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TA CUN - 3770-(04-11-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 3770-(04-11-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

L ADMINZSTRATIVO DE C

SECC ION PRIMER

T U 'faflvo INAM4RCA Duornivolun rxtuViiui'iu. -nequisJ.10 Santa Fé d D.F. novi€mbr cuatro mil novcintos tovinta y tr5 1993) Magistrada Ponente-. DRA. OLGA .XNE$ NAVARRETE, 'BARRERO Expdíntr4 NO.. 3770 maridant: CAtuLO E. CD<TES BRUSCHI Nulidad- . FA .eor CAN1IL3 E. CORTE3 BRUSCHT actuando en rmbre propio •preentá demanda en •acc.in de nulidad dela olu-ción Rlrtaria Nc 01.0 d junio 24 dea 1993 <pedida por,el Centro Ditrital d .3itemat.ia:iór y. Servicios Técnicas, 'S-VESE" 'Por medio de la r.ual se -ad o La'el Reo 1 ain ento para la Inscripción y ctuai &zación ante el Ristro lirtico de f-rnp<E1s, d1as Personas Nata1 1uridica, • Nacion1es. o E>tratijera que aspiren ; contratn de obras públicas con la /dnini traciór Distrital Por reunir, los requisiJ:os formales la demanda será ,ad mí tida. La medida cautelar de s.enain provisional se solicit5 enHcja No. 2 Expediente No.3770 escrito de la misma demanda en 'los siguientes términos: " Solicito que en el mismo auto admisorio de 1a demanda

La medida cautelar de s.enain provisional se solicit5 enHcja No. 2 Expediente No.3770 escrito de la misma demanda en 'los siguientes términos: " Solicito que en el mismo auto admisorio de 1a demanda la Sala decrete la suspensión prQvisíunpl,'d,t la Resolución ecusada, teriersdo en cuenta que ror tratarse de una ación de -simple nulidad basta para la pr dencia dé. la medida, que la infracción de la norma o ncrma.s de superior .jer'arc3u0 sea evidente y manifiesta En la demanda Planteadál la contradicción entre si estatuto acusado / las normas fivas de CI€ e hai raJtdo imc vc,larls es Sclara / ostensible rYU , puede advertirse a. iprimúra vista con, la sola comparación de sus textos De otro. lado La i falta de ccpotenc:ia de la Junta. Directiva respectivas del SISE 'para expedir el estatuto rsa lamentario que .s tmbión evidente Y' manifiest. implica violación de las normas superiores que atrihuen esa competencia a otra oficina de la dministrti.órr Disk:rl.t,ai,.. - acción instaurada tiene como fundamento lo esto por el :Articulo S4y a] Artículc 137 Num 4e. del Código Contenci6sasA .01iniztrativo, El principio dó . leo' idad en los actos de la Administración consagrado,pop el Artículo -25 de la Carta. es basa 'fundamental del derecho pblice., estnA, encaminado a asegurar que todas las actuaciones de les

El principio dó . leo' idad en los actos de la Administración consagrado,pop el Artículo -25 de la Carta. es basa 'fundamental del derecho pblice., estnA, encaminado a asegurar que todas las actuaciones de les -runcienariós y oroanimas de la Administración Pbl ica deben estar subordinados a Ja ley que les. atribuye comptencía para actuári, de manera que sio. puedan electuarl aquE. lips para los cuales han sido expresamente autorizados. Las actuaciones in órbitas de competencia distintas o 1 los actos que no • correspondan a las atribuciones del funcionario u .argaligmo oficial qUe 101 dicta son nulos 7y por tanto ni obligan ni pueden sei' ejecutado: válidamente. En el acápite de disposiciones. violadas y . concepto de violación se expr;esan sin necesidad de reiteraciones innecesarias, las normas legales o reo -lamentarias de jerarquía superior violadas con, la expedición del reglamento impugnado y el concepto en que dichas -LaHoja No. 3 E<pedrHe No., :.:,770; normts superiores tan sido vuirie l efe o la Sala decide pr'ias las siguientes cortsiderar:ione "Procedencia de Consejo de. dinin ist.rat ivos inistrativos requ:i si tos la suspensión provisional. El .stado y los Tríbuneles bnrJrn spender los zac.. ton mediante los siguientes Que la medida se sol i cit.e y -sustenta ele rnoda expreso en a la demanda 1 o por ^ escrito separado,

bnrJrn spender los zac.. ton mediante los siguientes Que la medida se sol i cit.e y -sustenta ele rnoda expreso en a la demanda 1 o por ^ escrito separado, presentado antes de que sea adinitLda Si la, acción es de nulidad basta que ffO) fsta ínf racción. de unaráe 3s dnjor .ir!voradaS corno fundamento dc• la rnisnar por conf ntación T directa o mad ian te çiocWentcs ptb1 icos adL:i.dcon solicitud. 3-• Si la acción es distinta de la di nulidad, además se. deberá demostrar aunque sea sumariamente el perjuicio que la ejecución del acto demandado causa c. podría causar al ar::t.cr' Otra parte del .Ccnceptui,deT vílaciór, Jara la medida cautelar se presenta en la demanda E]; estatuto ácusada ag violatorio,, en su integridad, de los sic uI.entes preptos 'rtru10 171 de la Constitución=acianal quecunsagría el principio de lecaiidad en .tódcisl os actos. de la Administración Públ i cae, La vioición del precepto constitucional es en el cc:eptc de infracción çiirecta, por flagranté desacato dl mandato en ella contenido, al haberse arrogado la Junta Directiva del SISE una funcíón nue no le habia sido otorcada por la Ley ni por el Acuerdo de] Con cej o ni por el Decreto del AlcaldetArticulo 90 etei Decrcto. 'Lev 1355 de 1970, queHoja -Nos 4 Expediente No.770

Ley ni por el Acuerdo de] Con cej o ni por el Decreto del AlcaldetArticulo 90 etei Decrcto. 'Lev 1355 de 1970, queHoja -Nos 4 Expediente No.770 dispone en relación con, la reglamentación de los Acuerdos Municipales sobre ciertas ateriae, que cuando eet6s necesiten de aluna precisión para - aplicar -Lo.. el Alcaide podrá dictar él reglamenta: con, esa única finalidad. siéndole vedado expedir normas de • conducta no contenidas en ei rospectivo Acuerdo. La violación de la norma es tarnbin en el concepto de Infracción directa¡ 'al • h&er eped ido la Junta I-)irectiva del SISE: y rió - i •A:lcaide 5 unacto - reglamentaria contrariando -el ordenamiento d. la norma ç.uperiar. "ArtJ:uio i: T:anitorio) •del Acuerdo 11 de 1992 del Conc1-j o diáistrital dé Bantl Fá d E-ci P C' uc • autcrjza cle.rnanera exclusiVa - al Alçaide Mayor para dictar :tas gimpasícinnew necesaria necesariaw parl ar mon izar lae normas del Acuerdo -11 con -las del Pedo 6. d 1985 • eppedídq.por el migra Concejo DíL5tritai de Santa Fó de • . .Eoot . - . Articulo 14 (9écimes de Transición) del mt.mo AcUerdo • fi de 192 del Concejo de Santa Fé de Bogotá tC,, : autoriza al Alcaide Mayor para expedir el reglamento

  • . .Eoot . - .

Articulo 14 (9écimes de Transición) del mt.mo AcUerdo • fi de 192 del Concejo de Santa Fé de Bogotá tC,, : autoriza al Alcaide Mayor para expedir el reglamento transición de las inscrita alnuevo rimen del R.LJ.P vicilación que use 1 produjo en el concepto de quebranto dJ.recto, al haber expedido La Junta • Directiva del SISE el •acto acusado r con manifiesto dto de lo ordenado el e texto del Acuerdo, • El Articull 20 :tnc:ío 2odel flecretn. 13 del. -15 de marza, de 1993 dictado por el Alcaide Maypr de -Santa F 88gatá, D.C. , re 1 ae';nter4.o deS cuerdce ç:te 195 y it do 1991 del Concejo-Distrital aue aIa a la Junta Di.rctiva del SISE le simple función de Fp r qf er ir un concept& robre' el proyecto de reglamenta que debia, eiebQrar el , por extralimitación de función oturnada y. cons-.iuíerte vitlación de lo Artículos 13 y 14 del Acuerda li, de 1992 citle atribuían la competencia para. dictan él reglamento a otros a nivel de la Acminitraciórt -Djtrj te). • Del - contenido -de '. las normas citada: como infringidas s desprende que ellas • pretenden - mostrar la falta de competencia dela Junta Directiva del SISE para expedir el. Estatuto Reciientario.De otra parte se observa que la Resolución 010 de junio 24

desprende que ellas • pretenden - mostrar la falta de competencia dela Junta Directiva del SISE para expedir el. Estatuto Reciientario.De otra parte se observa que la Resolución 010 de junio 24 de 1993que se acusa expedida por el Contra de Sistematización y 3'vicios Técnicos SISE adopta el iacin ante el reglamento par -a le inscripc.tór Registro Urico de Pr or'entos de les por-sones neturels o íur.Ldicas nacionales o extranjaras espiren a celebrar contrato do obras públicas con la Administraci6n Distrita 1

La anterior lleva a : t. 3eia a deducir, que de las normas; tads para la medida cautelar no se oborve violación ostensible pues. el Decreto 1970 as el Códiço Nacionl de Policía el acto demandado no. se ajuste a la meten en el Acuerdo 11 do 1992 el Artículo 13 transitorio eutorió al Alcalde Mayor - pr er- ]es ispsiciore neries. para armonizar -las, non del Acuerdo 11. con las del Acuerdo d d 1985 v el Artículo 14 i€OríO reqlerientó transi DA de los inscritos al nuevo rqirnen del R.UF' y le Sala a primefacie no observa en el ec:sado ata dicha .circunstan.cia de transición; en cuanto el. Decreto 131 de J5 de marzo de 1993 se tiene que es reg lamentárip del Acuerdo 11 de 1,992 y Aste en o Artículo 60. otorgó como función de la -Junta Directiva la de proferir un concepto sobre el proyecto de reçajeit u

es reg lamentárip del Acuerdo 11 de 1,992 y Aste en o Artículo 60. otorgó como función de la -Junta Directiva la de proferir un concepto sobre el proyecto de reçajeit u elaborar el R=P.I poro en realidad el ' acto Hoja Na.. 5 Expediente No ..3770. demandado aduce como fundamento do derecho el Acuerdo 11 deHDja NQ.. 6 Expediente No3770 Y992 qué en el ArticuIQ 6t ala ccmo función del Consejo Directiva del SISE de preparar el Frc'eczta de Reglamenta para consideración de la Junta Directiva d1 3I9E . a sea que s a este orqanismo al que corresponde dictar dicho realamentc En Tel estudio re fondcde 1 este proceso se. analizará si c -:'l Decreto r].antr'ia citado coma norma vicy:Lada desbordó o no el acto reo lamen tacin Ii En rnri o do ió,pmpuisto, EL TF'tEtJNík. DtNISTFTlC DECtJNDINr1PRC SEÓCIIDN PRIJlEt :LAdmitir la demanda prementida,múr e3 Seor CARLOS E. ; EttSCH i . En Zonsecuanci so dispone. a.- Woti -Ficar per'soóalmer -,t.e af,SéNom AI. cldE Mayor de Santo Fl de Bogotá Ditrit.o Capital. contt'ecja b.- Notificar persar -alment.e al Procui-adar Judicial en lo •3'.ciicia1 Administrativa Lihrr oficio diario 6erieral de li.

Santo Fl de Bogotá Ditrit.o Capital. contt'ecja b.- Notificar persar -alment.e al Procui-adar Judicial en lo •3'.ciicia1 Administrativa Lihrr oficio diario 6erieral de li. Alcaldía Mayor ce Canta Fé de Bogotá solicitando

-CORTE

los, antecedentes administrativas en copiasHój.a No 7 £>ped.iente No 3770 debidnte autenticadas y que dieron orirç expedición de Los actos acusado, d.- Fi el asunto en lista por el trírino de cinco (5) dias,, para los afectos previstoi. On el Articulo 207, Numeral 5o. del C.CA Near ].a sLrpençicfl provisiçinal miicitac1a,. Téngase como rrte actora 9or CAMILO E CORTES FuscH]:, quien ctua en ncmhre propio (Discutida y -aprobada en sasión de la fec:ha Pcta No1i4).

NOTIFIQUESE Y CLJMPLASE, HERIBERTO REYES VARGAS BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO Maa.istradc tti - da

OLGA INES NAVARRETE BARRERO DARI WEB PINILLA

Maai'traca MaçistradoHoja No. 8 Expediente No.3770

ERNESTO REY CANTOR

Manistrado

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