá el B0C.,Septtembrq vintitreW (23) de ff11 novecientos noventa tres.(1993). qistrada Ponentes DRA BEATRIZ PTINEZ QUINTERO Exp.dante Mo, 3827 D.sand.nta. sGDBERNADOR DE CUNDINAK~ Ob.rvaciofles, FIabirndose surtido el tramite previsto en el Decreto 133 da 1986, en su articulo 21, decide la Sala la Observación formulada por el sØor Gobernador del Dpartarnento (e), en relación con el Acuerda 005 del 27 de Mayo de 1993 expedido Por el Canceio.Municipal de JERUSALNU El honorable Concejo Municipal de Jerusalén con fecha 27 de mayo de 1993, expidió el Acuerdo No. 00 5, POR MEDIO DEL CUAL SE ESTIPULA EL REGLAMENTO DE LA ASISTENCIA A LAS SEIONS ORDINARIAS DE. LOS tIONORAULES CONCEJALES. El 'or Alcalde del Municipio luego de haberlo ncionad., rmtió el Acuerdo al eAor Gobernador del Deprtarner;to para la revisión,• correspondjente, elGobernador de Cundí umarc; - deepus de practicarse la revisión de r&gt3r, lo remitió a éste Corporación a t-in de que se pronuncie sobre 1i legalidad, pues cOn3idera que • infringe el articulo 29Z do

  • deepus de practicarse la revisión de r&gt3r, lo remitió a éste Corporación a t-in de que se pronuncie sobre 1i legalidad, pues cOn3idera que • infringe el articulo 29Z do la Constitución Política de ColoebiaAl desarrollar. el £ De ç,ønformidad con lo prgvsQ en el articulo 23 de Constitución PolLtica de Colbmba, respecto de las causas -de destitución yformas de llenar las vacantes de lo ciudadanos que sean et.qidc por voto popular para el dempe10 de fLtncionS públicas en las entidades teriturials cuya facultd determinada , la ley, sin perjuicio dQ la establøcido. i,n la Cønsti.tuión, el concepto de violación lo fundamente n la falta de competencia de les concejos municipales para disponer como una de las causas para perder la condición de cojal la no asistentia a un determinado número de sesiona.

Se argumenta aplicilidad de le norma constitucional al caso enstudio, pt.e se considero que el Cancio de Jerusalén invadióla órbita de la competencia de la entidad -legisladora 1 ocuparse de situaciones que corresponden exclusivamente a la misma por mandato constitucional. Se concluye, .firmando que hasta que no e expida la ley respectiva, los concejos no pueden pronunciarse al respecto sobre la materia. CONSIDERAC IONES Mediante Acuerdo 005 de 1993, expedido por al CONCEJO municipal de Jerusalén reglamente la éisistaricia a las sesiones ordinarias de los Fi. ConceJaLes. - El Acuerdo citado fue objeto de la observación del sefnr

municipal de Jerusalén reglamente la éisistaricia a las sesiones ordinarias de los Fi. ConceJaLes. - El Acuerdo citado fue objeto de la observación del sefnr Gobernador del Departamento por considerar que trasngrede•Precepto canstitcO l Acuerdo objatodá Contituc.ófl :P01 Ltica a1andø eI Ojbriador q v4sjÓnjOl al artLculo29 de IM de Coornba. ARI Coneti tuión, Inhahilidadee, compatibi 1 idades, feth pertodøe de sI iones faltas abctut de destitución y foriiss de llenar ciudadanos que sean elegidos por Voto desempePo de tÁs, fiioees - publicas t.rrtorialøs La ley dictará también 1051 para su eløcción y d.semp.0 de Sin pørJuiciD a ley. taliddes.• poeión emparal,eso causas vacantes de los pupular para el las entidades demás disposiciones necesarias sus funciones w Eh 91 caso en etudio el Concejo Pluni ipal de Jerusalén, en uso de sus atribuciones legales ediante el acuerda OQ de 19, reglamentó que un neera .detererdo de fallas en asistencia e las eeionøs or4ln arias y de los cónce1esd lugar rdid de la, curul y credencial correspondiente. aprobado por el Concejo en sus tres debates reglamentarios los d.as 1i, 22 y 23. de mayo del ago en curso, procediendo a la sanción por parte del seor

credencial correspondiente. aprobado por el Concejo en sus tres debates reglamentarios los d.as 1i, 22 y 23. de mayo del ago en curso, procediendo a la sanción por parte del seor Alcalde del Municipio el 27 da eayc del mismo j~, cumplendo asi elprocedimi.enta establecida para 1 nacimiento d. la vida jurLd1ca de Adter esa localidad, drL en $e l El Acuerdo fue sin. embargo para revisión no, fue constitucional prévisto ene1 articulo Acuerdo objeto de la el precepto 9 que cÓn?iére pwdición de tomado en oonsideraciónnombre de. la República, de Cotomba par ley, autor de la 4 (Exp. No 3527) exclusivamente la ley para determinar entre otros lo relativo a las faltas absolutas y temora.le de los ciudadanos que sean elegidos por voto póputar para el desempefo de funciones públicas en las entidades territoriales, es dec.jr, que sola la ley puede establecer y reglamentar al respecto ,negahdo la posibilidad a los concejos municipales de regular la materia, pues es una función privativa d 1 Congreso de la República y del Presidente, cuando a este e. le concedan facultades extraordinarias.

En consecuencia. no existe: duda alguna sbre-la falta de competencia del Concejo,, Municipal para expedir el reglamento sobre asistencia a las sesiones ordinarias que conllevará a la.perdida de la curu.l y. credencial correspondiente por tratarse de las faltas [absolutas contempladas déñtro del

competencia del Concejo,, Municipal para expedir el reglamento sobre asistencia a las sesiones ordinarias que conllevará a la.perdida de la curu.l y. credencial correspondiente por tratarse de las faltas [absolutas contempladas déñtro del artículo transgredf.do. par el Acuerdo objeto de revisión, constituyéndose razón suficiente para decretar la nulidad del acuerda revisado. En mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL ADMIN 8TRATIVO DE CUNDINAIIARC.A, SECCION PRIMERA, adnLn Istrando justicia en 1.) DECLARA; LA eedidø

  1. Caihuñft.ar Dapárt Pe r5oneró NULIPAD dI Acuerdo 005 de Mayo 27 d I99ts el Cqne4o Municipal de Jerusalén, la anterior decsióa a los sefore Po ernador amerta, Iresidente del ÇohçeJo, Alc ido` del Municipio de Jerusalén.(Exp. No 13527) 3) ARCHIV AR l pre s entes diligñcja un a vez CJCÜtoríada esta providencia y cumplido lo ordenado en la mima

DOPIESE P10T!FtQ(SEE Y Ç1JMPL43.

Discutido y aprobado enaión reali -~ada en la fecha Aca

No LOO HERI BERrO REYES VARGAS BEATRIZ tIARTINEZ OUINTERO tlagitrada Magttrda OLGA 1 HES N AVARRETE BARRERO. DARlO Oh! OPEB P INI LLA

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ERNESTO MVL,tANTOR

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