TA CUN - 5650-(02-05-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 5650-(02-05-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
LITIS CONSORCIO -Vinculación 'l'RLBUNAI i ADMINISTRAITV( 1 DE CUNDiNA1r1ARCA
DE BGJL 1 E. ¡ >" SECC1ON PRIMERA j i Santafé de BogotD.C. Mayo dos (2) de mil novecientos noventa y seis (1996).
EXPEDIENTE : 5650.
DEMANDANTE : BANCO FXIRRIOR DE LOS ANDES Y DE ESPAÑA
DE COL0MBL4 S.A. - EXTEBANDES DE COLOMBIA.
NULIDAD Y RESTABLECiMIENTO DEL DERECHO. rc• %,/,iií.
Siendo la oportunidad de dictar sentencia de mérito que ponga fin al proceso, encuentra la Sala que se hace necesaria la integración del contradictorio, confórtne lo establece el aittculo 83 del Códio de Procedimiento Civil Como quiera que se observa a folios 15 a 26 dei Cuaderno principal, donde figura como demandante el BANCO EXTERIOR DE LOS ANDES Y DE ESPAÑA DE COLOMBIA SA, copia de la Garanila Bancaria constituida por dicha entidad y copia de los actos administrativos Resolución número 7467 de 20 de Octubre de 1994, mediante el cual se ordena hacer ekictíva la mencionada fianza o parantía baneatia y de la Resolución 9568 de 26 de Dicienibie de 1994 por la cual se conlinnó aquella, actos que por lo dem4s son objeto de la demanda, es claro que en virtud del contrato de garaulla y de los actos administrativos mencionados, el para entonces candidato al Congreso de la República seior LAURENTINC) ORTEGA ROJAS., tiene interés
virtud del contrato de garaulla y de los actos administrativos mencionados, el para entonces candidato al Congreso de la República seior LAURENTINC) ORTEGA ROJAS., tiene interés directo en la Luis razón que induce a vincularlo al proceso de la re1rencia. De otra parte, en este proceso no se ha dictado aun sentencia de prnucra instancia, de trianera quees oportuna la integración del litis consorcio conforme al mandato de la nonas pmcesal arriba citada.
Así las cosas, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDENAMARCA, SECCION
PRIMERA, RESUELVE lo.- ORDENAR LA VLNCULACION ÁL PROCESO corno litis consorte, a) señor
L\URENT[NO ORTEGA ROJAS.
En consecuencia, por la Sec&eíaria de la Secckn, notiÜqueseie peroualiuente ci auto de Julio doce (12) de mil novecientos noventa y cioec(l995), mediante el cual se adrnitio la demanda. Fsm el e.fruo, la psrte actora, surninistram denun del término de cinco (5) dlas h/ibiles, contados a partir de la eecutoiia de este auto, copia de la demanda y de su¡ anexos para el traslado. 2o.- Surtida la notificación, FUESE EL ÑSIJNTO EN LISTA POR EL TERMINO DE INCO (5) DIAS, para que el vinculado señor LAURENTINO ORTEG. ROJAS, haga uso, si así lo considera, de las facultades consagradas en el numeral 5, del articulo 207 dei Código Contencioso Administrativo. 30.- SUSPENDASE EL PROCESO mientras transcurre el término para la comparecencia de
así lo considera, de las facultades consagradas en el numeral 5, del articulo 207 dei Código Contencioso Administrativo. 30.- SUSPENDASE EL PROCESO mientras transcurre el término para la comparecencia de la persona vinculada,COPIE, SE, NOTIFEQUESE. Discutido y aprobado en sesión de la fecha. ACTA NoÁ46,
OLGA ENES NAVARRETE BARRERO BEATRIZ MARrINEZ QU1NI'ERO
Presidenta de la Sala Migístrada DARlO QUIÑONES PENI [LA ERNESTO REY CANfOR Magistrado i.Iagitrdu
AUSENTE
HERIBERTO REYES VARGAS
Magistracb