🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 3852-(19-11-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 3852-(19-11-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

ájju JJ -.uiíprueeuencia

TZ'O DE CUNDIN.

santat6 de Bogotá, D. C., diez y nueve (19) de Noviembre de mil nove c.ent,s noventa' y tres (993).

KAGXSTRADO DR, REYES VEGAS. • RErgRENCI UPEDIEIftE N. $ 8 5 2 • AccION DETUTLA.

tXLICITATE : SERGIO REYS RAMIIUZ,

OONRA HERACO VEGA GOYENECHE, CODERNADOR DEL DEPARTAME

DEL VAUPES.

Mediante apoderado ise interpuao la acci6n de la referencia para alcanzar la protecci6n do los derechos constitucionales fundamentales de obtener pronta resoluci6n del derecho de petici6n en Interés General; a la salud y a la vida de los habitantes del Departamento del Vaupés, quebran tadøs y amenazados por la omisión del Gobernador del Depertamanto del Vaupés 'Dr. Heraclio Vega Goyeneche (etc), a].. no' girar oportunamente y retener los recursos econ6m1cøa provenientes de la Lotería la Nueve millonaria al Servicio Seccional de Salud del Vaupés y al no dar pronta respuesta a la potici6n en interés general presentada a él, con fecha 4 da agosto de 1993; ". '. PE T 1 C 10 ti E E Para que se ordene al 'seOr Gobernodor del Departamento del Vaupés, Dr. Heraclio Vega GOYaneCheÓ dar prónte resoluci6n a la petición en InteréG general presentada el días 4 de agosto do 1993, por el Jefe del Servicio Seccional de Salud del Vaupés, Dr. Sergio Reyes Ramírez.

a la petición en InteréG general presentada el días 4 de agosto do 1993, por el Jefe del Servicio Seccional de Salud del Vaupés, Dr. Sergio Reyes Ramírez. .- Para que se ordene a.l se'tor gerente de la Lotería la Nueve Millonaria girar en lo sucesivo en forma directe al Servicio Sec otonel ,e1 Salud del Vaupés los recursos eoon6micoe de la Loterie citada y no a la Gobernación 'del Vaupés. ,EX?. N. 385 13,- Para que como consecuencia de la primera petici6n se ordene al Gobernador de]. Departamento de]. Vaupés girar las sumas de dinero que tiene retenidas indebidamente y que ha recibido durante el presente afio, con destino al ServIcio Seccional de Salud 4e']. Vaups. "4.- Para que se ordene a]. Gobrnadór del Departamento citado, el pego de los dalea materiales y rnøaleø ocasionados al Servicio Secciona. de Salud de]. Vaupés, por las acciones y omisiones rae "5° Para que lea 6rdenes impartidas p<r el Honorable Tribunal sean de Inmediato cumplimiento.. . El Solicitante, en 3U calidad de Jefe del Servicio Seccione]. de Salud del Departamento del .Vaups, present6 el respectivo Gobernador l día 4 de agosto de 1993, en ejercicio del Derecho de Petii6n en Interés General las siguientes solicitudes: "1. Se sirva disponer .y ordenar al señor Gregorio de Jesús Amésquita, .lete de Secci6fl :de la Tesorería Departamental de]. Vaupés o al funcionariO que• corresponda., transfiera las sumas de dinero que

"1. Se sirva disponer .y ordenar al señor Gregorio de Jesús Amésquita, .lete de Secci6fl :de la Tesorería Departamental de]. Vaupés o al funcionariO que• corresponda., transfiera las sumas de dinero que por concepto de la Loterla La Nueve Millonaria se han girado al ServIcIo de Salud de]. Vaup&s, en .forma oportuna durante el presente

2. Se sirva Informar la cantidad exacta y en'qué fechas la Lotería La :Nueve Millonaria ha girado al Departamento del Vaupés, loe recursos destinados al Servicio Seccione]. de. Salud, en el aPIo en curso. "3. Se airva aclarar la lentitud de la gestión del Departamento del Vaupés en girar loe resursos que con destinaoi6n específica tranfiere la Løteria citada

04. Que as tomen las consiguientes medidas de su competencia y las que se sic,) determine le Ley concermlentea al giro oportuno de los recursos de la Lotería Le. Nueve Millonaria. ".

TambIén, en le misma fecha, fue recibida por el • Gerente de le Lotería La Nuevo Millonaria la siguientes peticiones 111 So sirva Ordenar a quien corresponda el giro de los recursos provenientes de la Lotería L Nueve Millonaria, en forma directa al Servicio Seocional de Salud del Vaupés, . .EXP. N°. 382, Se.sírva ordenar que los recursos citados se giren oportunamente servicio mentado. ?13, Se permita informar la cantidad y en qu6 fechas ha girado loe recursos de la Lotera citada a la Gobernación del Departamento

Se.sírva ordenar que los recursos citados se giren oportunamente servicio mentado. ?13, Se permita informar la cantidad y en qu6 fechas ha girado loe recursos de la Lotera citada a la Gobernación del Departamento del Veupás, durante el afio de 1993 y 1993. • 114,. ev sirva ordenar en lo posible se abstoima. de girar 'la entidad a su cargo, los giros referidos a la Oobernaci6n del Departamento del Vaup6s y •e partir de la fecha se gire al Servicio de Salud delVaups.". . . DRRECHOS VÜLNTRADOS Los derechos vuinerdos y amenazados con' las omisiones y acciones inmotivadas de la autoridad departamental son de los fundamentales, pues, están regulados en el Capitulo 1 de los derechos fundamentales, artículos 23 y 11 y en el Captu10 II de loø derechos Económicos, Socilea y Culturaleu, artículo 49, los cuales establecen en su orden:. "Art. 23.- Toda persona tiene derecho a presentar peticiones raspe tuasas a las autoridades por motivos de interés general o particular y e obtener .proñt .resotuci6n El Jegialador podrá reglamentar su ejercicio ante organizctonee privadas pera garantizar los derechos Amdementalea. fl• "Art. 11..- 1i derecho a la vida ea inviolable. No habrá pena de muerte.". . .. "Art. 49.- La at.nci6n de le salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado'. Se garantiza a todas las personas .1 acceso a los servicios de prømoci6n, protección y recuperaci6n de la salud.

"Art. 49.- La at.nci6n de le salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado'. Se garantiza a todas las personas .1 acceso a los servicios de prømoci6n, protección y recuperaci6n de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar le prestación de loe servicios de salud o loe.habitantee y de saneamiento ambiental conforme a loe ¡-vicio de eficiencia, universalidad y. solidaridad. También, establecer les políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas y ejercer 'su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Naoi6n,' las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en loo términos y condiciones seflalados en te Ley. Los servicios de salud so organizarán en forma des-centralizado por niveles de stenci6n y con participaci6n de la comunidad. La Ley sofislará loe términos en los cueles la ntenci6n básica para 'todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber, de procurar el cuidado . integral de su salud y la de su comunidad. • COXURA lAM. N°. 3862. ~I~ LA SALA Conforme a copia de la solicitud que. obra: polio 7, dirigida por el solicitante el Gobernador del Departamento del Vaupe, el Dr. SERGIO REYES IW4XREZ en su calidad de Jefe del Servicio Seccional de Salud del Vaup6s, ejercit6 el derecho de petici6n en Interés general, consagrado en el Artículo 23 de la Conetituci6n Política coo 'Drecho fundamental de las porzonas.

del Vaup6s, ejercit6 el derecho de petici6n en Interés general, consagrado en el Artículo 23 de la Conetituci6n Política coo 'Drecho fundamental de las porzonas. El Servicio Seccional de Salud del Vaupe no ea una pergon , óinø uflft parte integral de la Administrecin, corno eer el 'Gobernador la autoridad Axima en el Departamento, como Jefe de la-Admínistrect6n Seccionah Así las cosas, entre doe partas de la Adminiatracin no puede existir el Derecho de Petl.ci6n ya que falta la persona qué se dirija a 1.a autoridad. . . . . . En .coiweóuencia, no siendo procedente el Derecho de .Petic6n entre dos partes do la .Mtninietraci6n Seoctonal del Departemento del Vsups, la presente Acción de Tutele. debe ser rechazada por improcedente. Por lo expuesto, el TRIDUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA DE COLOTIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY . . , .. .. .

II. A

RECRA.. POR XMPROCEDENIE LA 'ftTfELA SOLICITADA POR EL DR.

SERGIO fly5 p&IIfl. EN SU CALIDAD CALIDAD DE JEFE DEL SERVIdo

SECCIONAL DE SAWD DEL DEPARTA$E. DEL VAUM, CONTRA EL

GOB~W DE DICHO DEPAA1. DL H~CLIO VGA GOTUIECRE.

SEJDC .ffjTASE EL X?zmEN.. A LA ifO$ORABI. CORE COSTITUCICIIAL

GOB~W DE DICHO DEPAA1. DL H~CLIO VGA GOTUIECRE.

SEJDC .ffjTASE EL X?zmEN.. A LA ifO$ORABI. CORE COSTITUCICIIAL

PARA .SU 9VEMAL R51 P SI 00 SE FR1ENTA XPliUffiCION.

?EflCE.— ORDENASE QUE ESTE 'PALLO SEA 00TZ.flCM)O TEL APICMG.

LAS PARfES EN REFERENCIA.

COMM, 00TXflUESE Y CWMASE..

Discutido y aprobado en Sala de la teche. ACTA N°.N. 3852.

PIIULLA

Consultar sobre este documento ...