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TA CUN - 4099-(03-03-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 4099-(03-03-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

DOCUMENTOS RESERVADOS /EMPRESAS QUE REGISTRAN INVERSION EXTRANJERA ¡RECURSO DE INSISTENCIA ¡BANCO DE LA REPUBLICA -Reserva legal (E)

?RUiUAL ADMZIUSTRATIVO DE D!1DIU

SECCXO? PflIN.

Sontaíi de Bogotá, D. C. 0 tres (3) de marzo de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

NAGISRADO PONTE: DR. tRt»EO RETES VARGAS RE1?ERENXA EXPEDIENTE N°. 4 0 9 0 . . RECW0 DE XNSXSENCIA.

flANco DE LA REPUILICA. ..

El 13 do diciembre de 1993, la Subdirectora de PUtLICACIONES DINERO LTDA se dirlg16 al Gerente General del BANCO DE LA FSPU.LtCA, as • "En uso del derecho de petici consagrado en la Constitución • ?aciona1, lo solicítone sea suministrada la siguiente informaci6n.: - Regiatro de Xnverei6n extranJera. por empresa, sector, económico, monto y destinación, en lo que va corrido de 1993. No •.sobra, recordar que esta información es pública y agradezco ml petición sea respondida en lea términos que la ley eutabloe para ello. . . .. ... Asf niomo, ruego me informen el lugar y fecha en que puedo recoger le información solicitada. Ni dirección de notificación es... . El 20 de enero de 1994, el Gerente General del Banco de la Reúbitca, contestó . . . . . . . "En respueota a la solicitud presentada en su carta del pasado

El 20 de enero de 1994, el Gerente General del Banco de la Reúbitca, contestó . . . . . . . "En respueota a la solicitud presentada en su carta del pasado 13 de diciembre de 1993, me permito comunicarle que la información relativa al registro de la incversión extranjerapor empresa goma de la reserva prevista en los Artículos 15 de la Constitución Política y 54 de le Ley 31 de 1992 y a ella se otorga acceso ecc1usi vemente a las entidades judiciales y a las'autoridades del Estado que ejercen funonos de control y vigilancia. Sin embargo, ea deseo del Banco facilitar al mximo el orá1icis de estas variables, y por lo tanto le adjunto la información dees gregada por país de origen y sector econ6lco en que so ofecta. la inversión, .,. He dado orden para que el Departamento de Cambios lo suministre la información de inversión extranjera en 005 grado de desagre gación a cualquier persona que la eolicíte.. , . .EXP. N • 4099. Adjunto la informaci4n en quino. (15) folios. El 2 de febrero de 1994 fue recibida en la Gerencia del flanco da 1 República, 6e parte de la Subdirector. Revista Dinero -Representante Legal-, la siguiente cosuniosci6n 2 SE1 pasado 0 di enero respondi6 usted a una petición elevada dentro 6e las normas constitucionales, con el ^a de tener acceso e información pública que reposa en .1 Banco do la Repb1ica. En su misiva identificada coso GG 1884 usted contesta parcialmente la petición, el tiempo que aduce reserva sobre loe nombras de

e información pública que reposa en .1 Banco do la Repb1ica. En su misiva identificada coso GG 1884 usted contesta parcialmente la petición, el tiempo que aduce reserva sobre loe nombras de las empresas que r.i,trarcn inversión extranjera ante 1.. Oficina de Cambies durante 3193. Por medio de la presente me permito recordarle que las normas que regulan u acceso de todos los ciudadanos a los documentos, las que reglamenten •l derecho de petición, entre ellas la Ley 57 de 1988, y reiterado. fallo. 4.1 Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Consejo de Estado, establecen claramente que: 1 • Las peticiones deben ser contestada, por loe furcionarioe públicos durante lo. 10 días hbiles siguientes a la petición, según consta en el artículo 25 di la Ley 57 de 1985. La solicitud de la información pública en referencia fue el'vada ente su deapaáho el pasado 13 6e diciembre do 1993, a lar» 10 y 32 minutos de le maflana (como oonsta en la copia que adjunto). La respuesta del flanco de la Repóbilca está fechada .l pasado 20 4. imero 6. 1994 (s.gón copia que adjuflto).

2. La Ley es muy olera en advertir que it pas~ los diez (10) di.s h8bil.s de presentada la petición •l funcionario público no contesta, se concluye que la petición fue aceptada y dispone de tres dim para entregar la información.

Esta norma (Ley 57 de 1985 y ooepl.m.ntarióa fallo, de los Tribunal de lo Contencioso Administrativo y una acción de tutela amparada

de tres dim para entregar la información. Esta norma (Ley 57 de 1985 y ooepl.m.ntarióa fallo, de los Tribunal de lo Contencioso Administrativo y una acción de tutela amparada por la Corte Constitucional), buscó dar efectividad a los plazos perentorio, impuestos a los funcionarios pfb1icos y adimás loe obligó a entregar toda clase de información, uf fuera reservada, debido al no cuepliati.nto de los plazos previstos claramente en las normas legales. Las dtsposiciones que reglamentan .1. Derecho de Petición y el di información advierten que el funcionario debe dar negativas motivadas, paro dentro le los piases que dispone para ello. De lo contrario opera el "silencio administrativo positivo" que obliga a la entrega de 1 información, independientemente de cual qui.r cctmideración tóonics o juridca que se tenga sobre 1 sola citud.

3. Seria dispendioso citarle

4. No sobra recordarle que ademAs de la obligación de entrega de la información por haber aperado el "silencio administrativo positivo", la Ley 57 de 1985, articulo 29, impone a loe funcionarios, empleados y dem4s del Estado y sus entidades, que "constituye causal de mala conducta qUe se sancioáard con la destitución, •1 incumplimiento o violación" el incumplimiento de las normas sobra Derecho de Petición. En .1 articulo 25 di la misma disposición se reitera que ".1 tuncicnsrio renuente mirA sancionado con la pérdida deles el de]. Artículo renecrit zxp. tP. 4099• - 3se reitera que ".1 tuncicnsrio renuente mirA sancionado con la pérdida deles el de]. Artículo renecrit zxp. tP. 4099• - 3Por lo tanto y en vista do la demorsi de la respuesta y de la negativa me he permitido dar traslado e le Procuraduría General da la flación -Seccional Cundinorca, pare qua vigile el cumplimiento de ese derecho elemental y constitucional que protege a los ciudadanos en le informci6n que deben obtener del Estado en sus actuaciones y registros.

S. La presente tasbi&n tiene por objeto interponer recurso de Insistencia sobre la solicitud de le inforinct6n eludida, sobre la cual no considero que haya reserva, ó1 que (sic) cusl debe resolveree en forma complementaria a loe prri.ros cuatro puntos de la presente petIción reiterada de inforeación.

Agradezco de antemano' l pronta respuesta con Ion nomree de lea erapresas que registraron lnverei6n extranjera durante 1993 su país de origen) y le recuerdo que la Ley 57 de 3.985 -artículo 25. hable de tres (3 .) días para le entrega de la información, corres pondiente. ". El Gerenté General del Banco de le República, it3.6 a seta Corporación el 4 de febrero de 1994, la documentación eriormente rsefiade, con los ergumentoe en defensa de su posición Efectivasente, coso, lo ente el actor Gerente General del Banco de le Repb1ica la 1. de 1992 "POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS A LAS QUE DEBERA SUETASE EL EANCO DE LA REPUBLICA PMA EL EJERCICIO

de le Repb1ica la 1. de 1992 "POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS A LAS QUE DEBERA SUETASE EL EANCO DE LA REPUBLICA PMA EL EJERCICIO DE sus FUNCIONES, ... ",. determina: "Artículo 30 R&gimsn jurídico» El •banco de la Pepúbllça se sujeta a un r4gimen legal propio.. En consecuencia, la determinecl6n de su organización, su estructura, sus funcionas y atribuciones y los contrtos en que .aes parte, se regir6 exc].usivaaente por las normas contenidas en la Constitución Política, en esta Ley y en los Estatutos. En loe casos no previstos por aquellas y estos, tas, operaciones 'sercaniles y civiles y, en general, los actos del .Banco que no fueren s4mnistrativos, es regiri por lee nornias del derecho privado. • 1$. coneeuente con :,elconteni - 54, que dice : "Pub]icIdad y r.s'w de doentoe. Loa documentos en los cuales consten las actuaciones y decistonea de carácter general que con base en aquellas haya adoptado la Junta Directiia :en 0u condicl.6n de autoridad monetaria, -cambiaria y crediticia, no están sujetos a reserva siu'na. Loo dernt, documentos del flanco gozan '4e la reserva previste en el Artículo 15 de la Constitución Política.EXP. No. 4099.. No obstante lo anterior, Los documentos de trnbajo que hayan servido de sustento pera decisiones adoptada or la Junta Directiva en su carácter de autoridad monetaria, cambiarle y crediticia, cerón

No obstante lo anterior, Los documentos de trnbajo que hayan servido de sustento pera decisiones adoptada or la Junta Directiva en su carácter de autoridad monetaria, cambiarle y crediticia, cerón de acceso publico, a menos que por ratones de interés general para la economía nacional, e juicio de lo Junta, deban mantenerse bajo reserva que en ningún caso pedró exceder de tres (3) aios, contados a partir de su elaboración, . . . . -u D manera que la Ley, quena ha sido declarada inexequibie, señala cuáles documentos no tienen reserva y cuáles si la tienen correspondiendo a éstos la relación de eipreeas que registraron inversión extranjera durante 1993, le cual contiene la informeci6n solicitada. Este reserva por demás, ea un Derecho Constitucional Fundamental, consagrado en el Articulo 1. El Artículo 32 do -le Ley de 1985, precept. 9oda. Ter'ooru' tiene derecho a consultar íos documentos que reposen en h&s oficinas pbltcae y a que se le exptda -copie de loe mismos, smoreque dichos documentos no tengan el carácter de reservados conforme a la Constitución o la Ley, o , no hagan relación a ja ce-fenaa o seguridad nacional. . Por virtud de]. Articulo 24 do la misma ley, le norma transcrita es .aplicabloa la tolicitud da inrorinaál6n.. En consecuencia, el existir reserva legal para la expedición de copia o de información sobre le relación de las empresas que registraron rsi6n ox ranjera durnto 1093, no es posible ccedera que se expida .porque -se estaría ordenando que se violo una norma legal. •.•

o de información sobre le relación de las empresas que registraron rsi6n ox ranjera durnto 1093, no es posible ccedera que se expida .porque -se estaría ordenando que se violo una norma legal. •.• snto el Notoraibe Consejo. de Estado' como ,ésta Corporación ya se . pronun ciaron: en -tal eentido. . Loe tres (3) días para -entregar los documeittoa a que alude el Artículo 25 de le Ley 57 de 1985 9 se entiende que -son para los documentos no sometidos a reserva legal.EXPd N. 4099. - 5Por' te expueto1, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO PE ID SECC ION PRIMERA, it E S U L V E NO SE ACCEDE AL StJMINI•RO DE LA I?WORMACION SOLICITADA POR LA $UBDIREC TORA DE PIJ3LXCACIONES DINERO LTDA4, AL SO ENTE DEL. , BANCO DE LA REPURIJICA,P • 4ITIR EL ORIGINAL DE ESTA PROVIDENCIA itt SEOfl GERENTE DEL BRACO.

DE LA REPUELICA JUTO CON LOS DOCUMENTOS POR EL. ITIDOS.

•ARCHIVESE EL EXPEDIENTE, PREVIA COMUNICACION DE LA, DECISION AL INTERESADO.

CUPIESE, NOTIFX(UESE Y CUMPLASE.

Diecutidoy aprobado en Sale de ra.

ERNESTO REY CANTOR

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