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TA CUN - 3672-(04-11-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 3672-(04-11-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO .DE CUNDINAMARCA ECC1ON PRIMERA Santa fl tartt ).C, noviembre & ui cr (4) de t-nil noi rintonoventa. y trrt (1 093f MaqistraØ& PcinEnt DRA.' INES NAVARRÉTE: BARREROEpedinte No. 3t'S72 - andan te LUIS ANTONIO DUARTE MOL INÁ Nulidad EJ. .íePor. LUIS ANTÚNTO DUARTE MOLINA acztuatido en . nombre prcp-in prEentó demanda et' ¿acción de nulidad del Decreto 730 de c,c:ebre 30 de 1992 'I P med:i. del. cual se , €tbiecieron ncrmae reiadir,c'dae cnn la. ca].ificcián de v1qenci.a expiradai para el presupuesto 119,93, re x pdido .pnr eJ Alcalde Mayor de Santa Fé dp., Engotá, Dietrttd Capitel" .. . Fn r reun!r los requí -tos fcrmal es . la dernancia adrnitid La medida cautelar de suspeni.ión prnvisionai se colicitó en escrito setarad de la deaanda en los sicuierItes ttrminns Acudo a la doble columna que técncamsnte d e. t€r (ti is 1a rrmrIr1 opur ión normativa de 1-riCja N O. E>ped:Lerte No,3672 nas acu 5adaz i como a continuación detallo El E&o 730 0e diciembre. 3o de 1992, expedido por el lalc1 ia vorde, Santa Fó de Bogotá l .sin

E>ped:Lerte No,3672 nas acu 5adaz i como a continuación detallo El E&o 730 0e diciembre. 3o de 1992, expedido por el lalc1 ia vorde, Santa Fó de Bogotá l .sin terminar .qué T norma ilN~ídad l Te otorgaba la. facultad para su P>ipediciómp que es el acto acudo dione' Por el cual se eaabIecer normas relacionad con la calificación de ví qwn ciap expLredas pa el Presupuesto d 1993.: El rncr.rtç que exc'idió el acto acusado Alcalde Mayar: de Santa. F de raotá no tenía -facultad para reglamenl iry en materia. fi cal . la relativo al. Inventario de Compramiaos pendientes Ta 31 de diciembre de 1992 y la calificción f de Vigencias Expiradaa de SU Aimin:tración Centr a l y Dcentrali:ada Distr'ital 3.-- Basta evaminar loe artículos 315 de la Carta Politica 16 del Decreto 3133. de 19S lHoy derogado par el. Decretó 1421 de 1993 e incluso el propio Art;Lculo 38 del Decreto 1421 de 1993 (Est.ULu 0rarro 1e S antu Fé de çrnt para faculta al menc:íønadc) funcionario para expedir -el acto acusado. El ArOFUIP 11i de la P ar ta Pal í tica, arm ónico can ci 117 ouscen disponen la , estructura arqnica del Estado a partir de claros principios de se paración de poderes 'i ór ganosl aunque

El ArOFUIP 11i de la P ar ta Pal í tica, arm ónico can ci 117 ouscen disponen la , estructura arqnica del Estado a partir de claros principios de se paración de poderes 'i ór ganosl aunque aceptando la truría de la colahorción mutua entre ello ahora hin queda claro que el control fiscal se . quiso establecer como una función indepondíanto y separada de .1 0. c)roani:ac.i.ón y actividad adminiltrativa l par lo que permitir una de las Ramas ' u , Qrganos independientes y diferentes de la estructura misma la ejerzan , ea contravenir los conceptos de separación y autonomía de los podres, tal como sucede con la narmatividad que se demanda. según loe ar.tí culos :119 y 272 de la Carta Maqna armónicas con el rtic:uia de la Ley 42 de 1993 l establece que 11 vigilancia , de La ge s tión f:Leca,l y el cortrQl de resui:tedos de la admiitraci áfl correspondo a incwhC a las Contralorias en forma posterior y ei.ectiva Tambin, del contenido de los articulas 121y 122Hoja Nos. Expediente No.3672 de l. Çititw:ión POlit3.cZ se desprende que ninaLría autoridad de]. Estado pidrA ejercer funciones d i r, tintas de las que le atribuin la çonst.ttuión. y. 1a Ley y que, no. habr empleo pibl i -o que no tenga funonee detallas en la ley o rqlamento y pra praver id de cart:ter

çonst.ttuión. y. 1a Ley y que, no. habr empleo pibl i -o que no tenga funonee detallas en la ley o rqlamento y pra praver id de cart:ter remunerado se requiere qu€:. estén contemplados en I.a planta. de :ponal, y prevista su eroqacióri en el presupuesto correspondiente. 'Los preçí tados preceptos constituci.onalee 'son deconocic1os por. e]: act,c acusados, Así revi :&dos las facuitads ctoradae por la Carta Fol itica al &tr Contr,lor Ditr' ital y dnt.& ld' p arnent.o et el ¿u t clo ?Z ( por remisión. del (-'rUculr 272 inciso ¿,o ibidernl se .detec:ta. oua ' es el citado funcionario el ha.hi:litadd para prescribir los métodos y formas de rendir

las cuentas los responsables. del manei o de fondos o bienes phl i.cos igual mente que 1 a tstad reo lamentaría çonsis ten te , en dictar las normas que armoriceri 1c35 sistemas de control fiscal. de las entidades que vioi1a acorde con la. ley x las ir, cila mí entiones de la Contralería General de La P.cpblica. radia. en aquél De otra lado sur'qerr los artículos 501 211 504 y 164 del ódím Fiscal .Distrital (cuerdo 60 de 19G5 en dc;rtdc el. pr.i,mero de ello e PÍ al'a las fa c ultades que le asi:en a la Contraloria

del ódím Fiscal .Distrital (cuerdo 60 de 19G5 en dc;rtdc el. pr.i,mero de ello e PÍ al'a las fa c ultades que le asi:en a la Contraloria i)istrital - •cordes cori los preeptos constitLcoral cms enunciados en precedencia y armónico con el seund: (504 afirme. la potestad reglamentaría del Contralor Distrita]. sobre temas re1acinado9 con el a S, p ecto fiscal: igualmente y, en forma especiai el articulo 164 ibiden prescribe y radica.. en él funcionaría premencionado la potestad dé regLamentar la forma como la Admin iístracién Central y entidades D8scentralizada1evantarn el Invntario de Compromisos pendientes a 31 de. dcieímbre y la manera corno se elaborará larelación de vigencias expiradas situación que sin 3 uaar a çqu,vcrcos reafirma y ai,ianz dicha facultad en el Contralor Distrital y no en el .Alcalde Maor, como .rcitero Las normas ' comentadas también resultaron qehr -antadas con expedición del Decreto acusado 3'- Es consecuencia J. Ca y juridica que afirme enconadamente que ci Segar Alcalde Mayor de Santa Fit , do BOtN D C fl r\paUtr 1 atto queHa j a. No, 4 E xpedíente No;3672 hoy acuso vulneró la noriTtivdad mencionada precdentmente al paso que invadió la órbita del Órgano dei control fiscal nivel del Distrito

E xpedíente No;3672 hoy acuso vulneró la noriTtivdad mencionada precdentmente al paso que invadió la órbita del Órgano dei control fiscal nivel del Distrito CapitaI r O j i m pl emen te impuso reglas dtinadas a rj.lam:'nt" el aspecto fisc -al r'o propio de sus atribuciones constitucipnaio., le ga les o r'i amitarias cono así lo considero . , A l . efectO la Sala decide pv:í~ las ' siguientes corsi d er "Procedencia de la suspensión provisional. El Consejo de Estado y Vos Tritunles Administrativ as podrán SUS Pend é r los actos administrativos mediante ls iQuJente r'quL' -t os 1.— Que ia medida !4C z ulicite y sustente de modo. expreso en la demanda .o por escrito separados i pre se ntado ahtes de que sQa admitida. 2 Si. lá acc ión es ds r.L;1dac1 9 bita que haya manifiesta ir racción de una de las disposiciones invocadas como fUfldc4flfltQ de la misma por • corifrortación directa al mediante documentos pbl icos aducidos. con La sol. .icitud .3.-- Si I.a acción es distina da la de nulidad., ademas se deber demostrar aunque sea Tsumariamente el perji,ticio que la ejecuciár del acto demaridad causa .o podría causar al actor" La sus ersión provisional es la medida mediante la cual el Juez Adinitrativo suspend loe efectos del acto administrativo1. Produzca efec. que el acto adminitrat.i Requisito folio 18 con la demandase ex ad Con la constancia a

La sus ersión provisional es la medida mediante la cual el Juez Adinitrativo suspend loe efectos del acto administrativo1. Produzca efec. que el acto adminitrat.i Requisito folio 18 con la demandase ex ad Con la constancia a 1. que establece la Sala no ha prodicido efec CtJND 1 NN1ACA SECC ION PRIMEF-'., R E 5 U EL V E Admitir la. demanda preentada• por el Se'4or LUIS • ANToNIO DUARTE. •M0LINA. En consecuencia se dispone a,- • Notificar .peronalmente al Sor P}alcJe Mayor de Santa. Fé de Bogotá Distritu Capital con entrega de la demanda y de s 5 . nexos es que se haya publicado certifica que el acto demandado no ha sido publicado por En razón alQ u anterior no hay efectos que supender y por tanto la medida. se

la expuesto EL. TRIBUNAL AUMINISTRAI VO DE

  • Hoja No. 5

Expediente Nó.3672Hcja. N c3. ¿ ,Exp edi ente Nc. 3672 b Notificar, per-sonalma nte al PrOcurad(.r .Judi ci-'.i en 1 cJudiciaL Administrativo. - aricio al SeC nerl . la lda Mayor S nta Fcs de Eocct i citando .1 ov, anteceder t es adrnir.istrativ os, en. copias didrnr L~ a' nti y uc. dieron or uwr pedii5n de :los actos acusados. Fjese Ci ¿iSLIntO E2fl lista pqr ci t?rir:inc' de: cinco (.) días 1 para los efectos prvistos en el

pedii5n de :los actos acusados. Fjese Ci ¿iSLIntO E2fl lista pqr ci t?rir:inc' de: cinco (.) días 1 para los efectos prvistos en el Articulo 207 Numer.i 3b. del CCA la upensi1.: prov ianal solicitada. ínnase corno parte: actor. al, SePor LUIS ANTONIO DUARTE:: '1OLiNA quien actue en nombre propio (Discutido y aprohadc en. sesión de IR fe- 'cha. Acta No 114)

NOTIFIfltJESE y CUMPLASE

:• »

HERIBERTO REYES VARGAS. BEATRIZ •MARTINEZ QUINTERO

Mistrado MaçistradaHoja •No 7 E>pdint Ñc3S72

OLGA INES NAVARRETE BARRERO DRXQ OUIONES PINXLLA

1istrd: ERNESTO REY CANTOR ritradc

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