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TA CUN - 3718-(30-09-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 3718-(30-09-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

M.gistr.da Ronent: DRA.'. INES NAVARRETE BARRERO ..Expediente No 374-$

,Soliçitante: JOSE ERNESTfl.EÓHoRoÚEZ ÑÍASMELA Acción de Tútela. tLLIJL'I .L'.L1JA

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA : t014

PRIMERA

Santa Fé de Boqct. D.C., septiembre treinta (30) de mil novecientos noventa '1 tres (1993). El S&or JORGE ERNESTO OHOROUEZ MASNELA presentó solicitud de amparo con--respect6a la ctuatión del Seor Juez Vente Civil Municja1' de Santa Fé de Bogotá al considerar se-le vulneran los derechos constitucionales de la propiedad y de petición por parte de dicho funcionario'judicial. Los hechas en que basa su escrita se contraen a que deñtrc) de un proceso ejecutivo se tramitó ante el Juzgado Veinte Civil Municipal se decretó el embargo y secuestro del vh.cu].o VoUswaaen Golf de color Gris Metalizado., Con placas AP-4649 automotor que fué capturado por Miembros de 1aSIJIN d . el aeropuerto El Dorado y enHoja No. 2 Epediente No.3710 poder de JOSE ALETH NIVIA AYALA. Una vez cancelada la obligación 5 solicitó la terminación del proceso respectivo y el levantamiento ccedió a las demás peticiones para lo cual libró oficio a 1367 de septiembre 10 de 1993 ordenando la entrega del autotor embarqado al aquí peticionario. Pera sucedió que CL.tandó fué a retirar el

peticiones para lo cual libró oficio a 1367 de septiembre 10 de 1993 ordenando la entrega del autotor embarqado al aquí peticionario. Pera sucedió que CL.tandó fué a retirar el vehículo se encontrÓ ton qué _la clrderi que se conocía en oficio de] Ju'udo O Ciil Municipal había sido revocada telefónicamente \•' por dichcrcunstania no se accedió a l entre9a -del .-, automotor habLendcs$o librado otro oficio asta vezordnnd la trea del utmtcr a quien lo poseía en el mornent.o. de aprehénsióh.' Alcoa petiinario siuE entre l / el Seor ALFREDO MACHUCA I1ASMELi se realizó un neçjoL..o pero lega que fué víctima de una estaa en el ao de 19'8 quien hoy día es prfuao de la '.ustici, pues f u é- condenado por dicho delito. Fundamenta entonce, su petición de entrega del vehículo .a él pues quien lo retenía en el momento de la captura. no podía retenerip en .fdrma. legítima pues el nunca ha hecho traspaso del vehículo y de otra parte esta persona no ha hecho reclamd antem, el 3uado sabiendo que se encuentra embargadoHoja No. 3 Expediente No.3718 Solicitado informe al Juzgado Veinte Civil Municipal de Santa Fé de Bogotá se remitieron copias del expediente dentro del proceso ejecutivo de MIREVA MELENDRO ANDRADE VS. JOSE. ERNESTO F3OHORQUEZ MASMELA y en donde a solicitud de este Despacho se informó que luego de la terminación del

dentro del proceso ejecutivo de MIREVA MELENDRO ANDRADE VS. JOSE. ERNESTO F3OHORQUEZ MASMELA y en donde a solicitud de este Despacho se informó que luego de la terminación del proceso obr menorial suscrita ar JOSÉ ALEH NIVIA AYALA al cual se le dió respuesta mediante auto de septiembre 21 del aPio en curso. La Sala encuentra que dentro de as medidas cauteLare solicitadas en.. pI pr ejcuti yo al que de, ha hecho menclán,se oittitdr el embargo dlvehculó de placas AP4649 automóvil ?apcto del cual la SIJCN dar cumplimiento a la orden de captura proferida por el ,Juzgado Veinte Civil Municipal o caoturó al 5eFor lOSE ALE.TH NIVIA AVALA y esta :ez"Lá Spejjpna q solicitó la enrea del vehículo al Juzgado una vez terminado el proceso sin que exista dentro d la actuación que tramito dicho Despacho Judicial diligencia alguna tendiente a demostrar que en realidad la persona que poseía al automotor no lo hacía legítimamente. Así fué como el Juzgado Veinte Civil MunicipaUno tuvo oportunidad alguna para decidir incidente alguno acerca dela e la legitimidad del derecho de la persona .a quien se le retuvo el vehículo y no puedepretenderse que mediante estaHoa No.. 4 Expediente No.3718 acción de tutela se entre a dirimir dicho conflicto decidiéndose sobre la legalidad de la oretensión del aquí solicitante baio la única demostración de que es el quien figura en la tarjeta de propiedad del vehículo pues nunca hizo traspaso del mismo..

acción de tutela se entre a dirimir dicho conflicto decidiéndose sobre la legalidad de la oretensión del aquí solicitante baio la única demostración de que es el quien figura en la tarjeta de propiedad del vehículo pues nunca hizo traspaso del mismo.. No puede por lo tanto endilgarse arbitrariedad de parte de la Juez Veinte Civil Municipal pues como va se dijo no tuvo la oportunidad de conocer de las incidencias de la negociación del vehículo"qul aaret:s v.írict.iládo al proceso que se tramít6 ante dicho Despacho.. La providencia que ordenó la entrega del vehículo en realidad no aclaró a quiény pero luego con los oficios que fueron librados el Surcado clarificó tal situación siendo que si finalmente no se 1e canceló el valor del automotor dentro de la transacción que llevó a cabo con el Ser son atrás las aciones qe debe tramitar para loarar la resoluciÓn de dicho negocio. Como la solicitud tiene otro medio de ac1órt judicial, se rechazará por improcedente. En mérito de lo expuesto l TRIBUNAL ADMINISTRATIVODE CUNDINAMARCA.. SECCION PRIMERAla u i en te de Ips. tre3 nti tic a ¿,'4,órt (iEcutido y áprobado en sé4;íón de eptiémbre 29 de 1993.. si Hoja No. Expediente No..3718 RESUELVE 1..- Rechazar por improcedente la solicitud de acción de tutela instaurada por el Seor JOSE ERNESTO BOHORQUEZ

MAStIELA..

2. Comunicar telearficamerite esta decisión al peticitmario y mediante oficio al Juzgado Veinte Civil

tutela instaurada por el Seor JOSE ERNESTO BOHORQUEZ

MAStIELA..

2. Comunicar telearficamerite esta decisión al peticitmario y mediante oficio al Juzgado Veinte Civil Municipal. 3..- Enviar el expedientEl a la ,Corte Costitucional para: u eventual revisióra i esta, decisión no fuera impugnada

Acta No. iOi

NOTIFIQUESE Y CUPIFLASE

ÑERIBERTO REYES VARGAS •BEATRIZIIARTINEZ QUINTERO

Magi%trado MaqitradaHoja Nó. 6 Expediente No..3718

OLGA INES NAVARRETE BARRERO DARlO ouIbÑEs PINILLA

Magistrada Magistrada

ERNESTO REY CANTOR

Magistrado

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