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TA CUN - 412-(23-05-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 412-(23-05-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

DRA. OLGA INES NAVARRETE BARRERONOTIFICACION IRREGULAR. .

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECC ION PRIMERA 4 4 .-.-. 1 ... 4. r- ...-...........4..:.f.._.L.... ':: .- ...... 1 t t..IE! b.sRJL4 4)L., , I4l.1.LJ ... ..J • no"/E::1Efltot,. renta / cuatro (19941.A Magistrada. Ponente: DRA.. OLGA INES NAVARRETE BARRERO Expediente No. 412Demandante: c:rJRsEL. L. 1 Ni...rADA..... CORREtORES DE. SEGUROS Nulidad y kestabiet...miento del Derecho lll'i:--ocede la Salj profedip fallo dentro la Tctuación íniciady porldemanda presántada presentada mediant2 apoderado por la rj crt QURSEL LIMITADA7,CO' hE D --1ES UF fi 'E' 1 donde solicita rdÉCIali7 la nulidad d las Relolucicnis,1209 abril 14 de 19990 2484 de ágasty 2 rip '1999 11profiridas por la 3uer interd.r ...ja F&ancria mdiante lás cuales se inE:L15c. una sen ::i. ón pe can .jar .. a la actor! por 1 2 . 000 oc: contravenir lo prpv .itoen 1 as Ar4:c:u 1 cje 4::::: 19 NLra]: 4o,.189 .. 222 del 0ádio de Comercio: Articulo ¿o de la

contravenir lo prpv .itoen 1 as Ar4:c:u 1 cje 4::::: 19 NLra]: 4o,.189 .. 222 del 0ádio de Comercio: Articulo ¿o de la Resolubión 4405 • •ii.4 ›Eso 1 Articulo 3a. Dlloa Ni o. 2

Exoediente Nt: 4 1 1::.

J.3. Resolución 3750 de 174 1.0: hechos un c:..e su fundamenta la drrunca . su presentan cK F::r.;1MF:Pn LI 14 de abril de 1989 mediante La Resolución No la Superintendencia Bancaria impuso una sancióri necuniaria a la Sociedad C OR S EL LIMITADA-( . u E t SEGUROS, 50 liquidación, por l a suma de UN M 1 L.L;JN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL FE.00S 151.250.000.col MONEDA un virtud de unas prusun tas in f racc:si. co es observa d as o una visita 1fl inspe cc ión r t c ' por osa in sti tución a CORSEL LIMITADACORREDORES DE bE0L ....J:::.... entra los días la y 20 de sup t ierrubru de 1988. sE:1lJNI)o u Mediante escrito presentado personalmente un 1 a Secretaria General de la Su ser :L n tunden c: i a Bancaria si. día de junio de . 939 el SeR or FÍE .t O HE F.N GON PIE z e .... sucalidad de 1 in....idedor de la Sociedad C..ORSEL. LIMITADACORREDORES tL'i SEGURSI en liquidación, :nterpuso

e .... sucalidad de 1 in....idedor de la Sociedad C..ORSEL. LIMITADACORREDORES tL'i SEGURSI en liquidación, :nterpuso dentro del término establecido en el articulo 51 del Código Contencioso Administrativo,recurso do reposición contra le providencia citada en el considerando anterior".,.

Como normas violadas se citaron: Artículos 2,16 y 26 de !,.k Constitución .5, Si.. 52 53, y 165 del Código Conten ci osa Administrativo; Artículos 137 7 1 St Numeral So del Código de Procedimiento Civil:: La Sala deduce el concepto de violación de los ar. ...mentoe presentados por el actor en el recurso de reposición contra le Resolución 1209 Se abril` 14 de 1984 los que también, aludió en el 1 i bel. o de demanda '1 qe se sintetizan ásii T - - i.LiDE.}3 :D FEf<EEEE.E:N.TPC: :r or.; D: C1(JRSEL.. LIMIT ADA cr::oRr.Ex pedien te 1)1::. SEGUROS. ... Ç.:..LriOfl 1209 da abra. 14 de 1984 sc4a1a que ca1

FAFÍ lo LfliRNH 00j\ZL..E.Z ARTEAGA SE dec -;ri.:caPaba. liauidador c3c: l a 2. c:: a. edad C:ÜRSEI... LIMITADACORREDORES DE fecha en la pus o.L mencionado Selor no se había ellaposesionado pues sol c: ocurrió hasta el 16 de junio de cas decir no estaba debidamente representada l a

fecha en la pus o.L mencionado Selor no se había ellaposesionado pues sol c: ocurrió hasta el 16 de junio de cas decir no estaba debidamente representada l a en e l moment o d o la sanción,.

NULIDAD DE: LA S3orrF 1 cmi: :t or DE LA PESCIL JO i Oh 244 T)E 000810 2 nr: 1989 skt rol. ticc.c.ión fuá realizada aa 0c:a.c:daci í.:PROE LIMITADA, 3 acha para la cual l a Sociedad so distinguía con el n ombre de (OR j.L. L. .t ti .t: r onoCORREDORES DE S EG UROS l iquid ación según consta en «a]. Certificado rica exi stenc ia representación expedido por - la Cámara riO Adm i tida la demanda fué contestada en tiempo maci jan fr t:'.: ccc ada designada por la Superintenden cia toponiéndose a rxucn sean reconocidas las pretensiones (10 1 a deiruancaargumentando para el primer cargo que éste fuá ma l. formulado ¿-d no catar ni exponer - concepto da violcacjársin embargo frente al primer carg o el hecho de carta cc. notif i cación rica lo fué en legal norma ¿a su reoreran 1lonja ron. ZI.

Expediente Ton.412 legal roo cuanto ésta no Estaba debidamente Probada, cabe resalt ar , que el SeNor FABIO HERNAN C:iUN 1 P. EL ARTEAGA a 1 fecha de la imposición de la sanción. er liquidador

legal roo cuanto ésta no Estaba debidamente Probada, cabe resalt ar , que el SeNor FABIO HERNAN C:iUN 1 P. EL ARTEAGA a 1 fecha de la imposición de la sanción. er liquidador la snciadad actora aun cuando para tal fecha no ochabía por cuanto libelista para el mismo caroo rEmitia la aplicación de las causales do nulidad o.. las sedo. iaoao; en •u t':°.'lic.: de Pr"cic'.ediíi:i.o'rtc: Civil. no pudiendo extenderse1 o aplicación ole los normas allí contenidas, Lodo vez que do oc:ti.u1o. dci se retiulo por disposiciones especiales cojo: loo. provistas en las Artículos 44 'siguientes de Código Contenciosn Administrativo. Dio otra parte quedaría sin pisa jurídica la supuesta irregularidad oc lo' notificación 'Lodo vez que la misma quedó subsanada en cuon loo la sociedad actura interpuso ouo:a e 1 o'oc::ucsc:i de reposición en contra de la resolución son o. 1. ono tsr 1O Otro aspecto que analiza la demandada es el argumento del actor de c.:o1..rraa1 ciro disolución riso' pérdida que reduzca si. capital, E. considera que tampoco se indicarnn las, normas violadas ', concepto de 'vi3O],OclÓfl que no ei. dE recibo psi" cuanto la Superintendencia rbi iC.i. 0i'i.. 0.01 incurrido en con'Lro.'uanca.ón dos lo preceptuadc en losExpediente No.412

recibo psi" cuanto la Superintendencia rbi iC.i. 0i'i.. 0.01 incurrido en con'Lro.'uanca.ón dos lo preceptuadc en losExpediente No.412 Artáculos 456. 2 19. 222 del. Código de De lo ale:.ac:Io fC::r el libelista dE' que :.J.,csancionada varias veces por los r3,.;c::% este cargo tampoco se formularonnormas sin embargo a pesar Çlt.-' las deficiencias oresentadas. la Superintendencia ya había a a t:.s red o a 1 aç.:.t.or'aoue su vigencia social beL: .. a expirado en los términos c evjatos por e]. Articu l o 219 de! Cl.Cj :. no Le Comercia, razón. la cual se encontraba en c:aus.al da disolución arl'irt.ióndc:1e cue su personería jurídica 5.LO eubs ial:, a pare los actos necesarios a la lomad iete. liquidación del Eat;'"..Lmorrc: social conforme 1.:: prescribe el Articulo 21 del mismo ordenee ente ,, sin embargo ccoc le actora osraistió desarrollar su ob j eto ato .o:'..e .. da intermediario da seguros desatendiendo las normas W obligatorio cumplimiento se prc:c::oc:tiÓ e. su sanç.:.icLrt Corrido traslado para alegar de conclusión las partes hici eron uso de esta derecho, insistiendo cada nr a en lo planteado tanto en la contestación como en la demanda

Corrido traslado para alegar de conclusión las partes hici eron uso de esta derecho, insistiendo cada nr a en lo planteado tanto en la contestación como en la demanda La F'rc:ca.......ac:tc:re t.,éc:in'ç::i Judicial ente .t.c: Contencioso Ç.:'r - jt -raf ...ve en su concepto de fundo considera k.:..ke la. demanda rar cuanto al aspecto formal adolece del concepto de violación frente a los Artículos 165 de]. C.C.A , 17E x pediente No de ! c:óc.c:. nc C.jvjj. Fin r a LOS cargos planteados considera que ol r:r1r000 da' e 11 as no puede tener prosperidad t.oda 'iez que la ac:tuac:iáh admin i strativa cumplió con s u f :.Ln. 1 :i.dad per 1 tiendo que la actora ejerciera el d?recho da céferisa como lo hizo e. través de 1 n la s vía çutr'r fl En :uan tc: la causal cc d isolución da la sociedad r c:uen tro ac tor a O feqtuó z n a ce saria l 1 prorrpgar , su. vigencia antes da su expirac:iór por 0 contrario en el certficécio dé e'> stand, a ,y representación lega l ex pedi do por la C á m X t,~-b ,diComercio de M ed e l l in se O n s éa tá ia.. enCon t raba dil u el l a , fre n te i c r Tambirs so adv i rt ió que 1:1 'Acta No, 30 de sbr.i 1 21 da .1988

O n s éa tá ia.. enCon t raba dil u el l a , fre n te i c r Tambirs so adv i rt ió que 1:1 'Acta No, 30 de sbr.i 1 21 da .1988 allegada por la soci edad como prueba da haba rse tomad o la d e cisi ón de pror ro gar ''

roi rc o u exist enc ia , i va lor 01 fa lta r i Pres id q nte de la reun i ón y pa r te de l os fo lios donde l gml ,,sentá referida alta, pert e necían 1 ibr p ' o AU T Cámara do Cq mercib el dia 30 de agos t o e 1918 05 decir tras mases despuÉs da haberse venci do cl tórm:x.ru::: dc.:> duración de la .;ociedac:1 Lo, ati n ent e :1 1.: .a,i 1 L,LÓrt c3I mJIS MO, ha hn dos 1 qui I n 1 p r ime r 11111 1 JIo II tij " 1i--.- ¡n r 1.,a S C o ¡ri k..1 a lo sociedad demandant, art .?tv sa&&'t.:Ldo de ac'vart:i. r púa sua ido. 7

Expediente tE: f4c:: vigencia a.c:ij. había :::::i.racJc:' :::r lo ça1. se encontraba en :aaa.L de disolución, ee.Lando ue su personería juridica solo subsistía r • actos necesarios j inmediata liquidación del patrimonio social, ante lo cual la :cc::i.ecc:t siguió ac:t.i.i.rc:Io ante terceros, haciendo

juridica solo subsistía r • actos necesarios j inmediata liquidación del patrimonio social, ante lo cual la :cc::i.ecc:t siguió ac:t.i.i.rc:Io ante terceros, haciendo omiso de tal sit.aaac::.i.5n lo c:.e1 &trrç;'it.: La sanción impuesta. No observando causa! de nulidad que pueda afectar en todo en parte lo actuado procede la Sala e decir previaE las 1. u u i en t. es C O N SI D E R A 1 0 N E 5: Corresponde a. la Sala decidir sobre :l. .1ea1i .ct de :t.. Peso 1. u.c: 1. án 1209 de abril ! de 1989 y 2484 de! 2 de de 1989 por los cuales se impuso a la Sociedad L;JFSE.L...

LIMITADACORREDORES DE: SEuPt::iE en liquidación, multa por la suma de $1.250.000.

Los fundamentos de los acto4 acusadosfueron: La sandicnada trasladó en el ba:lanc:e ¿a 31 de diciembre de 1787 al rubro de cuentas por cobrar a cargo de uno de los socios, las. o.?rd Loes de ej erc.ic.ios anteriores de la CoipaP La son t ra lo :ierc:tc: el Artículo 456 delExpediente Nc: c:.ádlç.:O cia Comercio. - La sancionada no tenia o:-c:1us:i.'iamorito para o! ::'or c:oic:e:'t.c:: do pvirn.:

c:.ádlç.:O cia Comercio. - La sancionada no tenia o:-c:1us:i.'iamorito para o! ::'or c:oic:e:'t.c:: do pvirn.: infringiendo al Articulo 1984. una cuen ta manejo de c.lcs con )O. de 10. corriente si.. 1:. dineros :ç;: tratos c:o -oc.iac Resclucián 4605 de La sancionada no entregaba do 1.rcs: de l plazo sor o 1 ad n 01 Artículo 3 a. cic la l-000iuc:ión 3750 de 1974 al. roc:.a(..kdcs) cIa las plumas.. d. - La sancionada no presentó a la Comisión d O visi ta do la Superintendencia Bancaria el libro de i oven tao occontraviniendo 1 odispuesto en el me-al 4o del. Artículo 19 do]. Código do Comercio., E.- Las actas relacionadas €n los act:.cJrc acusados carecerde firma da tas personas designadas en la rano;ión 5:5000 aprobarlos. La aarn.cc.!noda. con Posterioridad 0 Ja fecha (Sin o.ic: la vigencia da la i:.cic.sjoc.:ll-.ci cc --t. dEsarrollando labores propias da: intermediación Seguros, pr ap LOS €1 o in tormod si. ación da aoci si ros. contraviniendo el A rtículo 22 del Código de c.:c::no-:r -- a oH':::a No iq Expediente No .412

Seguros, pr ap LOS €1 o in tormod si. ación da aoci si ros. contraviniendo el A rtículo 22 del Código de c.:c::no-:r -- a oH':::a No iq Expediente No .412 La demanda, por su :::Le ro PresOntó Cargos claros res p ecto de las resoluciones demandadas, sino que se deduce en esfuerzo jr,tsrflret.atlVC: del libelo, Las zIPL .ont.ss El primer cargo hace referencia a la indebida. rE'"Eentac:.iÓfl de la sancionada, el que se fundamenta en el hecho de que solamente hasta si. ::: de junio dr1989 SE. re alizó 1 a posesión con los t rámites cee ordena l ley de! Ss'ior Fshi o Hernán González Arteaga corno liquidador de la Sociedad C0FEi,.. LIMITADA -CORREDORES DE. sE:c:uRÜS €u liquidación, puesto que solo el cija 13 do junio dci. 939 q c:rrro cons t a en el certi f icado do la Cámara de Comercio de Medel lin, se inscribió en legal forma el nombramiento del liquidador y el :.á J5 junio de 1939se realizó la posesión. Deduce da Lodo lo anterior que a le fecha do expedición do a Resolución 1209 de abril 14 de 199 Fab .:. u González Prtees no dosernpena.ba 1ezcirnenLe el cargo do liquidador do COR%F.:t... LIMITAD A -CORREDORES DE SEGUROS 'y por la tanto r'a:s1:r.:i'Le :la rr1i.c:tad del a'.s.:t.c

liquidador do COR%F.:t... LIMITAD A -CORREDORES DE SEGUROS 'y por la tanto r'a:s1:r.:i'Le :la rr1i.c:tad del a'.s.:t.c Al respecto encuentra' la Sala ElE' la Superintendencia Bancaria inició una visita di Inspección a la Sociedad CORSEL LIMITADACORREDORES I)E: iE::ii'.'::3 la que is:.r.,".:s :Ler días 10 y 20 ce sept 1 efrt:re de 1988 en la que srs. detectaron una serie do anomalías que fueron luego•Ic)i:. Expediente 1k... cdes çierst.ve de! t.exi:.c: de la Resolución 12: de bese de las cuales fuá la imriciÓn :it.3 multa ccl :)r En el Artículo 3::: de la Resolución 1109 Jo 1939 oc o rdenó notificar persone1mente al li c.idador de la Sociedad ObV<SEL..

1 ._.Z .... diligencia Ii r. Ji uy 1 r c r que finalmente se curtió mediante edicto fc3l jo 1 el once fió desfijado el día 20 de junio ele .1.989 fecha en la cual se entendió notificada te Resolución,. El día 27 .4 .... .:.... _1. .1 r'....'..,.. '::--. L...... Hernán .....- .JL inri..; Lic .. YL.. L!.J. LiUJ.LJ o'r n-.u' ......

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Hernán .....- .JL inri..; Lic .. YL.. L!.J. LiUJ.LJ o'r n-.u' ......

Orteeec: ia oruscnt.ó en su calidad de liquidador le....ersc de reepoe .1 c: ión el nno fuá decidido median te te Reao1 Ls e:..ór 11:484 del 2 tic:' agosto de 19139 notificada, personalmente al recurrente el día 11 de septiembre dcc' 1989 lIno de los argumentos esbozados icen el recurso de ro oucc: 1 el fuá el de que la notificación nc:: se het:'i' practicado ceo l ega l f orma , renos la representación legal de la Se ..: ...

CORSEL LIMITADACORREDORES 118 SEGUROS en liquidaci6n OLJ se fttb:La ic::rc:I13ctdce este argum en to c:on ts'stá la Su pez r ,.L fl t.ecnden e ..a en e l e. t:.L:. cua resolvió el recurso L...ce a lee fecha de lel.,rooa:L ...en cia la do abril 14 de 1989) cc']. Sehor }e:Lr HernánHoja I'.1::: 0 Expediente No .412 ,:r:i 1 oz Arteaga era el liquidador do 11 S c::c..iedad [;ORSEt... LIMITADA como consta en el Acta No correspondiente e. 1 e reunión de! 16 de enero ,de 1989 Le circunstancia do que no hubiera tomado çirsI.ón del cargo no significa que no ostentara tal cal idad nues lo poseoi5n no es constitutiva do lo misma..

reunión de! 16 de enero ,de 1989 Le circunstancia do que no hubiera tomado çirsI.ón del cargo no significa que no ostentara tal cal idad nues lo poseoi5n no es constitutiva do lo misma.. ,La Sale no c:oñsidero r cosario. dentrrse: en el análisis do Ii la diligencia de josesiónera o re nlácesaria para dcci rd

como liqpioadpr r tr nt r tal calidad cc i todas las consecuencias jurídicas fr:Fe al, r o o queie dilig1hcia, de notificaWn de 1 -;"e' in 1209 de 0780tu-.» iter Wildía 20 dejunio 1989 día en que se desfijó el edicto mediante el rool suétió tal di ti oenc...o al mismo planteamiento esbozdb 1 . 4b j 4J[ eArteade SE posesionócomo linuidador de 13 Sociedad CORSEL CORREDORES DE SEGUROS en iiqujdac-.si. ón él rJí a -16sdiljunid de 1989 1hícK r hábeise1 1 a ni., Ir en el t c dr 3 r o c 12,99 r ufer -i 'e eis4 je anir dé 491394 q' o Gogillez Arteaga se desempema e+ 1 me - "únma 1 ..qt'. UJr " no fC 001 . / falsidad alguna pues.lo cierta o es cue tal persona habia sido 1€ - rda para talidewtino en ('ç uoicn J1 16 d 4Tka i a con. -, ... Li

falsidad alguna pues.lo cierta o es cue tal persona habia sido 1€ - rda para talidewtino en ('ç uoicn J1 16 d 4Tka i a con. -, ... Li .C)'Lc:c:ina maneras a la pc.301:.a lo cui.30 parece deducirse d2.1 carao cci. la indebida no si. fi catc: ión da la decisión que pu w -.- fín ala actuación administrativa. ci cuna Lar'sc..r. a pan nr maneen alguna afecta la validez coma tal del actc:: administrativo.

En afecto la doctrina cita c: c:mc:: elementos esenciales del Acto Administrativo de los cuales desanda La existencia validez del mismo: la competencia, objeto. vol un tad ii fo r ma.

La Sala c: ie 10 r.:Dt.eai'cio ac: Administrat iv o del Consejo da ruar Ponen cia del Doctor 3 acabo Pérez Escobar .. ncc t..ancma da junio lb do :1984 frente a la no rl ic:nc.:.s..ór.i :30 actos administrativos d i. jj o La caLi sr c,nc:Lárt aa constituye, parte ..........no r ata del. S acto administrativo, sino do un proceso adm§nistrativa o j adir: ial y pca" lb mismoj mismo la falta da

e lla no 1€: afecta en s0 mismo en su existencia La' fa! ta do riot;m 'ficaci.ór' legal a penare. 1 a nulidad de inc actas , agministrativosl sino que Ir inoponibles a 1'ri o e co r 5 tales,

La' fa! ta do riot;m 'ficaci.ór' legal a penare. 1 a nulidad de inc actas , agministrativosl sino que Ir inoponibles a 1'ri o e co r 5 tales, cuit,uacícsnec; loo interesados pueden pedir a la adrnmrti..citrac:m.ór's, (:11)0 cc }.os r'toti'f iqLe En Local forma, O enterados de Éllos, acudir d :c.r"ect.nmo'n te a la vi, contenciosa .,en dc3ncIL: ro aQdr'v:rs ni.coav" la ....tc:itil'ic:acc.c.iri defi ci ente cc:çTsc:: u1 de nulidad, sino pedir' cii e s,:tnmrc'" te qun los Undemnice las per jui cios Ir.: s.j occcióric': t cHiL...1 Áapc::: E a.i :JJJ'4 ej4o aED

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UPTmej4syuywpe :'1i}.3T!U el '3•. a cueñig 014n ua a4uaweAT4ejisTulwpe ..4.)u ru .: n::iu. : anbu pu -..i a " O^T4eAlsTuPwPE a aT. fr'uL.at:D.a4. l ap utaua:4aChJJOa el ap tW4 sal epil u ab jeñal o leuolmnqTlg ucn aw..io u u un o' o d au:Dua:psuxa re ap uua taoa..i

sal epil u ab jeñal o leuolmnqTlg ucn aw..io u u un o' o d au:Dua:psuxa re ap uua taoa..i a..ieu. sflJiup 01 uat q ou;ou ' aub Ea O;..Aa .:fr 01 au..)a(.1U'S:) f. ^Majap ap Aoliaent ?U.!..i.OU el ap o4.ua'tWEUE..Iqa1frL; o UPTMZ1 0 TA fr." Al Á M ua jap ap V EJ:D.1:3 Jp Eof ap ::1j rwu:Jouo:DsiYsfrp T.::j

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4 104= 4 ap a' :JE:)'r u2El u a^e o rqwa.::.. uai uçruu un: ........... .JrLr». E......f ... . ... r.. Exped ie nte 1k::. 41: • ..,..._,. .. .L.......j....... •1. •--...-. .JI O LLitji O.LK: adoptar LO decis i ón, como por ejemp lo, i mpon er 1 o. pena do muerte 1 LE ic;n O que se lala E el procedim iento admin istrativo prev io a seguirpara ocidor adoptar la decisián, o que ..:rcLc.i.00 1 intención que tuvo o;cuenta o .1 legislador o investir de 000 facultad o competencia determinado funci onario u órgano, o aun senonue la cDI:::'].ic:;oc:iÓrt a la ctut:.c::Lrsc:lad de oir al. aun 'so a ser afectado :i.n cunst.icnamb 1 emonte las aun deben citarse en lo demanda y aparecer realmente te como c3uobro.rt todas por ni acto administrativo que juzga el juez de esta jurisdicción especial. Entonces. indubitable es punjo vicios de incompetencia o abuso o ;•; c:neo de ood nr Un desv iaci ón de €No. te de expedición irregular, de falsa motivación :5 cJe desconocimiento de los c:inrccc:hc.,s de ouc:lmen c:io defensa, no cori otra cosa que formas Jo v io lación ;:. quebrantamiento c:in ¡a n orma su peri or Jo

desconocimiento de los c:inrccc:hc.,s de ouc:lmen c:io defensa, no cori otra cosa que formas Jo v io lación ;:. quebrantamiento c:in ¡a n orma su peri or Jo derecho, que ordinariamente Se mertcic:nccn en la len por la jurisprudencia y la doctrina L::co un criterio esencialmente didáctico Ç;r:rescja lo Sala E.C.;Lz La falta c:lc: oublicaciún de un acto administrativo creador de siLuuc.:.ido juríd i ca asco ereS. .. o i notif icación , persona l u por edicto, o lo do notificació n Pcr, publi caci ón a te r cer os 1 1 hayan intervenido nr lcc • ac:tuac::i.ón afectados en d irecta e iníned iota • cuando so trate de actos individual es ,. como b ien lo ha observado Corporación reiteradamente ro es _auca1 de nulidad diii. acto administrativo. io que no t....ru validez lo decisión smi:; con su eficaci a y e oc:utiv idac:l,i como lo F:tr e;.:.acLda e l Artículo .p del i..;. ç, pa rte interesada, dándose por suficientemente soter oc:ia cc:irveenqe en ella Ci . utilice nr tiempo recursos le g ales, si es poas son procedentes f.iCJ • la via c:tuberrzcitivt El soc'ctr.ir;o;:J cargo hace rts:lor...dii o 1a r:liI.....er;.:...

c:tuberrzcitivt El soc'ctr.ir;o;:J cargo hace rts:lor...dii o 1a r:liI.....er;.:... notificación C.i e la Reso lución 2484 del 2 de oc.;c::isto Jo 193`9 puesto que lo notificación se c:lir:i.c3i..ó si LSL:RSE:L.. LIMITAD,'¡ cuando .15 cierto es que poro. tal fecha .10 Cccli....5•5C1,OC.I sss denominaba CORSEL LI M IT A DAc:c:;RRE:J::URE% DE SEGUROS enHoJa i'ILj licuidaciñn,. La da a los Artículos 2c. Id y 26 Ja la Constitución Nacional por parte alguna presenta violación pues La demanda hace todo un relato (.iE r:zc:i ES or ] oc. ¿..tces no se comparten las conclusiones da la Sunerintendencia Bancaria al determinar sus la Sociedad pr :1::i.e :rc:c:e(::IE' a suir. dac:ión ,, paro coma quiera rae ::r"rnas violadas nc se citaron los de! Código de comercio regulan la materia, l a Sala no puede asumir el estudio nara concluir sai..! a interpretación de la da:ar....n t:.s dar Bancaria al respecto su a,i as tó o no a la lev La cita cari forma fler.slric:.a cIa nc,:crmee constitucionales si¡--¡ c..ce se hubiese suministrado concepto da violación Y la imp-i:.Ysibilidad lo extrantarlo del contenido ch: la dc.:ar'dr. pr

c..ce se hubiese suministrado concepto da violación Y la imp-i:.Ysibilidad lo extrantarlo del contenido ch: la dc.:ar'dr. pr

impiden análisis alguno cc. 1 respecto. No encontrando prosperidad alce planteamientos Ja demanda, la Sala denegará las pretensiones de la demanda. En mérito de lo expuesto. cari 1:.:: EL.. FRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE 1 Ç:IN.I PRIMERA, administrando justicia ca ('Cr'L:rc? ncc la República y por eutc:ui.cPici de lej ¿? No. 16 Expediente 4 .1. :?

E A L L A: 1.-Denegar las pretensiones de la demanda 2.-No se condena en costas por no haberse demostrado Secretaría E>pidESE El informe solicitado en escrita visible a folio 201 del expediente..

(Discutido y aprobado en sesión de abri 1 25 de 1994 No. .7)

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