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TA CUN - 4706-(14-09-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 4706-(14-09-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

ACTO DE INSCRIPCION ELECTORAL /ACTO DE TRAMITE

TRIMSIIL AIE$TRAWÑ IK INAKARCA ccIi PinA

ç Ssntaf$ de Bogotá, D. C., catorce (14) de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

KGX51'RADO POii&s M. HERIREWIO ksES VARGAS.

RERE$IA :EXPEDIENTETi'.4706.- ELECTORAL.

DEMANDANTES t RECTOR TORRES GUEVARA y,

RUPERTO ARMANDO CLAVIJO CLAVIJO.

CONTRA • La INS". IPCION DE LUIS ENRIQUE UMAÑA HERRERA.

Los demandantes solicitan "declarar nula la Inscripción del seflor LUIS ENRIQUE UMANA HERRERA ... , candidato a la Alcaldía del Municipio de Quetame, por cuanto se encuentra inhabilitado pare ser elegido Alcalde. ". Con respecto a la Acci6i Electoral, el Código Contencioso Administrativo contemple "Articulo M. Posibilidad de ocurrir ente la Jurisdicción de 1 lo Contencioso Administrativo. Podrá cualquier persona ocurrir en demanda directa por la vía jurisdiccional contra loe actos de las Corporaciones Electorales para que se anulen, o se rectifiquen, modifiquen, adicionen o revoquen las Resoluciones de estas corporaciones electorales por medio de las cuales se declare indebidamente alguna nulidad, o se computen votos a favor de ciudadanos que constitucional o legalmente no sean elegibles, o so hubiere dejado de computar un registro, o se haya alterado o cambiado el nombra de uno o varios candidatos.". "Art! culo 228. Nulidad de la elección y cancelación de credenciales.

mente no sean elegibles, o so hubiere dejado de computar un registro, o se haya alterado o cambiado el nombra de uno o varios candidatos.". "Art! culo 228. Nulidad de la elección y cancelación de credenciales. "Cu~ un candidato no reúna las condiciones constitucionales o legales pera el desaøpefto de un cargo, fuera inelegible o tuviere algún impedimento para ser elegido, podrá pedirse ante la Jurisdicción en lo Contencioso Administrativo 1 nulidad 4e la el.cci&z hecha en favor de ese candidato y la cancelación de la respective credencial. ".--Z EX? • ti 11 • 4706. - 2 - "Artículo 229. Individualización del Acto Acusdo. Para obtener la ~dad de la elección o de un registro electoral o acta de escrutinio ds1~ domad~~ pr.eite el moto par medio del ~ la elección me declara, y no loe cómputos o escrutinios intermedios, aunque el vicio de nulidad afecte a estos. '. (Resalta la Sala). Con toda claridad, as observa, que la Acción Electoral tiene como finalidad la ~dad del Acto p~ medio del cual es declara la elección y no loe actos de ti-óeite previos cono le inecripci6n de candidatos. En consecuencia, la desanda debe ser inadmitida por improcedente advirtiendo a los demandantes que si interponen los recursos procedentes deben presentar la prueba del monto del Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Quetae para determinar la instancia.

Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMRCA, SECCION

PRIMERA,

R E 5 U E L V E

del Municipio de Quetae para determinar la instancia.

Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMRCA, SECCION

PRIMERA,

R E 5 U E L V E INADMITIR POR IMPROCEDENTE LA DEMANDA DE ACCION ELECTORAL PRESENTADA POR LOS SEIk)RES JIECTOR TORRES GUEVARA Y RUPERTO ARMANDO CLAVIJO CLAVIJO, CONTRA LA INSCPIPCION DE UN CANDIDATO A LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO DE

QUETAME.

ORDENAR LA DEVOLUCION DE LOS ANEXOS SIN NECESIDAD DE DESGLOSE.

COPIESE, NOTIFIQUES! Y CUMPLAS!.

Discutido y aprobado en Sala de la fecha. ACTA N°. 0 9 3 Los ,

A BEATRIZ ART1IZ QUIR~ CLGA ¡BES MAVARRtIZ BARRE DARlO ÇUIICWES PIRILLA ERNESTO REY CIlTCEXP, N°. 4706. - 3mmu ciu REYES VARGAS

MAGISTRADO

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