TA CUN - 3966-(09-09-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 3966-(09-09-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
y VIATICOS ?RIM. u4I$?UW P TAPCA .-00GIO$ PRDWNAsanta Fé de øogjot, 1) C •. Septiembre nueve (9) de mil r&ovscien tos noventa 1 cuatrO (1.994). Ex i )eliente No. S3 tz'aa Port.rntez Dra. ~ INES «AVAI?E &G nnte:
GOBERNADOR DE CWIDINAJIARCA
Otservacioneø. El b.irnsUor del l)eparuimento de Cundinamarca en eezciciO de la facultad que le confiere el Nuineri1 LC dci. Art!cu1c de la Conatitui6n Polttica en concordancia con el Articulo 118 y s.i. del Decreto 1333 de 1.986, re.iti6 e esta Corporación .1 Acuerdo No. 024 del 4 de Diciembre de 1.993 expedido por el Conce.jc kunictpl de Nilo "Por el cu&l it fije el valor de los vi&ticos que reconocaM y pmgsx& el Municipio de nilo, en miai6n oficial, a los emle.dci nictz,a!es, durante la vigencia fiscal de 1994", pa.z'. qu^ e. 4ecide sobre su validez. El contenido del acto impugnado en lo pertinente es el siguiente: ACUERDO Nh4ERO 024 DE 1993" fltciere 4 "POR EL CUÁL 8E FIJA EL VALC DI, LOS VIÁTICOS QUE RECONOCERA Y PAGANA PL WUMTCIPTO DE MILO, EN MISt(N OPICIAL, A LOS EMPLEAfltciere 4 "POR EL CUÁL 8E FIJA EL VALC DI, LOS VIÁTICOS QUE RECONOCERA Y PAGANA PL WUMTCIPTO DE MILO, EN MISt(N OPICIAL, A LOS EMPLEADOS NItiPAUi. !AT L't F!CiA FICAL DE 1994.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE NILO CUNDINAMARCA, EN USO DE SUS
FACULTADES LEGALES Y,
CONSIDERANDOlo Hoja To. 2 ¿xped tente Vo. 96 "Que corresponds al Concejo fijar mediante Acuerdo el valor de los viticoe 4ft lis mrlealos 4,1 orden Municipal. C Ii Y 71 n A "ARTICULO lo.- Fijenee los viáticos a asplsadoe municipales, en mitn oficial, para la vigencia fiscal de 1994, asgAn .1 siguiente porasnor: 'ARTXCUL() po.- Per el reconocimiento y pago de viáticos de que tratu 't preeenLo Acuerdo, deberí presentarse ente el Ordenador dei Gasto, la correspondiente constancia o certificsci6a •xpsdt2m por 14 Entidad donde se hayan adelantado lee diligencias autorizadas. 11AP1!1j(J1n 30.- toe cargos de Alcalde, Personero y J.fe de la Oficina de Plan.ación Municipal, tendrá derecho d.' tran:port, mensuales, OU'I() VI)30t' se fijará rrira cede uno de estos cargos en el Presupuesto asncrei e "ARTICULO 4o.- El presente Acuerdo rige a partir del lo. de Enero de 1994, previa aanci6r por parte de.. suHor Alcalde y hecha s u puiisció.
Presupuesto asncrei e "ARTICULO 4o.- El presente Acuerdo rige a partir del lo. de Enero de 1994, previa aanci6r por parte de.. suHor Alcalde y hecha s u puiisció. Coo rtort,rns violttda, 5e anotaron: loe Articulon lo. Literal a) 4o., lOo. y 12 d. la Ley (i4 del l. de Mayo da 1.992. "El acuerdo No. 024 de diciembre 4 de 1993 del. Municipio de Mflo, en su articulo lo. fij6 el valor de los viáticos que recocerá (sic) y pagará el Municipio da Nilo en siei6n oficial, a loe empleados muni.'lrelep 'iurenke le vigencia de 1994. l C JOL 1 e ta t- . 92, seftala2 "— .rtícule lo.: w1 Gobierno Nacional con sujeción a las normas, criterios y objetivos contenidos en esta ley, fijará .1 régimen salarial y pr.stactonal de: 1 lo "e) Los empleados públicos de la Num Ejecutivalieja No. 3 Expediente ?c. 3966 Nacional, cualquiera que sea su sector, denominación o rfirn.0 jurdieo..." "- Ari ul' 4o. cr base a los criterios .y objetivos contenilos en el artículo 20. si. Zoblerno, Nacional, dentro de los primeros diez (10) dIas del men de enero de cada a1o, modificarfi .3. oísteos satrtrin1 correspondiente a loe empleados enumerados en el articulo lo. líteroleó a), b), d),
del men de enero de cada a1o, modificarfi .3. oísteos satrtrin1 correspondiente a loe empleados enumerados en el articulo lo. líteroleó a), b), d), aumentando atas renaneraciones. 11Iua2.aento .1 Gobierno Nacional podrá modificar el riinjn do viáticos, Zantos do representaci6ri y c,,mi enet'i de lor, rnioa empleados. "Los iunsnta que decrete el bL-zc !sciona1 conforme a este articulo producirán efecto fiscales partir del primero de enero del no re.— pectivo ... N "- Articulo lOei Todo régimen salarial o prestaci.ml Ti" se pptsblsc contrevintendo li'e disposiciones contenidas sri la presente ley o en loe decretos que dietty el Cotierno Tiioni en rrojlo de le mise,, earecsrá 4 todo efecto y no creará drechor adquirldo. "- Art! ciin 1: l 4g!en con1 de los servidores pblicoe de las entidades territoriales será fijado por el Gobierno hacional, con base en las norman, ortterio y jetivou rm.dos en la pteesn.. ley. "En consecuencia, no podrán las oerporsc iones pó- olican torritorialea arrogaras este facultad. "PARATA7VP 7Y (b4.ern e?a1er4 .1 limite máximo salarial de estos servidores guardando quivalencias con crgoe srilares en si orden nacional. "De las normas transcritas se colige que correspond. al Gobierno !fficIonsl modificar el rágimen
salarial de estos servidores guardando quivalencias con crgoe srilares en si orden nacional. "De las normas transcritas se colige que correspond. al Gobierno !fficIonsl modificar el rágimen de vitioos, gecxtoe, de repreeenteci6n y comisiones de los empleados de las entidades t.rritoriiiles, guíard~ euivalencie con cargos similares en el orden nscional, en encuencia el concejo municipal de Nilo, al expedir .l acuerdo que fija el valor de los viáticos a los empleados murslcitiea urn.' In fica1 de 19)4, sri su artículo lo., iin oet.rniibleaente loe preceptos le2a3.es entes ertw'ci,dos" A la solicitud se lo d16 el trámite legal oorr.epondiente y, en consecuencia, procede la Sala a resolver, previas las el-Hoja No. 4 T'mte No. 386 W.&ieutee COW$IflERACIOWZ Corresponde a la .aia decidir sobre la validez del. Acuerdo No. 024 del. 4 de ¡4cieabro de 1.93 expedido por al Concejo Municipal de Hilo, conforme a la solicitud formulada por el señor Gobernador del Departamento da Cundinamarca. L, dectei6n a to.t' itada poi' 0etc.iut6 t.ici6n del Go rn or, lor k"c,5 ¡zl ii rai.z, 1il.'ac6n de lay norman v1 concepto íle oinci6r, OQOt4mMM la PbS pwtae a ! Ot'IZCjn.
1il.'ac6n de lay norman v1 concepto íle oinci6r, OQOt4mMM la PbS pwtae a ! Ot'IZCjn. Las normas violadas u atan de la infracción Us lea Artículos le. 4tsr41 a), 40 10 y 12 de la Uy 04 del 18 de Mayo de 1. que cia ruuiriiis qui ci (,,obierno ríic^lorril fijaré el c'4giisn iXaria1 ' preFitecional. 4e loe ampicedos p(ihiicog 4• 1 l'tma Ejecutiva Nacional, cueiquftre que rae su sector, denon%tnee iaen juríUeo, lo que deber hacer dentro de los diez dime de]. mes de enero de cada arnb.én pudiendo modificar 0 1 rtgircn d vl4ttcos, Lzastos de r.preaeineci,n y cocisionme e loe miemos empleados, y On caso de contravenir este Ley, car~14 da todo efecto y no .creará derechos adquiridos. Como reimcnte el. Concejo Municipal di Nilo en su acuerdo determinó los viático a loo emleads de dicho Municipio, lo que øe BU JJ16•i Ibucií le d( la Contttuoi6n Pol!tica y corn en el escrito del tobernador no se advierte si al Gobierna Hacional e&at6 limite máximo y cuál pera así determinar que se 3obrepas6 ml fijar tal.s emolumentos, desoja No. 5 xpedl.nte No. 3966 conformidad con la Ley 04 de 1.992. 1w! wali"z del Acuerdo o. 024
xpedl.nte No. 3966 conformidad con la Ley 04 de 1.992. 1w! wali"z del Acuerdo o. 024 del 4 de Dicie'nre 4. 1.993 expedido por 91 Concejo Hunicipal de Nilo. Por lo expuesto, si TRIIU4AL ADlNlTRAiV0 D (UNDIflAHARCA, SKCCION PRIMERA, mdoqinitctrendo jutciu en nombre de la Reptblícade Col<vib5a y por autoridad de la Ley, PAL LA ] c?' 4 mhr de 1.93 expedido por el Cencelo gy.inl,cipal t?o Pr el. ie flia e) v].r de lor ,itioc.ti cnte reconoceré, eA l niip.o 't Ifl, iz fi':i, a loe empleadei t'rl&ntd le vigencia íil da 114 1. .- Cceuniquee. et cí&i kii seior ierndori1n1 i)p'rtn. foolnto, ^l s&',or Alcalde, al seflor Presidente del Concejo y a]. nerlor Personao del Municipio de Nilo. coprvi, MlFzP, c y (Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No, 092 ).
BEATRIZ RARTIBEZ Q(?IPITERO OL(A IBES MAVARRTE RARRZI)
Magistrade NagistdeFja No. 5 xpedterite !L. 363
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Mgtstrtdo Mgietrsdo ØMtIB&RTO hZYS VARGAZ