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TA CUN - 38930-(21-09-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 38930-(21-09-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

!I&TXO II ac1aH,r Ssnlaf& 4. .getiJ.C. veIntiuno (21) taycincó (1995) septiembre de eme. cietrate . .1 con lis dtrctiiu MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL /RELACION LABORAL s $.9Y c1a: 11 1IA II1AM N11T$slM. PM1A $ C JA1 U cIJPAL iTnurn ucÍaAL 1 1110 1 1 .3S1a la Iirad. por : LUIS AL1TO O1JZ' $,I1TIa, ont .1 lnstitto sciosel do Radio y T,lavisUm 1iir.visidn', pretlediendo 4. s. ?rial se le empare .1 derecho .1 trabajo y 41 d.bid.o prao... (fl.66) parsrs.olv.r se con.ideraz El aci.sta b : ptensteess, o. sintesta em de laruvI.idn,ea cabesi del 1iesisre J M1CU. I'I1SA, vt.nS preetsedo servicios de eo]adr!a $ ose entidad desd• •l df. 5 4, j.i. de 1989. 2.- Que el contrato verbal so leslis aediaat. Iteolncidn o.002139 de 2 do junio de 1991, fecba en 1a que se le comunic8 la .seluctdb $o.0044939 por aedto 4e la cual se 10 dsclar4 iaasbtstent. su sembro.tento (fl.5).3.- Que lar., alón no le ha osElceisdó el valor 4e

la .seluctdb $o.0044939 por aedto 4e la cual se 10 dsclar4 iaasbtstent. su sembro.tento (fl.5).3.- Que lar., alón no le ha osElceisdó el valor 4e U celad" durante Istos silos, a oic.pci6n 4.1 ttso que estuvo vine~ a la entidad mediante contrate (Revolución N..002139 de 2 de jzato d .1991). 4Que la •nttdád mencionada ha iniciado contra 41 y su familia as proc.. poUctvo de Amparo besictliario, dUipncla qw U llevarla abs .1 da 27 do septiembre del silo ea curso, tesdieste obtener .1 desalojo 41 ie.amble, S. 71$1'i 'aflrá, que 41 no desboco. la propiedad 4, Inravisida sobre 1e tr-a,bl. que .upa con su faailia, ates que espora que la entidad le recenosea el tiempo direas. si cual ha perinecido 3 pr.4io es por sao qus a travós 4e apoderado y ces escrito vtsibl. a f olios 2 y 3,ssltcitó a Tarevisida esecillactós sobrs .1 pogo del tiempo que ha perasaerido cose celador del lota propiedad 4. Inmisión del cual no ha obtenido respuesta. Li TribunaL sodiante auto 4. 34 di septiembre del a1ø en curso (Cls.71 y 72),solic.ttó a Inravisión todos los ansooedentes admSei.trativos rela.cidss con dicha petición. Dentro del tirsino previsto en .1 sitado auto, .1

a1ø en curso (Cls.71 y 72),solic.ttó a Inravisión todos los ansooedentes admSei.trativos rela.cidss con dicha petición. Dentro del tirsino previsto en .1 sitado auto, .1 Instituto Nacional de kadio y Televisión contestó con oficio No.0014359 al cual suezó 48 feito., entre los éual.s so encuentra respuesta a La solicitud de conciliación prepuesta por el apoderad. 4.1 .or Ordoosy que lnrsI Niirtbies (fls.i1O y tU), lhspor .1 oceisnante 4 4. ciUscj4n. la uiversci cosetest as solicltvd Ds les booboá; ospisestos por .1 see.i' se Latiere que odote vn cenfUcte laboral entre las. .y 1 lnsftteto llasional 4e sdt, yr ?ele,istln 9vwa#i.sils', rsc000cido pey el accionaste cuando afirma a folia 681 de esta tutela, . • .5. igusl.snte que puedo acudir a lo laboral psi» sai ccoo ,1I1CI ~4 ,4 lo polieivo croo qas teseo darach. a qué se .Wcu e este lis. a .00clivar, caeslg.ip si trabá3o (fLÓó, üt: b) El dma al DebLd procese (fI,Ó6,ladso prlaer.) lo :di$pmsat en el. erttó10 6:Éel DeCret:;• 2591/91, abre avu1.a de pVcédenóia di le tutála, 11 l se triseoribes 1sss4cued

lo :di$pmsat en el. erttó10 6:Éel DeCret:;• 2591/91, abre avu1.a de pVcédenóia di le tutála, 11 l se triseoribes 1sss4cued tsWla.. La acci&i 4e tutela no proc$.ri; 1'. Cuando zistan otros medies 4. Setene. 3tcMica, sales que aqseUa a. utilicen Caso mecaniaso trsssitsrio p$$$ evitar ua p.rjvicieirr4iable. La flistescis 4. ichos isdies eir& a preciada ea camarote,Tutela to.38.930 en cuanto e su eficiencia, atendiendo las circunstancia, en que se encuentra .1 solicitste. •N0 ideais el artIculo 10 ¿.1 ~reto 306, reglamentario del Decreto Ley 2591/91, prevé entre otros casos, que no constituye perjuicio irremediable, el chalado en la letra f) a saber; " ...Orden oportuna 4e actuar o de abstenerse de hacerlo,. siempre que la conducta sea distinta del pago de una indemntsactén de peruictos., que es materia del presente estudio. - Así las cósas y teniendo en cuenta. que .1 sismo p.tente reconoce temer, otro medio 4e defensa ante la justicia Laboral Ordinaria y considsraado que la •itiiacién planteada por el solar Orden Mrtfsrs no censti~ un perjuicio irremediable, bace improcedente la tutela para éste derecho invocado. En relacidn a la segunda peticién, sobre la preteccids del derecho 1 debido proceso, la Sala observa que .1 acciceante no

no censti~ un perjuicio irremediable, bace improcedente la tutela para éste derecho invocado. En relacidn a la segunda peticién, sobre la preteccids del derecho 1 debido proceso, la Sala observa que .1 acciceante no d.sotrm en .1 libelo que se haya vulnerado éste, por lo que considera, igusimeflt..,iaprocedente esta solicitud de amparo. 1l atomo modo, la Sala •stiaa que no 10 asiste rasa al peticionario, cuando afirme que el Instituto Macional de Sadio y T.1e,isidn,vulneró su derecho de poticién, 1en cuanto no 416 respuesta a la solicitud d oøciliactén elevada atdiante su apoderado en fecha 21 de mayo de 1992,toda ves que a folios 110 y Iii, aparece respuesta a esta peticién, de fecha 2 de junio de 1992, suscrita por el Director Ejecutivo de luravisién y recibida por la firma Irisdusertas Piada Rastree (fl.111), ¡ la que psrtan.c el apoderado del acclonsute.si !° fuero fallo, dentro ie los K..38.930 airo., S.eci4n 4. la R.pdblica t consecuencia, .1 Tribunal Adinkratjyi 4. C&mdi.naSegunda, Sub S.coi4n faDM, s4.iiistraod, justicia en nenbr de Colcabia y por autoridad de la ley, ZSIZLVIs 1.. 1. $s~ los dere~ invocados por 01 ..or LUIS ALTO OC$Z NII), entifl~ can la C,CJ.6.007872 4. Ccjansrca (Toliart), por las raesais

1.. 1. $s~ los dere~ invocados por 01 ..or LUIS ALTO OC$Z NII), entifl~ can la C,CJ.6.007872 4. Ccjansrca (Toliart), por las raesais expuestas en la psrt entila de cais pravideada. . Li .cci.ñste. tres (3) dfas siguiente. a su notifiesojin, ende.. a 1 Ji, Corte Çanstjtenjusl, vencid, este tdrins, para su rSdO4Ø (inc.2, afl.31 Decrete 2$l/1).Tuteis 14.48.930 2 C6piss.,atifLpÑ. y cdpla... / Aprubsda n áee16n de Ls fch, ..gtiu acta No.. N1A •• JI• cmm ,D 1 »-_

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