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TA CUN - 4926-(20-03-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 4926-(20-03-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

J1AL flHISTRATIVO 1 aiw

IONPkIMRA 3ji o. E. E FLATORA ACUERDOS MUNICIPALES -Tzjite de aprobaci6fl /PR(YECTOS DE ACUERDOS MUNICIPALES -Debates Santaf6 de Bogota,. t.0 • Harto veinte (20) dé mil novecientoe nøvent y ejete (1f?7) wolPONlK; DR. lzBem RKYS VAWJS vI1'rrE $o. 4928 D(A$DATE: t1IAN ALIRW KL1OEZ M4P EL devsandente de la ref enci en eJec1to de la acción pública de nulirtad demande ante ata Juúiadleci-.50 para que previos loe trAmiter del pccedjrn3tu din'trie. lalm ei,oui.3nt<>e. D 1t L ARA a z ó i. i,Que ee decrete la nulidad del Acuer de otubr 1994. expedido por el ;gnce$ó PfUnic.ipál de h.kiguai Cundinamarcarioree como ea El óitedo a' e 1 Estatuto (ríer Min1e!trative y La El aótor loe relt& lo, Rl donce.JQ ~1 ,01 NQ.23 do otiibre de octubre d.iS4.:couo obra eñ1i el Acuerdo 2 de 994 articulo 41 numer1 36y ert1iu14o 73 itoteo 2o de 1993 artfcu10 21 Ç 22 ley 80 dieron loe d.bttoe

el Acuerdo 2 de 994 articulo 41 numer1 36y ert1iu14o 73 itoteo 2o de 1993 artfcu10 21 Ç 22 ley 80 dieron loe d.bttoe ue odertÇza la rgcj6r,y fwó•ionandento de 1or iunioipiós sote vio IU actór corrn4era qU el, 8oto ain&etrat.iv vi rtici10 2 numa1 it ki. la ¡e d 13; l 136 ie El artículo <o del ardo tmpUgndG ¿Señala çue durnte loe(W». No. 4928) reglamentarlos de comieión y. plenri .deduciéndose que 1Lc debatee no pueden ser seguidos .00uprececw# el acuerdo, ya que un proyecto debe eer eoótio a consideración de, la plenaria de le Corporciói, tres días deapuéa de e &probación en la :Cøieión .sp.ctiva.. ci netancia ¿ata que se violetoria dela ley 16 de 1$94 artículo 7 incio 2o. 2 VIOLACION D LA LY El articuLo lo del acuerdo tugnado faculta. al Alcaide para adquirir un empretito con la Caja Agraria de Chaguani haete. por un monto de $30 000.000, de manera ua el condicioneree con quién debe contratar 1 erta. la corporación de elección popular lntervíXviotido <sn lvii proesoe de contratación, eete.n4o vedado su pticipaciÓn toda vez que solo pueden partc1pei' en le audiencia pública para la adáildicacíónenaeo de liciteción Lo legal es conceder le autorizción para contratar el

proesoe de contratación, eete.n4o vedado su pticipaciÓn toda vez que solo pueden partc1pei' en le audiencia pública para la adáildicacíónenaeo de liciteción Lo legal es conceder le autorizción para contratar el eprtbetito. El articulo 3o del:' acuerdo neagle la pignora<ión de loii reoursoe de loe Ingresos corrientes de la Uactó, giro delovlewtbie Mci.abre. que girara øI 1 de enero 4926) de 1,996" Óofl ci que, le C 1 Eneete caeo 6,1 flun.ttpio e pu ín~me corrientes' de la tk,itt6 que son ¿e torzo inve eii6 ya .ue la ley 60 de 199 •rbtouio 21,y 22 determina en qu6 deben invertjree eta reureøe,, y eituact6n en la z'ts cordatoria n e. )ace aiuBi6n Ó e'eoificaci6n de la utft izaoin de dioho enprt ito Et, decir ue un MunioipiG oLl adflrlr un endeuda&entM detfrer1 .deterrninadee reducen en beneficio de la comur.jded Por otra pte,, eí tjz van a ee :Liado, en A eae ene ro ou6l ea el afán de la adinin ¡atrae ión en celebrar el etpretit)? &tdaneute ptr cancelar ooeproudo aduirIdoa oomo loh&ce notar el considerando d 1 del .derd, lÓgicoe e paaeI i la eiuiente' vigencia con la releotón de cuentaa Po paga

cancelar ooeproudo aduirIdoa oomo loh&ce notar el considerando d 1 del .derd, lÓgicoe e paaeI i la eiuiente' vigencia con la releotón de cuentaa Po paga conatituir Iba, Xaa reepectivee rerervee UXBTACIO.l 1 LA D4A$Di la Bar •inert3do en dit ida la demanda mediante esto de fecha 9 1995, y notif¡cada peraon a te prt dat4eda KuniQi.h de Chaguani mediaite dee'achd ciaorto No 18 -•i•• parte- -a deuan n eeta #OrtUfli4Ad pøl. ALiAIVS DE QONCWSIOH rrtd el t4rn100 pára a1ear la 1 te lendadi gu d'wn einio MOSIDU 11K t. SMA, en te procee, ii do. Actuevdc' flC) de :1?1.4d exi.dt4o por el t1iii.D Chaguanr Po el euai . eutzza 1 par. & h.r '.bndøaaltc& oorto ptao o. El coi 14 es t1e01 por cuanto fueron rea1,iaad& egutdanen-te inotizr i t t.u10 +3 dw-,1^ lev 136 $e 1994 M reelpecto «1 ert tulo 73 de lá ley, 1,30 de tei 1 t' fl'vio1actóti del(KM No 4926) DgaATgs: Par jue un proyecto sea uerdo, debe aprobaree en dos debatee. celebradcie en dietintca

fl'vio1actóti del(KM No 4926) DgaATgs: Par jue un proyecto sea uerdo, debe aprobaree en dos debatee. celebradcie en dietintca diae. El; proiøcto, eer presentado en la Secretaria del Concejo¡ la cual lo repartirá a ls comisión øórrepondtentedorde ee euitirá ^l primer debate. La Presidencia del ConceIo ,1 oígn&rd un ponente, para'primer yecaundo debate. El sewdo debate le corresponderá '16 sesión plenaria. Loe proyectos de acuerdo deben ser t i d o e, a consideración de .1,a plenaria de la cotación tres dias deenée de eu aprobación #n la :coiión respectiva. El provecto de acuerdo rue hubiere sido neck' en primer: debatø •podM ser, nuvamnte - contderad por el: ConceJo•a solicitud de su autor, de cuelguierotrocónoejal. del gobierno municipal o del vocero de los proponentes en el. caro de la iniciativa popular,.:$.r "archivado si proyecto gue no reo&bteie aprobación y el ioback n segundo debate la remitir la mesa directiva al alcalde, para su sanción". Por consiguiente. los no pueden ex, obviados bajo ninuna circutancia.Y son es€mcialan para el nacimiento y.vsltdez del actó,..es deøi•t son reçutsltos, esenciales para que el acto se presuma v611do y ptodu..a sus efectos oorreepodtentes. El articulo cuarto dei acto demandado consra:. "El presenta ardo río¡ luego de .Jaber aufrI&u

esenciales para que el acto se presuma v611do y ptodu..a sus efectos oorreepodtentes. El articulo cuarto dei acto demandado consra:. "El presenta ardo río¡ luego de .Jaber aufrI&u Los debates reglamenterto 4e comisión y plenar ioloe dias 01y 02 de otube de 1994. haber sido sancionado y pjbltd. N.En efecto, como el 4926) Le diepoeit6nnteí tran#crtt,, e ee%teb1Bc ue efectivamente el primer dob8t tue aprobado en La comei el 1 y el øegundc debl,. en eestón p1enuie1 2 de netubre de 194, obeerv6nd0ee 4e eeta menePA que el euerdo #n ccrntroveria ee xpidi ei forma ftrgulr, pues 4'l ténninó de loe trae (3) dia que det# d entre ^l fue observado por la arporcl'n vea que no dieron euip1tmtcntt e para eu nctmlestt PteZ'Y a bat no dilioL de Chaguar$, teçle al pv4OediMIenO at La vida juidio& Ahora t4en. Ccnce.10e HiÁnicipa10 actuar, dentro cetLtución y 1e)4t. ; facultad da ,razón eól.o 'puedan eetabIece ir En coneecuenç.i. ea bøerva. qie el Acuerdo $o 23 1e ttitO 2 de 194 expdtdQ por . Concejo n.tdlpeil cM CbaguanL

eetabIece ir En coneecuenç.i. ea bøerva. qie el Acuerdo $o 23 1e ttitO 2 de 194 expdtdQ por . Concejo n.tdlpeil cM CbaguanL violó el articulo 13 de te ley 138 d g94 al 1t entre el primero y eegmdo debst loe tree die legle' hr cualee inciden en la valUdez de1 acto expedttto, tón le cual el cargo .aeta :flado preperktrde 1 ley L6 dey 11 194, ospxo I enelizar 10 deai&e car&on foráu,lados.POYb 1 ee d zi,tre te ntttdad del Ó4o bpugnedO &i md4rito ,tmDInombr'e de l 4eAtt1oa de Colooklixy por utoiIdad de le

RIM1LARAE LA NU1J1D DEL. AJK1WQ$o23 DR

2 DE Iø4 vwtW POR EL (X)W(JO JIUCtPAL DIC CIA4UA$( • lo EL TRIU^ AUI$lS11&flO D CKCi PRflRA. eckitn%strsndo jutieie Cli9 .(KXP$o.4928) ØIWTOM 1111S vÁIAs

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