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TA CUN - 3661-(09-12-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 3661-(09-12-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

JUNTAS ADMINISTRADORAS DE DEPORTES

111IAL Audbi1XWk I I1WIARC

$~M FUA

Santsf de Nogot&, D. C. sieve (9) de Dicie.br. de mil novecientos novente y tres (1993).

M. MRIMM UiX$ V99A8.

RDPCXA : EXPEDIENTE N. 3 8 8 1

CPSZRVACXOI!ES AL ACUERDO )1 • 20 DEL 5 DE JUNIO

DE 1993, EXPEDIDO POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE

8XLIACA.

DEMANDANTE : QOSERNADOI DE CUNDINAMARCA.

En ejercicio de la stribuci4n que 1e confiere el Articulo 305-10 de la Constjtucj5a Politice, el SaNar Gobernador del D.ptamento real t16 a constderssin de ¿ata Corporacidn el Acuerdo de 1 referencia fi P~ las efectos de lo. Articulas 118 y siguientes del Decreto 1333 de 1908, ci considerar que infring, normas de carlctmr superior. 9.. El Honorable Concejo Municipal de SXJ(IJACA, .xpidi6 el Acuerdo N'. 020 del 5 de Junio de 1993.

2. El Acto referido fue sancionado y publicado, como obra en el sieso.

3. El citado Acto tranagrede normas superiores conforme se enunciax4 a continuación. ".

NORMAS VIOLADAS Y CONPT0 DE LA VIOLACION Ley 49 do 1983, articulo. 19 y 20 numeral 9'. Ley 19 de 1991, articulo 6M.LX?. .. 3661.

a continuación. ". NORMAS VIOLADAS Y CONPT0 DE LA VIOLACION Ley 49 do 1983, articulo. 19 y 20 numeral 9'. Ley 19 de 1991, articulo 6M.LX?. .. 3661. "1. El Acto Adeinistrativo objeto de Ipugnacj6n "cre. la Junta Y el Tondo unicip.l do Tomento y Desarrojie del Deporte", en el articulo 4$ 4.tersjiia la integracidn del Consejo Directivo de 1. Junto, dintro del cual Oft omitL6 1 rspressntante del Director da la Junta 8~ L~ de Deportes, CCnÍOrmndOX 4011 "II Consejo Directiv, de le Junte estard integrado por: El Alcalde e su represontmit. Un representan del Concejo uieipnj. Un reprsecntamte de los cositas deportivos municipales, o es su defecto de 3.0 club dspartivoe i.galøønt, citÁtutdom y oficial mente reconocidos Un representante de lea entidad., deportivas que funcionen en 10. corregLsj.nto., zonas, barrio., inspecciones' y veredas que acrediten funcionamiento per'mumeflto ente el Secretario Ejecutivo de 1. Junta, y dtstintsa de las oonsid•radas es el ordinal d). "El Articulo 17 4. la Lay' 49 de 1983, establase: Consejos Directivo, de las JAtaR KunicLpaJ.s. 'de Depo~ estar4n integradol por: e) 11 Alcalde a4oipiI o en representante. b) Un repre.Øntantá del Consejo municipal.

Consejos Directivo, de las JAtaR KunicLpaJ.s. 'de Depo~ estar4n integradol por: e) 11 Alcalde a4oipiI o en representante. b) Un repre.Øntantá del Consejo municipal. o) Un r.precantaxst. 44 Director de la Junte Administradora Secctdn (sic) da Deportas correápcndjent., 4) Un representante da los Cmitu DeportiVos snicipale., o en su defecto 4. los Clubes Deportivom legsla.nte constituidas y oficialment, reconocidos. 3) Un reprsssntants 4e lee, entIdades dsp.rttvas que funciones en lo. Corrgi.j.nt.s, senes, berros, inspeccione., veredas, que acrediten .Nnciceimjsn.to permanente ente e] Secretario Ejecutivo de la Junta mtcips3. dé Deportes, ditiatas di 1.. considsreóSsen .1 órdinald).N. "1 Cencijo 8wictpal de SIIJACA cóntrsrfa la citada dispo.ici6n toda ves y en rosón a que a]. oonfbrear el Consejo Directivo 4. la Junto inicipal da Deportes en el articulo 4$ • del Acto revisado, eniti6 nombrar "a]. r.prenátiint. del Director de la Junta Adainis trador. Seccione] de Deportas", 'el áó.i por Ley hace parte del Consejo Directivo 4. 1. Junte. $mntoipalas de Deportes.ZXP.ii•. 3061.

trador. Seccione] de Deportas", 'el áó.i por Ley hace parte del Consejo Directivo 4. 1. Junte. $mntoipalas de Deportes.ZXP.ii•. 3061. "2. El mimo Acto en .1 Pardgrato 1 • 4.1 articulo 3.' ' esIa1s que si Diraetor 6.1 Inhbituto Colombiano 4. 1 Juventud y el D.porte fijará le. requisitos y calida~ idais.a ncessarisg para poder ejorer al cargo 4. SSoretsrio Ejecutivo de 1 Junta. El ArtictiogO rsUJra1 9.4S1. s44c 19831, estipulas "Las Juntas 'Ibinicipales Yz 1.. Zoñal Dietritajes de Dsprts, ej.rcerAn en SUS respectivos tei'rjtørjøe las siguientes fuñcione. i

9. De r'inar la PlntaØe PCI1oña'1 Y las funciones y asignaciones •ozr.spondi.nt.., y someterlas a la OP~tén del Obi.o nacienal por conducto 4. las Juntas Adaintatr¡domo Beccio flLtU de Depc. te..". "Como la norma lo ifldica, corresponde a la Junta uni.ipal 6.

Deportes detrl1niir 1. Planta 4. personal, softalar las .tuncicn.s i esjgacions, 7 flO Si DirectOr 4.1 Instituto Colmbiano de la Juventud y e]. Deporte, lo que significo que •Z Concejo mlaipai do ZIIIIJAØA acutraris la citada diepasicida al conceder a Otra

Juventud y e]. Deporte, lo que significo que •Z Concejo mlaipai do ZIIIIJAØA acutraris la citada diepasicida al conceder a Otra autoridad o.tenejae que o -pemdn por, Ley a 1. Junta Municipal de Deporte., "3 • Zguala.nt. el Acto !'esd° en •1 Psrp'ado 3 • del Articulo 11, determina que al Pendo estaré, asnojado y adeiniatrado por un tr.ro. El ArticulO 41. de la Ley 19 de 1991, preceptde ' "Los dinroe que. los Municipio. eproçien dentro, 4e sus preespueetos con dS.ttnø $1 Vendo que se crea mediante la presente Ley, 9~ 4.inistrado. por 1 cor'respostdjeitt. Junta Municipal 4. Deportes", "De la norma transCrita es colige que no es procdente lo señalado en Si Parigrafo 3, 4.1 Articulo citad. . respecto que un Ticrero maneje y d.inistz'. el Fondo, en ras6n a que es al. Junta Municipal de Deportes a quien is CorreSponde por dispoeicidn legal la adminis trsción del correspondiente 70540. De le expuesto se desprendo que el CO~' ndeipsl de IIXIJACA se excede en- 'l«' facultad reglada que, le otorga ¡a Ley, sin tener en CueSta que. el fi ejerolela 4e sus funciones deb.. ajustare slsConrtituotdnya]., Ley.».EXP. N. 3ee1. - 4Aporta coso pruibas:

en CueSta que. el fi ejerolela 4e sus funciones deb.. ajustare slsConrtituotdnya]., Ley.».EXP. N. 3ee1. - 4Aporta coso pruibas: "a) Copia autntjs de]. Acto revisado. b) Constancis de la canción y publicación que obra en el mismo. e) Constancia de la fecha en 1 cual fue recibido en la Gobernación del Departamento, 41 Acto Adainhstrativo del. Referencia. ". CONSIDERA LA SALA El Concejo Municipal de SINIJACA, "en uso <de sus atribuciones contitucio najes y legales (Constttución Política Art. 52 y 300; la Ley 49 de 1983 y su Decreto Reglamentario N". 839 di 1964 y Ley 19 de 1991).", expidió e]. Acuerdo N" • 20 del 5 de Junio de 1993 "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA JUNTA Y SU TONDO MUNICIPAL DE PIENTO, Y DESARROLLO DEL

DEPORTE. '.

La pria.m observación que 1. hace .1 aifbr Gobernador del Departamento, consistente en haber excluido del Consejo Directivo de la Junta Municipal de Deportes 1 representante de 1. Junta Administradora S.ocionsl de Deportes, no se cisidsra cecas]. 4e nulidad del Articulo CUARTO. En efecto, su esclusin so debi6 a un error de transcripción conforme se puede observar a Folio 7 en .1 cual el contenido de los literales cs y d. ea Idéntica, debIendo ser en .1 e. e] que falta. Por lo tanto, se dse1arar la valides del literal a. aclarando que

se puede observar a Folio 7 en .1 cual el contenido de los literales cs y d. ea Idéntica, debIendo ser en .1 e. e] que falta. Por lo tanto, se dse1arar la valides del literal a. aclarando que su contenido ea conforme al Articulo 17 4. la Ley 49 di 1983, ya que en e]. Psrgrafo final del siseo Articulo Cuarto se dice que: "En las demIs Asambleas si el Alcalde Municipal no concurriere presidirá el ?epree.ntante del Director de la Junta Administradora Seccianal 4. Deportes correspondiente. ". En cuanto a la segunda observación, la función de fijar los requisitos y calidades mIniase n.cssarias para poder ejercer el cargo de Secretario Ejecutivo de la Junta no se le puede asignar al Director del Xnaituto Colombiano de la Juventud y .1 Deporte, pues de conformidad con el Articulo 20 numeral 9$ de la Ley 49 de 19839 10 correspond, a la Junta Municipal 4. Deportes "Determinar la planta 4e personal y seftalar las Aznctcnes7 asignaciones correspondientes, "•ri... 3661. En consecuencia se d.01arsz4 la nulidad 4.1 PARAGRAFO 1' del ARTICULO OCTAVO del Acuerdo N. 020/93. La tercera observsci&, qu, hace referencie al Per&grafo 3 • del Articule ORCE, por violoidn del Articulo 61. de le Ley 19 d. 1991, no estA lla'ad 1 prosPerar'. En efecto, es .1 parÑfo 4.1 citado Artiú1e 6. .1 qus d.tereinz,

lla'ad 1 prosPerar'. En efecto, es .1 parÑfo 4.1 citado Artiú1e 6. .1 qus d.tereinz, "El Director' Ejecutivo o quien hiciere sus veces y el Tesorero de la Junt micipal de Dspart.s, par. 91 manejo y s4.ini.traci& de los djnercø 4. que treta la presente Lay prestarAn las fianzas y da.s exigencias 6a tIpo fiscal qes rijan en el re~ tivø muid cipio. ". No se apartan los Parágrafo. 3, y 41 4.1 Articulo ONCE del Acuerdo, 6.1 contenido del Parágrafo transoritó. puse tanto ,él Tesorero que será tuncianar'l.o de 1 Junta micipsl de Deportas oses su Director Ejecutivo deberán prestar tas finzas y decán ex~IL&g fiacalse que rijan su el E.tstuto Fiscal del Mwdcipic. Por 10 tanto se dócjarai4 14 ,validez del Ps$grsÍø 3• 6.1 Articulo ORCE 6.1 Acuerdo E'. 20/93 expedIdo por •I Concejo micipsl de SIMIJACA. En mérito de 10 exIto, .3. TRIIUEAL. AENIRISTRÁTXVO

SECCION PRINERA, AZ)NIKISTRASOO JUSTICIA EN INJIRE DI LA REPUSLICA DE

COLOSIBIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, FALLAs PRIR0,- DECLARASE LA VALIDEZ DEL LITERAL o) DEL ARTICULO CUARTO DEL ACUERDO E'. 20 4.1 5 DX JUGO 1)! 1993, UPkbZDO POR EL CONCEJO

FALLAs PRIR0,- DECLARASE LA VALIDEZ DEL LITERAL o) DEL ARTICULO CUARTO DEL ACUERDO E'. 20 4.1 5 DX JUGO 1)! 1993, UPkbZDO POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SIKLIACA, ACLAA1O QUE EV C(TENIÚO ES coi,roiot Al. LXIUAL o) 11. ARTICULO 17. 01 LA LEY 49 DE 1983: "UN REPM$SNTANT DEL DIRECTOR DE LA JUETA ADEINIETRADORA SECCIONAL ZDE0RTOCIqDIgNTL SEORDO.- DECLARASE LA NULIDAD DEL PARAGIAPO 1' • DEL ARTICULO OCTAVO

DEL CITADO ACUERDO NO. 20.

TERCRQ. DECLARA5 LA VALIDEZ DEL PARAORA7O :i DXL ARTICULO ONCE DEL

RIMO AIED0.

CUARTO..— JNIQUU El. COSITENIDO 1 ESTA PROVIDENCIA A LOS D~1 GOSERNADOR DEL DEPARTMNTO: ALCALDE, PERSONEROEX?. 1'. 3661. - 6Y PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SIMIJACA.

COPIESE, NOTIrIQUESE Y CUNPLAZE.

Discutido y aprobado su Sale de lst.ch. ACTA N°, 1 2 7 .- LO$ MGISTRAO, pRxnayo ná ATRXZ JIUTInZ QUINtENO 1$ MVAm?Z IMflt DASIO VUIS PERiLLA n ny

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