TA CUN - 3697-(02-12-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 3697-(02-12-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
JLMM,xa&n fSuIUacA
øsnt.f$ 4. aogotA, D. C.,dos (2) 4. Mciebzi 4e wü nevcolintos novinta yts (1993). JUNTA MUNICIPAL -Funciones ¡CONTRATACIÓN MUNICIPAL -Competencia mDrrIwo. 367.
G3VAcI4Iu AL ACUZIDO M . 032 DEL 27 Di MAYO
2 193, EXPEDIDO P03 ML COlICUO MUNICIPAL DE OWmnw,ac En •j.rci,io 4e la atrbucj6n qu. 3. confLar. .1 Articulo 308-lo 4 la cmmtl~da POLitici, 1 siflor Ocbsr.'-- de Cimdinoso~ rositj6 e considsracjs da lato CorpQsaj6n .1 Acuerdo de la Referencia pera loe efecto de los Articulo. 12.1 y sigutontos 4.1 Diento 1383 4. 19SI al eønstdsrer que 2flfiJS. una corea 4. cer$ctØ2, Superior. "1. 1 Honorable Coccijo Municipal 4. SUiACøoquz, czpidj6 01 Acuerdo )10324r27dsjde 1993.
2. Ml Acto referido tu sancionado y p1 Loado coso obra on el aliso.
3. Ml citado Acto trsn.~ nos.. sup.rioree confari si anunciarl e oistj.nuacjla, ø.
IVL. Y COMCTO Si LA flCIACII
Costjtucj4n Politios, Articulo 313 Measral 3°.
e oistj.nuacjla, ø. IVL. Y COMCTO Si LA flCIACII Costjtucj4n Politios, Articulo 313 Measral 3°. "1.. Ml Acto Adcinj,t,tj,o objeto dw Impu~lén ea .1 cun.- ml 40, dei Articulo 4$ • le otorga a la Junta Municipal 1 de 14 Caja dé Seguridad óociai la tunaidn di: 'Aútonisar. y aprobarIXP. N. 309?. todo Acto o contrato oonforae a lo dispuesto en el Ugimen de Contratación existente,".
02. El fliaeral 3$ • 4.1 Articulo 313 de la Ccnstituci6n Politice,
dispone: 'Corresponde. los Conaijos: e.. •
3. AutOrisar al Alcalde para celebrar contratos ... si, "El Articulo 4, Nunersl 4 • del Muerdo impugnado transgrede, 1a citada disposieidn constitucional, toda ves y en razdn a que 1 atribución de autorizar 1 celebración di contratos es propia y exclusiva del Concajo por aand.to constitucional.
En consecuencia, no as procedente 1 otorgarle esta función a la Junta Municipal de la Caja de Seguridad Social, Coso en efecto se hace en el seccionado Articulo d1. Acuerdo de la referencia. "• Aporta 0050 prUeb.5$ "a) Copla sutdntics del Acto revisado. b) Constancia de la sanción y pcblicación que Obra en el sieso. c) Constancia 4e la fecha en la cual fue recibido en la Gobernación del Dspartecto, el Acto Adainistrativo de la referencia,
b) Constancia de la sanción y pcblicación que Obra en el sieso. c) Constancia 4e la fecha en la cual fue recibido en la Gobernación del Dspartecto, el Acto Adainistrativo de la referencia, A folio 42, 1. Personare Municipal de SUSACHOQUE, intervino en tiempo para iapugnar 1 legalidad 4.1 Acuerdo de la Seferensia, en los siguiente. t6rsino.: "Coso se ob..rva la facultad expresa que le otorgó la Con. ti tución Nacional de 1991 en su art. 333, uimeral 3$ • que dic.: "Autores, .l Alcalde pare celebrar contratos y ejercer protaspore precisas funciones de 1.e que corr.ponden al Concejo"; a los alcaldes ¿ata es indilagabi., por lo tanto no pode en el nueersi 4, de]. art. 4$, del Acuerdo 032 autorisa~ para aprobar o a celebrar contratos a la Caja Especial 4. Seguridad Social de dicho municipio, ya que solo el .1 Alcalde quien puedo celebrar cualquier contrato previa autorisaci6n o funciones que el Cascajo Municipal le autorice, si bien clara la violación coastida en el art. 41, masral 4 • del Acuerdo 032 del 27 de asyo de 1993 por el Concejo Municipal de Subachoqu., por lo tanto as, debe proceder a fallarRXP. N. 3897. — a — 7 decretar 3 Ueglided del mises, porque 7 que es la Consttucin 1 Løy supresa y no di lugar $ una tntsrpretaci6n equivocada o Incorrecta, 7 pido .1 fl. Tribunal se proaci• d.crtsfldo la ¡lega
1 Løy supresa y no di lugar $ una tntsrpretaci6n equivocada o Incorrecta, 7 pido .1 fl. Tribunal se proaci• d.crtsfldo la ¡lega lidad d.1 art. 41, r eral 44. del Acosrdo 032 del 27 de Mayo de 1993.". 41wUA LA $LA El Concejo Municipal de OMA~M9 "'lii U90 DE SUS ATRI$UCICMES COME?! TUCZOIIALES Y LECULES, EN ESPECIAL LAS QUE LE COI~ LOS ARTICULOS 313 DI LA CONSTITUCION POLITICA, EL DECRZTÓ 1333/00 Y LAS LEYES 5/45, 33/85 y 71/88, ", id16 el Acuerdo W • 032 del 27 de sayo de 3993 "POR MEDIO DEL CUAL 1 CREA Y REILAMINTA LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL
DEL MUNICIPIO DE áUNAciQUi Y LA RESPECTIVA JUNTA MUNICIPAL.".
En el ARTICULO PRIMERO crea: "... la Caja de Seguridad Soøial de Runióipió de $USACHOQDE ceso érgmno adscrito al Despasho de le Alcsldia, cuya sdainistracidn estaré a cargo de una Junta Municipal, para garantisar a los espie ada. y trabajadores del Municipio, reconocimiento y pago de presta cian.. sociales, ".
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"SorAn funciones de la Junta Municipal, ademAs de servir de drgano consultor les siguientes: 1) L4fr Y spras el Pr.uesto de la Caja Especial de Seguridad Social del Muniáipio de SUBACHOQUE cuya vigiada fiscal serA del primero do .nsro (1) al tralata y uno (31) de diciabre. 2) Ejecutar las directrices trasades por si Concejo y .1 Gobio~ Municipal. 3) (kiontar y reglamentar las invveiones y finanas de le Caja Ispáial de Seiwidad Social. 4) kAtw~ y sprer t.m, asta eooast. lo disto en el rigison do conb8ssida zItonts. 5) Expedir ... a a.. •• • Y, en si ARTICULO lrnvzNo, determina la conatitusión del PATRIMONIO 4. la Entidad creada. Do la lectura de lo. Artf culos transcrito, se dedues que la Caja. de seguridad croada no •s un organismo autdnso con P.r.cn.ria Jurídica, y, que por lo tanto no se puada autorizar a la Junta Municipal que 1 adatiUstra para contratar.M. P4'. 37. -44- «n En oui,ecu.ncia, se infrjng el numeral 3 • del Articulo 313 de la Cnatitucj6n Po11tia, por cuanto 100 Concejo. Runicipales sólo pueden autorizar al Alcalde pera celebrar contrstoe. Por lo tant, es ós01arar4 la nulidad del Maersl 4) del ARTICULO CUARTO del Acuerdo P4'. 032/93 expedido por el Concejo Nunicipal da SUBACHOQUE.
autorizar al Alcalde pera celebrar contrstoe. Por lo tant, es ós01arar4 la nulidad del Maersl 4) del ARTICULO CUARTO del Acuerdo P4'. 032/93 expedido por el Concejo Nunicipal da SUBACHOQUE. En mérito da lo expusto, el TRXUNAL ADhINI$TRA7XvO DE CUJDIAIWICA, SECCION PRIMERA, adeinjstziiyj justicia en nombre de la Repdblioa de Colombia y por autoridad de la ley, IAL LA PI.. RMi LA ILTDD E, MAL 4) ML AITXC0 cm~ ny.
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rno.. C(lQw EL COMM~ DE ESTA PROVIDENCIA A LOS $ERORES:
CCEERNA( ML DZPARTAIIEHTO Di CUNDINAMARCA; ALCALDE, PERSONERO
Y PRESIDENTE DEL CONCEJO MtRIICIPAL DE SUSACMOQUZ, PI2x, wrirrw~ Y CUBM^ Discutido y aprobado en Si4a de la fecha. ACTA P4'. 1 2 4 ...
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