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TA CUN - 3728-(14-10-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 3728-(14-10-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

1X1tL M&W15TRAT1 I arnxwm A.IS. ' Santafé de Bogoté, D. C. Octubre Catorce (14) de mil novecientos noventa y tres (1993).

MAGISTRADA PONEN?! : Dra. BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO

Expadiente Jo. 37'28.

DEMANDANTE : MARIA YOLIMA APONTE RiVILLAS.

NULIDAD.

MARIA YOLZMA APONTE EX VILLAS, quien atús a nombre propio, demanda en acción de nulidad .1 Convenio firmado por l Secretaria de Trénsito y Transportes de Santafé de BogotA D.C., con los diferentes concesionarios de la ciudad, mediante el cual ae comprometen estas empresas a efectuar los procedimientos oonsgredos en la clAusula primara del sismo, a loe vehiculos nuevos que vendan a sus clientes. Una ves ejecutoriada la sentencia que ponga fin a la presente acción, se comunique a la autoridad administrativa que profirió .1 convenio, para loe efectos legales consiguientes. Como bien puede apreciares, las pretensiones de la diasna cuya nulidad se estudia, se refieren . 1.a nulidad da un convenio firmado por la Sears tan a de T4naito y Transportes de Santafé de BogotA D.C., con los diferentes concesionarios de la ciudad mediante el cual se comprometen estas Empresa., efectuar los procedimientos consagrados en la cléusula primera del mismo, acción de naturalesa contractual que le corresponde conocer a 1 Secidn Tercera de este Tribunal, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 18 del Decreto 228$ de 19899 en rasén a que dicha Sección

primera del mismo, acción de naturalesa contractual que le corresponde conocer a 1 Secidn Tercera de este Tribunal, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 18 del Decreto 228$ de 19899 en rasén a que dicha Sección es competente para conocer los procesos relativos a contratos y actos separables de lo. sismo.. En consecuencia ae dispondré su remisión a le Sección citada, toda ves que no es ésta la competente para asumir su conocimiento. En consideración a lo expuesto y de acuerdo a lo norsado por .1 inciso 30. del articulo 143 del Código Contencioso Administrativo, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA,lo.- klTLR el expediente a la Sacctón Tercera de esta Corporación. 2o.- DJ.nee las cobstancias del caso.

NOTIFIQUESE Y CtMPLASK.

Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No.107.

HERISERTO REYES VARGAS ØZATRIZ MARTINEZ QUINTERO

MAGISTRADO MAGISTRADA

OLGA INtS NAVARRETE BARRERO DARlO QUIROIIXS PINILLA

NAOISTRADA MAGISTRADO

ERNESTO REY CANTOR

MAGISTRADO

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