TA CUN - 3819-(03-03-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 3819-(03-03-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
- ?RIflWAX1: 5RA' .-4ccron PRi nta ?' de Rogot,Marzo tren nóvta o e mil novecientos
Ak IN AUXILIOS O DONACIONES (E) Expedietite No • 331 4tiCtd Ponente: »r OLGA INES flAvuffam.
Demandante: GOBER!ADOR t)E CUNDI1MARCA Obervaionec EL Gobernador .dol Departamento do Cun narnarc cn ejercicio de la facultad que le contieró el Numeral 10 del Articulo 305 de le Conetl.tuct6n Política en oncordencia con el ArÍcu].o 18 y e.e. del Decreto 1333 de 1935. Peiti6 e eata CorporaoIn. el Acuerdo tío. 016 de 11393 expedido por el Concejo NunIcipal de Apu2.o 9Por medio del, cual he crea el Pendo Rotatorio de Apoyo a la oEpre5a, kmprer>as coaunttarlan, arteeanlas y deffilt formas aacciattv&e de trabajo que geraren empleo de ingraeca en el Municipio de Apu3o"., para que decda sobre su va- .ltdez. . .mpugnado en su parte pertinente • es do]. ente "ACUE ERO 018 D£ 1.99
"Por medio del cual se cres el Fondo Rotatorio de Apoyo, la Micro.Enpreirn Ernpreeeaccun.iteriaG, artesanías y deAs forres asociativas de trabajo ,que generen empleo de ingresos en el Muicipio de Apulo. . .
"EL MONORABL8 CONCgjO MUNICIPAL Dr. APULO
asociativas de trabajo ,que generen empleo de ingresos en el Muicipio de Apulo. . . "EL MONORABL8 CONCgjO MUNICIPAL Dr. APULO 'CUD1NM1ARCA en uso de sus facultades Constitucionales y las coieridaa por, el Decreto 1333 de 1U986 Y.CO U 1 D E fl AM.0 O a.- Qu. en el Municipio de Apulo no eiete programa e1gino que prouueva la integración da le.a fimilias o comuntdades en procura de empleo y desarrollo social propiciando una mejora en la calidad de vida de nuestros habitantes,- abitantes; h.- b1.- Que en razn de lo anterior os necesario creer un organismo Itunicipal que pronta éste apoyo, coordinen y cenaticen ion p. ograaz ;ue dérroilen con este objeto lee entidades gubernamentales de cualquter orden, así como tnbiln del sector privado. - OA C U E R D A ¡" culo Primero.- Créase el rondo Rotatorio do Apoyo e la Micea, empresas comunitarias, artesanías y dem5s formas asociativas de empleo del Municipio de Apulo Cundinarca. HArt!lo eundo.- Los objetivos de este Fondo otatorio Municipal son las de promover, cpctta, tLnonclar, impulsar, fortalecer itø Micro-Empresas, Enpresas cosuritar&a.,, ert.saniaa y formas eaciativas' de pr ucøión y comercia1zación de bienes y. aervicios en el. Municipio de Apulo, con el propósito de colaborar en le creac&6ii de ntaevae tuentez de ealeo, pare elevar el nivel de vide de la población en general,
ción de bienes y. aervicios en el. Municipio de Apulo, con el propósito de colaborar en le creac&6ii de ntaevae tuentez de ealeo, pare elevar el nivel de vide de la población en general, ''Articulo Tercero.- El cspttl del Londo Rotatorio & a.- Aporta del 2% del Presupuesto anual del Municipio de aue rentan ordnariflc. bPor las donaciones y aportes de cualquier clase que reciba de personas o Entidades pblioes o privadas. c.- Por la totalidad do loo int.rses do loe cr€dLtoe concedidos y los aportes unicipeles, Departamentales o Uacinsls. HAistículo Cuarto.- El Fondo Rotatorio que se órea e el presente acuerdo tendrá una Junta Directiva Adml,- ore ~Puesta a"£-- sia Alcalde tanicipal o ó su delegado quien ipÑeidfrá. Tesorero Municipal quien ser el Tesorero del 1ondo Rotatorio con voz pero sin yot01 Personero Municipsi.Hoja No, 3 lxpedtente No. 381 ior loe don (a) delegedoc di Concejo KrnicLpe1 O! :un represente de et ati6n de. mic ep sarios gretntai.ea legamente conetidoe. fPor doe delegados de la eeocicci6n de Juntas de Acci6n Comunal eLegidos por lo aecisci6n. 'P.AflAORFO.- Le Junte Pireetiva; .Minietredoa tenc1r un periodo t1 e1 Plceide MinIc1pal t su eecr1etaro ,tera ci escribiente de le oIca4.e Mcipe,
'P.AflAORFO.- Le Junte Pireetiva; .Minietredoa tenc1r un periodo t1 e1 Plceide MinIc1pal t su eecr1etaro ,tera ci escribiente de le oIca4.e Mcipe, Artículo Quinto. •1 1 "ArtculÓ Sexto1- ... 'Artfculo S€ptiao.- "Artcüo Qcto,- ...11 $1ArtCu:IO N eno.--- e Lo Cóntitit6r 'u de violapi&ion el s.gutente 0E1 •curdc de la referoncia crea el fondo rotetoro de apoyo, o le rnlcroeepreso, epreeafl couniteris atrtenaiee y dein4.e forias esocLativas de .ipi.o del municipio. 1,11 rt1cuio 355 • de Lee ra3as u 6rg~t del poder p(b 0 podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturalee o jUrd&Ces de derecho priva- 'ael etudLo del nfrontce
- . Moja No. 4 •'xpedente No. 3819. cL6n con lo norma transcrita se colige que ea nbiertmente Inconstitucional por cuanto el lwW2icpio cree un fondo r'otetoro de apoyo a le mores, e presea comunLtrtee, arte nabo y deOb R 5 torma azool tiveo de empleo, 0u3V03 .jCtIVOg eon loe de pr ver capnitor,1 f1nanvir, tortalecev iao enterloreo sociucionea de derecho prí- vado con dseroo provenientes del preoupueoto rueon loe de pr ver capnitor,1 f1nanvir, tortalecev iao enterloreo sociucionea de derecho prí- vado con dseroo provenientes del preoupueoto runicipal;,núa y aportes ue z'ciba dé enttdodea pb1icae o Privadas; en conciur16n se dlo. 'traen dineros del tL eco iz=leipal era .favor de personas de derecho privado, lo cual se encuentra expreaernerte pT%hi4,tdo por el pr'ecept4 ontituetonal •oitdo e; •A la colicituo. ce le d16 el trámite legal correspondiente y, 11 en conoecuencia, 'procedo lo Sala a 'resolver, previas los aiCorresponde a la Salai decidtr sobre la voJJ des del Acueid No. 016 dø 1.993 preterido por el Concejo ftunlctpal de Apulo,, forme a la eoUitud fórmulade por el eeior Gobernador del. epcirteccinto de C rnarco.
Ladecai&i a tonar ottr doltmitda la etenei6n de lo petici6n del Gobernador, los hechos øiados en la nisma la indicaci6n.de .la nona vtolodo y 01 Concepto de violación oomo tan,bln ise pruebas eporetedao a la ectuaci6n.Raje No. 5 Expedisnte NQ4 3819 La norma citada como infringid s el Artículo 355 de la Conetttuei6n Politice que proh1b qué la. rmaa u 6renos del poder pbiico decretar euxiltoa a donacionee n favor de pereoLa norma citada como infringid s el Artículo 355 de la Conetttuei6n Politice que proh1b qué la. rmaa u 6renos del poder pbiico decretar euxiltoa a donacionee n favor de pereonaturales o jwidt cas de drcho privado1 pl estudiar el contenido del Acuerdo impugnado la ala encuen- /t que el Concejo Municipal de Apolo en cuplimiento de lo preCeptuado ew el Artículo 311 de le Cnatttuc14n ?ol&tica en S
cuanto e promociÓn do la particlpaci8n Comunitaria y el meor&- miento social y Oultural de loe habitantes, cre6 mediante el acto citado,una persona jurS4ca que tiene como objeto la promociM y fortalecimiento de lee cro-empreeas, emprases comunitarias, artenaa y deinm toreas ocie--'Vives de producøin y coecielLeci6n de btertee, con el fin óe o1iborar en la creao6n de nueves filenten da empleo. • Obviamente le persone oreada necesita un petrÍmonio el, cual eat4 integrado en la forma anotada en el Artículo 30. del Acuerdo. Del escrito de impugnación se deduce que por el hecho de que. se ha previato que el porcentaji tay0r , del pmtrimonio esté integrado por recursos provenientes del Municipio, Departamento y Hac16n, se ha infringido elArtículo, 355 de la Couetituci6n que establece perentoriamente la deitinact6n de auxilióe o donaciones en favor de personas natur&les o Juri<lícafá de derecho privado.
que establece perentoriamente la deitinact6n de auxilióe o donaciones en favor de personas natur&les o Juri<lícafá de derecho privado. ninguna raz6n esiate a la impunact6n pox'ue loe dineros a loe que aduce en el. Articulo 30. del acto, acusado van a Conformar parte del patrimonio de una persone, no d : derecho privado,. pues se trata de. un Fondo Rotatorio del nivel muMcLpel. De otra parte si bien en cierto que le aóc16n a cumplir por parte de dicho Fondo est4 obviamente destinada a la comunidad de Apulo no quier, decir que .1 Municipt.o vaya a •r auxilio 0 danci6n e una persona o grupo de personas de naturaleza deBoja No. 6 xpedientó No. 3819 derecho privado ten eolo lee ve ade cumplImiento a una rtoree ~Stítucionali tau tual ya quedó anotado0 r%ediente la adopci6n de progremae tendientes al deearrollo de]. MunIcipio y a la prornoct6n del empleo. Ln,tolíle propugnada en el escrito de impugnación conllevaría a que ninguna entidad del Estado pudiera adelantar pam en 1a',or de la comunidad pues :tinalment4 loe destinatarios de la ..2eeti6n d le Adainetración sarían part;tculare y no perno- ,nos de derecho público. Si bien ea cierto que La consagración del precepto contenido en .1 Artículo 355 de la ConstItución tiene por fin evitar la mala utilft.aclón de los dineros p1blicos, no Zo es menos que
,nos de derecho público. Si bien ea cierto que La consagración del precepto contenido en .1 Artículo 355 de la ConstItución tiene por fin evitar la mala utilft.aclón de los dineros p1blicos, no Zo es menos que cada vez que una entidad pCblica el Imentada con dlneroe públicos emprende lahór dirigida al tnpulao de la comunidad en manera alguna puede pretender infracción al precepto constitucional citado3 Por lo anterior, se declarará la validez del Acuerdo No. Olfl de 1993 del Concejo Municipal dG /spuio. Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCI0I1 PRIMERA, administrando jueticin en nombre de la Repú- blica y por autoridad de la Ley, .LA : .- Declarase le valídez de]. Acuerdo No, 016 de 1.993 expedido por el Concejo Municipal de Apulo "Por medio del cual se crea o]. Fondo Rotatorio de Apoyo e la Micro-Empreas, Empresea comunitar.ias, ax"tasnias y demás fcr'mas etociativas de trebejo que generen empleo do Ingresos en el Municipio de Apulo". niquese esta deeiai6n a]. se]or Gobernador del Departa-• Hoja No. 7 xpediente 140. 3B19 efior A Persono a OI'Qt Pr31 ipio de Apt del Coe cois, ?iFXUEE, (Disctido 3t aprobado en aesi6ñ de la icha Acto .No. do