TA CUN - 5578-(06-11-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 5578-(06-11-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
di :',J . rELATOmA lis RZ 1LW. CWIFUCIO8O i:xn rx r CX?W4cA. Bogot& .6 197 açistr;do POn.t$ ,v,e ID /2 'JIWUO . PE'kZA Refs Proceo tio, 5578. actos ciort.t.a LSE 21 e.ór Timoteo Peft por rit'io de de y en ej.rcico de. la acr-USU hace 1. Triiun& les siçuien se pcttc.t nos iPO.uu' Que en nulas , 10 ReolucIonss to 6120/E$. 6sOl/9 y 0006fl1, origi.. nanas øe le Caja cio i et de Previ.vión, por med.ic e ls cueLeg se gd mi man ntá l e : ri54fl mensual : jubiltción a qee tiene deech, • como cons ecuencia d la mili-' dad por i1eqaidd de los actos ÓLtILtStVatiYOC 3cuB.do$, e condene a la Ceje $aci.' de Previ.j rco or y pt a v9E 6 mi maante 1 41.xi1io de peno¡ó» jub3Latonia a que t~ derecho. en untia Lual l ainimm 1( a. .i.rjuici de lo reajustes recoa~— dos por leyes post.riOzes y fGctiv1 a rtir i1 28 de abril 6
1958. Le eritid 4 do<nanJacla n»,halU rupresentae por su ctu.
dos por leyes post.riOzes y fGctiv1 a rtir i1 28 de abril 6
1958. Le eritid 4 do<nanJacla n»,halU rupresentae por su ctu.
Director Qer'i 4, D. H'rnande eve aws. meyory 4 vecindedé qulan tu.n• sus .ticinas en le Avd 1 oredQ cn o rrera 60 de eta ciudad, su peticinee en loe siguiente c3oss seMr ?imoteo Pfm tuv prestanilo su@ e tvicios al t do 'orio oh - rc durante un lapeo mayor de aflos, en ls atrae públicéis ciçrLes, a .xccidm lel flo 6 1925. en que ejrci6 un cargo mwdcips3. 5578 Mi mnr%t.e etuvo pr etand sus ,,erv. cias h^ata .3 22 de vnro de 1950. co. ohret e le Zona d rreteraa Nacic ¿des de Neiva o con el &timo Jorisel de $2.7O cija. nos £1 e,for Peñ e ncio .11 ;4 de matO de 1906 agin prtLa ae bautismo qué obra 1. fI. 5 ele.p.dient 4e,. Li - tici n ria ° 9.vena perseloi id r Compense del T aoro Nacional, e9U certif doedidepot .1 $.tnistrie de flda. y Credito Pt1bli, y que obre en los eutoø, Si"S.gdn lo flOteco en 10s hechoe imedi tansnte antrior.s. el eiot a!e eo1i'; itó te Cei, $rton3. de.
Si"S.gdn lo flOteco en 10s hechoe imedi tansnte antrior.s. el eiot a!e eo1i'; itó te Cei, $rton3. de. Previsidn el reccnocirneto y p go e1 auxilio de pealidit JubUas. tone. . como no fue posible cen.quir lea tivea certific ci robra loe arrv1ctoa prestado por mi re~ sentado durante loo lapsos comprendidos entra el 24 e niaree de 124 y .3 30 de junio ¼C 1930, y iel 16. ie al u1t10 de CISmbr de 1931,9 co,-,C> orre ial crret.ab1. N.ive.San Atn3o, Neiva. Palermo. Ps1rmo Palmira, vn<3o.Forte1ecLl1as. Neiva.V» ladoro se zeudid a l : ir1.b supletoria. le cual fue recede en 1: gal fotna Estos rjev furan rMIieados por CuEfltm del Ninitrio de 'bras PbLicis, a eíc.cton jel Carrer$able 1.1.. va-en Antonio.. 'ortalecille., 9ue fue crt:rutdo en i, 11 ifa 1925 por menta del Municipio d Ueive, gún cvrtificci4e Jel t'. rió r A1Li. Municipal que o'r, ón los utos. 7 • Psrrso1ver la solicitud e que 45 fiete el hecho antí,ríor 1. Caja N;cjona1 da Pr~ sión procdió a orr un proyecto de rsoiución (cl;ro. _i rfirO a]. hecho 50 en LionJe cømrutó los siguientes lapso.t
fiete el hecho antí,ríor 1. Caja N;cjona1 da Pr~ sión procdió a orr un proyecto de rsoiución (cl;ro. _i rfirO a]. hecho 50 en LionJe cømrutó los siguientes lapso.t 6 ¿ 0 o 9 15 h4 4 0712 04 0 011 23 011 9 011 23 08 2 .j,4JQ 2O6 arte le/24 Junio 30/30 Marzo 16/31. Dic. 30/31 Marzo 1 4/32 Djc. 12/44 Dic. 15/44..u3. 24/45 tigo. 1/45 . Dic. 30/45 Le.. 1./44 Dic. 31/46 Une.. 1Q/47 Dic. 61/47 Le.. 1/4$ - Dic. 31/4$ Z, 2/49 Jul. 3/49 - Ene, Total 22/50$' , V vsi elaborado si re 'pecti proyssó te le fu4 comunicado al Mini t eno cis Hcj•nds (fis. 5$ y 73) pare c1mm este entied a~atera la ucta que rS 10 babia asignada. 9.- El precitado P4initenio obørrvó que ¡a Caja h b(a comutdo un error al crgrie los servicios pr.tdsa s1 Municipio de eiv. ( aflo de 1925) y la Cela Neeios1 de Pro vísl4n en lugar de hcmr la respectiva corrccionyóusj.t21. cuota al fo de 193$ al óitado municipio prsosdió e dietar 1
vísl4n en lugar de hcmr la respectiva corrccionyóusj.t21. cuota al fo de 193$ al óitado municipio prsosdió e dietar 1 Resolución 16020 de 196$ ncgudo el auxilio ipetrdo y en J~ de joi.m.nc c~ut4 los servicios micreditados con certificcionc.e o rSe, 13 eIoa. U asee. y 23 djaa_y de~~ la rpenba pie torta. De la prcitdeSao1uciøa 6330 as matifqu oportuneflte a ¡w ,,r usa recurso de repOsición. fls• . El recurso cie r9posiCLdaaque ac be de rt.rir fue resuelto rneci,ate la. Róc3.uci6n j 6$01 de 1900 cofirm,ndo la prienci, recurrida. 1#$ezidomns notificed e iaterpu.p o recurso de epelción. 0 1299El reCurdo de apalct6n f~ resusite por 9,solución 0006 de 19710 confirmando la povid.aci. ignade De este dl'ime Revóluelon me notiiique 01 ,14 de septJ.b de 1971# es decir, se hall. ejecutotiada y agbtade 1. vía ubea. nativa. - .mo di aposiciones violadas cita al att. 17 liberal b) 6. 1 Ley 6s da 19451 art. 29 de la iama 1y y art.
3.2 del Decreto 1600 de 1.945. Ss .xon al «,ScSvtO 6e la violade oars normas por los actos acusdos. l..s Pjacelf a Prria de la Corporación tu& d.afvorablsrMrto a la peticiones ue l dsenda. TritadO legelmentfz el p&csao sin que e. ' SXV CeUEill de nulidd qUe inveLida lo actuado. el Tnitasl, dacide Si roesue, previas las siguientes. CD? CIOfl5sal dem.nante con beas 55; lea nomaS I0$s1e.. qUS riges la rclación de servicios ant re lo4 trabe adores, o. ros y espie doe pdblicos 7 si stsdo Y esp.ciIimost. par.deISS7B • 4en lo est-Uü~ldo en el literal b) del articuló 17 da la Lay « da 1.945 y ccncordante..so1i -itó ae 1 ^a de;endanciaa correo~ dientus de 3. Gaje tc3onl da Previsidi, si le reconociera uea .ausidn rnenauÁ)1 vitalice ce jubi1ion o por considerar que es ebis csussoo su derecho al haber •etviC» por más dø veinte afoa y t..n.r ine de cincuenta afios de vid., todo de ncuerdb oca las previsiones y orUerintos iegeles $Obr le natvris. La DIr"cL<m General de la Caja flcicna1, mø 4.tte Reeoluci4 No. 6120 di 2 de diciembre de 196, nqó el
previsiones y orUerintos iegeles $Obr le natvris. La DIr"cL<m General de la Caja flcicna1, mø 4.tte Reeoluci4 No. 6120 di 2 de diciembre de 196, nqó el derecho a la pensin :.i Ju tlión por cVnte o On.W11U Xw que UO lamente habLe ettdoa irvicios por 13 eroa. 11 menos y 23 ecurriQ& en repóicon por el otor edints apoderado, esta Rso1ucid. la Dirección Seogionel de Cuudin.m~ ca. me4nte R solución tO. 450] de 17 1,19 novieare de 1969, la coniZrÑó l consiuerar que Imel ptic i'n.riO pr ntd pre crea. .itr e .ero os srvjcio CWbaeae1tO?o dO no es tienea ea cuenta por n oncon rree en armonía con lo preceptuedo en el ¿itt. 687 del Código de Procedimiento Civil. Recurrida en spe.lnci6n. ,ta R oltción, La D&.. re...ida (eneL:al 4 la Ceje Kecionsl dé - revision, m.iante Rai. luçión No. 00004 di 15 8.e enero di 1971. la confirmó al cnside rx que la ptIbw te"lnmnialoo r4ative a hechos que funden derecho e obtner :iastons pera que ffl irdOS. .afl eontø neç las coudici'nea generales da todo tetimonio, y e!á5, los requisitos eecificoa t3doapara J m erie, en el art. 9
neç las coudici'nea generales da todo tetimonio, y e!á5, los requisitos eecificoa t3doapara J m erie, en el art. 9 de 111 Ley 50 do 1986. £1 e] tsrmino probtorio de este proceso fuer~ a33egads les 'eclarcones extricio recibidas por autoridad ccaptente y ente .1 or Atte del Mi.njstrio Pdt3icoo pruebsi procedentes Por reunir 105 requisitos legales inalma~ las es-e lic itaa5 por el Tribusal a los et oree Samuel Antonio. CárdenaCOLOMBIA DTCCIONAL Julio L.una P. como cOinafcros de tr baJo del der,andenteo dricuonta da que 4rtev por i a ¿poca cmop rendida entre 1 le de marso 41 1.424 y øl 30 4e junio de 19930, rrabaj6 como o brro en le ca retores ncinJes. delareciones visible, a los fois. 51 a 63,y 39 a-49 no son ufici,ns pare •nc trr aceptable y adnidble le comjrobci4fl delti.mpø da ser~, vicios ue no cptd is Caja llecio'al de Previsidn, por cuan. to apenas caté creditdo según e kcumento que obra el fol. 27 que no aparecen Cuentas, relativas al aplea que dice ha'bs erefado el derrandente no Cp» é1Xa existan y que el ea.. tor no £igue en lee wirna. Para que 1 prueh anterior adquira ido.. neidd y anta le diferencia que ,,Pe anote, es r.querirf a par
erefado el derrandente no Cp» é1Xa existan y que el ea.. tor no £igue en lee wirna. Para que 1 prueh anterior adquira ido.. neidd y anta le diferencia que ,,Pe anote, es r.querirf a par lo menos le denos rcidn 'e quQ la la2x,ree que dice h-ber des. epetado el deminiante fueron deaaro1la0e ya que la sola ciaitancia 4114e folios 119 gt 117 y le afirme0ión escueta 4l iatereade sobre el 'hecho no cunplen con lo^ regieitos da que t ta la Ley 50 4. 1886 en su art. 7e, por lo cual la. dplice Ue la demanda. debn sor daneQdaa. Su mérito 41 lo anteriormente exue-to, si Trjbnal onteneioao ¡dminietr tivø de Cundinamirca, de sCucdO con su col borador fisca], a&inis rendo lu tici en uomtre de le I.pØ1ica de Cuiunbie y por autoridad de la "y. L A 1 lea peticioflea 41 le demeri.
Vdpiee flotifir: ueG, cc ni.cuor. y ar. isni5. b4o en 1 Acción )lo.
LT7Ip la mr?eE COLOMBIA