TA CUN - 3773-(17-02-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 3773-(17-02-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
CONCEJOS MUNICIPALES -Sesiones
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION PRIMERA 3ntfe de Jocto L 1:) .L. Febrero dieci i.ete t 17) de mi 1 i :'ec i et' loE 'iCi vert t. y cu t.r o i. 5Q4
MAGISTRADA PONENTEa Dra. BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO.
EXPEÓIENTE No. 1 3773
DEMANDANTE ; Gobernador de Cundinamarca.
OBSERVACIONES 1-1 M b 1 CjE
do rl trk t pr ei Etc por el Decreto 1.33% de l9bb en t .r t icu Ici 3, ,L:1 • decide 1 1 1 cber'vc ion formol a d a r e' 1 eñcir &ot:ern Edor' de 1 Jiepar 1 amento de Curiri :in &mar'ca • en r'el acii €::ors el tcuerdo lb .15 dr.A de ept.iersibre de 199.3. e.peclido por rl C.,oitce.to Mw iri ti de VILL.Ef(-. ANTECEDENTES E' 1 Fk.:'i .',p"tt'. 1 e Eco c::e . o lun i c::j. pa 1 de Vi ELE: T1 e pid io e' 1 Acuerdo No 15 e teptienbre 1.5 de 1993 El ncionado cuerdo tué san c.iodo ' pubi. E 1 Uober rcit' cje Utod j,taitr& ca. el 5 c. (:!ct.Ltbr de 1993 lo
' pubi. E 1 Uober rcit' cje Utod j,taitr& ca. el 5 c. (:!ct.Ltbr de 1993 lo r'emi tt o 111 e a. CorpOr' a 1 ,jfl 't1, ti de que ar' pronuncie so I.) r su leqal idad por cuanto coneidera que in'í't •inue el articulo '/ de 1 3333 de 1'B -1 cier roL 1 ar el. ron c" cp t'o de ' lo 1 acion iriani ....e t) E, ' .: lo :1n it t rak. . mpuundo 't lAra .j;tdcj 't E'! Cori CCI 1 .: ipa 1 eD I.J. aE ciaLrit r e 1 1 ;.:adu un í.cc io de .1993Hoja No..:Exp.3773 Septiembre 8 i Septiembre 10 del tiitío ano. En consecuencia de Lonformiad con el contenido del articulo :;s del Decreto .1333; ? coligo caligo que las sesiones ordinarias de los Concejos e inician el primer día de cada uno de los meses que la norma mehaLa, por su parte zud.c:.tn es de .30 días susceptibies do prorroga a juicio del respectivo Concejo por £0 dios • en consecuencia cada uno Ueborn ser de je di.os con prorroga de 10 y en caso de que el mei cuente con :.l dios. su prorroga debe enrtendere hÑste el noveno día del. mes siguiente.por lo tan te ,' teniendo en cuente que Agosto cuenta C,.ofl 31 dias su prorroga seria sólo hasta
de que el mei cuente con :.l dios. su prorroga debe enrtendere hÑste el noveno día del. mes siguiente.por lo tan te ,' teniendo en cuente que Agosto cuenta C,.ofl 31 dias su prorroga seria sólo hasta W 9 'Jo Septiembre y en ni ceso objeto de est.udío el tercer debato del acto impugnado es ilegal por trasladar el limite legal a que ao col ebr o el 10 de Septiembre ; 1 a solicitud se le dio ci tramite legal correponcl1ent,e En procede La Salaa resolver previas as siguientes, CONSIDERACIONES LUZ oe M"n!LlpeleS Lomo cir qeroe deliberantes de los municipios j entidades edmi.n i e t,' al, i'iaC r OULI 1, adoras de la gestión local. se reunen en se linee ordinarias en lea fec:ie&e y durante las periodos previstas por la ley . El Decreto 13 de 18e Preve en en artículo 79 que 10 Concejos, en reunen ordinariamente cuatro veces al año, el día primero do loe meses Febrero, Mayo (.ote: 1 Noviembre, s3iorie3 cuya duracion ea de 50 diee prorr oab lee, por 1.0 días mas, cuando así lo considere el Concejo.Hoja f1o,3 AEp3773 Refiriendonos a Ja obser vcion presentado con relación a]. (cuerdo 15 de Septiembre 15 do 1993. mediante el cual se autoriza al co 1 io ttun 1 ci pal do V ILLET CJNí) 1 NAMRCA para vender de una fr ani a de tierra ubicada oc, c.1 barrio popular obrero y de
15 de Septiembre 15 do 1993. mediante el cual se autoriza al co 1 io ttun 1 ci pal do V ILLET CJNí) 1 NAMRCA para vender de una fr ani a de tierra ubicada oc, c.1 barrio popular obrero y de LOE, T Orno dai:I con la conitrucia, sobre las Uchas de celebración de las debates. expedido por la Secretario del Concejo Municipal de Vil lot0 del 11 de Septiembre do 1993 e establece que con el 011 iíno do los debates, ce contravino el articula 79 del Código de Regimen Político lico y Non . cipo 1 por cuanto fuá celebrado fuera del termino 1 ocio 1 nsçs c:oncretaEuot.c un dio despues del vencimiento de prorroor Ya que al contar Agosto con .31 diac ci termina de la sesion oc ci i.nor o era del lo 1 30 do Agosto u repcetiva pr OriLsUo del •i del iiuno mee hasta el 9 de Septiembre para completar a 1. loo lo clac En consecuencia al haber uno í ecl lo c'ntac:: ion estricta referente al número u oportunidad de ce 1 ebracioi i de 10% dehatec • ce ectabi eco por parte do ásta Sala que a] haberse realizado ci tercero de loo debates oc) 1 oen lar ioe para la lepo .1 expedición del acto -Ur
tinic.ipal oboo vodci foia del termino antes rnenciondo • se origina 1 a nulidad del mi'srnu • cuya aprobación ce efectuó porfuera or tuero de loo torminos do' leí dondoce as¡ una incompetencia
origina 1 a nulidad del mi'srnu • cuya aprobación ce efectuó porfuera or tuero de loo torminos do' leí dondoce as¡ una incompetencia ten,pos al do la cual oran conscientes el Alcalde Municipal Y el Propio LLM ,co j c' .:snoi co doaprerido' do la comon i c:c:ion que ci primero cii rio io a este 'tribunal fechado el 19 de Noviembre de 1993 Fi texto en ol que manifiesta que U..estos r el iriod000 entre otros al. Acuerdo 151 fueron aprobados en Tercer Deba le por el Honorable Concejo Municipal de Vi 1 leta un dio cJco. 'lo vencidos loo t)io'. 10 d iac deHoja No. 4. ,Ep.3'773 Prorroga ... Enterados que fuimos de est.a si. t acion 10 comen 1 caíDos a]. Honorable Concejo Municipal, la presunta irregularidad y para c:or r i.:u1 1 la misma se ir dio el debido trrn1 te y puestas en consideracion de la Pl enar i • se le dio el Tercer Debate en las sesiones ordinarias del Mes de Noviembre cromo consta en los anexos • corrigiendo de esta manera la presunta i leual idad 1 . Sin RMbargo esta Sala obser\ que dentro de los documentos MEL presentados uso figura prueba do dicha cotreccionTon respecto al Nw Acuerdo IU objeto de este estudio. Pero en gracia de di. stu 'u ni • encuentra Sala que tal procedimiento. doptado por el Concejo Municipal de Vi 1 leta no reiDod.La el \i FC) cometido, puea no tiene asidero 1Óc41CC) ni
Pero en gracia de di. stu 'u ni • encuentra Sala que tal procedimiento. doptado por el Concejo Municipal de Vi 1 leta no reiDod.La el \i FC) cometido, puea no tiene asidero 1Óc41CC) ni mUr1dLcrQ que un acto administrativo que se encuentra rigiendo en W universo de las disposiciones municipales. desde el momento de su sanc1iiri por el ejecutivo del ente territorial pueda ser susceptible de nuevo debate cuando es ti ya incorporado al cmrdersiiertco local. Es claro que rl Acuerda 15 del 15 de Septiembre de 1993 objeto iO observacion por paste del Gobernador del Departamento, nació a :la vida Jiir .idic:a con un detecte en su oínesis que cromo ya se lo anula le hace perder rodo efecto juri dtco desde esa misma fecha. mituacion que no puede subsanarse de manera .Llitl 1rse.a tmmo con la ewpedicion d' un ntievo acto sometido todo el Iramite r'uuiau previsto co la le,, Subraya la Sala). rs5I pues. el debate surtido icio en el mes de Noviembre de 1993 • no pudo ser el Tercero del Proyecto de Muerda que ya SE había producido 1 leqal emente el dia 10 de Septiembre pues tal proyectoHoja No= ^p.377:3 Ya se habíaelevado a la categoría do Acuerda bajo el No • 1.5 de 1991, el día 15 do septiembre anterior • do modo que no podia .oi obrso tercer debate sobre un acuerdo que hasta entonces Laba ciuente, dacio queadema%o la competencia cJe 1, corporacion
1991, el día 15 do septiembre anterior • do modo que no podia .oi obrso tercer debate sobre un acuerdo que hasta entonces Laba ciuente, dacio queadema%o la competencia cJe 1, corporacion administrativa, a la dada para tramitar • aprobar los çr,çç de Acuerdo 1 no como absurdamente se hizo. sobre un acto va ' O » w For lo en ter lor Ja doi;iaratorja de nulidad será E1 nr osunc:c os Lo do wst" Sala sobre la obaorvacjon presentada. En mo 1. tu do lo empuesto. el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CI. iUf) 1 N 1iPLA ,, SELE 1 ON PRIMERA, administrando justicia en nombre do la 1<upubl .i.ca do Colombia 1 por autoridad de la 1e, FALLA PRIMERO. DECLARAR L NULIDAD DEL ACUERDO 15 DE SEPTIEMBRE 15 DE 1993. i;& peri ido por el Concejo Non ic:s. pat rio Vi. .1 iota SEGUNDO. Comunicar la an tos ios dci. a Ion al aeÍ'or, 6013E.RNADUF: DEL f?EF'f JAMEN ÍD DE CUNDIMnMARCl, PRESIDENTE DEL. CONCEJO MUN 11; 1 PAL ALCALDE i PERSONERO MUNICIPAL DE V :t L. LE lA '-LUND 1 NAtIARCA TERCERO. Archivar las presentes diligencias una vez ejecutoriada esta Providencia y cufnp kdo tu ordenado tado en laHoja to.é E;p.37?3
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TERCERO. Archivar las presentes diligencias una vez ejecutoriada esta Providencia y cufnp kdo tu ordenado tado en laHoja to.é E;p.37?3 LÜF 1 Ei.6E NÚl 1 E 1 UUESL Discutido , aprobado en sesión realizadan la fecha. Acta No. usa Los Magistrados mquw
ERNESTO REY CANTOR
BEATRIZ IIARTINEZ QUINTERO
OLGA INES NAVARRETE BARRERO
DARlO QUINONEE PINILLA
14ERIF3ERTO REYES VARGAS
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