TA CUN - 4144-(07-07-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 4144-(07-07-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
EMPLEOS MUNICIPALES -Determinación de funciones
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR
SECCION PRIMERA
n L ....e de Eoiot. O L de .1 lo iet e ( 2 ) dc i 1 no'ecientc)E n e) y e t -t t a.y c:uktrç::. . ( .I.994
F OBS No. 0!5
MAGISTRADA PONENTE: DRA.BEATRIZ MART INEZ QUINTERO.
EXPEDIENTE No. 4144.
DEMANDANTE GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA.
OBSERVACIONES. 1' bir íose 1.. r .1 lrtm3. te previst:o en el Uec:ret.o i.33. de 17 58é en su ar .....ic:uiu 1. .2 dec::.ide ' si l a obse....i:c:iÓç iornsuiada E L'fl c:r i'obe ro Edcjr de rscuercio N ír,co c. 6 do Hoi..ombre , do j. 9 e>pE:d1cio por el cc : L t';.'r J. C. i ii 1 d€ ri j. j (11 ANTECEDENTES E 1 ç:r c:E j o Non J. c::i. s 1. de Ni. rusa i. fFs ex pi U 16el -sc:uorco 0.1, ¿s de No vierni:r€,. 27 de 199 el c:ua, 1 fuÉ ancionadoy pubi i cado 3 6eio' bobornador" de Cu.nd.inamar'c:a lo remitió con fecha 1.1 de
No vierni: r€,. 27 de 199 el c:ua, 1 fuÉ ancionadoy pubi i cado 3 6eio' bobornador" de Cu.nd.inamar'c:a lo remitió con fecha 1.1 de Ene ro dE •i.9/4 a esta torpoiación para que sca proriunc.s: sobre la ieo . idai del mismo por' c:onsiderar que infrinQe normas super':.Lores ç:cjmc:: es el. r'ti_cu ir' .15 r'corsi '. dE' 15 c.--,r t...bJL::.or'! Folit.ica_ cioarFc:: 1 lar el r:.cincopto rio .;ioiac ....leus .1 . l-:-1 6ceordu .1.i'isp'..'l 's&j crEa lwE. c:ar nos de conde c::tor y supervlsoi" de c::on 1: ro .i o ter' ['sO '1 1 os esta b 1 E c:o sus i un r ..1. or'sesE:p.414_ Hoja Ho.2. lionEcribeei huticulo .:.15 en su numeral .70 de la L:nst1t.Uc:.Lon Fclit.ica, para c::c:'rtc:iuir que el Acuerdo es vioiator:ic. de la norma invocada ya que el Concejo Municipal crea los cargos de conductor supervisor de control interno y les asigna funciones especiales, atribuc:í.ón que corresponde al al a ).de porque a! Concejo Municipal por mandato constitucional le corresponde establecer la estructura administrativa y funciones de las dependencias mas no de los carcic's ni su creación la solicitud se le U,ió el trámite legal correspondiente En consecuencia, procede la Sala a resolver previas las siguientes.
corresponde establecer la estructura administrativa y funciones de las dependencias mas no de los carcic's ni su creación la solicitud se le U,ió el trámite legal correspondiente En consecuencia, procede la Sala a resolver previas las siguientes. CONSIDERACIONES El (cuerdo 01 de Noviembre 27 de 1993, expedido por el Concejo Municipal de Nimai.may "por fneciic) del cual se aumenta la planta de personal, se crean unos cargos y se asignan sus funciones.", mas concretamente. se crean los cargos de "conductor" y "Supervisor de C:ontr-c::'i Interno". La Constitución Nacional delimita claramente las funciones tanto del Concejo como del Alcalde Municipal para el primero está consagrado en el Artículo 313 numeral ao cuando dice: "Artículo 313. Competencias de Los Concejos Municipales corresponde a los Concejos: 6.-Determinar [a estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleosExp i 44 Hoja No .3. mientuas qI..te pare el segundo, el Articulo .315 numeral 70. le asigna entre sus atribuciones, .Crear suprimir ofu.ic'nsr les empleos de sus dependencias, sealerles funciones especiales y fijar sus emolumentos con srroq .10 5 los acuerdos correspondientes. No podre crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado' Por la anterior, tanto el Alcalde coro jefe de la Administración local y al Concejo como corporación administrativa están
excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado' Por la anterior, tanto el Alcalde coro jefe de la Administración local y al Concejo como corporación administrativa están facultados para señalar las funciones, pero dentro de un ¿ibi_ lCj específica de competencia para cada una de sus dependencias, así pues los c arqos ec:'ue el de Conductor Supervisor de Control Interno, son funcionarios ludria dependientes de¡ n .1 c: 5 1 de ', ccrc tel susceptibles de ser determinados, exclusivamente por el, er' cuanto a su creación, supresión y Señalamiento de 'funciones correspondientes. Es claro el Acuerdo demandado cuando en su articulo quinto sohala que el cargo riel conductor está ubicado en el Despacho de le n1caldía, 'y así mlsnnJ er'i el articulo soptimo ubica el c.:or"cto de supervisor do control interno en el Despacho do la El Código de RÉq imeri Político y Municipal establece en su articulo 288, ''corresponde a loe Concejos, a iniciativa del alcaide respectivo, adoptar la nomenclatura y clasificación de los empleos de las alcaldías, secretarias y de zits oficinas y dependencias y fijar las escalas de remuneración de las distintas categorías de empleos. Estas mismas funciones seren cumplidas por los crer' ce 3 respecto do los empleados de le contraloría, auditorias r"evisor"ias, personerías y tsorri,.as".Exp,4i44.. f-lc;jc Nlo4. L)a manera que por mandato constitucional de una parte, el
respecto do los empleados de le contraloría, auditorias r"evisor"ias, personerías y tsorri,.as".Exp,4i44.. f-lc;jc Nlo4. L)a manera que por mandato constitucional de una parte, el Lc:c:cJ:: p1.Ec.E determinar la ast.r1.kc.tt...ire de la adri,lras l:rac:ior municipal y las funciones de sus dependencias y las escalas de remuneración, y por di cpos, cibn expresa del Código de Rqi.men Fo 1 .t :.. co y Municipal, só 1 amen te está facultado pera adoptar la nomenclatura. clasificación y escalas de remunerec:iór, de los empleos de las Alcaldías, Secretaríasy de sus dependencias pero e iniciativa del Alcalde, igual función tiene con respecto nc los cargas de le cont.rcioríe auditorias rev:Lcor:i.ae personerías t.asorryr'i.as E:.1 acuerdo objeto de observación en sus considerandos alude a la c::reec:ion cJc•: los cargos tic Conductor y de Supervisor de Control itor ro ten los siguientes, como tal ambos cargos pertenecerían a a planta de per:; un a .1 de la Al cc 1 dic Municipal y en co neecuen ci su creación es competencia del Alcalde Municipal, da conformidad con ci mandato c:on'at:Ltk..lcioncI del Artículo .315 numeral 7o transcrito ocre lo que si estarla facultado al. Concejo os par-a. fijar 1 a clasificacion, nomenclatura y escala cia remuneración de los cargos pero a inic:ictiva del A lc:alde mas no para la creación
transcrito ocre lo que si estarla facultado al. Concejo os par-a. fijar 1 a clasificacion, nomenclatura y escala cia remuneración de los cargos pero a inic:ictiva del A lc:alde mas no para la creación 5 u prces iOí de los miemos Se concluye, que el acto observado ostenta un Vicio Efl Su valide;: • do manera que el pronunciamiento de esta Sala será la declaratoria do nulidad cical Acuerdo No .016 da Noviembre 27 de 1993, expedido por ci Concejo Municipal de Ni cia e. ma En rciai' i.. to cia lo expuesto, al TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION PRIMERA administrando justicia en nombre de la RepLibi ica de Colombia y por autoridad de la ley,E>p 4144 Hoja No.5. RESUELVE PRIMERO. Declarar la nulidad del Acuerdo 016 de Noviembre 26 de 1993, proferido por el Concejo Municipal de Nmarna y "por medio del cual se aumenta la planta de personal se crean los cargas y se asignan sus funciones. SEGUNDO. Comunicar la anterior decisión a los Señores GOBERNADOR DE CUt••40 1 NFCA PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL, ALCALDE Y I::F:J;4FFUJ DEL MUNICIPIO r. N:[ MA TERCERO. drchiverse las presentes diligencias, una iez ecutorada esta providencia cumplido lo ordenado en la misma
COPIESE, NC 1 .1 F 1 DUESE ' CUMPLAS E.
Discutido y aprobado en sesión de la fecha ACTA No. 064
ecutorada esta providencia cumplido lo ordenado en la misma
COPIESE, NC 1 .1 F 1 DUESE ' CUMPLAS E.
Discutido y aprobado en sesión de la fecha ACTA No. 064
HERIBERTO REYES VARGAS BEATRIZ MÁRTINEZ QUINTERO
Magistrado Magistrada
OLGA INES NAVARRETE BARRERO DARlO QUIFONES PINILLA
Magistrada Magistrado Ausente con excusa
ERNESTO REY CANTOR
Magistrado