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TA CUN - 3742-(13-10-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 3742-(13-10-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

DETENCION PREVENTIVA /DEBIDO PROCESO .itiAflOI mInMíflSA

OOION PIflSSA

Santafé de $ogot, D. C, trece (13) 6. Octubre de sil novecientos noventa y tres (1993). i$7ADO Pn?: Di. IIRTO TIS VA!!. $ ZPSDlDTR a 7 4,2 • A01014D TUrELA. $OLXBITANTZ ¡ ROSA MAltA RAIZ 012.

PISCAUA fl&MDA 217, Iflh!DD DE: DSLI. CONTRA

L A!N$TRACIONPU$t,ICA.

La Sol$attentø ~ máone en cm, escrito: "En si cclid1416n do ciudadsrs en .,j•reicio y 4s, conforsided con el Articulo Se do la cometzitucién Psicoal, int'poso en fvcr de DIONISIO &EYTOI IIXLLO y de su fasilia ocopucota por su aIIara MARTHA DIAGO Dt LEYTOII y sus sesurse hijod Sollame y Marta, ACCION DE TUTELA de pau.rØe e los sjguiuntss It C fi 0 $ ") El ssdør DX0I!I!O LEYTOS $ILL0 os la Fiscelis General 4. la Macid., decrito a la Vaided 2, de Delitos Varios y el cual astead. si servicio di diahi entidad, f. capturado y sjndedo dentro de proceso que le .i$es otalont. 1. Fiseali a øsccionsl 217 adscttaa le Unjdsd 3. de Delitos contra al Petra

y sjndedo dentro de proceso que le .i$es otalont. 1. Fiseali a øsccionsl 217 adscttaa le Unjdsd 3. de Delitos contra al Petra moni. Eoas6mi.o. Desde ql di de su capbsra í Ivts hoy, ha peras riecido detenido en la Isla do Qtcr.do. del "DAP, en abedeciniento a lo establecido en e]. articulo 403 4.1 Decreto 2700 de 1992 (C6digo de Pr.c.diiento Penal). "b) sin ambsro, el sellar fecal 217 leosienel, do manero arbieria pues el arti culo 40$ del Cdigo de Prec.diatanto PeisI solo le 46 esta facultad a la Dfreseilss Onerl de Prisiones, diapuso el traslado del sellar bIISIO LIYTUN MURILLO a la Círcol del CircuIto 4. CH!QUZU!A (oyaed) aruyasdo que 13.1 habla pebeildu pera fuasicoirtos 4. la ass Judicial, 10 cual no es siarte y mediante ia$psaoiw judicial se pued v.rtftcsz, todoXP. w0 $742 ves que no hay uno efectiva y rál soParectóri entre delincuentes ooe y les funcionarios "o) eco Con esto proesder, se estó vulnerando 1 articulo 29 de lo Constitución Nacional, en cuanto e r.fiore al debidO proceso y sobre todo, la PIIESUNCION DI Z1Cfl A consagrada ooaa "principio rector" de obligatorio acotamiento (Artículos 20 y 22 del C6digo

Constitución Nacional, en cuanto e r.fiore al debidO proceso y sobre todo, la PIIESUNCION DI Z1Cfl A consagrada ooaa "principio rector" de obligatorio acotamiento (Artículos 20 y 22 del C6digo de proc.diatento Penal) • dando .3 a.IIoe' Fiscal por descontado que el sallor LIMM s1 condenado y privóndole ami de •1.ecntalss a.tjos ¿e def.asa• obvio que por resanes de distancia, no~ de necesitar Interponer slgdn recurso contra alguno provi desojo, no lo podría baSar en tiempo oportuno lo cual va en ¿etri mento ostensible e as derecho de ¿efisasa. "4) Ademón a. violan en fsras Çlagramt. nonos trmsespdsntal.s cono los artículos 40 S, 13, 42, 44, 45 de la Constitución Nacional, pues sin necesidad alguna se está saparendo eón allo su familia, a sus senores hijos de su padre. Y se dice qu sin n.coidad alguna pues para dar caUi.nte al arlaul. 405 del (digo 4. Procedimiento Panal, ea seta Capital de la Repdblica hay suficientes ..tamsnt en donde puede estar privado 4. 1 libertad el sindicado 0, mar LIYTJI, sin quee le sopor. total • injustamente de su fMtlici por ejqaplO, oX sismo "D.A.9." DCPDI se encontraba, la Dócise Trcsra $rigeda, algón , ostallón de Policía Militar, la DIJIN, etc. "o) Por todo lo anterior, supUso a los Homerebi.. Negistrados

se encontraba, la Dócise Trcsra $rigeda, algón , ostallón de Policía Militar, la DIJIN, etc. "o) Por todo lo anterior, supUso a los Homerebi.. Negistrados amparar lo. dsrodhc. ?undaa.ntales establecidos en las normas ~he senaismado y oc fver 4. DXtI$IC LIYTON ILLO y su fosilia, crd.r' $ 1 FiacaZi a Seccional 217 aducrite la Unidad Tercera de Deutos contra .1 Pstrjacs4o tsonómioo, que mantenga recluido al mencionado esavr as tató 4e sagotó en suslquiere 4e los sitios ya sancionados, poro no separarlo de su fonilia, de cus sonoros hijos y, adiada, pera pi w~19 ea debida fumas su Derecho di Defensa al hacerla md. fónil su : acceso epertwio al proceso, la interposición de ricursos. etcétera._W itiras bajo la gravedad del juramento "no haber interpuesto md. acciones de tutela sobre estos hechoS". P )t U 2 2 A 3 lrt respuesta a Oficie ordenado por el Nagistrado Ponente, el Fiscal 217 respondi6 a folio Ir y 10ZXP. w. 3742. 'Sn atenotin asu oficio ndmer'o 3-4132, calendado siete de Octubre del presente alio, se permitO cumunicarie que mediante auto de fecha agosto veintitrés del alio en aurea, dispuso .t. Despacho enviar boleta de d.t.ncidn para ante la Seis de Capturados del a efectos da dar cumplimiento a la asdida de acugurasianto

fecha agosto veintitrés del alio en aurea, dispuso .t. Despacho enviar boleta de d.t.ncidn para ante la Seis de Capturados del a efectos da dar cumplimiento a la asdida de acugurasianto que en la aodslids4 da detsncidn psventiva pesa en contra de DIONISIO LSY'1CH MURILLO, ada .inesbargo mediante oficio li' • 526 emanado del Dopsrtan.nto Administrativo de Seguridad D.A. 5., .1 jefe 4. la 5.ccidn CcsupÍe..ntsrios, inf.re6 que no era posible renibir al detenido, por cuanto le Sala de Capturados no fue creada con ese espirito; toda v",«» m sitio es quiasatemente transitorio adxiao por 36 horas cuafldo las saptures H preSentan en flisgranota, rasda por la cual ae dicidi6 rasitif'to a la Sale de Capturados di la DIJIli, en donde al igual que el D.A.$. se a.gsron a recibirlo. "En virtud 4. lico antsri.rv se acord6 con el. Dspertento Adainistra tivo de Seguridad D.A.$., que el sindicado striviors en des lugar, en tanto que le Dirección General de Prisiones decidis sitio apto para su reolusidn, ~,@»1 como, a.disnte res.luetdet $617 de ge.to 24 del alio que aYease, dicha institasido dispuso "el .1 iapl toado fusra trasladado a la CArcel 4.1 Circuito Judicial de dquinquiz4, rezón por la cual el detenido tus trasladado a ese lugar. "Es preciso aclarar que este despacho mediant, oficio 6501 de

fusra trasladado a la CArcel 4.1 Circuito Judicial de dquinquiz4, rezón por la cual el detenido tus trasladado a ese lugar. "Es preciso aclarar que este despacho mediant, oficio 6501 de fecha cinco de octubre del alio en curso, dirigido a la Direocida General do priatomes, soltcitd el e] implicado DIONISIO LEYTON MURILLO, fuera recluido en lugar apto, cerN» del sitio donde a. encuentra .1 proceso, sin que hasta el mement, se recibe res Puente siguná. "Prs mayor claridad el respcto mi permito anexar documentecidn relacionada con si case que as hace referencia. ø. ON$IDEt& LA SALA 51 Articulo 6$ de la Ccnetttucidn Politice, consagrar "Toda persona tendz4 Acción de Tutela para reolsr ante los Jueces, en todo momento ylugar, mediante un pá'oosdial.ntc preferente y sumario, por si w4ma o ps quien asas a m »~,w la pr.teooidn insdiata do sus derechos constitucionales fundemeatales, cuando quiera que datos resulten vulnerados o esasdos por la acodo o la omistdn 40 oa1qs1s autoridad pdbiice. •. •La solsoltante ast. a !iiii. 451 datcaLda y da m sáttt. de Qcatorírid.d con 1 sci-ca• trsns4rita, ita £4. tificar., titulada y sin el oraspsidi4.ts podar; a lo gl 1. 2.1 cab'. a satudir la salieltud d. Tutelo cas ir.castcasi.

sin el oraspsidi4.ts podar; a lo gl 1. 2.1 cab'. a satudir la salieltud d. Tutelo cas ir.castcasi. Dfraotsasnts, Sn la ressnts éasida as ecastian. la .atussit 41 Fiscal Dauct.ntss Disa y Silte (217) da la Unidad Ispocialisade ca Dslitsa ositra 3.a A4.1aistras1a, P6b119 y ad, suma la dias 1. Solicitanteo contra si P.t'inLo $ácn.ice. c. teda elaeid.d, ca Ja j'iuta tracatrita y,~ 1s dtes apir Idss se Dwam~ 1 visrdad de lo siosdide al sr LZYTI ILLD, )

e as faS a] Fiscal qu1 54.5 si traslado ¡k-la. odrasi 4.1 Øjrcitø 4 Qt.tquinq,drS si la Utraseida Geasrel de Prisianes par sasl16n 4. 24 di Safisto pasds, sume suasta a fji.s 1. 17 y 18, oe~ del ciiicø(8)'d 1.rS oorrjasts, .1. Vi.as 217 solidO. al Dlrsotor Osnsrni da pri~ que '.cl a DI(MI$XO L&YTOR WUNXLLO, sisa se ancusstra ca is dosl de C$XQU]1QiIR, 0 ca dzo.l .p para su detiastin ve ,ulnttva, seras del isgar dand as encuentra el procode. .

0 ca dzo.l .p para su detiastin ve ,ulnttva, seras del isgar dand as encuentra el procode. . Za cancacuemois, la sonido 4.1 Pisal 237 nø ha v1o1a5•1 Dido Precias al los ds5s brashIs Csastttscil.s Faadsital sitadas por la BoUsitants oca rato de 1 fmmilta 41 dstssida, par cuanto tel sitri4ad .br6 ¿.tI5 4. las psrtses del CSdlgo da Procedimiento Pasal. La orden dais por si Diristar General 4. Px'isjasso tncp000 viola isa isrechos 4.1 siMicado e di se spoSrsda osmasgredas ca 41 OMigo da Procadiatcat Pena], pues as trate de me acttetdn adainistrtivs çss cada tune qO ver cm .1 Debida PrOsees. Por ]ø 'tente, a. npgar4 la Nt.3a solicitad..

Za aSrite 4 1 .1 TIAL &)NINIST&TIYO 1 C2mlAItARCA,

BZOCIOS UIJA, ASlIIVA'O IJUITICIA $CII8I UI LA 2IPUBLICA VI

ca.CISIA Y POR AU?CMDAD LA UY.

PRIJRO.- $I$I LA TUTLA SOLICITADA PCI RCSA $A2IA IANUIZ DIAl, u rwo a sxciazo LflGN IZLLO Y SU VAILZA, CONTRA si. DIII Y ØZ7 1217) DI LA UNIDAD ISPICIALIEXP. )I. $742.

u rwo a sxciazo LflGN IZLLO Y SU VAILZA, CONTRA si. DIII Y ØZ7 1217) DI LA UNIDAD ISPICIALIEXP. )I. $742.

ZADA DI DELITOS CONTRA LA ADWI$XITRACION PUILICA. szoumo.- iRRITASE EL UDIi A LA HCNØRA$LZ RTI UUk$TZTUCIØNAL

PARA SU ZVINTAI. RIVIIIIN, SI NO SE PSURTA U1PU(IACION.

TERCERO.- ONEZNASE J ESTE PALLO JIA NOTIFICADO T$LRGAFZCNIZNTI A

LAS PASTES EN REFERENCIA.

CØPUSZ, NO1TIP'IQUUZ Y CIPLASE.

Di.eutido y tord~ en seIs de la fiche. ACTA N•.

LOS NASIPISASCI,

IISM YU VU

L_ MVAUM $O MiZO¡miel e PflnUa

W CNUI

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