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TA CUN - 4067-(12-05-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 4067-(12-05-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

EMPLEOS MUNICIPALES-Funciones.

-4rin G)

TRItAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SZCCICM PRIMERA

Santafé do Bogotá, D. C., doce (12) de mayo de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

MAGISTRADO PONENTE: DR. IIERIBIRTO REUS VARGAS.

REFERENCIA : EXPEDIENTE N°. 4 0 6 7 .- ONSERVACIOMES AL ACUERDO N°. 12 del 27 de noviembre do 1993 expedido por el CONCEJO MUNICIPAL DE VENECIA.

DEMANDANTE : GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA.

En ejercicio de la atribuci6n que le confiere el Artículo 305-10 de la Constituci6n Política, el seflor Gobernador del Departamento remitió a consideraci6n de ésta Corporaci6n el Acuerdo de la Referencia para loe efectos de los Artículos 118 y siguientes del Decreto 1333 de 1986, al considerar que infringe normas superiores. HECHOS "1. El Honorable Concejo Municipal de VENECIA expidió el Acuer'lo N°. 12 del 27 de noviembre de 1993. 2.El Acto referido fue sancionado y publicado, como obra sn el mismo. 3.El citado Acuerdo infringe preceptos auperiores conforme se enunciará a continuaci6n. ". NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE LA VIOLACION Constitución Política, Artículo 315 numeral 70• "1. El Acto Administrativo de la referencia consagra las funciones especiales del cargo en su artículo tercero. "Las funciones del Director de la Oficina de Planeación son: ...

Constitución Política, Artículo 315 numeral 70• "1. El Acto Administrativo de la referencia consagra las funciones especiales del cargo en su artículo tercero. "Las funciones del Director de la Oficina de Planeación son: ...

112. La Constituci6n Política de Colombia en su artículo 315 "Son atribuciones del Alcalde:EXP. N. 4067. - 2 — ":1. ... e

7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y ... " (Lo subrayado es nuestro).

Por lo expuesto se colige que el icuerdo objeto de impugnación transgrede la norma transcrita al fijar las funciones especiales del Director de la Oficina de Planoaoi6r siendo esta facultad Constitucional del señor Alcalde Municipal, en consecuencia el Concejo Municipal de VENECIA CUNDINM4ARCA, viola ostensiblemente el precepto constitucional. ". PRUEBAS Aporta como pruebas "a) Copia auténtica del Acto impugnado. b)Constancia de la aanci6n y publicaci6n del Acto. c)Constancia do la fecha •n la cual fue recibido en iR Gobernación del Departamento, el Acto impugnado. ". COIIDERA LA SALA El Concejo Municipal de Venecia, "en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiero el articulo 1333 (sic) de 198611, expidió el Acuerdo NO. 12 del 27 de noviembre de 1993, "Por medio del cual se crea el cargo de Director de Planeaci6n ... En el ARTICULO TERCERO señala las funciones del cargo. Efectivamente, de conformidad con el numeral 7. del Artículo 315 de

del cual se crea el cargo de Director de Planeaci6n ... En el ARTICULO TERCERO señala las funciones del cargo. Efectivamente, de conformidad con el numeral 7. del Artículo 315 de la Constitución Política, es atribución del Alcalde "Crear, suprimir o fusionar loe empleos de sus dependencias, mealer1ea fUncimes espe ciales ... . ". (Resalta la Sala). Lo anterior significa que el Concejo Municipal de VENECIA, al señalar en el ARTICULO TERCERO las funciones del Director de la Oficina de Planeación, cargo dependiente de la Administración Central, intervino en asuntos que no son de su competencia sino de la del Alcalde. En consecuencia, se deciararA la nulidad del ARTICULO TERCERO del Acuerdo cuestionado. Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINSITRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIONEX?. N°. 4067 - 3PRIMERA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

Y POR AUTORIDAD DE LA LEY

FALLA: PRIMERO.- DECLARASE LA NULIDAD DEL ARTICULO TERCERO DEL ACUERDO N°. 12 (DOCE) DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 1993, EXPEDIDO POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE VENECIA, "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CARGO

DE DIRECTOR DE PLANEACION DEL MUNICIPIO ... .

SEGUNDO.- COMUNIQUESE EL CONTENIDO DE ESTA PROVIDENCIA A LOS -SEÑORES.-

GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA; ALCALDE, PERSONERO

Y PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE VENECIA.

COPIECE, NOTIFIQUESE Y CUY4PLASE.

GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA; ALCALDE, PERSONERO

Y PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE VENECIA.

COPIECE, NOTIFIQUESE Y CUY4PLASE.

Discutido y aprobado en Sala de la fecha. WTA N°. 0 4 5 .u: ó

Wø MATRIZ NARTINEZ QUINTERO

OLGA 11E5 NAVARRETE BARRERO

ERNESTO REY CANTOR

(AUSENTE CON PERMISO)

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