TA CUN - 4681-(13-09-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 4681-(13-09-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
MEDIO. DE DEFENSA JUDICIAL -Existencia
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DÉ CUNDINAt1ARC a,
SECC ION PRIMERA
Santa Fé de Bootá. D.C., septiembre trece (13) de mil novecientos noventa y cuatro (1994). Maistráda Ponentei DRA.. ÓLGA INES NAVARRETE BARRERO Expediente No. 4681
Solicitante:, BIOQtJIMICA INFANTIL LIMITADA.
Acción de Tutela. E]. Doctor EMILIANO REY Z1JIGA en su calidad de Apoderado Ger4eral de BIOOJIM!CA INFANTIL J...IMITADA. oresentó acción de tutela ante etta Corporación con el fin de que se ampare el derecho contitucianal consaørado en el Articulo 58. furdamentndo la amenaza a dicho derecho en el hecho de que al tramitar. la renovación de las marcas, de los productos FERMOLAC No. 28.587.. BIFA No. 28.681 y PIRADOL No. 28.6 ante la División de Signos Distintivos de la Superintender]cla de Industria y Comercioi, obtuvo los 1actos pertinentes, paro lueoo depagar las ta correspondientes le'futk informado de mánera verbal que dicho papo había sido ralizado ur da después del plazo ssPaIado por lo que se iba declírar la caducidd de l os titulb.HQja No. 2 Epediente No..4681 De lo excresado dedUce' un atropelló al derecho oues desous d utilizar constitucional de oropie.dad durante 43 aos las rnarcs por el hecho haberse demorado un cjja en el paco de ic derechos no tendré titulo de
De lo excresado dedUce' un atropelló al derecho oues desous d utilizar constitucional de oropie.dad durante 43 aos las rnarcs por el hecho haberse demorado un cjja en el paco de ic derechos no tendré titulo de reqistrode los mismos.. L Ii-tu,télaf(Atg presentada el 31 de agosto de 194 y a ella e anexó certificada ,de. existencia de representación de la firma BIOQUIMICA INFANTIL LIMITADA y fotocopia de las Fablucione ex.oedidas ~,la Superintendencia de Industria, y CóErcio.sobra el reoistro y la marca de la actora así mismo 105 daumentos epohdentes :al tramite de renovción de las marcas ciue cita n el escrito de tutela. PotePiorménte a instancia del •Despacho sustanciador aportó copia del poder oenerai torqada por BIOQUINICA INFANTIL Ll1'4ITADA al Doctor EMILiANDPEY ZtíFIGA Por su arte la Jefe de División de Siqnos Ditintivos de la Superin tender, cia de 1ndustra y Comercio informó sobre el nu11ero de reolucinés mediahte las 'cuales se decidió la renovación de reaitro deias tr'esrnarcs mencionadas, y ]ueao esa misma qfcina indicó que a los anteriores actos administrativos sele haba:decretdo la caducidad de los títulos mediante actos proferiØos el 6 de s.petiembre del preente aPeo..Hoja No. ,
Exoed: Ia.rite No..4481
Debe la Sala resaltar aue para la fecha de la presentación
títulos mediante actos proferiØos el 6 de s.petiembre del preente aPeo..Hoja No. ,
Exoed: Ia.rite No..4481
Debe la Sala resaltar aue para la fecha de la presentación de la tutela, la administración aún no había expedido las actos administrativos mediante los cuales decretó la caducidad de j os tit.u105 oue se mencionan en el escrito inicial de esta actuación y corno de otra parte de la lectura del mismo de deduce que el actor de la tutela pretendía mediante ésta que se ordenara el no decreto de caducidad de los títulos cuya renovación había Solicitado. la Sala encuentra totalmente improcedente la petición dirjcijcfia en tal sentido,, oues el Juez de tutela no puede indicarle a la administración la forma cdmo debe culminar una actuación. osea no puede dirigir la decisión administrativa Como en el curso de la presente actuación la administración orofirió unos actos adversos a los intereses de la Sociedad BIOOUIMINA INFANTIL LIMITADA m contra dichos actos procede acción contencioso administrativa de nulidad 1 restablecimiento del derecho • El Articulo 6o. Numeral lo. del Decreto 291 de 1991 prevé oue es improcecjertte la tutela cuando existan otros medios de defensa judicial, por lo que se rechazará la Solicitud en acción de tutela por improcedente. En mérito de 40 expuesto. EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEHoja No. 4 'Exoediente No.4481
8ECC!ON PRTtIER4
RESUELVE 1 - Rechar Or)r lmorocedente la orente Imoetrada mediante 400derado por la
'Exoediente No.4481
8ECC!ON PRTtIER4
RESUELVE 1 - Rechar Or)r lmorocedente la orente Imoetrada mediante 400derado por la BIOcUIMICA INFANTIL LIMITADA accj tutela cornrrcjalComun mecjl.ante telearama J pet2cx0 a la Jefe de la de Sro Ditjntj05 de la C ,;A 1 ^ nLendencia d - Reconocer persQner3a al DoctorEMILIAN REY ZU13A COMM aoodradO de i lmaW10QUIMICA INFANTIL LIMITADA en lo trm0 del Poder fIj0 4 Erjel eoedente a la Corte Cont1tuciai Para L( eventJl revisión i esta decj no fuere impuonada dentro de los tres (3) días ZiOUienta la flotifjcacj (Discutido y aprobado efl de la fecha Acta No093) COPqjpii QUESE Y tXJpp Industria Y Comercio la dj 9eneral viBible alcjja Ib. 5 ExDecjjnte No.4691
BEATRIZ MARTINZ QUINTERO OLSA INES NA VARRETE BARRO
Magistrada
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ERNESTO REY CANTOR
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