TA CUN - 4706-(14-09-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 4706-(14-09-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
ACTO DE INSCRIPCION ELECTORAL /ACTO DE TRAMITE
TRIMSIIL AIE$TRAWÑ IK INAKARCA ccIi PinA
ç Ssntaf$ de Bogotá, D. C., catorce (14) de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
KGX51'RADO POii&s M. HERIREWIO ksES VARGAS.
RERE$IA :EXPEDIENTETi'.4706.- ELECTORAL.
DEMANDANTES t RECTOR TORRES GUEVARA y,
RUPERTO ARMANDO CLAVIJO CLAVIJO.
CONTRA • La INS". IPCION DE LUIS ENRIQUE UMAÑA HERRERA.
Los demandantes solicitan "declarar nula la Inscripción del seflor LUIS ENRIQUE UMANA HERRERA ... , candidato a la Alcaldía del Municipio de Quetame, por cuanto se encuentra inhabilitado pare ser elegido Alcalde. ". Con respecto a la Acci6i Electoral, el Código Contencioso Administrativo contemple "Articulo M. Posibilidad de ocurrir ente la Jurisdicción de 1 lo Contencioso Administrativo. Podrá cualquier persona ocurrir en demanda directa por la vía jurisdiccional contra loe actos de las Corporaciones Electorales para que se anulen, o se rectifiquen, modifiquen, adicionen o revoquen las Resoluciones de estas corporaciones electorales por medio de las cuales se declare indebidamente alguna nulidad, o se computen votos a favor de ciudadanos que constitucional o legalmente no sean elegibles, o so hubiere dejado de computar un registro, o se haya alterado o cambiado el nombra de uno o varios candidatos.". "Art! culo 228. Nulidad de la elección y cancelación de credenciales.
mente no sean elegibles, o so hubiere dejado de computar un registro, o se haya alterado o cambiado el nombra de uno o varios candidatos.". "Art! culo 228. Nulidad de la elección y cancelación de credenciales. "Cu~ un candidato no reúna las condiciones constitucionales o legales pera el desaøpefto de un cargo, fuera inelegible o tuviere algún impedimento para ser elegido, podrá pedirse ante la Jurisdicción en lo Contencioso Administrativo 1 nulidad 4e la el.cci&z hecha en favor de ese candidato y la cancelación de la respective credencial. ".--Z EX? • ti 11 • 4706. - 2 - "Artículo 229. Individualización del Acto Acusdo. Para obtener la ~dad de la elección o de un registro electoral o acta de escrutinio ds1~ domad~~ pr.eite el moto par medio del ~ la elección me declara, y no loe cómputos o escrutinios intermedios, aunque el vicio de nulidad afecte a estos. '. (Resalta la Sala). Con toda claridad, as observa, que la Acción Electoral tiene como finalidad la ~dad del Acto p~ medio del cual es declara la elección y no loe actos de ti-óeite previos cono le inecripci6n de candidatos. En consecuencia, la desanda debe ser inadmitida por improcedente advirtiendo a los demandantes que si interponen los recursos procedentes deben presentar la prueba del monto del Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Quetae para determinar la instancia.
Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMRCA, SECCION
PRIMERA,
R E 5 U E L V E
del Municipio de Quetae para determinar la instancia.
Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMRCA, SECCION
PRIMERA,
R E 5 U E L V E INADMITIR POR IMPROCEDENTE LA DEMANDA DE ACCION ELECTORAL PRESENTADA POR LOS SEIk)RES JIECTOR TORRES GUEVARA Y RUPERTO ARMANDO CLAVIJO CLAVIJO, CONTRA LA INSCPIPCION DE UN CANDIDATO A LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO DE
QUETAME.
ORDENAR LA DEVOLUCION DE LOS ANEXOS SIN NECESIDAD DE DESGLOSE.
COPIESE, NOTIFIQUES! Y CUMPLAS!.
Discutido y aprobado en Sala de la fecha. ACTA N°. 0 9 3 Los ,
A BEATRIZ ART1IZ QUIR~ CLGA ¡BES MAVARRtIZ BARRE DARlO ÇUIICWES PIRILLA ERNESTO REY CIlTCEXP, N°. 4706. - 3mmu ciu REYES VARGAS
MAGISTRADO
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