TA CUN - 5518-(23-10-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 5518-(23-10-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
CONSEJO MUNICIPAL DE PLANEACION -Integraci6n _ BO(UÍA D q
RELATOR¡,. trEtpvo ¿ç
TPJB&7(AL ADMIMSTRÁ JTJV DE CUNDL&IMIRCA
'JECCJON ?R1MEIt4
Snuift de Bogotiz.D. C. Octubre w1n111rs (23) de mil novecientos de noventoy cinco (1995).
31,I61STX4DA PONEJYTE: DOC7OR4 BEl TRIZM4RTJNEZ QUINTERO.
EXPEDIENTE No. 5511.
DEMAt\DAPvTE : GOBERIVÁDORA DECUNDJNAMARC4.
OBSEJW4QOPJES.
Habit!iylose surtido el zrámfte previsto en el Decreto 1333 de 1986, en su articulo 121, decide Iii Sala lo observación orinulada por ¡a señora Gobernadora del Departamento, en relación ron vL4cuvnio rnmev 003 dvi 22 de Febrero de 1.95. expedido por al Concejo Municipal de Caqueza. 4IvTECEDENTES: El Cc.$Mwflc47al de Cóquew. .ipkkó elAcwdo mencionado acto administrativo que As sancionado, publicado y remitido a ésta Corporación por la señora Gobernadora del Deparcanenzo. en ejercicio de kifi,adtad que 1. confiere el mandato constitucional del articulo 305 nwnera! 10 de la Carta Poflhca, toda vez que coizidera que inftige precepto superiore. como al efecto lo es el AMenk 34 inclw 3o de la Ley 152 de 1994.
305 nwnera! 10 de la Carta Poflhca, toda vez que coizidera que inftige precepto superiore. como al efecto lo es el AMenk 34 inclw 3o de la Ley 152 de 1994. Al explicar .l concepto de violación, señalo:Erp.5511. Hoja No. 2. El articulo 2o. del acuerdo demandado co,ttbn,ia el Consejo Municipal de PlaneacMn induveiwk, id 4kakle, al Jefe de Planeack»z Municipal ya un representante del Concejo Municipal. de suerte que viola ¡a noma Invocada pues no pertenecen a los sectores que deben Integrarlo ademas si as! ftiern ¡a ley lo hubiera es&zblecklo claramente. la yolicftud se le dió el trónilte legal correspondiente. En consecuencio la &zkz procede a emitir su decisión defondo, previas las siguientes, CONSIDERACIONES Mediante el Acuerdo objeto de observación, el Concejo Municipal de CAQUEZ4, "...crea el Consejo Municipal de Plwseación", estableciendo en su articulo segundo su respectiva co,Ibnnaclón, dentro de la cual Incluye alAkakie, un representante del Concejo Municipal y el Jefe de Planeación Municipal. Por su parte, la señora Gobernadora del Departamento, considera que el acto aánmutratfYO transgrede la siguiente disposición normativa: LEY i» DE ¡94 '1R23.- Co,n.ja, 1sn1torLal& de ?Ia,teaciM Los e~ te7rftorkales de
pIaneaciin del orden d.poT&inIInL dislrlkzl o nwíclj,aL esivUn bar~ por tas persomu que designe el goberna&..r o el alcalde de ¡as teris que presenten ¡as correspondientes auiorükuies y organimcione.s de acuerdo con ¡a conçoncMt que di1nan las asambleas o cnco sagim sea el caso.E. 5518. HoJa No. 3. Dichos cozu.M o~ M~ debeÑn isla, husgrados por represmkmlat de = ]#r"~ tirrlWrial de ¡os sectores scmcos socxi!&v, ecológicos, ethicatíws, MM~ y CO~~ . " fmbiuyvzs de la salq). La ley 152 di 1994 es clara al señalar que son los consejos territoriales de pkmeacit)n eskjMn m&~.Y por las pers~ que designe e! Alcalde de las ternas que presenten ¡as autoiksdes u organrzacones "di acuerdo con ¡a composición que dvflnan las organismos que fueren 'quIwsknie'r a las corporaciones admbds~mv erlsrentes en los departamentos o municipios" pero camót.n lo es cuando al establecer la conformación del mencionado Concejo impon, un limite mínimo de Integrantes, esto es, que debe contar con representantes de cada uno de los sectores antes referidos. Ahora bien, observado elconieni 1Acueir4, 001 de 1995, tenemos que en el mismo articulo cxkyms delAkakle, el represenue del Concejo Minicipol y el Jefe de Pkmeack)n Munic,oal, establece su integración con representantes de los siguientes sectores, "4 Juntas de acción comunal
cxkyms delAkakle, el represenue del Concejo Minicipol y el Jefe de Pkmeack)n Munic,oal, establece su integración con representantes de los siguientes sectores, "4 Juntas de acción comunal
5. Sector «bcador.
6. Sector esn,dlantlt
7: Comerciantes.
S. Transportadores. 9 Bienestar/ami/lar. !. L'kiinas vohintarlas en representación de la mujer.
11. Hospital regional.
12. Telecom. /3. Sector financiero. 14 ,4sociacíones de Padres de/ami/la.
15. Deportistas.
16. Iglesia católica.
17. IglesIas kgahn.nte reconocidas.... 'Exp. 5518. Hoja No. 4.
De suerte que resulta claro para la Sala que el Concejo Municipal ha observado el minimo de personas integrantes del Canse/o de Planeacfr que es So que la norma considerada como frLg?ada k impone, pues se reitera que se le erige es un limite minimo el cual se encuentra coikn'mado en el presente caso Dçtlnto es que lizv personas que la observante pretende no integren el Consejo se hallen en Imposibilidad legal de hacerlo, cuestión que noJW argumentada en el correspondiente concepto de violación, imposibilitando a asta Corporación para pronunciarse al respecto atendiendo a su caractcrittca de justicia rogada. En consecuencia. la Sala dec!art la validez del Acuerdo demandado, al no encontrar la pretendida violación de la norma invocada &i 'nrvto de lo epuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDiNAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando jusficia en nombre de la República de Colombia y por
pretendida violación de la norma invocada &i 'nrvto de lo epuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDiNAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando jusficia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de fr, kv FALLA ~MERO Declástse la validez de/Acuerdo número 001 de 22 de febrero de 1995, expedIdo por el Concejo Municipal de Cqueza. FGVÑDO. Comuniquese la decisión anterior a la Señora GOBERWAWM DELErp. 5518. HoJa No.5.
DEPARTAM&\TO, ya los Sefiorez PRFS(DEIVTE DEL CONCEJO MTJNICWAL ALCAW y PPFSONFRO del MUNICIPIO de CAQUEZ4.
TERCERO. Archivese el expediente, wra vez ejecutoriada ésta providencia, pvkz las dssanuuiciones de rigor.
COPIESE, NOT1FZQUESE Y C&MPLÁSE.
Discutido y aprobado en sesión de doce (12) de Octubre de 1995. Acta No. 126.
OLGA ¡j\Ç M VARRETE BARRERO BEATRIZ MARTJ?iEZ QUJM ERO
Preafrnla ¡fr la Sala MagiNrada
DARlO QUiÑONES PINILLA ERNESTO REY C4NTOR
Maqi,trado Marado
AUSINTE CON EXCUSA LGAL
BERIBERTO REYES VARGAS
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