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TA CUN - 35644-(24-04-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 35644-(24-04-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

AERONÁUTICA CIVIL -Reestructuración ¡PLANTA DE PERSONAL -No incorporaci6n

TRIØIIAL ADMINISTRATIVO DE CUNDI

  • SECCION SE(3UNDA 8(J8-SECC ION D Sa'ntafi de kocot ve.riticutro de bri) de rniI novecientas ncent. • tete k199?

MAGISTRADA PONENTE DRA.: MARIA DEL CARMEN JARRIN CERON

REFERENCIAs

CTC3S NACIONALES

E'pediente No. S.44

DE1ANDMt4t E F'E)F.0 FRANC4 SCO MUÑOZ MEU 1, NÑ

i MCi INI 5 vESPC r #-. i: CiVIL E eor ELfJ FRN(:jSCQ M€JCiZ M1L)14. x den t i icdc. çcr C .'. ii. U. 151 1. de t000t4. pc.)r tnterffledic) de oder'd -t ud i ci a U en eierci.cla de 1& iA cciofl de n'J ftdd retb1ecirnient.o del derecho. con cÍrd eL ricuo d5

rs demandi4. presntdü el ¿' de de 19,94, c-trrección de t ! 2 18 da noiernbre de 194.. cl tci t. esta. Ccirporicior e hacr iiE eiQutent&i: D E C L A R A C IONES a "1.. Eçi rU1c cl acto .ciiin.. trt yo cartterido en ti

esta. Ccirporicior e hacr iiE eiQutent&i: D E C L A R A C IONES a "1.. Eçi rU1c cl acto .ciiin.. trt yo cartterido en ti in ruç,ro dl 51 de anero oc t4, 4 i'':r.t t.o oor 1XP:jEJ4TE NQ 1 35a6441 sea or JEFE. DE, Oi)1I6H OE frEP'OttÁL OE L L'tiii'lfF' t JVM ESPEL IÁL. DE. 1 .tLi 'L LV ft, rned i.n te el cuJ fue retirado dJ er-i cio el ireni.er FELRO FRMNC 1ED1NPI cuien deeçi €riid el caro de Pro ond : Uhiveritar.o )2 &ado ') al nc sev incorooraio a la pl.nta de personal de ese ors1iho. ". Gue, para restablecer el derecho del c mandante. declare que 1. U11IOÇD .ibt1iNISiRÑtiVÑ DE. ÑERíiN(Jíi1Ñ €lyl deber renteorrlo i' c'rao (sic 1 iQul. equ t . iq tente o superior cateoorta y rernuneracion riA cit.&e venia dendo en ci nofflento del ret..i.ro deber taíib:n paciarte Lo Ldo pr-P-stacioneía Encialesdejados de perc.h:i.r desde el día de dcviricuJ.acton y hit cuando ea rt ntec3rado en el

"3. uue se dciare para todo ¡ola efectos leoa.Le que

pr-P-stacioneía Encialesdejados de perc.h:i.r desde el día de dcviricuJ.acton y hit cuando ea rt ntec3rado en el

"3. uue se dciare para todo ¡ola efectos leoa.Le que no ha e>itdo oiuciót-s de cinti.riuJad. entre tío. fec-hn.-'1e retiro lo de]. re.LnecIro. 4. lue lascruidde de d.Lrero qie rui ti'ren de lo y SocialeSI. Beaor i preten2.lon Seaunda de esta m&r.d. Ee weaun var 1)C1Ofl PQP'Cfl t 1 del indice de tDrcc1u a! (:onumidor conormc . lo previsto en el art. 170 del C.C.ti oía Glue el orC fliTsQ dernarid'Io por nler dio de tuncionar i c a quienea corr pon da 1 a ci ecuc ion de J a entnria,. dictara uentro de 1 50 días iquentee c:omucacidn la. corrempondiente en La cua.! se adoptaran 1 as med..tdaa ncccrias para u cumplimiento paoara a,nter,eaeiecercia1c dentro de los SeinE 1 es s aleESC-VA 13 3, 9U I e(] tera a la eecutiro de i, ii4 sentcncia y rnoratoro dempues de dicho terunQ. ccutc lo di.aronen ¡as art. lic. 1/-3 dei. L..a dennda e iundnenta en ict¡Liut.!j,et-tteíagXPEPLENrE No 35.644

HECHOS

dempues de dicho terunQ. ccutc lo di.aronen ¡as art. lic. 1/-3 dei. L..a dennda e iundnenta en ict¡Liut.!j,et-tteíagXPEPLENrE No 35.644 HECHOS .1.1 El actor prestosu — eriicu a la entidad accionada hasta el 31 de enero de 1994. fecha en i.a ciue rée le comunicó su no irt:'rporarón en la nueva planta de peronal el derecho de recLmar una indemruzacior

2. Por estar -- l demandante inscrito €r el escalafón de

La carrera drnin.atrativa, contaba Con el derecho a optar entre aer nornbrdo dentro de Los b iréeseis siotti.ent,es.a la. fecha de 9uprion del empleo en un careo eauivalente. o recibir una xndernni:acion. La deciion de Lncor)oraro no a Loa funcionarioB en La nue'-a planta de peral da 1 atirida.d dminiatrativa Especial de aeronautica Livil. con la determinación de indernruar a loa no incorporadas. era exclusivamente del Director tenerai como nominador. •' no che La. Jefe de Perennal. EL emtatuto que f i íó la reetructuraciÓn del Miniateric de Obras Publicas íranaporte como Minister -10 de Iranaporte ' sus entidades adacritaa. catabiectó oauta pra la creación de ,Laa plantae de personal aupreeion de empleoe. incorporacion ' no incorporación de funcionar ioa no fuE. cumplio por La Unidad dmiriiitretia Especial de 4eronutica 4 El acto acado Vue epedido por un funcionario

incorporacion ' no incorporación de funcionar ioa no fuE. cumplio por La Unidad dmiriiitretia Especial de 4eronutica 4 El acto acado Vue epedido por un funcionario incoapetertte por, cuanto no fue ma1va.do / no se obriaran Iaa tormatidade esn ,tikbiectdY.ís en, lite. f4IJ9 VIOLADAS Y CONCEPTO DE LA VIOLAC ION Como norman cLad el actor cita la ciuientea.CQNTflJ lQMÑLESi reimbt41Q. .rt..cu10 1$, Í trr,aitoro 4'-7 M 53, 58. L.25 « 20 .gX?EDLE , Tg No 5 i 4 4 LEGALES Le'/ IM5 de 1993. art. 15 3 Lev ? de 199 arta.. ? lit. ci, 8 y 10 Uc.reta L¿.¿J de 13. ar. .3 a ept Decreto— . 4')) de 1berart.. 4 ¡ Lec:retu 190 de 1973,. art. 244 num. 4 $ Deçret,o 21.f4tu de i9, arta. i a 5.y 48; ..1)óreto 171 de 1992,' art. 114, 14. 141 ' 1.42: Lfrecreto ')J. de 1.984. art. 84. El CQrepto de violación le estructuro en la demanda sobre 1 miguientela ar3umMito . - ,. L.is anteriores di8po.cior;e1 cdnaQran la proteccion al trab»io, lairrenunc abiAdad de lo derechos emanados de4

sobre 1 miguientela ar3umMito . - ,. L.is anteriores di8po.cior;e1 cdnaQran la proteccion al trab»io, lairrenunc abiAdad de lo derechos emanados de4 mismo, las qarartsa de que Qozan logE empleados incritoe en el reacala«ton de La carrera administrativa cuando el Estado Suli entes 0 el derecho preferencial de lol empleado a incorporados o nombrados en cargos .equ1a1ente. de la nueva planta de personal. en 1ow-axistente3 o en Ips que se creen en el organismo al 'c.uai e trasladen turicionel, o alterrtiv aman te el derecho a ser indemnizados cuar%do paaedos <w meses no eco han podido revincular. . Lc.rno el demndante 04tmba inscrito en e! escalafón de la carrera administrat.iymal crearse 1 Unidad dministratva Especial de Meronautica Liyil. no Be le Clió la opcion con carct.er preferencial de ocupar el cargo que le cosresporsd. sino qus la entidad lmpuqnada opto directamente por la indemnización, desconociendo asa. la estabilidad de la carrerag)çPEDE.Nro. 5á4

3. El Decreto 2171 de 1992,. etcblecio en el estatuto ora enico para el Sector transporte ciertas pautas pare la adecuación de la estructura y planta de personal de los entes oue iointecran. dentro de un plazo determLnedo pese a esto la 4eronaut1ca Ca",¡ Cj",¡J no fijo su otan de supresión de empleos.

adecuación de la estructura y planta de personal de los entes oue iointecran. dentro de un plazo determLnedo pese a esto la 4eronaut1ca Ca",¡ Cj",¡J no fijo su otan de supresión de empleos. 4 • 1.. 5k11,did -dmiratretie Eccial de Ñeronut:tc Civil aolic:oci art. de la Lev 14) de .L93 para é. empleados nueoa sn concurso de meitos en reemplazo de los funcionarios de carrera que ven3an de tiempo atrae, razon por le cual. cabr.e aplicar ia eicepcion de i.r,constitucaonaiided por ser contrario ci art. 4o. de la Constitui.øn acionai, el cual preve que en todo caso de incompatibilidad entre te Conatitucicn / la le u otra norma iurdica se aplicaran]asó d1aposctoncs cortitscicxu.Lcs El funcionario qu expidió el acto acusado ere incompetente. ',' que el competente pare incorporar o no incorporar a: loa funcionarios en la nueva planta de Personal era el L'i.rector benerel de la entidad ecioncde como nominador y no la jefe de Personal como aparece en el oficio. .r açto. demandado no iue moti'.ado., con.irtiéndoae aaL 'en una tcit.c ir, ti bsistencia que bur i 0 los derechos de estbilÍdedr de la crrera. te cuaJ no puede reemplazarse por una ir3dernr1zac1or úe otra Parte el apoderado del actor presentó correcclors a la demanda dentro del tr#ino de flieciori en

una ir3dernr1zac1or úe otra Parte el apoderado del actor presentó correcclors a la demanda dentro del tr#ino de flieciori en Jista. en oficio, que obra folios 21. a 26 en tos siguientes ter ffl1 nos Z En cuento ci aapite de declaraciones y condenasi io. Que es nulo el cto admlnitrativd que produjo ci t.acto retiro del ser vicio de EC,PO FWCISLÜ tic ' I1UÑ3gxPDzENTE No. 5644 MEL)1t4. coi -no Froteaionai tJñveraLt.ario .u2' Grado al no er incornoraçio a la plrta de oeraonal de La LiNlL'í) MÜt1iN1STfMí IVÑ ESPEC404L.. DE ERo14ítJt 1 J1111donde venia trabando, de que trat.a el oficio del SA. de enero de L94 suscrito por -La Jete de Pergoni del ente oficial.' Con reiacton a lo hechos de la demanda adicionas

1. Que el acto admintrativo no fue notificado. pubLicado, n dado mí conocer en ví 3. n o u n periodco 1 c holetin oficial., pues la aerona.itica• procedio a incorporar sus funcionario tal como se deduce del oficio de 51 de enero de 1994 que le comunico al actor su no irtcorpc:raca.on en La planta de personal de La entidad. 2 Er, la entidt1 accionada no a e produio la aupreEión do¡ cargo deseímpeñadQ oor el actor.

1994 que le comunico al actor su no irtcorpc:raca.on en La planta de personal de La entidad. 2 Er, la entidt1 accionada no a e produio la aupreEión do¡ cargo deseímpeñadQ oor el actor. ! Para La occa del. 3.1 de enero d 1994, fecha en que ;e produlo el retiro del accior,ante Ya habia encido en termino que las normas tranal oria hai an fi ado para retirar maeivamente al personal. indemriizando.&o. En cuanto al acapite de nor.,inarí éiolatiomel apoderado de actor adiciona la-e IiQuintea CONST 11 tiC 1 OhiLES LEG4LES tecreto 21)1. art. 1'. Decreto 2724 de 193 art. 2. Le! tS7 de l-8. a . it y Con relación al concepto de violacion. La parte actoraLXfDLEN 1LNo. maní fiesta. a;. El Oecreto 21WI de 1992 fue exoedido por el Gobierno Nacional en acatamiento del art. 2ç) transitor:,o de la Cor,stituçión Nacpnal ctue reeui.ta ';iolado por falta de aplicacion, pues para ej'31 dié enerode 1994 dicho decreto Pabia ardo derodatamette por la Le' l.i'5 de 1993 v por , el t)ecreta 2724 de 19 ,. •?• El art.-5 de Im'LeVi`.J.O5 de 1.9 93 y52-del Decreto 2724 de 1993 son violatorios art. 12 4.5 de la Contitucíon

,. •?• El art.-5 de Im'LeVi`.J.O5 de 1.9 93 y52-del Decreto 2724 de 1993 son violatorios art. 12 4.5 de la Contitucíon Nacional que conseara el principio de mérito para ocupar cargos oublicos. ..., EL úecreto i1: i de l'2 atc ctertas oautas oara la alecuacionclela estrt'cwra plant-a de personal d€ los ente» que lrttaqran el sector transporte dentro de cierto plazo tal como lo_ oreven los arte. 114. 141 ; iv de la inertcY.onada norma.. 3. como. el acto de desvinculacion cffi»ncl&do no se motivo, se tiene que la entidad accionada lo convir t..io en una tcit» irubsisiençia burlando Los oere(:roa de carrera ' tabilidad, que no puede raemplazarse con una indernni:ac:ion.

4. La Unidad Mdrn.ir traiia Especial, eronutica Livil no le dio la debida publicidad a los acto» de ircorporacion. va que estos fueron reser,'doe ' »ecretos. lo oue contltuve un motivo mas de reauiaç'ioai en su tpedicion. oe otro tarjo, el aoodet ada ds La parte actora presento sus aeq»tos de conclusion en escrito que obra a folios 149 1v en donde manifiesta que la entidad demandada ie

desconoció los derechos que como funcionario de carrera le daba de optar entre ser nombrado dentro de tos b meses siouientes a 4.a supre»icn del empleo crí un carQo equivalenteXFER1ENTE No. .35.644

desconoció los derechos que como funcionario de carrera le daba de optar entre ser nombrado dentro de tos b meses siouientes a 4.a supre»icn del empleo crí un carQo equivalenteXFER1ENTE No. .35.644 entre los carac cteadUE en la nua píantam de peroni o de los empleos 'acante, o de rec.hir urt Lndemr.:c,ort at aL yerscJm3.çltc? de ese , trmino no se habla preentadc:. la oportunidad de . inculario. La expedición del acto acusado va en contra de la naturaea de La iparrera. pues me oermLtió que oerona irrearn au toma tc.irner,te Min naoerte sometido a J riormas sobre corcuro publico. La ierpnautica .ivil no arocedio como Lo ordenan tc arta. 114. .t4 141 Y.. 141 dei Decreta 11/1 de 1,99X. par oesv iriel.11ñt,r a su per on a t. beHalA e .uniugnante que al declararae J.ai 1ne>equ1bUidad de4 art. 53 de la Lev 1v51 de en el Iparte retacipnaci,çon la no api.icac.Ón de los requiito 1.Lea para la primera incorporaciøn quedando incorporado los fliricionárl.C)5 directamente en la crrera especiaL. el ente demandado pretendic hindamentai - dicha incorporac.on nombramientos de per - aonal,. como la no incorporac3on. operndoe asi el fenomno .iur&dico del decaimiento deL acto

demandado pretendic hindamentai - dicha incorporac.on nombramientos de per - aonal,. como la no incorporac3on. operndoe asi el fenomno .iur&dico del decaimiento deL acto adnntrati'o con u perdida de eiecutoria. ARGUMENTOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE A€RONAUTICA CIVIL Notificado el auto admiaorio de la demanda (fl, i€ vto.,. el £).trector Leoal de La Unidad dmin.strativa Especial de 4eronAut1 ca Li'.•i. 1 ctit'vd apoderadifl. 49 y quien contesto la demandja iuera de tiempo en escrito que obra a folio 6) ¿15XPEDIEP4T No 5.ó44 De otra prte, . fa1i 81. 9S el apoderado de le Unidad ídm1n18trt1veEspecia¡ de #4eronáuticá Civil conteetó le cMrrecclon de le deuende. en donde mani -fieste: 'l Presidente de le Repúblicia en elercicio de i cuLt,ede caner1daL Qor el art. ') trenitorio de la Cortitucor. e;piio el úecreto 1)1 de 1992 que reatrutrO el., Miniter.to de Obras Pubi1cE v íraneporte como M teno de (ranoorte v euprimio. fusionó '1 reestructuro entidades de la rama e;1eCutiYái. proceci de reestructuración tuvo su sustento loqe.L 1 Decreto 2171 de 199. en la le 1 de 199. en e].

reestructuro entidades de la rama e;1eCutiYái. proceci de reestructuración tuvo su sustento loqe.L 1 Decreto 2171 de 199. en la le 1 de 199. en e]. Decreto .724 de 199.3 v en los Decreto 248 y 249 de 1994. todas estas norme iueron dictadas en desarrollo del articulo 2) transitorio de le Constitución Nacional- . El procesu dé reestructurcion tuvo su sustento leo] en eJ. decreto 21/1 de 1992. en ¡a ley —. j(t5 de 1993 eh el Decreto 2i4 de 19 •' ; øfl los Decretos 24e Y 249 de 194 todee teenormes Vueron dicteds en dearrol10 del art.cuio ¿u transitorio de. ¡e Lontitución Nacional

4. L resoi.ution dømandda este basad a en r,ornie contit.ucjonateL. de conformidad con. Si numeral 16 del ert 19 de LarLor titucioNcional que fecultn permanentemente al Presidente de la República para realizar supresiones. reetruçturaciones y tusionE de les erttidadef de la. rama . E! fecreto 024 1993 adaptó le estructure pera la Unidad 4dmin1Etretiva ksPeciál de Meroneutic:a Llyli, determinnoo sus fciones. . No se pueden aplicar. las normas sobre cerrera administrativa, dado que en el art. 3 de Le le Isib de 1993. para La primera incornoracion r nombramiento de La planta. degXgDzJfrgp4. 3D!ó4 4

. No se pueden aplicar. las normas sobre cerrera administrativa, dado que en el art. 3 de Le le Isib de 1993. para La primera incornoracion r nombramiento de La planta. degXgDzJfrgp4. 3D!ó4 4 pr,orl de i entidadaccionada.,, no se aníicrii ic reque1to etbLeci.do en i norma tepales. Respecto a ta øretenon de Uo nuJidód del oticio de 1 de enero de 194, este no ¡e puede tomer como un acto anistrativo,. •s nue sirnplment Le it'vformo al accianante SU no rco,porc3.on 9, ls plantiA de peranal de la Unidad

dministrativ. Espccia.i de Meronautica L].\.'il, ci derecho a percIbir , una tndemnizaç.:j.on que' Le nería cnctaa conforme a lo dspucato en el art. 53 de la Le Jtp5 de i99' ci, Decreto 1J'1 de 19 4 2ésta índeniacion fue recibida por ci. accionartte por no haber sido incorporado en la nueva ø.tanta de pcysonai

S. EL i)ecreto do 196 estableció que en casa de que a un funcionar-.-Lo j..nac ito en Larri se le suprimiera el. çaroo 'ter.a el derecho a ser ,. iLnculado a un caroo similar dentro oc Los seis meses giou,icntes a au 1.10 uLecion este r o 0,y, íne n fue modi$. ís rJQ por la ' 27 de e tbLec.io e.( derecho <le opciors para el omoleadø escalafonado

r o 0,y, íne n fue modi$. ís rJQ por la ' 27 de e tbLec.io e.( derecho <le opciors para el omoleadø escalafonado de escocer entre una tndemnj.zación o el derecho preferencia¡.

5. Loi decretos expedidos con base en el art. ¿0 tranitorxo' de la t.orutitución crearonewclus ivffser,te un re9fners especial de indcmruzaci.óñes øra e4 vnto de retiro

de 10t fuc ionar ias ., inscri tos en carrera con motivo oc sUpresl.cw, de los c rqos que ocupaban. tu. No se pedr; aplicar" las , normas sobre carrera admjnistrttva. dado o'te en ci art. 3 de la le JuS de 199 -3 para la pr.mera irscorporacion y nombramiento de La piarstø de personal de la entidad' accionada no se aplicaran lo e. requasi tos tablecirios cf, 1 s normas Le Les.

11. Los decretos sobre reestIrtcturac,on crearor, un neciaL 'i tranitor.to de retiros 'trtdemniorses; es por ellos que la norma especial -Decreto 171 de 199-.XPEI)tNT N9 3 S5.ó44 .11

Orevalec: e sobre la norma dnera -Le' 2 de 1992-.

ARUt1ENTOS DEL MINISTERIO PUBLICO El Procurador Em. en lo du .cial. ante este Corporacion en su Concepto No 445 dé 8-de noviembre de 1996 fi. L!' se remite por economía procesal a la senten.ia de 5 de julio de

El Procurador Em. en lo du .cial. ante este Corporacion en su Concepto No 445 dé 8-de noviembre de 1996 fi. L!' se remite por economía procesal a la senten.ia de 5 de julio de 19%. actora Mari.a beisay silva ¿,. contra la Unidad Ñdminist.rativa Especial de t4eronaut,ica Civil • t-ctos I'cionalesa Maotstrsdo ponente Cr. José Hernev '/ictoria.. Sur tido ej tramite de riçor • no habzer.dc cauimí¡tÁ de nulidad que inalide lo ctuado, se decide sobre ci rondo de la presente litis. mediante les siquientes. CONS1DERACIONE Si le. Es obicto de estudio en la presente controversia la leQelJdec del acto administrativo que produjo cl tc.ito retiro del servicio del actor al no ser incorporado a la piante øe personal de ia entidad acc ion adaa y de Le cc,municaczion sin numero de .l de enero de .j994 iI. 2#.ocr la cual i.e qiefa de uivió.ton de Personal de la Unidad lidmirs. str ati..a especial de Ñeror,autjca [.L\'3 1 le informo ¡al rr,enden te que no habia sido incorporado en la nue,a pi en te de personal de le entded de acuerdo con lo establecido. en el art. 115. de La ley lv' de 11.943 '.' Los arts 148 149, 15:' v .158 del Decreto 7.1. de 19 ' del, derecho que teni.a de recimar una indemnización.X?EDZENT (D. 344 12 2a Sostiene el ccionarite oue ¡Die actos acuzados eetari

del Decreto 7.1. de 19 ' del, derecho que teni.a de recimar una indemnización.X?EDZENT (D. 344 12 2a Sostiene el ccionarite oue ¡Die actos acuzados eetari íncureoe en causa¡ de nulidad porque no me siquieron toe procedimientos Propi.CE para retirarlo de la ent.idad de conformidad con Las normas de carrera adsrtn.ietrativa va que estaba znacrito en el. escalafón de la rnma. 4.a.Est1 ømQLtradoqUe el acc.tçnante estuvo yinculado al ueprtamento Mdfflifl:1%trativo de 4erOnat.t1ca Civil desde ci. 3 de abril de L9/2 hasta .1 31. de enero de 1994 t f . 2Ñ. que en e momento de en retiro ce de en el carqo de Frofeeona.t Lintveritario 3)20-u de la £'ivieión de 1nterentara. coh una aeiqnación bacica de 352.4u.oa.

I. demandante luy inscrito en el eecatafón de la

carrera Ininietratxva par FdeeQLucori 23.1 de 24 de diciembre de 1993. como Proecionat Univcrei tarjo 2- (1'!. 5a. Munque el cnante en ninaun momento indi'.idua'lizó el acto adm itiiztríktivo que le produ i o el retiro tácito del aer'vl.cio al no eer incorporado a la planta de péreonal de la ertt.Ldad dandada; la Salá observa que al estudiar e material, probatorio s se pude establecer que el acto al que

aer'vl.cio al no eer incorporado a la planta de péreonal de la ertt.Ldad dandada; la Salá observa que al estudiar e material, probatorio s se pude establecer que el acto al que se refiere el irnpuoriante ce la reao.tucicr No. ut'3 de Si de criera de 1994 1 uai nombra incorpore designa i ubica la primer planta de personal de la Unidad dminietrat.:iva Especial dee Merofla'tca Liii. 11.1 ba.L.e otra pare. ce tiene que el apoderado del demandante al presentar inicialmente iadmanda sólo demandó el o3.J.CLO d i. de enero de 1994. dentro del término de caducidad. que se 'encia el 1 de mayo de 1994. Poctcriorrnente se advierte que el accionante preeertó corrección de La demanda el 2H de noviembre de 1994 fLe. z1 '¿6P. dentro del trmino de la fijación en lista. en donde adernae de Lo sol icitdo en la demanda inicial pide 5 e decrete la nulidad del acto administrativo que produio elXPEDIENTE No. 3&14 3. tacito retiro del servicio del actor al no ser incorporado a la planta de personl de La entidad accionada, que fue el que a incorporación a la nueva oiart de peronai de la erttiad. En este orden de ides Salw onvE t d era oue con relación et.a pr,tentíon. opero e tenorieno de a caductd pues detcIe el TomentLo en que ae presentó La demanda mayo 22 de 1994 - la adcion de la misma - 28 de

relación et.a pr,tentíon. opero e tenorieno de a caductd pues detcIe el TomentLo en que ae presentó La demanda mayo 22 de 1994 - la adcion de la misma - 28 de noviembre del mismo ario transcurrieron mases: porse or se tiene que, el hecho que el actor haya demandado La nulidad del of1co que le comunicaba la no incorporacion a la nueva planta de perSonal no interrumpió la caducidad frente a la reslucion de Lncorporación. pues se trata de Sctos totalmente distintos. De manera gua 1 a resolución ut'5 de 31 de enero de 1993. podi demandarse hasta el 31 de ma'o de 193 por l razón se tiene que cuando se adiciovlc. la demanda, 9 2$ de noviembre de 1994. estaba caducada la accion contra ella. £,e est modo, es Procedente declarar la excepción de caducidad res tc) de la resolucion puonada. ve otro Lado crder a l,ik al que es iapor tan e riiencionar que la raso Lucibn lmpunada tiene su oren en el articuLo ¶ft3 de la Le l('S de 19930 tal como la dispone su eptgrafe. Esta le' fue epeoida por el legislador en uso de Ia acul tacles cona ti tucionalas otorgadas en el articulo 15u de la Carta Fol.ztic.a. be donde se deduce que la reestructuraciórs de la .eronutica Civil cawa del retiro dci acc.ionante, no fue ci art.icuj u tr ame i tono .4v de la.

de la Carta Fol.ztic.a. be donde se deduce que la reestructuraciórs de la .eronutica Civil cawa del retiro dci acc.ionante, no fue ci art.icuj u tr ame i tono .4v de la. C:or, ti. t.ic ion Naçior,a 1 a. &s as. como el ar ticulo 53 de la lev 15 cIa 1993 creo un rgimen especial ' trnsit:.orio para el ret.ro de emoleadoa inscritos en carrera ar in±strativa que consgra la supreaion de empleos con derecho a indemni:ac:ion. sin queXPEDIENTE t4ci. .644 14 ter eJ dEt'(hC. a ser, incor por ad(, te rec3'meri diporie que lo funcionar io 1FcrLto en calaton de la rrer que no reuJ taren incorporado en I pnti d Ç0na1 de la #fldrT, derecho ti una indemrii cior - (a cual , coma et demctrado tue recibida por el segun certL CttCiQfl que obra iO 1 10 .L 3 üe otra prt.e'. el oficio de I de enero de 1.994, porel or ci. cual e 1 coirunica ii actor que no fue xncorpor.do. no e 1 acto idat.rs.strativo que derm3.na la devnculacio,'s, tal decisión fue aum1da en la reoiución X3 1 ePcJkir!o cJe t a incarporcion en La nueva plante de perspnal. i coa e t3.er,e que corno la re? oi.urión

1 ePcJkir!o cJe t a incarporcion en La nueva plante de perspnal. i coa e t3.er,e que corno la re? oi.urión merQnada no incui en cauaJ dele) e La conera. Le eZt& mcido. como ls actos acc conei'an incólume. U presunción de ieoiiad tan nuplican do la -deírsondiíx deben ser denestiffiada la que coniteva a que elian sean denegadafi como en efecto se deternrtnar en la parte reaolutiva En mer.to de lo epueto el Iribunal, fdminietrativo de Cundin ama rca. ección ,ecunda Sub Sección "Ii)" administrando )utic.a en nombre d e la Fepuhitc. de Colombia ', por autoridad de LaLev

F AL LA

PRIMF-ROi OENIEO(4SE LAS PREiENSlONS DE LM DEt1-4D(4.PEDjENIÇ NQ. .644 15

SEGUNDO¡ Lcc1rge Drobad. la e:•ceición de cducic1d roectq de la ,Resaíucion oO3 de 31 enero de 1994, por ia rzonew espuestos en 1 prte motivo de •t.a proYctencx TEPC;EO: Elecutoriada esta providenci, arehivese ci e>.ediente, SreVIA dco1ución de los iiore ccicndo, para gastos del proceo, excepto iOE va cu3do. Cópiese, comtm.c4uec !, not1Tquee 1 cuffipJ'Ee.. "probado en sesion de lit fecha, segun Acta NO-21,

ccicndo, para gastos del proceo, excepto iOE va cu3do. Cópiese, comtm.c4uec !, not1Tquee 1 cuffipJ'Ee.. "probado en sesion de lit fecha, segun Acta NO-21,

PIAR ZA DEL CARMEN JARRIN CERON

FILEMON JIMENEZ OCHOA NEVARDO A. REYES RODRIGLJEZ

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