TA CUN - 4393-(18-08-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 4393-(18-08-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
EMPLEOS MUNICIPALES -Creaci6r /CARGOS DOCENTES .Creaot6n y requisitó
TRUiJWAL AENINISIP TIVO J$DI
- SCCIØN PRIMERA Cd) c'J
Santa Ye de Boiot D.C., dieciocho (1.8) de agosto da mil noveoiente noventa 3V cuatro (1.S#41. Magisti'ado Pouent: DR DARlO QUIOM PIZZL& Expadiente 4393
Demandante GOBERNADOR DEL DE A1AHRNTO
0eórvacionee El Señor Gobernador del Dpartamento de Cundinamarca. en ejercicio de le facultad que le confiare él articulo 305, numeral 10., de la Conetituo tón Nacional de 1.991, en concordancia con loe artículos 116 y. eiguióntee del 1creto 1333 de 1.986.. remitl6 a, este Tribunal el. Acuerdo nú&eró 027 del 17 de diciembre de :1.993 del Concejo Municipal de Mosquera, para que se decide sobre su validez. El Señor Gobernador cone1der que e]. Acuerdo noero 027 de 1.993 del Concejo Municipal de Moeuera, POR MEDIO DEL CUAL SE CREAN DIEZ Y NUEVE CARGOS (19) DE IIAKSTROS Y SE
FIJAR LOS REQUISITOS, DER9~ 10 DEBERES Y PROHIBICIONES 1)
ESTE PERSONAL DOCENTE QUE INTEGRARA LA PLANTA DE PERSONAL DE MAESTROS POR CUENTA DEL KÍNICIPIO DE MOSQUERA, OUNDINAMARCA', contraría lo dispuesto en el numeral 7 del articulo 315 de la ConstituoióiNacionaly el inciso 5o de
DE MAESTROS POR CUENTA DEL KÍNICIPIO DE MOSQUERA, OUNDINAMARCA', contraría lo dispuesto en el numeral 7 del articulo 315 de la ConstituoióiNacionaly el inciso 5o de la ley 80 de 1.993.No 4d E: fí tni kpi ir Hasquetu , ~ Mó d1 Acuerdo No 12 7 de dic ie mbio 1 7 Oe 1 993 , -El Lo 1Lkl1' fue . uh.L icj.i corno kI e3 flfl1i ii TITAda AUMUM kuirluge pt ea6puue ioz-e . al t..si: ir al Conc ojo }1iri- • P4 1 fr I1i<-r tzdi el ii: huir 1, silulenLaj Artí c ulo la. Crea di c e y n ueve 4191 ck. ujrcni .iL(i de L. MULU &lr; P~0 11 1 irt ¡C ulo la Eetableun el Uági ma n \-.3 ±i1 para "i 4ç er iLo i i ijtL El on -opto de S a l acíón ed 1 liguiente co nt a n ido - -0 hace Levizad, la e l a rti pul. PrILUPU j iu ! Y de manotroe mae dentro de 1.% L 1 :,ta de pvorl ducenhe y en el articulo se gundo -:actablese e l ré g ímen Repeci a l. para re g ular l.iE ~p jie 4nuee la í tq ra e e. -; 'rio Y rt ir.- ~ las parroDas que dece mpeñan 1. docente en lus díaniutei nit e los V
~p jie 4nuee la í tq ra e e. -; 'rio Y rt ir.- ~ las parroDas que dece mpeñan 1. docente en lus díaniutei nit e los V s;:1 idados ¡Uu S wapren el cistew3 educat iul,,, munial pa l
tiJr tt .:UJ: .iit uurítrat 70 tice 11 í Pu im iet i tuciüea j 1J.J en n1 Cs_ ame n90 ocu pa rr' OY de lee Plazao eina en al, winubnela •j_(. qui e n lo hizo. 1. i,ylficet que la :-salán da cargas f-t.j; de la adminal tración centra l ..Mpetenc ia d el A lu a ldep or lo cu[ el Co:; ipt 1 de !V)SQUERA ro Pu e ds arvagaree tal Mad8 0 de 1.9 9 3 8fl el artículo 60 . ic jo4 (Ixp. No 4393) Conetitución Nisetoxial de 1.91. en cnccpdttu;ia con loe "tíe,tilce 118 y 119 del tcreLo 1333 de 1.986. Por conigujnti el fallo se adoptm de adelantar tt,amjte ee?ia1ad n el árt.íctilo 121 del citado Døcreto, y que .reponde en realidad, a un proeeo breve S 1AiCitt COfl itt peentacj6n Cl Un el5críto del obetnado con n1unoe re<jui^it,00 de la denanda
Døcreto, y que .reponde en realidad, a un proeeo breve S 1AiCitt COfl itt peentacj6n Cl Un el5críto del obetnado con n1unoe re<jui^it,00 de la denanda tefala.dua et el gtiJu1ó 137 del C.d10 Cont.enioeo Aduinietrtivo.. cntinúa con la fljeción en lieta para 'te -uaIçjuir per ecprws pueda irnpuar o defender el acto eolitar pruebee, proeigue con la práctica de prieb y culmina con el fallo. 3.- La deieió, por tanto. est6 linzitai& por el Ñnbito de la 3tuandi. e decir en cunto a las pteteiieionea loe h•ch, la Indicaión de. lan noruia v1adas y su concepto Je v1o.ación. ai como. .tt lo jue se haya probado en el proceao. En oonecuencie la confront cirn del :Acuerdo sco aclo za puede hacer , con roapecto. lea nora,. øuueatamente infrinidae y úniceaente en çuanto b1 concepto de violación aducido, piÁertoexite un ntro1 ganer5l de la iga1idad por parte del Juez admin1trativo.' 4, - b1 SCIOY del eptrtaento irnpuna el Acuerdo , numero 027 de 1.993 dei MunAcípel de tloequera. en cu&ntc el rtículo - prinero crea 19 o argoe de ae et roe - dentro de 1 • ' 1 art a de pereona 1 doóonte y en el artículo aegundo establece el Rimen
tloequera. en cu&ntc el rtículo - prinero crea 19 o argoe de ae et roe - dentro de 1 • ' 1 art a de pereona 1 doóonte y en el artículo aegundo establece el Rimen Especial para regular las condiciones de ingresos ejercioio eetabllidad, ascenso y retiro de lan personas ue detnpean la profesión docente en loeíR'p. No 4393 distintos niveles moai1dades que integran el sistema educativo municipel Considera, por ooneiuiente, que, de conformidad con e1art1culo 31, numeral 7, de laCntitui8n Nacion&i. el Conóejo no es competente para orear 1ce cargos de maestros y determinar aun funciones, pteeee atribución, megn esa norma, está atribuida al Alcalde AdeiMe plantes que la reginentcien domo el gimen salarial Je la planta de personal docente y adminjtratjvo se rigen por disposicIonba especiales contempladas en el Estatuto Docente -Decreto No 2277 de 1.979-. por el cUal ese - adoptannormas , sobre el ejercicio de la profesidn docente; 'y que por lo tanto,, m puede el cabf ido de Mosquera expedir normas rs regular las cbndíelotíes de ingreso, ejercicio, estabilidad, ascenso y retiro de las personas que deeempetlan la profesión de la docencia en el municipio. Asimismo coetiene que elConcejode Mosquera se excede efl le $a<uitsd reglada que le otorga la lé,', —al Intervenir por medio de acuerdos
personas que deeempetlan la profesión de la docencia en el municipio. Asimismo coetiene que elConcejode Mosquera se excede efl le $a<uitsd reglada que le otorga la lé,', —al Intervenir por medio de acuerdos en asuntos ua no son de u coiflpetenoi, incurriendo en la 'roh1bjó eeiialscla en el Artlulo 99 numeral 1 del decreto 1333 de —1. 988. Es cierto que mediante e]. Acuerdo impugnado el Conejo Municipal da Moeguera en el articulo primero creó diecinueve ca'gos de maestros déntrode la pintt de peraonal docente y en elarticu3,o segundo determinó el R&gitnen Especial 1 para reguar las condiciones de ingreso ej ore ioio,: estabilidÁd, ascenso y retiro de lac personas que deaáu" MÉ la profesión docente enNo 4393 1i: dlthL riveI . d.dda' Ue i.egrari el LoteeiuiP) ul1pai. ( ;no, c.iertmertte el articulo 315. nUha1 7o, de la Nacional tuó d j A1cid le de ceax' 18 t!lí»Pl.eúedeu3 depctijeyiDias. la que turge ee lt de '.¿ue el 1ic1a. de mce<JUara uo podía cir
Lje 19 dt.tetro, puee ello Implica i y •)1a luc •J et •1i a,;tc ión in la via d lujar :3 la dee 1rac1ón de
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Lje 19 dt.tetro, puee ello Implica i y •)1a luc •J et •1i a,;tc ión in la via d lujar :3 la dee 1rac1ón de (ic.lided '11fJ. at"iur t z, 10. ipug'.tio. ihe otqué. b nwic 1;' .i den crear cgo de docente U! el .VticUl.) d3 lt ley '30 -Je, 1.993 rcetCa 9«Ue n1nn departeiLo, 1diatrito o uiic' Pudrá y Lu1 doe y idiiiinletr'ativoe p-r f. de l& p1axit de er;:'n1 tda entidad ter í ttL:ti a&te - !1 1 ictt1 60 del decreto 2277 d 1 979 . "Por el ua1 ban ne-ina eobre el eJ.vicio 1€
I_a 1_a die poi ie que Tada tio la actividad educativa sehalará l& planta enl J 1,:>zi edt1voe oficiele' Lo rsu pai i.t reepect.iv rigencit" ? cao w, aite ut'n cecial que le iiie copetenç la '.13 Concejo Muri ic;Lpai Para crear loe cargoe ctc dc:cente3. la autorid.Lk,l que dt contortidad el ir:icul7111A. nui»er'tl 7. de i constitución ilaci:cL1, la coa'trte]Para e.a atribución o_,3 el Aicide Munici..ai. pues, aicn, el artiuclo 314
el ir:icul7111A. nui»er'tl 7. de i constitución ilaci:cL1, la coa'trte]Para e.a atribución o_,3 el Aicide Munici..ai. pues, aicn, el artiuclo 314 de la Carta le aeina a dicho funcionarlo la condición de jefe de la adminei trae ión local y repreeentant4i igal del municipIo.7 (Exp. 140 4393)
6. Loe artículos segundo & eéptimu del Acuerdo regulan las condiciones de ingreso, ejercicio, estabilidad', asoeno y retiro de las peonas que deeempean le profesión dcer.te ren loe distintos niveles y modalidades del sistema educativo municipal. Y como, evidentemente, la ley. 60 del..3 ene4articu10 6o dispone que oorrespo!idea' :je Jey'y a. sus relamentoe eealar loe criterios, régimen y .z'eae para l& organización de lae plantas de, personal docente y administrativo de lbs servicios educativos eatatalee, surge claramente la falta de competencia del Concejo Municpal de lic uéra para regular loe aspectos de que tratan los artículos segundo a séptimo del Acuerdo y la violación del articulo 80 de la ley CO de 1.993, razón por la. cual ' debe declarar la nulidad de dichos artículos del Acuerdo. 7.. El articulo octavo del > Acuerdo sal la asignación mensual de loe doerttóe. Es cierto que el ákrtíuclo 6o de la. ley 80 de 1.993 díspona.ue los reajustes salariales de los docentes-de loe servicios educativos
mensual de loe doerttóe. Es cierto que el ákrtíuclo 6o de la. ley 80 de 1.993 díspona.ue los reajustes salariales de los docentes-de loe servicios educativos estatales serán fijados de oonfornldad con la ley 4 de 1.992. Pero como el Señor Gobernador no indicó de que manera se pudo infringir la citada ley 4 ..al eealarse IA as1gnaL1n mensual de 1s doetLtes del Huiøipio de Mosquera, la Sala 'no puede entar a examinar la legalidad del mencionado articulo 8o delAcuerdo 027 de 1.993 Por lo expuesto. KL TRI1$AL , AIMINISTR&TIVO Dt JHDXKANARCA, SECCION PRI$SR&, adminletrándo justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley,8 &.i.p. No 4393) F lo. teCire la iyuli W-'ad de 10 rtiu10 eegundo étiino U1 .ouer.Jo flIflt1 027 Je , 1.99z1 del Concejo t1uniça1 d 1'OF tlEI'XO DEL (,VAL SE CREAN HEZ Y t'!UEVE OkRGOS (1 r, 1, NAEZT rO S Y J! FIJAN. LOS REQUISITÜ PEEECFQ. DEBERJ V FOHIBICIONE$ DE ESTE PBRSC:NALiCENTE QUE TTEOPP RA LA PLf1A DE PERSONAL tE UAETF 'OR ÇflENTA DEL MUNICIPIO - DE tOJEf,
Jt4tIt1AMARCA.
PBRSC: NALiCENTE QUE TTEOPP RA LA PLf1A DE PERSONAL tE UAETF 'OR ÇflENTA DEL MUNICIPIO - DE tOJEf, Jt4tIt1AMARCA. 20. te1i ie v&1id del artiu ctav' del del iuerdot nunero '027 d&t 1 .9i3 del Cncejo Hunictpal de t'r,5kUsr r 2ç. muníQueta cita deç.ei loe kr Goberrtdoz' del 8rie.O; PreJeI3..e 1 Conheü, Alcalde y Peroiuro del Municipio de tIoçueta OPIEL NOTIFIQJESL cow!NIQUESE Y UMFLA$E. tDicutidoaprobadc, en eeión hda et la fecha. Acta
I-Iú~rcb 84, BRATIUZ HARTI$EZ W10~ OLGA WES PIWARRX1'g BARRRZ MAGISTRADA $AGIWrRADADAIU.O uiaowi pitiiu HKRIBKIm) ILKYEC3 VARGM
NAGISrRADO HA(flS'flAtx)