TA CUN - 4072-(04-08-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 4072-(04-08-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
EMPLEOS MUNICIPALES -Deteminación.de funciones JJ V-) cJ wuuu Di iaaa -~OCfiiill PRZI llAr Santa ti de 3o~oté D.C. , Agosto cuatro (4) taq mil t►o w nov►anta y cuatro (1. tt4) Expediente No. 4072 Nasietrada Pesante; Or • OE~iA II RAYA TI A IE G
Dwandanta: COMPILADOR DE CUNDINAMARCA
Ob.ervacionss. El Gobrnador del Departamento de óundinwsraa en ejercicio ds la facultad Que 1• confiere tl pral 10 del Articulo 308 ds la Constitución Politice en aciccrdaneia con sl Articulo 1115 y s.s. del 'Decreto 1333 ds 1.98, ru.iti6 a este Corpselén sl Acuerdo #o. 23 del 22 de Dictubr. de 1.93 expedido peor el. Concejo anicipsl de Vllleta Por asdio del anal set ora en cargo, a fija sa sousnclatura, alasifieaci6n, requisitos y st lo asignan sus fw ciaaao", para qua san decide sobre s valides. El contenido del acto indo en lo pertinente ss del riguient. trn 2 "ACUERDO 00. 23 DL 19930 (22 DIC. 1993) "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA UN CARGO, SE TIJA St7 NOMENCLATURA,
CLABIPICACIOR, REQUISITOS Y BE LE ASIGNAN SUS PV$CIO$S.
0El Honorable Concejo Municipal de Villeta, sa uso de sus funolones aanstitucienalss y legales, en especial la. que le conCLABIPICACIOR, REQUISITOS Y BE LE ASIGNAN SUS PV$CIO$S. 0El Honorable Concejo Municipal de Villeta, sa uso de sus funolones aanstitucienalss y legales, en especial la. que le confiero el Articulo 313 de la Constitusi6n Nacional y los Artioulos 28 y 289 del Decreto 1333 de 3868. yHoja No. 2 xpedient No. 4072 C O 11 $ 1 D E E A N D 0: Que el municipio requiere estructurar una organización administrativa acorde con el nuevo proceso de descentralización que vive el psis. "1. Que par. poder ejercer ciertas fwicion~ que hagan .4. gii y eticianto .1 ej.rcicio de la gestión pública, ea necesario contar con loe cargos adecu~ pera garantizar u~ mejor atención de las labores propias del desarrollo municipal. "A C U E E D A "ARTICULO PRINEIO: Cr~ a partir del 1. de enero de 1994 9 .1 cargo del Director del Matadero, adscrito a 1. Sección de servicios y abren pública.. 4 Hoja No. 2 xpedient No. 4072 C O 11 $ 1 D E E A N D 0: Que el municipio requiere estructurar una organización administrativa acorde con el nuevo proceso de descentralización que vive el psis. "1. Que par. poder ejercer ciertas fwicion~ que hagan .4. gii
y eticianto .1 ej.rcicio de la gestión pública, ea necesario contar con loe cargos adecu~ pera garantizar u~ mejor atención de las labores propias del desarrollo municipal. "A C U E E D A "ARTICULO PRINEIO: Cr~ a partir del 1. de enero de 1994 9 .1 cargo del Director del Matadero, adscrito a 1. Sección de servicios y abren pública..
"ARTICULO SEGUNDO:
"ARTICULO TERCERO:
"AR'rIcw.o CUARTO: "ARTICULO QUINTO: "ARTICULO SEXTO: Coima norma violada se anotó 1 Numeral 7. dii Articulo 315 de
1. Constitución Política.
4 El concepto 4 violación es el siguiente: "El soto revisado expide el manual de funciones lo W~54MIO.~ -f'.4- '.' -4 lbjs No. 3 Expediente No. 4072 municipal. "La Cønstituci6n Politica en 1 articulo 318 ,na.-• ral 74. s.Nsla: O"Son atribuciones del alcalde: "...7 Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, .efa1arlas funciones especiales ..." (Subrayado propio). "De la anterior norma se colige que si concejo ma es competente para expedir, mediante acuerdo .1 manual de funciones y requisitos de los cargos que se crean y que corresponden a la adainistraci6n central, en ru6n a que dicha facultad está atribuida por la Constituctin el alcalde municipal. "En este sentido es importante anotar, que esgn
que se crean y que corresponden a la adainistraci6n central, en ru6n a que dicha facultad está atribuida por la Constituctin el alcalde municipal. "En este sentido es importante anotar, que esgn lo dispuesto en el articulo 313 numeral M. de la carta, 1 facultad que tienen los concejos es la do determinar Ja estructura do la sdeinistr4cióut municipal, las funciones de las dependencias y por expresa excluein del mencionado articulo 315-7 la, reglacentacidn de las funciones de los sargos que no pertenecen a las dependencias do la alcaldía, case son 3.0 de secretario del concejo, personero y contratar. "Se considera que la disposición Constitucional es clara, por tanto no es procedente que el ~ojo de VILLETA es^ una competencia que la Constitución otorga .1 alcalde, respecto sl seSalestentu de funciones y requisitos de loe empleados o cargas de sum dspsndencias. "En consecuencia, el concejo de VILLETA se excede en la tcultad reglada que le otorga 1. Ley, incu1-riendo en la prohibición prevista en •1 articulo 99 M0wrel 40. del Decreto Ley 1333 de 1906, 1 intervenir en asuntos que no son de su competencia". A la solicitud se 10 dt6 e1 trámite legal correspondiente y, en consecuencia, procede la Sala a resolver, previas las siguiente,
CON$XDIIACIONES:Hoja No, 4
Zzpedinta No. 4072 Cerreaponda la Sl decidir sobra 1 valides del Acuerdo No.
en consecuencia, procede la Sala a resolver, previas las siguiente,
CON$XDIIACIONES:Hoja No, 4
Zzpedinta No. 4072 Cerreaponda la Sl decidir sobra 1 valides del Acuerdo No. 23 4.]. 22 4. Diciembre de 1.993 expedido por fi Concejo micipal de Villeta, conforme a la solicitud forwlads per .1 señor Gobernador del Departamento de Cundinamarsa. La decisión toser s.tr& delimitada por la prstec.i6n 4. 1 peticLn di Gobernador, los hachos enunciados en la m1. 1 indio.cin de la nor~ violada y al conoepte de vislacis, coso taaibi6n las pruebaa aportadas a la ctL60, La norma citada coso infringida es .1 $isr1 lo. 4.1 Articulo 315 4. 1 Constitución Politice que se rfiere a lan tribucion.a del señor Alcalde, entre las que e encuentran crear, suprwr o fusionar los empleos de sus dependencias, e.ñoldndola tuiciones .specials, por lo que le Corporaot6. Edilicia no tiene coapetncis para indicar funciones y r.quieitos a los seplsdoe %» .atdn a cro del burgomaestre municipal. Al respecto encuentre la Sale que la eoapta.cia para ol~.
suprimir o tuslønar los empleos 4e sus dependencias y saflalarlas fünoion.a especiales y adiad. fijar sus emolumentos corresponde 1 Alcalde Itunicipel, puesto que e entiende que dates deban ser dstszauitnadas 4., manera aspad fina por el burgaiseetre, a afecto 4e que sus empleados realicen les tareas que Ii seso encomendadas, debido a que solapaste el Alcalde determino finalmente loe, cargos que van e integrar cada dependencia, los empleos que la mises va e tener y cci Memo acorde con las tuncLones generales que el Concejo ha determinado para dicha dopendencie. En rasM que en al presente caso el Concejo mLsipai de Vi-. flete en el acto impugnado sepectfleasent est.b10016 las tunctoues del cargo de DIrector del atadero, adserito a la asocidn da servicios y obras póblicas, y por lato deubordd su pro pis competencia incurriendo en Infracción a ]o noráedo en .1 Numeral 7.. del Articule 315 d. la Ccnstitusi&z Politice en 4Hoja N. 5 Zzpsdient No. 4072 c eso ordartóta con la probibtcidn previst, en el Niasral 49. del Artte.lo 99 del Decreto 1333 da 1.906. En virtud de 10 expresado, es dar, la v10,34o1410 dw la narma invocada por al sillar «obernador en su escrito 4e ~«~c>- neo. En consecuencia, la Sala d.clar.rt la nulidad 4.1 Acuerdo
En virtud de 10 expresado, es dar, la v10,34o1410 dw la narma invocada por al sillar «obernador en su escrito 4e ~«~c>- neo. En consecuencia, la Sala d.clar.rt la nulidad 4.1 Acuerdo No. 23 de) 22 de Diciembre de 1.99a preferido por .1 Concejo aicipal da Vtfl.ti. Por 30 expuisto, el TRXSUNAZ. AD$INIS?RATXVO DL CUNDIMARCA, $LCCICN PRINERA, adainistrando Justicia en nombre 4. 1 e96bites 4, Colombia y por autoridad de la Ley, PALLAr 1.- DecIdrase la nulidad 4.) Acuerdo No. 23 del 22 de Diciembre de 1.998 ~Ido ,por el Conosi. Nunteipal de Viflata -"Por medio del cual as crea un o.rgo, se fija su riouienclatur., cla.iftcaoidn, requisItos y se le .sinan sus funcioisN. 2.- Ccm quise lata decisten el sellar Gobernador del Departeorante, al sefior Alcalde, al sillar Presidente del Comosjo 7 1 ,.fl.r Peaconero del $wtcipio de VLllets. cma, o [lo Uso y
(Diséutido y aprobada en .esidn di la f.obe. Acta No. M7 ) W~ OCA~ Aar~ 9021 90 10 Naistrsdo No,giatrsd.Hoja No. 6 Expedisnt. Ho. 4072 w~ luiricon PI$TIL& Magistrada Magistrado
E1O Y COS
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Naistrsdo No,giatrsd.Hoja No. 6 Expedisnt. Ho. 4072 w~ luiricon PI$TIL& Magistrada Magistrado E1O Y COS Kagstsdo Aunt. Con exauss lagal