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TA CUN - 3874-(25-11-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 3874-(25-11-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

TNXUIAL A1NINISTMT1VO DE

SECCION PitillERA Santaf6 da Bogotá, D. C., veinticinco(5) de Novierb noventa y tres (1993). e mil novec nto$

MAGISTRADO PQENTE: DL RIO REYES VARGAS.

REFEREI CIA EPEDIENTE N'. 3 8 7 4 • ACCION DE ?U?ELA.

5OLICXTANTE : AMA DEI. CARMEN BOLIVAR GUERRERO.

En nombre propio, la Solici n interpone le Acci6n de. Tutela de le Referencia, ",.. para que se me proteja inmediatamente el derecho constitucional Írndwnenta1 de servicio domiciliario telef&ilco que se me ha afectado por la omiet6n de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES, entids& contra l& cual so Cito la tütela. . . "El artículo 36,105 de la Conctituci6n Politice establece que loe servicios públicos inherente3 a la finalidad social del Estado y as un deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes Cel territorio nacional. • "El artículo 2'. de la Carta PolitIce señala como fin del Estado garantizar la efectIvidad do 1s principió, derechos y deberes consagrados en le Constitución. .. • . •. "En el Incíso 2. la Carta Magna dispone "o los servicios públicos domiciliarios se prestarán directamente por cada nunicipio cuando las caractors tices técnicas y acon6micae. del servicio y las conve nienies generales 10 permitefl;y aconsejen. . . "En la ciudad, de Santfé de Bogotá el servicio público domiciliario

las caractors tices técnicas y acon6micae. del servicio y las conve nienies generales 10 permitefl;y aconsejen. . . "En la ciudad, de Santfé de Bogotá el servicio público domiciliario de teléfono ea pastado por : la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE SAUTAE DE BOOTA, persona jurídica vinculada al Distrito Capital de este ciudad. .EXP. N°. 3874. "En ini calídd de arrendattirlá del ítw.ueble, de la calle 17 N° 9-43 Apto. 302 me he ,:ViBtO privada del servicio pb1ico domiciliarlo de teléfono correspondiente a le línea distinguida con el nSmero 341-95-49 por hechos., achaablee a le EMPRESA encargada de prestar el servicio; desde el día quince de.Agoato del aflo en curso. E1 di 26 de Agosto. de 1993 me dirigí a la EMPRESA DE TELEFOtO$ i.ntci-mndo1e que desde el día 16 de Agosto del afio en curso 1 se encontraba totalmente bloquee la línea telef6nica distinguida con el numero 34195-.49. "El día ti. de 1eptiembre de 1993 me dirijÍ nuevamente a la EvPPESA DE TEU-POWS recordándole mi solicitud contenida en el otçio de Agosto 26 de 199$. "El día 27 de Septiembre meiente í)erechb de PetÍci8n me permití solicitar a la EMPRESA DE TELECOMT3NIC,CIO!ES DE •SAtTAPE DE BOGOTA se me inforara la ra6n por, la cual no había sido atendida iai pettci6n contenida en loe oficios entes mencionados.

solicitar a la EMPRESA DE TELECOMT3NIC,CIO!ES DE •SAtTAPE DE BOGOTA se me inforara la ra6n por, la cual no había sido atendida iai pettci6n contenida en loe oficios entes mencionados. el oficio 113-161017 de fecha $ de OctubÑ de 1993 él Jote del Departamento de Derecho de PÓtiOLM de la E!4PRESA DE TELECOMUNICA ClONES .. DE SANTAP'E DE BOGOTA da respuesta a mi solicitud radicada bajo el nAffiero . OO9J68 del 28 de Septlembre de 1993 Informándome que "que se ha ordenado recopilar toda la inforinaci6n necesaria para atender sus reclamos, cyos resultados le comunicaremos dentro de loe trmnoe legales." . . . . !'El oficio de 26 de .Aéosto .ni el de e Septiembre . que dtrigt ente de la Empresa -no -ha sido atendido hasta la fecha. EMPRESA DE TELE?ONOS no me ha prestado el eer,vicío de :ono y sinembargo mensualmente .j me obliga a cancelar, fecturas, por un servicio que no he. zeoibido. . .. .. . . "Considero que estos pagos constituyen enriqueeimLento ilícito pera la EMPI.UA DE TELEFONO. "De lo.anterlor ce desprende que es . me ha violado el derecho tunde mental tus solícito se me tutele en la torna y en los términos que ordena el articulo 06 de la Constituc6n PolÍtica, .. As. Aport6 como pruebes el Altimo recibo celado, correspondiente

mental tus solícito se me tutele en la torna y en los términos que ordena el articulo 06 de la Constituc6n PolÍtica, .. As. Aport6 como pruebes el Altimo recibo celado, correspondiente el mes de Octubre, y fotocopias do las comurUcacionea a lee cuales. N. 3874. hizo referencia. • i --ante auto del Magistrado Ponente :tecie 40 a 16 de los. corrientes se orden8 librar Oficio el Gerente de in Empresa do Telecomnicacioneo -de Santsf4-de flógot, notificándole laexit-enci de la Acc&6n de Tutela • n su contra y solicitándole información sobre el trámite -dado -a les -peticiones de 1-a So1ictante, •- COS1DEtA• LA SALA Atollos 15,y 16, se encuéntre la Ñta dada por, el Subgerente JurXdlcO M 1 Empresa do Teleciomtmícaciones de Santeft de Bogotá, osf-: "En ateni6n a $u ofiCO N, 93-4516 de fecha noviembre 17 de 1993 9 r tbtdó en esta Dependencia el día 13 -del - iiimo mes estando dentro' del término señalado por su Despacho nos prmitimns remitir para su consideraci6n, y anAlteis de la Accién de.Tutela de -la referencia, lossiguientes menorandon: : "Memorando defeche noviembre 22 de 1993, .. auscritó por --el lnge niero Jefe de la Scct-8n do %epar.c1onen e Instalaciones 1, mediante el :cual informa la atenci6n que por parte de la Depon

niero Jefe de la Scct-8n do %epar.c1onen e Instalaciones 1, mediante el :cual informa la atenci6n que por parte de la Depon denote se le dié i len solicitudes por dafio de la Ifaen telet6nica NO.• 3419549, Igualnente informé las dificultades que t.e. peaen taren en cuanto al acceso al. predio para -atendereste reclemo.- y verificar , el funcIonamiento correcto de . la unes mencionada. Así mi-mao cómunf Ca que el 19 de noviembre, de 1993 se verifj6 con la oeflora GAITAN el correcto funcionamiento de la linee (anexos 2 y 2) "Memorando de fecha noviembre 19 de 1993-,, nuacirvíto por el Jefe del Departamento del Derecho de Petición, en el cual se hace un recuento detallado de los trAtltes adelantados por esa Depon - denote, reapecto al rio-lamoreaantado -por la seflora ANA DEL CAI1'PM tOLICAR referente a la reparaci6n del teléfono 3419549 (3a "Memorando - radicado, bajó el No. 169199de. fecha noviembre 19 - - -. de 1993, dirigido - a - la eeforc ANA DEL -CARMEN BOLIvAR GUERRERO, relacIonado con el reclamo N°, 103-.340093., -en el mismo secomunica la Laus técnica y el correcto funcionamiento de la línea actualmente $.e1 7).". --• -- . - .."Como puede usted observar SeJor Magistrado con lo anterior estamos demostrando que la Empresa en todo momento ha otado atenta a

línea actualmente $.e1 7).". --• -- . - .."Como puede usted observar SeJor Magistrado con lo anterior estamos demostrando que la Empresa en todo momento ha otado atenta a resolver las patio iones presentadas por la Acciononte respecto del da.o de lo linee teieféníca -W'. 3419549 oportuna :nte.- Los documentos a los -cuales se refIere la anterior respuesta me -encuentren del Pollo 1,7 al 239, ? demuestran que la Uñen i--elefénica - -objeto cia la pcttcién ya fue arreglada, novedad que se conflrm6 hablando eoM. !°.. 3674. Le eeflorite PATRICIt GAXTM BOLIVAR. En consecuencia, ha. desaparecido el motivo de la presento Acción de: Tutele el ser arreglada la línea telefónica N°. 341954, y le hin sido respondidas las petciones e la Solicitante. El Artículo 28. del Decreto 251 de 1991, "Por el cual se reglamenta la Acción de Tutele consagrada en el Articulo 88 de la Constitución Politice ", ciiepone: "ecii d Za t6n t,.pugnda. Si estando en curso la Tutela, se dictare resolución, amtnietrativ o judicial, que rovoque, detengi o suspende la actuación impugnada, se declarará ftmdeda la eolictud únicamente para 'efectos do indemni zacl6n y costas, si fueren procedentes. U. Coro el presento caso no encaje en lo dispuesto por lo, norma transcrita, pues no se trataba do una aetuecl6n sino de une omisión, es procedente

zacl6n y costas, si fueren procedentes. U. Coro el presento caso no encaje en lo dispuesto por lo, norma transcrita, pues no se trataba do una aetuecl6n sino de une omisión, es procedente negar la Tutela oolicted.

Por, ló expuesto, el TRIBUNAL ÁDMXNISTRATIVÓ DE CUNDINAMARCA, SÉCCION PRIMERA, ADMINIST~O JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPU3L lOA DE COLOMBIA

Y POR AUTORIAD DE LA UW,

Y A L L A

MUM LA uru SMICITAM. POR LA SEOflA ARA IL CAJ:1

OLZVM GUERRERO, CONTRA LA EKPRESA DE TLECON1ItCACIONES

BErAFIEflOOQ?ALC.

REMITASE ÉL aEBZENTE A lA HONORABLE cONSUTUcXORAL PARA SU EVENTUIi. ULViSION, SI NO SE PR NACIi. 0)5% 9= flItO SEA NOTIFICADO

LAS PARTES EN OOPZESE1 NO?IFISSE Y CWPLASE Discutido y apr o la de la toche. ACTA ftø,

LOS NAGIN. 3874,

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