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TA CUN - 4238-(23-06-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 4238-(23-06-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

0 C o CONCEJALES-Honorarios/CÓNCEJALESsegurjdad Social, / 1a'z •j• SantafA dobogotA, B. Ó..vsintjrds (23) d.;,Jo de Ml noVecientos nasnta y custro (1994). - TAIOAL RXPEDXNTg R. 4 2 3 9

C9SUYA8X(Z8 AL ACUERDO ". ~,en 18 in DZCIRIflp

1993, EXPwIDO P08 EL CONCEJO ICIPAL DE aiocoirr.

ANDANfE : Q0BE$IqAofl DI ~IMAX^ Za ejercicio di 1 tribuoja que 1 ocafier, el Articulo 305-10 de la Ccaetitucjn Politice, el .sNcn' Oobsinsø del Dspsrtsssnto riti6 000siderso ida de te Corporseffi' .1 Acuerdo di la rsterencja pare los efectos do les Articulas 118 y •iguisato del Decreto 1333 di 1966, el.consideres' que infringe normas de Cardoter superior, "1. 11 Honorable Concejo sáiaipsi ds (11000ftA .Xpidi6 1 Airdo 8'. ofl de dicisr 18 di 1993 "Pos, »sdíq del cual es fija el Presupuesto di Rontes y Gsats del uátcipio de CHOCONTA para lavLgerLcs fiscal del 19. desneo 1.31 didici.&jr. de 02. 1 Asta Veterido tus sancionado y pablicedo, como re en .1 sismo.

lavLgerLcs fiscal del 19. desneo 1.31 didici.&jr. de 02. 1 Asta Veterido tus sancionado y pablicedo, como re en .1 sismo. Acuerdo objeto de en" aprepie 1 ~da "Henrerjos y Seguridad 8eiaJ -js1ieR, dentro del Prsuçuesto General de sil :Wwmbmtm y cuatro (1994), COntraviniendo 1 Articulo 332do la Canstitucida ".

momo VIOLADAS Y C)CNCIPTO DI LA VIOLAC±(

Cestitucida Politice, Articulo 312. Dscr.to '. 2787 di 1045.0 1. Dentro del Presupuesto General de ksnt.s y Gesto. del. Municipio de CHOCONTA pera 1984, si estd asignando la enea de once millan.. ($11000.000.00) para 0.t.. de Vunciønaiento 4.1 Cenc.Jo Nualelpal, Servicio. Personal.. rubro 3.1.1.5, "Honorario. .y Seguridad Social Concejal..". (Con titucin JEacjoMj Artículo 312)". "2. la oonstituó1e Politice en su articulo 312, dispon.: ".. Les C1eecjaluI -no tsndr4n 1 calidad da wm#lo~ ^1 1~. Le Ley podri dstmrsinar lo. casos en que tengan derecho honorarios por su asistencia a las mtones. ... . "3 • El Decreto 2767 4. 1945 es Articulo 1., ssfa3a : las soiu esoapcionss prsvi.t.a n 1 .1 pr.ente decreto, los empleados y taros al servicio de un Dsp.rten.nto,

las soiu esoapcionss prsvi.t.a n 1 .1 pr.ente decreto, los empleados y taros al servicio de un Dsp.rten.nto, o Municipio tienen derecho a la totalidad de 1e prestaciones en .1 articulo 1? da la L7 deó de i945 y .1 artióulc 11 del. Decreto 1600 4.1. áLamo año psze los empleados y obreros de la Nación. ... • 1 • "4. Di lo an'tements zpouo,: si deduce, que el Concejo Muni cipal, ae basA errdn.aaent. en le preóaptnede en •l Articulo 33.2 4. 1 Conetitocida POlitice al. entrar $ spropir w partid que no tiene sustento legal para su •j.cuei64, por, cuanto hasta .1 mm— sHto no hay lay aljun$ que. la desir liado .l precepto constitu ciomal 4e fijar lo, casos en que tengsø derecho a honorarios los Concejales por su asistencia a las sesione, y ep al le$islador a quien ccorespcud.esta tersa y no e la Corperaoidn Edilicia Municipal. "4.1. La Seguridad Social estA reglad, para les empleados pOblicos bsicuente se lo referente a len prestaotes accm6sicas y de salud, pore empleados y obreros que dependen 6. 1 roIscido 1,bors1 o ooctrsctaal sostenida con el Mwticipic. Por lo tanto, loe Conos Jales mictpslos al os ser ..(a]ado. por 1 Constitucide Pali tic. I0S0 esplendo. plioos no tienen dresho al reCCOOCi.ierttO de

Jales mictpslos al os ser ..(a]ado. por 1 Constitucide Pali tic. I0S0 esplendo. plioos no tienen dresho al reCCOOCi.ierttO de las prestaciones eeciales descritas « el Artipulo 3.7 4. 1 Ley 6a.d.1945. Es de ano ir dsAs, que la CorporciM Edilicia sprobd un rubro pr.siu.etsl os tilas sustento legal, creado solanente su rairde 4.1 Articulo 312 de 1. Ccnstitucide, osee se de.presd. 4e su tzto. Por 1s apteriere. .on.idsrsci.cnsc solicitamos $1 Honorable Tribwial d.ciats la, iwlided 4e la citado aprep41 clin. ". soso 01, Copie .ótdstUca delActo Adotni.b'atiMp ipugnado.

2. Conetaacid. la. tres (3) debates rlMsstarics.

3. Constancia 4. 1 pilicscide 4.1 Asta refirido.

4. Constancia di 1 fch en cuil. fue Scibi4o en l'a Gobernaoidn del Depwtaments .1 Acto Adeini.tr.tivo 5. rotocopta cateeticada 4.1 DeorIto '. 041 de diclaabr. 10 de 1993, por el cual se citA a reneide extraordtaria al Bono reble Cincejo Municipal. .u. ii'. 4238.

Rl oncejo NWicipal da CH000NTA, 'En uso de sus strtWsicnse legales', arcpidi6 .1 Muerdo E'. 022 del 3.8 de dícii&1's de 1993 'Por .sdio

Rl oncejo NWicipal da CH000NTA, 'En uso de sus strtWsicnse legales', arcpidi6 .1 Muerdo E'. 022 del 3.8 de dícii&1's de 1993 'Por .sdio del cual e. fija .1 Pr.eupuseto de R~ 'Y Qastos dsl Iluntoipio para la vigancia fiscal del 2. 4. amero 1 31 da dÁciambre 4. 199411. En la SZDA PARTE, VE A3TO8, CAPITULO 30 OA$TOE DE FUNCIO RAJIXEETO. 341. CONCEJO IIUNICIPAL. 3.1.1. $.rviciós Personal.., eprcp16 la partida 5. asís 'Honorarios y seguridad social conc.jales" TOTAl. $U.000.000.00Lo, asista regia en los cargos si asRor Gobernador 4.1 Departamento. En •fecto, a la tocha del Mur4s cuestionado as vio16 al Artículo 312 4. 1 Constituctiss Pol.ttiaa 1 deatinir Ufl$ partida pera pagar Hariorsriá a los Concejale de a.ent, por tc 11 Le7 me dsterin6 los casos en los 0~ tianca derecho a •lls por su astimtota a las as óziatia. Tan 610 hasta .1 dos (2) 4 Junio de 3.954 fue publicada la LOW 338 «POR LA CUAL SE DICTAR NAS ?EEDU1ITJB' A. NOVEENIZAR LA OItGANUACION Y EL PUNÇIONUETO VE toe iXCIPIO$.', cuyo Artículo es es del siguiente tanort "UCCNOCzIWTO Di VEflOS. Los xti& de toS Concejos 4 1

Y EL PUNÇIONUETO VE toe iXCIPIO$.', cuyo Artículo es es del siguiente tanort "UCCNOCzIWTO Di VEflOS. Los xti& de toS Concejos 4 1 Entidades T.nitalisZ.s tienen derecho a rø$csøclmi.nto de Honorarios po la asistencia .opobsdS' a las sesionas plenarias. Así mismo, tienen 4s icho, wont. .1 pórtodo para .1 cual fueron elegidos, a un seguro da vida y a la atencidst ahdioo-asistencil • paracas], , vigsnta os 3 raspøotiva lesslided para 305 asriii-.. pibliSeS iaipál.s. Les rss.Isc Loes. para aflatO da rsomtociaísnto de Honorarios expidas

las N.u. Directivas de los Concejos, seria publicadas en los idi.s oficiales 4. infcriciM existentes cc .1 reapctivo llunicipio o Distrito. (ia1qutw CiUdideso o persona podri impug nar3.as,, y le autoridad etsute, s.gøn el caso, 4.r4 curso a 1 lmmt~léa o pasceco corr.sposdiant. PMAA?O: Len honiwiuios di . trata te Artículo as ccuasz4n a partir 4.1 14. de m@ 40 1994, '.Y, tnobUá e. '4,16 si Artfcu]o 3 4. del Decreto 1761 de 1t4 el destinar' 3

m~ partido para Seguridad 3.ciaii de loe Cancejale.,

destinar' 3

m~ partido para Seguridad 3.ciaii de loe Cancejale., por 1a auno r16n, ya as no estaba prsi ti esa prstscLdn paro 1jefl5$ tuvieran 1 calidad de a1sados pdblicos. En ccmeicui es declarsr4 1 laudad de la citada asignwi6n. b. eno' que ea si Articulo 66 de la Lsy 3M 4 le "Se eteris les Cjno pare proceder a los traalS prøupusstsle que rean n.c:iss.", paro el j.,, de los ifeasrarios, "sir que no si afectaR 35 5pa5$ 1 ?RXIUNAI. AENZXSTRATO 1 CItND!NAIIARCA, SECCION

PIDIERA, ADNXNI$TWIDO .1U$TICIÁ El •NøS4I DE LA REPUILICA DE COLONSIA

Y POR At?rCRIDAD VI LA 11, F A L A DICLAA$$ Li OLZ AD .I LA MIUVIACZ II I VAlOR VI ONCE NILLORES

($33.óóO.000.uQ) QUE PMÁ 'NiPMIOS Y SEGURIDAD SOCIAL N(JM.'6" TUS AP)PXADA El EL 1 15W. 3.1.3.5 DEI. ACUEIWO E., 022 VII. 1$ DE DICIEISRE DE 155$, WIWXDO POR EL CONCEJO

IIICIPAL DE CImCONTA. "POR ODIO VIL CUAL SE U?U3E EL

PRESUPU5ø?O DE RZIZAS Y CA~ DEL NUVIZCIPIO .. PARA LA

IIICIPAL DE CImCONTA. "POR ODIO VIL CUAL SE U?U3E EL PRESUPU5ø?O DE RZIZAS Y CA~ DEL NUVIZCIPIO .. PARA LA VIWICZA YI$CAL DII. 3. D SE0 1. bi DICUX$RZ VE 1504.". SZøO.-

Caen NIQUERE SL COIITEHIDO DE ESTA PIIOVUIRCIA A LOS SdoRE5

GORENSADOR VIL DIPARTADINTO VI CmtDIMIARCA; ALCALDE, PERSONERO

Y PRESIDENTE DEL CCNJO MURXCIPL DE

COPlEES, W7i7IQU!fl Y CONPLASZ.

Discutido y arObads no Sela 4. 1 fecha. LOS 1ITU55OI, o -j , 1 1nu• 1•. 42S. - 5MflQ Qux~ PUWLA

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