TA CUN - 3925-(16-12-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 3925-(16-12-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
2 1,11,_____ 111 1 IN - AflM
ACCION DE TUTELA -Improcedencia ¡MECANISMO DE DEFENSA JUDICIAL
SentaÍ4 de Bogt&, D. C., diez y alta 16) de Diciembre de mil novsci.toe noventa y tres (1993).
WAUISTADO F~T: M. 1RITO woro VAGAS.
11 riu~ : EXPEI)XENTE NO 3 9 2 5 • ACCION DE TUTELAS
SOLICITANTE : JORGE LUIS MURCIA CRISTANCROS
CONTRA : El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.
El Solicitante, interpone le Acoi6ri de Tutela de la Referencia, 91 acto sdeinistyt4,o citado en referencia, (Re001uci6n Pl' • 3146 del 19 de Noviembre de 1993,) eped ido por el Viomjnjstr, de Europa, Asia, Africa y encargado de las funciones del Despcho di la e.flora Ministre de Relaciones Exteriores, Dra. NOfIZIlI SARIN DE RUSIa, acto administrativo este que se vulasrI loe siguientes derecho& fundasentales protegidos Por 1 Carta Política de Colombia: '1.-. Derecho .1 buen nombre Art. 15 C.N. 2Derecho a la honra, art. 21 C.R. 3.-. El derecho al trabajo, art. 28 C.N. 4.-. El derecho del debido proceso, art. 29 C. ". PETICIONES "1.- Que se me tutelen los derechos al buen nombre, ...; a let honra, ...; al trabajo, ...; y al debido proceso, •.., violados
4.-. El derecho del debido proceso, art. 29 C. ". PETICIONES "1.- Que se me tutelen los derechos al buen nombre, ...; a let honra, ...; al trabajo, ...; y al debido proceso, •.., violados can la Reso1ucjd. 3146 del 19 de Noviembre 6. 1993, proferida Por el Viceministio co Europa, Asia y Africa y encargado de las tciene. 4.1 Despacho de la uaflora Ministre da Relaciones Exte rieres, mediante la suspensidn de la splicacidn de lat& acto adeinia trativo o, os su defecto, se le deje sin efecto jurídicos en forma iom.diat& y coso mecanismo transitorio para evitr un perjuicio Irreparable, y que no aplique esta acto a mi situacile jurid.tca y.ai.44 á'ui1 0 4^ +~ Abs~ 1 —A,&— - -se iap.trsz4 dentro 41 t6rmino 1es1 para hacerlo. "2.- CQMO aonaeouonoia di < la petisita anterior, quede Vig~ la s.]acci6n fosisda de acuerdo a 1. Rsio].ucidn s. 1317 del 31 di mayo de 1993, dei tniit.ro de Reie.ionea gxt.rior.., y que este ao sss m~ cada en cuanto e las fec~ y lugares a que so rifiereon sus arta. 4,9 mm~ si.s 30 49 10 6 y 6; 5. y 62. y desdi di osiiømaaalli contenidas.
que so rifiereon sus arta. 4,9 mm~ si.s 30 49 10 6 y 6; 5. y 62. y desdi di osiiømaaalli contenidas. se ordene 2 KinhltOrib. di Relacions Extertóres capc.lar di iidito la sueva nmw di que habla la Ra.oluctdn s•. 31400 mediante lii ccrmuiicacicnec respectivas. 04, De lla~ a tipificar 1, conducta de la Sra. GLORIA PALACIOS y 61 ftosario dei Rinistorio de Réiscioces Ixterioree, coso infr.sts de la, Lay' Z, ae of iii. a la tiocail a General de la Pbcit y la P.sure$w&a Delegda para Asuetos Adeinistrttvas, para que adelantan las inveStigaciones respectivas. "5.- Como ocnsiensncia de la terior p.tiój&t, le mencionada .ors GLORIA PAlACIal y el Aucinario del Xini.t.iio de Relaciones Ziéteriores, OOU'ONStLdOØ en la publtosci6n piriodlstios deshono.a, .0 vate peri psPLdpt' poit,rioiii: «swostorie. que .tsct6e Lom hechos se deducen cl.arasonte de las peticiones, can .xoepoiófl dii contenido de le Resolución 5° • $346 del 1 de Kovibre de 1993, que en lo Pertinente dic.: "Por la cual se coevaca a cuevas pruebes pUra el, Cenc%wao di Igr..o a 1 AcademIa DipIoMttes $$n Carlos, abierto mediante Resolución
en lo Pertinente dic.: "Por la cual se coevaca a cuevas pruebes pUra el, Cenc%wao di Igr..o a 1 AcademIa DipIoMttes $$n Carlos, abierto mediante Resolución 5". 1317 de yo3l 40 1903 y "fija el proa.diajlnto para M~ of.óto rapesto de los aspirantis inscritos. "Que mediante resolasida 5". 1317 di sUyo 31 4. 19939 as convoc6 a cenaiweø para ingrese a Ja Cerrera Ptp1atica 4. lan Cirios Po a el periodo acs46mLco ccrr.spondiont 1 alto de 1994 y se estableció .1 procedimiento de presentación di las pruebes respec ti,,.. "Que en ctapli$.a.ti da le dispuesto en la cita& resolución ma llevó a cabe .1 procese de concurso el cual 0116 con la sa]aoción de 25 profesionales, qo. nombrel turan dedos a conocer en ma oporidad. "Que can post.r.rtdM a la publiosaido de la lista de los solee donado., si Ibistecie 40 Relaciones Ixtirtoris tuv, conocimiento de que si sussticnlrio 6 1 prueba 4e sintei,is rea1iee .1 15 di septiembre habla sido conocido áon anterioridad. al Misilterio, "e... Que a. Ordene al Diario 0E1. DPZCTADOR" una, rectificscidn di su publicación dii 21 di no,i.ebv. de ]9$, pógina e., con
el alamo decpli.gue pubililterio, a fin de rsotablacar la honra y' el buen nombre, tantO 44 Miflhstero de Relsoicn. Rxtrtors, coso de. los 25 succionados. •1•EX?. R. 1925. -33- ~ "Que en virtud de loe anteriormente expuesto y a fin de guardar los prinoipios de igualdad y moralidad que preciden la fwtcidn administrativa e~ lo sefiala .1 articulo 209 de la COStLtUCidn Nacional, sai como el derecho a que alude ci. articulo 13 de la Carta, como también las normu que sebre .1 particular consagre el Decreto Ley 10 de 1993, orgánico del servicio exterior y de la Carrera Diplomática y Consular, moras, estas que han resultado vulneradas. ". El Solicitante, declara bajo la gravedad del juramento q~ no he promovido accidn 4. Tutela a~ por ostos sismos hchos en algún otro juzgado o corporación judicial y aún no he recurrido is vis jurídica apropiada Po e )wc.r valer sia d'achos violados.. R fte utilizado este mecanismo de defensa rápidO ante la inminencia de un perjuicio irreparable, e pesar de que existe vta jurtdica para j.rcictar las acciones respectivas, de conformidad con el Articulo 8' del Decreto 2593 que reglamente 1. Acct6n de Tutela. e CONSIDERA LA SALA El Articulo 8. del Decreto 2591 4. 1991, "Por el cual se reglamente la Acci8n de Tutela consagrada en el Articulo 88 de la Ccnatituoiún Politice.", dispone:
CONSIDERA LA SALA El Articulo 8. del Decreto 2591 4. 1991, "Por el cual se reglamente la Acci8n de Tutela consagrada en el Articulo 88 de la Ccnatituoiún Politice.", dispone: Aún cuando .1 afectado disponga 4e otro medio de defensa judicial, la Acción 4. Tutela procederá cuando se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. ... . Y el Articulo &: "Le Melón de Tutela no procederá:
3. Cuando existan otros recursos o medios de defensa judiciales, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. •1• Se entiende por irremediable .1 perjuicio que solo pueda ser reparado su su integridad mediante una indeanisaci6n.
De 1a solicitud y especialmente de la re.olucidn N • 31489 se desprende que •l perjuicio no es irremediable, por cuanto en el Articulo Segundo se comw~ a los aspirantes inscritos hasta el 2 de Julio do 1993 "a nuevas pruebes de adeisián 1 Academia Diplomática de San Carlos para •1 periodo seadsico correspendlente al aSo de 1994, orientadas a la s.i.cc6n de 25 alumnos. ".LEP. N'. 3525. 1.1 1 Pt1tt0 AOCSkI de Tutela daba •er rschaaada por iaprooadsnti.
Por lo expuesto, .1 TEIBUNAL .ADNINXSTEATIV0 DE CIJNÓXNARÁRcA, UccIoN
PNI$ERA, ASIURITAIIDO JURTXXA HONDEE DI LA RPtJELICA DE COLOMBIA
Y POR AUTORIDAD DE 1A LEY,
PALtA:
PIEEOHAlASE POR IMPROCEDENTE LA TUTILÁ MuCITAM POR EL DR.
JORGE
Luis ^11%, CRZ5TMSCE9 CONTRA EL MINI8TWO DE RELACIONES kTMOUS.
SEGUNDO.- REMITAER EL RXPDIZNTE A LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL
PARA SU EVENTUAL REVISION, SI NO SE PRESENTA IMPUONACION.
TERCERO.- NOTIFIQUESE ESTE FALLO ?ZLSGRA#XCAMaITE A LAS PARTES EN UVE
RZItCXA. cOPUSE. OTZT!UZSR Y CUNPLASL, Discutido y aprobado es Sala di 1 tech. ACTA It• • 1 3 D .- LS$ IQI$TMADOS, ia ziss AVASUU MSEM VRTO SET esiz